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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
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            El BCRA inició un sumario contra la AFA por violación de la Ley Cambiaria: investiga movimientos por más de USD 240 millones
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/tapia_afa.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los hechos investigados ocurrieron durante la gestión de Martín Guzmán al frente del ministerio de Economía y de Miguel Ángel Pesce como titular del BCRA.Por Matías Barbería - El Banco Central inició un sumario contra la AFA, su presidente Claudio “Chiqui” Tapia y otros directivos de la entidad por presuntas infracciones a la Ley Penal Cambiaria. El expediente, firmado el martes pasado, aún no fue notificado a la entidad. La investigación abarca cinco universos de operaciones desarrollados entre 2020 y 2023, con un monto total bajo análisis que supera los USD 131.384.000 y EUR 94.999.920. En suma, el volumen en cuestión supera los USD 242 millones.De acuerdo a fuentes al tanto de las investigaciones, el sumario se centra en el ingreso y/o la liquidación irregular de divisas provenientes de contratos de sponsoreo, derechos de televisación y transferencias internacionales de organismos deportivos como FIFA y Conmebol. El eje de la maniobra observada reside en el cambio de concepto con el que la AFA declaró estos fondos: de “otros servicios personales, culturales y recreativos” (código S24) a “otras transferencias corrientes” (código 108). Esta modificación, siempre según las mismas fuentes, permitió esquivar la obligación de liquidar los dólares en el mercado oficial, al hacerlos figurar como donaciones y no como pagos por servicios.Esta estrategia aparece en los ingresos de fondos provenientes de Adidas por sponsoreo, así como en contratos de televisación con empresas como Fox y Argentina Football Distribution LLC. El contrato entre AFA y Adidas International Marketing, firmado en noviembre de 2017 y vigente hasta 2030 por un total de EUR 260 millones, es uno de los ejes del sumario. El monto bajo análisis suma casi EUR 95 millones que, según la investigación, no fueron liquidados desde la segunda mitad de 2020.Las fuentes señalan que durante los primeros años del vínculo con Adidas (2018-2019), la AFA liquidó correctamente los fondos. A partir del endurecimiento del cepo cambiario, la entidad modificó el rubro de ingreso y así evitó la conversión de divisas a pesos, beneficiándose de la brecha entre el tipo de cambio oficial y el paralelo. Las empresas, asumen, siguieron haciendo sus pagos normalmente mientras que la AFA fue la que cambió el concepto de los ingresos para evitar liquidar las divisas en el MULC.En el caso de los fondos provenientes de Fox, la suma en revisión supera los USD 45 millones. El expediente también incluye a Argentina Football Distribution, con USD 78 millones. En estas transferencias, la AFA utilizó el mismo método: declaró los ingresos bajo el concepto de donación o transferencias corrientes y esquivó la liquidación obligatoria estipulada por la normativa cambiaria. El sumario involucra operaciones por más de USD 242 millones entre contratos de sponsoreo, derechos televisivos y transferencias internacionales (Gustavo Gavotti)El sumario también incorpora los movimientos relacionados con FIFA y Conmebol. Para FIFA, se detectaron transferencias por USD 498.000 pendientes de liquidación por código incorrecto y USD 6.268.000 pendientes de ingreso y liquidación. En el caso de Conmebol, las sumas ascienden a USD 8.676.000 bajo la primera categoría y USD 5.942.000 bajo la segunda. Entre los conceptos figuran subsidios y adelantos destinados a la Copa América, torneos femeninos y de futsal, entre otros.El expediente discrimina entre “montos ingresados y no liquidados” y “montos directamente no ingresados al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC)”, lo que permite identificar el recorrido de los fondos y las modalidades de presunta infracción. Según fuentes al tanto de las investigaciones, la defensa de la AFA se apoya en la figura de la donación, que exime de la obligación de liquidar divisas en el mercado oficial según la regulación vigente.El sumario incluye como responsables a la AFA como persona jurídica, a su presidente y a los tesoreros que estuvieron al frente durante el período investigado: Alejandro Nadur y Pablo Toviggino en estos cargos. El mecanismo, según los investigadores, permitió a la AFA mantener su patrimonio en dólares y evitar pérdidas derivadas de la brecha cambiaria.El sumario es de carácter cambiario y, si avanza, puede derivar en sanciones económicas y en la inhabilitación para operar en el mercado de cambios. Las fuentes consultadas precisan que el Banco Central concedió varias prórrogas a la AFA para responder al sumario, con la última fijada para el 1 de septiembre de 2025.El expediente abarca operaciones hasta el Mundial de Qatar. Según las fuentes, los movimientos posteriores no están incluidos porque se presume que las transferencias se canalizaron directamente a cuentas en el exterior. El mecanismo de ingreso y no liquidación aparece como una respuesta a las restricciones impuestas por el cepo cambiario.Se trata de la primera vez que el Banco Central activa un sumario formal contra la AFA por este tipo de operaciones. Fuentes al tanto de las investigaciones señalan que la magnitud y la complejidad de los movimientos bajo análisis explican el impacto institucional de la medida.