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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-04-28T10:30:04+00:00</updated>
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            Urribarri va camino a un nuevo juicio: rechazan planteos de su defensa que recurrirá a casación
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/V9FMeuP7y9MYo0zWL7JZWp4eucw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/urribarri_juicio_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La resolución confirmó lo que ya había dispuesto el juez de Garantías Mariano Budasoff, quien había rechazado pedidos de sobreseimiento por prescripción, plazo razonable, inconstitucionalidad y doble juzgamiento. Sin embargo, las audiencias de remisión a juicio seguirán suspendidas hasta que se resuelva el nuevo planteo que las defensas llevarán ante Casación.La causa investiga un presunto crecimiento patrimonial no justificado de Urribarri, estimado en unos 7 millones de dólares. Para la Fiscalía, ese incremento habría contado con la participación de Cardona Herreros, empresario contratado por el Estado durante el urribarrismo.El Ministerio Público Fiscal pidió llevar a juicio al exgobernador con una solicitud de pena de 5 años y 6 meses de prisión. Para Cardona Herreros, los fiscales solicitaron 5 años de cárcel efectiva.Urribarri ya cuenta con una condena a 8 años de prisión en el denominado megajuicio y también enfrenta un pedido de remisión a juicio en la causa por coimas, donde la Fiscalía solicitó una pena de 10 años.En este expediente, también estuvo imputado Rubén Martínez, jubilado de más de 70 años, quien quedó fuera del juicio oral tras acceder a una probation.&nbsp;La acusación le atribuía un rol menor, vinculado a la compra de un vehículo y al ingreso al país de obras de arte destinadas al entorno familiar del exgobernador.&nbsp;(I: Resumen de nota de Entre Ríos Ahora)&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/V9FMeuP7y9MYo0zWL7JZWp4eucw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/urribarri_juicio_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El exgobernador Sergio Urribarri sufrió un nuevo revés judicial en la causa por presunto enriquecimiento ilícito. El juez de juicio Gervasio Labriola rechazó los recursos de apelación presentados por las defensas del exmandatario y del empresario Diego Armando Cardona Herreros, titular de Relevamientos Catastrales SA.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-04-28T10:30:04+00:00</updated>
                <published>2026-04-28T10:30:00+00:00</published>
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            Urribarri más cerca del juicio: la Justicia ratificó las pruebas y desestimó los planteos de la defensa
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aHIcTEv573uxzFOP8iQN98Cu1v0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/urribarri_juicio.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En una resolución clave dentro de una causa que tuvo un fuerte impulso a partir del trabajo del periodista de investigación Daniel Enz, del medio Análisis, la Justicia entrerriana volvió a respaldar el expediente por presunto enriquecimiento ilícito que involucra al exgobernador Sergio Urribarri y al empresario Diego Cardona Herreros.El vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones N°5 de Paraná, Gervasio Labriola, rechazó todos los recursos presentados por las defensas y confirmó lo resuelto previamente por el juez de Garantías, Mariano Budassof.</p><p>En términos simples, el tribunal entendió que no hubo irregularidades en la obtención de las pruebas y que el proceso puede avanzar hacia el juicio.</p><p>La decisión despeja el camino para retomar las audiencias de elevación a juicio, que estaban suspendidas por estos planteos.</p><p>Qué discutía la defensa y qué resolvió la JusticiaLos abogados intentaron excluir pruebas centrales del expediente, pero el tribunal fue claro al analizar cada punto:Cadena de custodia: la defensa cuestionó el procedimiento de un allanamiento en 2018. La Justicia explicó que eso no invalida la prueba, sino que su valor podrá discutirse durante el juicio.Registros telefónicos: se argumentó que fueron obtenidos sin autorización. El fallo sostuvo que hubo respaldo legal y no se afectaron derechos.Informes informáticos: se objetó que no fueran realizados por peritos matriculados. El tribunal aclaró que se trata de informes técnicos —no pericias—, por lo que no requieren esas formalidades.En todos los casos, la conclusión fue la misma: las pruebas son válidas y seguirán formando parte del proceso.</p><p>Claves del fallo, en términos clarosLabriola sintetizó su decisión en tres ideas centrales:Todas las medidas se realizaron con autorización judicial.Los informes técnicos forman parte del procedimiento normal de recolección de evidencia digital.No se vulneraron derechos ni garantías constitucionales.En consecuencia, la Justicia consideró que no hay fundamentos para frenar la causa ni para eliminar pruebas.