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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
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            Aseguran que la presión tributaria del 2025 fue la menor en una década
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Lp6feb_cOs_wRkDSi33mRTa3kDA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/presion_tributaria.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La presión tributaria en la Argentina durante el 2025 fue la menor en la última década, según reveló un informe reciente del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF).El análisis, al que accedió la Agencia Noticias Argentinas, reflejó que al considerar la presión tributaria efectiva nacional, (recaudación con relación al tamaño de la economía) de los últimos 10 años, 2025 se ubica en el último lugar (bajo un orden de mayor a menor).Asimismo, expuso que en relación al 2024, la presión tributaria presenta un descenso de 1,1 puntos porcentuales del PBI, a partir de la reducción de impuestos que viene llevando a cabo la administración de Javier Milei.En este contexto, el reporte señaló que también se redujo la recaudación tributaria nacional total acumulada a diciembre, siendo la más baja de los últimos 10 años. En esta línea, precisó que respecto al año 2023, la recaudación real de 2025 fue 6,6% menor.De esta manera, el IARAF estimó que en el calendario pasado la recaudación tributaria nacional habría descendido un 1% en términos reales respecto al año 2024 y aclaró que “si no se considera la recaudación de los impuestos vinculados al comercio exterior, la recaudación habría aumentado un 4,5%”.En términos de variación real interanual, precisó que en el año 2025 los tributos con mayor caída (sin tener en cuenta la eliminación de impuesto PAIS) habrían sido Bienes Personales (-34,6%), derechos de exportación (-16%) e Internos coparticipados (-11,7%).En contraste, el informe detalló que los tributos con mayor aumento habrían sido impuestos a los combustibles (42,9%), derechos de importación (22,3%) y seguridad social (13,8%).Con respecto al comportamiento del último mes del año, reveló que la recaudación habría descendido un 3% real interanual durante diciembre de 2025, mientras que excluyendo los ingresos por tributos vinculados al comercio exterior, la variación real interanual sería nula.</p><p>El resultado de diciembre implica la quinta caída real interanual consecutiva de la recaudación y se explica por la quita de derechos de exportación, ya que habría mermado un 58% real interanual, por lo que “incidió de manera negativa la eliminación de carga tributaria al sector agropecuario”.Además, también aportaron al descenso recaudatorio la baja real interanual del 25% de impuestos internos y la caída del 19% de Bienes Personales, “estos últimos por comparar con una base alta de diciembre de 2024 y por bajas de alícuotas”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Lp6feb_cOs_wRkDSi33mRTa3kDA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/presion_tributaria.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Un informe del IARAF reveló que en el último año la presión impositiva mermó 1,1 puntos porcentuales del PBI.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-01-07T07:30:00+00:00</published>
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            El Senado tratará la Tributaria
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/politica/el-senado-tratara-la-tributaria" type="text/html" title="El Senado tratará la Tributaria" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dwf3aDW-NNrlGQjRteh6wdVvLnU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/senado_tributaria.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La audiencia con Korell será a las 9:30, donde el funcionario explicará a los senadores el proyecto y despejará dudas, ya que el objetivo del gobierno es que la norma sea sancionada este jueves, porque deberá entrar en vigencia desde el 1 de enero.La iniciativa, que ya tiene media sanción de Diputados, busca “fomentar la buena conducta tributaria incrementando los beneficios que conlleva un correcto cumplimiento de los gravámenes y otorgando la posibilidad, en los impuestos de padrón (inmobiliario y automotor), de acceder a importantes descuentos optando por un pago único del tributo”, según argumentó el Ejecutivo.