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/tapia_afa.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Fuentes con conocimiento directo del expediente describen un esquema que involucra cambios de conceptos en los registros de ingresos y transferencias internacionales, con el objetivo de evitar el impacto de las restricciones cambiarias.]]>
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                <published>2026-01-03T05:00:00+00:00</published>
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            Abren sumario administrativo por videos de funcionarios manipulando dinero en la gobernación
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/caa_gobierno.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los videos, difundidos por medios nacionales y provinciales, muestran a funcionarios y empleados públicos manipulando dinero en efectivo dentro de oficinas del Estado. Entre las personas identificadas se encuentra Edgardo Kueider, quien se desempeñaba como secretario General de la Gobernación durante ese período, junto a otros cuatro agentes del Poder Ejecutivo provincial.&nbsp;Mediante el decreto, el Poder Ejecutivo encomendó a la Dirección de Sumarios de la Fiscalía de Estado la realización de la investigación, facultándola a requerir la colaboración de la Contaduría General, el Tribunal de Cuentas y otros organismos provinciales que resulten pertinentes para el esclarecimiento de los hechos.La medida tiene carácter estrictamente administrativo, se tramita en forma independiente de las actuaciones judiciales en curso, y tiene como finalidad establecer responsabilidades, promover las sanciones que pudieran corresponder y resguardar los principios de transparencia, legalidad y ética pública que deben regir el accionar estatal, incluyendo acciones de recupero en caso de ser necesarias.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/caa_gobierno.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El gobernador Rogelio Frigerio, a través del Decreto Nº 47, dispuso la apertura de una Información Sumaria en el ámbito de la Secretaría General de la Gobernación, con el objetivo de investigar posibles irregularidades administrativas detectadas en registros audiovisuales correspondientes a los años 2018 y 2019.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-03-28T09:30:00+00:00</published>
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            Se inició un sumario a la señal televisiva LN+
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/elheraldo-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>Producto de las expresiones vertidas el día 06 de abril de 2023, en el programa �S+ VIVIANA⬝ conducido por la periodista Viviana Canosa con la intervención de la periodista Laura Di Marco como entrevistada, correspondiente a la grilla de programación de la señal LN+, en el que se habrían difundido enunciados estigmatizantes y discriminatorios respecto de la Vicepresidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, y de su hija, Florencia Kirchner, el organismo pone en conocimiento de la ciudadanía las acciones que tomará conforme a la Ley N° 26.522 (LSCA), que regula la actividad de los servicios de comunicación audiovisual.</p><p>A fin de verificar el fiel cumplimiento a la normativa, y conforme a las facultades emergentes del artículo 12 inc. 12 de la Ley N° 26.522, ENACOM ha procedido a iniciar el correspondiente sumario al medio antes citado. Durante esta etapa se llevará adelante un proceso de análisis y evaluación del programa en cuestión, y en caso de concluir que el mismo contraviene la normativa, se procederá a iniciar el cargo pertinente de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley N° 26.522 (LSCA), para que el responsable de la señal LN+ haga su descargo.
</p><p>Finalmente, y concluida esta etapa, se analizará si corresponde la aplicación de las sanciones previstas en los artículo 103 y 110 de la Ley N° 26.522 (LSCA).
</p><p>La LSCA establece dentro de los objetivos de los contenidos de los servicios regulados por ella: �S... La defensa de la persona humana y el respeto a los derechos personalísimos; ..La actuación de los medios de comunicación en base a principios éticos; ..Promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual..⬝
</p><p>Además, el artículo 70 de la norma dispone que �SLa programación de los servicios previstos en esta ley deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes⬝.