</p><p>Un caso con impacto en la provinciaEl expediente, que investiga el patrimonio del exgobernador de Concordia, tuvo amplia repercusión política y social en Entre Ríos. En ese proceso, el trabajo sostenido de Daniel Enz desde Análisis fue determinante para visibilizar el caso y contribuir a que la investigación avanzara.Con este nuevo fallo, la causa queda en condiciones de avanzar hacia el juicio oral, instancia en la que se definirá la responsabilidad de los acusados.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aHIcTEv573uxzFOP8iQN98Cu1v0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/urribarri_juicio.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal de Apelaciones confirmó la validez de la investigación y dejó sin efecto los cuestionamientos de los abogados, lo que permite avanzar hacia el debate oral.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-04-22T09:30:04+00:00</updated>
                <published>2026-04-22T09:30:00+00:00</published>
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            Urribarri apeló la resolución del Juez Budasoff
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/urribarri-apelo-la-resolucion-del-juez-budasoff" type="text/html" title="Urribarri apeló la resolución del Juez Budasoff" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ujMpxn8LCUb3M0LpfF0NqZElUWA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/03/urribarri_enriquecimiento_2.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El magistrado rechazó uno por uno los pedidos de los abogados, que buscaban anular pruebas, cuestionar el proceso y dar por prescripta la causa.&nbsp;Entre otras cosas, no hizo lugar a excluir registros de llamadas telefónicas, informes de celulares ni testimonios incorporados a la investigación.</p><p>También desestimó los argumentos sobre supuestas irregularidades en el procedimiento y los reclamos por el paso del tiempo.</p><p>Tras esa decisión, los defensores apelaron en el mismo momento, cuestionando el rechazo de la prescripción, los plazos del proceso y la validez de algunas pruebas.&nbsp;La Fiscalía, por su parte, pidió que esas apelaciones sean rechazadas.&nbsp;Ahora el juez deberá definir si concede o no esos recursos en los próximos días.</p><p>La causa busca determinar si Urribarri no pudo justificar un incremento patrimonial cercano a los 7 millones de dólares, en maniobras en las que habría participado Cardona Herreros, empresario vinculado a contrataciones con el Estado entrerriano.El proceso se encuentra en una etapa previa al juicio oral.</p><p>Si se confirma la elevación a juicio, será en esa instancia donde se analizarán las pruebas y se definirá la responsabilidad de los imputados.</p><p>Cabe recordar que en noviembre de 2023 los fiscales solicitaron que la causa sea llevada a juicio, con pedidos de condena de 5 años y 6 meses para Urribarri y de 5 años de prisión efectiva para Cardona Herreros.</p><p>En el inicio de la investigación también estuvo imputado un tercer involucrado, Rubén Martínez, quien quedó fuera del proceso tras acordar una probation por tres años, al considerarse que tuvo un rol menor en los hechos investigados.</p><p>(I: Con datos y seguimiento de Análisis)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ujMpxn8LCUb3M0LpfF0NqZElUWA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/03/urribarri_enriquecimiento_2.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>En la audiencia del jueves, el juez Mariano Budasoff resolvió todos los planteos presentados por las defensas en la causa por presunto enriquecimiento ilícito que tiene como imputados al exgobernador Sergio Urribarri y al empresario Diego Cardona Herreros.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-28T03:30:05+00:00</updated>
                <published>2026-03-28T03:30:00+00:00</published>
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            La Justicia reordenó el calendario de audiencias en la investigación a Sergio Urribarri
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/la-justicia-reordeno-el-calendario-de-audiencias-en-la-investigacion-a-sergio-urribarri" type="text/html" title="La Justicia reordenó el calendario de audiencias en la investigación a Sergio Urribarri" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TRtXgqfwbxrYdOHuZZbpFc7ny_g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/03/calendario_de_audiencias.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) Paraná, informó este lunes 16 de marzo la reprogramación del cronograma de la audiencia en la que se discute la remisión a juicio de la causa que investiga el ex gobernador, Sergio Urribarri, y al empresario paraguayo, Diego Armando Cardona Herreros, por el presunto delito de Enriquecimiento ilícito.</p><p>Tras el cuarto intermedio dispuesto por el juez de Garantías N° 7, Mariano Budasoff, en la audiencia que se realizó el 12 de marzo; desde OGA se indicó que “por motivos del cronograma de audiencias previamente fijadas y conforme disponibilidad de OGA, fíjese la continuidad de la audiencia de remisión de causa a juicio para el día miércoles 25 de marzo &nbsp;a las 9 en el salón de audiencia N° 1, y en consecuencia se deja sin efecto las audiencia de los días 17, 18 y 19 de marzo del corriente año”.