</p><p>Por otra parte, se pretende simplificar la categorización de los contribuyentes en el impuesto sobre los Ingresos Brutos con el objetivo de facilitar el cumplimiento fiscal, por lo que “se mantienen alícuotas establecidas –salvo aquellos casos que, razones extrafiscales, aconsejan su modificación–, a fin de otorgar un marco de estabilidad impositiva que otorgue previsibilidad a los contribuyentes, permitiendo, fundamentalmente, que los sectores que motorizan la economía provincial puedan operar en un entorno tributario predecible que impulse su crecimiento y competitividad”.</p><p>En ese marco, “se propone la disminución a la mitad de la alícuota por servicios de suministro de electricidad y gas destinados a la producción primaria, industrial y comercial”.También, se mantiene el Régimen Simplificado, “que facilita a más de la mitad de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos el cumplimiento”.Además, “se eliminan tasas retributivas de servicios que se perciben en determinados trámites, que, además de poder resultar un costo significativo a muchos ciudadanos, complejizan los mismos, conspirando contra la eficiencia en el servicio a la ciudadanía que el Estado debe brindar”.</p><p>Obra pública y construcción</p><p>Se adoptan modificaciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos “que permitan abaratar el costo de la obra pública que debe afrontar la provincia, lo cual resulta indispensable en un contexto donde el Estado Nacional se retiró de las obras que se construyen en nuestro territorio”, por lo que “se exime del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a la actividad de construcción realizada en el marco de la Ley N° 6351 y cuando su costo de ejecución sea soportado por la provincia, circunstancia que contribuye a abaratar el costo de la obra pública realizada por el Estado provincial”.</p><p>Prestadoras de salud</p><p>En cuanto a la salud, “se alienta a los prestadores de salud a contratar con la obra social de la provincia, incentivando a la vez la disminución de los costos prestacionales, beneficiándolos con una alícuota ‘reducida’ para los ingresos que perciban del Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos”.</p><p>Créditos a la actividad&nbsp;productiva y reducción&nbsp;de costo de la energía</p><p>Además, “se fomenta el otorgamiento de créditos a la actividad productiva, convencidos de su importancia para el desarrollo económico de la provincia, posibilitando que las entidades financieras puedan deducir de su base imponible los intereses que perciben por los mismos, y se alivia la carga tributaria a la actividad de transporte, nexo indispensable en la producción, alentando la radicación de su flota automotor en la jurisdicción provincial”.</p><p>Para adoptar medidas que contribuyan al desarrollo de la actividad productiva, el gobierno disminuirá a la mitad la alícuota vigente que tributan los servicios de suministro de electricidad y gas destinados a la producción primaria, industrial y comercial, bajándola al uno por ciento.</p><p>Aumento en comunicaciones y tabaco</p><p>Por otro lado, se contempla específicamente la actividad de comercialización mayorista y minorista de tabaco, que actualmente tributa dentro de la actividad general del comercio (entre el cuatro y cinco por ciento según encuadre), a fin de gravarla al ocho por ciento, toda vez que se trata de un consumo que es necesario desalentar por cuestiones de salud pública.</p><p>Asimismo, se proyecta un incremento en la alícuota de la actividad de comunicaciones, llevándola del cuatro al cinco por ciento, quedando aún debajo del máximo de 5,50 por ciento que establece el Consenso Fiscal 2021.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dwf3aDW-NNrlGQjRteh6wdVvLnU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/senado_tributaria.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Las comisiones de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda tratarán hoy jueves el proyecto que reformará el Código Fiscal y la Ley Impositiva. Se reunirán con el director ejecutivo de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (Ater), Jesús Rafael Korell. El oficialismo intentará lograr el despacho de comisión para tratar el texto en el recinto.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-12-26T09:00:00+00:00</published>
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            El Ejecutivo impulsó una nueva tributaria
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/el-ejecutivo-impulso-una-nueva-tributaria" type="text/html" title="El Ejecutivo impulsó una nueva tributaria" />