</p><p>Asimismo, el artículo 71 establece que �SQuienes produzcan, distribuyan, emitan o de cualquier forma obtengan beneficios por la transmisión de programas y/o publicidad velarán por el cumplimiento de lo dispuesto por las leyes ... 25.926, sobre pautas para la difusión de temas vinculados con la salud, 26.485 �Ley de protección integral para prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales... así como de sus normas complementarias y/o modificatorias y de las normas que se dicten para la protección de la salud y de protección ante conductas discriminatorias⬝.
</p><p></p><p>
</p><p>
</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/elheraldo-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) inició un sumario ante la presunta violación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) en el programa �S+Viviana⬝, conducido por Viviana Canosa con la intervención de la periodista Laura Di Marco como entrevistada, donde se habrían difundido enunciados estigmatizantes y discriminatorios sobre la vicepresidenta de la Nación y su hija.]]>
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                <updated>2023-04-12T01:19:00+00:00</updated>
                <published>2023-04-12T01:19:00+00:00</published>
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            Sumario a un médico por divulgar datos de  una menor que se realizó un aborto legal
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/10/05_sumariohospital.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>⬨⬨A través del decreto 1.922, firmado por el gobernador Gustavo Bordet, y la titular de la cartera sanitaria, Sonia Velázquez, el sumario apunta al médico Fernando Julián Rivas por la divulgación de los datos y por desconocer los protocolos que rigen para estos casos.</p><p>⬨La menor había ingresado al hospital a fines de octubre de 2018 con dolores abdominales, y tras una ecografía, se constató un embarazo de 20 semanas de gestación. El 9 de noviembre regresó con su madre y decidió iniciar el protocolo de ILE/aborto no punible.⬨⬨A las 14 del día siguiente, según la historia clínica del hospital, la menor expulsó el feto y las autoridades médicas entregaron el �Sóbito⬝ a personal de la policía, a los pocos minutos de la expulsión, en un frasco con formol.⬨
</p><p>Asimismo, Rivas y un grupo de enfermeras del servicio de obstetricia se negó a asistir a la menor.⬨⬨Pero en los últimos días se constató que el médico divulgó �Sdetalles del caso, la cantidad de semanas de gestación del embarazo de la adolescente⬝ y desmintió �Sel origen de la concepción, o sea el delito de abuso sexual del cual fue víctima⬝ la menor.⬨⬨
</p><p>En entrevistas periodísticas, Rivas consideró que fue �Suna situación validada, por decirlo de alguna manera, y no fue un aborto sino un parto inmaduro⬝, lo que para el Ministerio demuestra �Sun total desconocimiento del protocolo⬝ ante estos casos.⬨⬨También la cartera recalcó los derechos �Sa la privacidad y confidencialidad de las mujeres que se someten a éstas prácticas⬝, por lo que se le inició un sumario administrativo al médico, ya que esas declaraciones �Sresultan violatorias⬝ de la privacidad de la menor.⬨</p><p></p><p>⬨Además, el Ministerio también apuntó al personal de enfermería que se encontraba de turno ese 10 de noviembre que, �Sconforme los elementos probatorios, se negaron o no brindaron asistencia y atención⬝ a la menor.⬨⬨En ese sentido, el decreto aseguró que �Sde ninguna manera se trata de un justificativo el hecho de que no compartan por cualquier razón la práctica ILE⬝, por lo que se le aplicaron �Scinco días de suspensión sin goce de haberes⬝.⬨⬨
</p><p>Por otra parte, el Ministerio de Salud entrerriano también desmintió a la Iglesia Católica de Concordia, que en ese entonces aseguró que el bebé nació con vida y se debatió cómo proceder durante unas 10 horas.⬨⬨Calificó esas declaraciones como �Smanipulación perversa e intimidación, hiriendo profundamente la sensibilidad social, violentando los derechos de la niña y atentando contra la necesaria tranquilidad de los equipos de salud⬝.⬨⬨El personal de neonatología del hospital �Sno participó ni intervino en el caso, debido a que no se produjo un nacimiento con vida⬝, añadió.</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/10/05_sumariohospital.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Ministerio de Salud de Entre Ríos abrió un sumario administrativo a un médico que trabaja en el hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, luego de que se difundieran datos personales de una menor de 13 años que se realizó una interrupción legal del embarazo producto de una violación, informaron hoy fuentes oficiales.]]>
                </summary>
                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2021-10-05T08:15:00+00:00</updated>
                <published>2021-10-05T08:15:00+00:00</published>
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