</p><p>El defensor de Urribarri, Miguel Ángel Cullen,en la audiencia del martes 10 de marzo, pidió el cierre de la causa por violación del plazo razonable para investigar. La causa se inició el 21 de diciembre de 2015 por la denuncia de los abogados Guillermo Mulet y Rubén Pagliotto. La defensa de Cardona Herreros, a cargo de Ignacio Díaz y José Velázquez, también cuestionó la duración del proceso y adhirió al pedido de Cullen.</p><p>Por su parte, &nbsp;los fiscales Juan Francisco Ramírez Montrull y Gonzalo Badano solicitaron que se rechacen los planteos de la defensa argumentando que se trata de una causa compleja en la que se recolectó numerosa evidencia de cargo que es necesario debatir en un juicio plenario.</p><p>Ramírez Montrull sostuvo que la investigación concluyó que Urribarri no pudo justificar un aumento de su patrimonio de alrededor de 7 millones de dólares durante el período en el que estuvo a cargo de la Gobernación y fue diputado nacional.De acuerdo a una pericia contable de peritos del Ministerio Público Fiscal, entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2015, Urribarri habría incrementado su patrimonio en 1.546.772,05 pesos, 7.245.441,02 dólares y 16.300 euros. (Análisis)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TRtXgqfwbxrYdOHuZZbpFc7ny_g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/03/calendario_de_audiencias.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El proceso que analiza el presunto enriquecimiento ilícito del exmandatario provincial y otros imputados retomará el 25 de marzo.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-03-17T03:00:00+00:00</published>
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            Urribarri enfrentará audiencias clave en la causa por presunto enriquecimiento ilícito
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/urribarri-enfrentara-audiencias-clave-en-la-causa-por-presunto-enriquecimiento-ilicito" type="text/html" title="Urribarri enfrentará audiencias clave en la causa por presunto enriquecimiento ilícito" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n9G0PswUK5hHeEf06w6F3PuRjHU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/12/enriquecimiento_ilicito.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Se trata del tercer expediente penal que alcanza al exmandatario, ya condenado —aún sin sentencia firme— a ocho años de prisión en el denominado megajuicio y con otro proceso por presunto pago de coimas en marcha. La demora en la habilitación de este tercer caso se explica por la simultaneidad de defensores entre ambas causas.El expediente también alcanzó a Rubén Martínez, jubilado de 72 años, quien obtuvo en 2024 una probation tras admitir participación secundaria en maniobras vinculadas al patrimonio del exgobernador. Como parte del acuerdo, compensará económicamente al Estado y pagará donaciones a instituciones de salud.La Fiscalía sostiene que Urribarri no logró justificar un incremento patrimonial millonario, presuntamente con intervención del empresario Diego Cardona Herreros y otros colaboradores. El Ministerio Público solicitó una pena de 5 años y 6 meses de prisión para el exgobernador, y condenas para los restantes imputados.Urribarri, por su parte, niega las acusaciones, cuestiona la pericia que detectó un crecimiento patrimonial cercano a los nueve millones de dólares y asegura que la evaluación contable está incompleta, pendiente de información solicitada al exterior. También plantea que los plazos del proceso estarían vencidos.</p><p>Las audiencias previstas en 2026 serán decisivas para determinar si el caso llega finalmente a juicio oral, instancia que podría convertirse en uno de los procesos judiciales más relevantes de la provincia en los últimos años.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n9G0PswUK5hHeEf06w6F3PuRjHU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/12/enriquecimiento_ilicito.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Justicia fijó para marzo y abril de 2026 una extensa agenda de audiencias en la que se definirá si la causa por enriquecimiento ilícito que involucra al exgobernador Sergio Urribarri avanza a juicio oral. El trámite estará a cargo del juez de Garantías Julián Vergara e incluye más de veinte fechas entre ambos meses.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-12-17T12:00:00+00:00</published>