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dpFQlXFflUbU5JVbMtbfQQBG8Ls=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/06/30_nueva_tributaria.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El texto, �Sparte de la premisa que tanto el dinamismo del contexto económico como el cambio continuo en la modalidad operativa de los distintos sectores de actividad económica tiene un impacto directo en materia tributaria, por lo que debe ser acompañado por un permanente análisis que redunde en las adecuaciones normativas necesarias tendientes a la incorporación de criterios de mayor justicia en la política tributaria de la provincia que, a su vez, garanticen una mayor equidad, eficiencia recaudatoria y seguridad jurídica, tanto para el fisco provincial como para el universo de los contribuyentes⬝, se fundamentó.⬨</p><p>En base a esa premisa, �Sse proponen modificaciones a la normativa tributaria vigente para dar respuesta a los actores de ciertas actividades productivas y de servicios que en el marco de la Pandemia de SARS-CoV-2 sufrieron un impacto económico sustancialmente relevante y que al día de la fecha se encuentran en paulatina recuperación⬝.⬨
</p><p>⬨Por otra parte, �Sse promueve la incorporación de herramientas para hacer más efectivo y simple el control de los obligados tributarios en pos del cumplimiento de los deberes formales y materiales que tienen a su cargo, así como también se recomienda se agregue en forma expresa alícuotas a los servicios incorporados en la normativa tributaria de nuestra provincia a través de la Ley N° 10856⬝, se precisó.⬨⬨
</p><p></p><p>Los cambios⬨
</p><p>Ahora el Ejecutivo quiere, en primer lugar, una reforma �Sa la exención del Impuesto Inmobiliario considerando especialmente a los sectores afectados por las consecuencias devastadoras de la Pandemia por Covid-19, ya sea por haber desarrollado un rol especial en el ámbito de la salud, como las entidades destinadas a la prestación de Servicios de Salud -Clínicas y Sanatorios-, como aquellos sectores que verificaron una estrepitosa caída de sus ingresos como consecuencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, como el sector hotelero⬝, por lo que �Spara aplicar el porcentaje de exención de entre un 30 por ciento, 40 por ciento o hasta un 50 por ciento que la incorporación establece se tendrá en cuenta la cantidad de trabajadores en relación de dependencia en la provincia⬝.⬨
</p><p>También, se propone �Sestablecer una exención al cobro del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los ingresos provenientes de la tarifa de acceso a los complejos termales, que se encuentren debidamente habilitados en la provincia⬝, que �Simportaría un beneficio a través de la mejora sustancial en los costos de acceso oficiando como un factor de promoción de un sector que sufrió una recesión sostenida de la actividad en el marco de las medidas de restricción de circulación en la pandemia⬝.⬨⬨
</p><p>Por otra parte, se propone adecuar el aspecto sancionatorio frente a los incumplimientos de obligaciones formales imputables a los contribuyentes, responsables y terceros adicionando en el Artículo 45° del Código Fiscal otros supuestos de incumplimientos. Puntualmente se propone sancionar la inobservancia de lo establecido en el Artículo 21° del Código Fiscal, relativo al domicilio fiscal y -en particular- al Domicilio Fiscal Electrónico toda vez que se trata de una situación que no estaba prevista actualmente en la norma.⬨⬨Asimismo, se incorpora la facultad de la Administradora Tributaria de establecer descuentos en el Impuesto Inmobiliario y a los Automotores, de forma adicional a los ya establecidos, relativos a la fecha de pago y buen cumplimiento.⬨⬨
</p><p>Finalmente y en virtud de las modificaciones introducidas en la normativa tributaria a través de la Ley N° 10856, en relación al uso de nuevas tecnologías que se plantean como una auténtica revolución global provocada por el auge de la informática y las comunicaciones, se incorporan en forma expresa las alícuotas aplicables a los servicios digitales prestados por contribuyentes no residentes en el país.</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dpFQlXFflUbU5JVbMtbfQQBG8Ls=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/06/30_nueva_tributaria.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Ingresó en la Cámara de Diputados un proyecto de Ley por el que se reforma el Código Fiscal de Entre Ríos, que propone modificaciones a la normativa tributaria vigente y la incorporación de herramientas para hacer más efectivo y simple el control de los obligados tributarios en pos del cumplimiento de los deberes formales y materiales.⬨⬨La iniciativa del Ejecutivo tiene siete artículos de fondo y uno de forma.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2022-06-30T08:16:00+00:00</updated>
                <published>2022-06-30T08:16:00+00:00</published>
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