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            Causa coimas Urribarri-Cardona Herreros: rechazan la recusación y ratifican a los fiscales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zANE1WF7ZKJZMMOd-DUrxBgbpxc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/11/fiscales_causa_coimas.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En su pronunciamiento, los magistrados entendieron que “deviene evidente que en el caso sujeto a análisis en modo alguno se encuentra suficientemente acreditada la existencia de una seria y fundada sospecha de ‘pérdida de objetividad’ suficiente para apartar a los fiscales recusados”.“En efecto, de la lectura del planteo recusatorio, se advierte, que los hechos invocados a la hora de fundar la alegada pérdida de objetividad de los fiscales recusados, se vinculan a la actuación funcional de los mismos en el marco del proceso de juicio abreviado al que decidió someterse el señor Smaldone. De ello se sigue, que les asiste razón a los fiscales recusados cuando afirman que del escrito recusatorio no surge hecho o causal que torne procedente su pedido de apartamiento”, describen.El voto del juez Grippo -al que adhirieron Cotorruelo y Castagno- &nbsp;planea: “Del análisis de los hechos fundantes del planteo recusatorio, fácil se advierte que se tratan de alegaciones abstractas e infundadas, meras suposiciones carentes de toda apoyatura en las pruebas producidas en el marco de esta incidencia; conjeturas que extrae el recusante, amén de su apreciación personal de la actuación funcional de los fiscales recusados en este proceso, no existiendo una razonable verificación de que el comportamiento evidenciado por los mismos pueda ser tachado de falto de objetividad”.Según consignó Entre Ríos Ahora, el planteo recusatorio de los integrantes del Ministerio Público Fiscal fue formulado por los abogados Juan Antonio Méndez y Candelario Pérez, defensores de Carlos Marcelo Haidar. El argumento es que los fiscales ya formaron parte del juicio abreviado en el que el exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, &nbsp;en el que aceptó haber cobrado coimas de parte del empresario Diego Armando Cardona Herreros, titular de la firma Relevamientos Catastrales SA, proveedora del Estado entrerriano durante el urribarrismo.“Se da entonces la situación sobreviniente que los fiscales encargados de llevar adelante el juicio contra nuestro defendido son los mismos funcionarios que sostuvieron la acusación en el juicio abreviado, valoraron la prueba que el juez de sentencia admitió”, dice el escrito de los defensores.El tribunal que finalmente quedó conformado para llevar adelante el juicio de la megacausa de las Coimas –aún sin fecha- conformado por los jueces Alejandro Grippo, Rafael Cotorruelo y Carolina Castagno corrió vista del planteo a los fiscales Yedro y Badano “a fin de que produzcan el informe prescripto en la norma del art. 46 C.P.P, aplicable por remisión dispuesta en el art. 60 del mismo cuerpo normativo”. La recusación de los fiscales se apoya en el juicio abreviado al que accedió el exministro Smaldone.A principios de agosto último, el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná Juan Francisco Malvasio homologó el acuerdo de juicio abreviado al que habían llegado el Ministerio Público Fiscal y la defensa del exministro de Trabajo del urribarrismo Guillermo Smaldone en el marco de la mecausa de las Coimas, que tiene pedido de condena a 10 años para el exgobernador Sergio Urribarri.</p><p>El Ministerio Público Fiscal acordó con Smaldone, que como abogado ejerció su propia defensa, la aplicación de una pena de dos años y ocho meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial perpetua, y como norma de conducta, y por el plazo de tres años, las siguientes medidas:a) Fijar y mantener domicilio en calle Libertad Nº 59 de la ciudad de Paraná el que no podrá variar sin previo aviso a la autoridad judicial.b) Prohibición de realizar actos molestos, violentos y perturbadores, por sí o por interpósita persona hacia los testigos del hecho.c) Realizar trabajos no remunerados en una institución de bien público que designe la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial por plazo 96 horas anuales. Además, al estar plenamente acreditado que los hechos atribuidos fueron cometidos con ánimo de lucro se solicitará la imposición de pena de multa para el imputado por la suma de $90.000.El punto 9) del acuerdo de juicio abreviado tiene el siguiente título: “Confesión del imputado”, la aceptación por parte del exministro de Trabajo de haber cobrado coimas de parte Cardona Herreros y esa peculiaridad sella la suerte del resto de los imputados en la megacausa de las Coimas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zANE1WF7ZKJZMMOd-DUrxBgbpxc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/11/fiscales_causa_coimas.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El tribunal conformado por los jueces Alejandro Diego Grippo, Rafael Martín Cotorruelo y María Carolina Castagano rechazó la recusación de los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano, que tramitan la megacausa de las Coimas, en la que está imputado el exgobernador Sergio Urribarri, con pedido de condena de 10 años de cárcel. Otro de los principales acusados es el empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros.]]>
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                <published>2025-11-29T03:30:00+00:00</published>
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            Sergio Urribarri anunció que prepara un libro con testimonios sobre su gestión
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ynTpeCXrhGMtxPIhDHjs7WiA8_w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/04/libro_de_urribarri.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>A través de un mensaje en su cuenta de Facebook, Urribarri compartió que durante sus recorridas por Concordia son frecuentes los encuentros con vecinos que le agradecen obras, visitas o gestos de su etapa como gobernador. “Me cuentan cosas que ni yo mismo recuerdo”, señaló.Con ese espíritu, explicó que comenzó a recopilar historias detrás de las “cientos de obras y acciones” realizadas durante su gestión. Su intención, aseguró, es que el libro no se limite a un listado de logros oficiales, sino que refleje el costado humano de cada obra a través de las vivencias de los entrerrianos.“Más que escribirlo yo, quiero que lo escriban ustedes”, afirmó el exmandatario, invitando a la ciudadanía a enviar testimonios, anécdotas y recuerdos que puedan enriquecer el proyecto.Finalmente, Urribarri, quien cumplió más de 50 días de detención tras haber sido condenado por hechos de corrupción, agradeció los mensajes de apoyo y cerró su publicación deseando un buen domingo a sus seguidores.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ynTpeCXrhGMtxPIhDHjs7WiA8_w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/04/libro_de_urribarri.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El exgobernador de Entre Ríos, Sergio Urribarri, anunció que está trabajando en un libro que recogerá relatos y experiencias de su paso por la administración provincial. La publicación, según anticipó, saldrá en 2027, coincidiendo con los 20 años de su asunción como mandatario.]]>
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                <published>2025-04-29T03:00:00+00:00</published>
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            Última audiencia de remisión a juicio en la causa Coimas. Urribarri podría recibir 10 años
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/ultima-audiencia-de-remision-a-juicio-en-la-causa-coimas-urribarri-podria-recibir-10-anos" type="text/html" title="Última audiencia de remisión a juicio en la causa Coimas. Urribarri podría recibir 10 años" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Y3Cj0MAaQc7gX_y-60yNYsVZVco=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/sergio_urribarri.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El trámite, larguísimo y que ha tenido idas y vueltas, arrancó el 20 de febrero de 2024 y concluirá, si en medio no ocurre nada extraordinario, este lunes 31 de marzo, más de un año después. En medio, el juez que tramita la causa fue recusado. El planteo recusatorio fue tratado por el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones Santiago Brugo, que también fue recusado ante el «temor de parcialidad» por cuanto antes de ser magistrado había sido integrante del Ministerio Público Fiscal.</p><p>Pero la decisión de Brugo fue recurrida ante un tribunal integrado por Gervasio Labriola, Alejandro Grippo y Rafael Cotorruelo, que rechazaron el planteo de los defensores. Entonces los abogados quisieron continuar el reclamo en la Cámara de Casación Penal. Pero les cerraron esa puerta.La causa investiga el supuesto pago de coimas por parte del empresario Diego Armando Cardona Herreros, dueño de Relevamientos Catastrales SA, a funcionarios del gobierno de Urribarri.En una audiencia que se realizó en marzo de 2024, los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano expusieron &nbsp;cuánto se pagó en dádivas por cada contratación entre el Estado entrerriano y las empresas que manejaba Diego Cardona Herreros.Los cálculos son en base a un informe contable elaborado en el marco de la investigación que quieren ventilar en un juicio oral. A continuación, se transcriben parte de los “PLM” registrados en la causa, referente a cada licitación.&nbsp;Cabe recordar que con esa sigla quedaron asentadas las coimas en planillas, documentación y correos electrónicos, según la profusa evidencia analizada por los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF).</p><p>Licitación 1/08, la primeraSe pagó un PLM total por $3.062.000 (tres millones sesenta y dos mil pesos). En este caso, esta suma está distribuida de la siguiente manera:-36,47% para SDU (NdR: se advierte que las siglas corresponden al exgobernador Sergio Daniel Urribarri) lo que arroja una suma total de $1.000.007 (un millón siete pesos)-36,47% para equipo, que arroja la misma suma. Como equipo identificamos a quienes eran empresarios de Relevamientos Catastrales.-5,46% para JGLapo, iniciales con las cuales identificamos a José Gervasio Laporte que arroja un total de $149.713.-7,29% a una persona que no identificamos.-7% para Zurdo Ruso (NdR: en distintos pasajes de la investigación, las menciones “Ruso” hacen referencia a Luis Alfonso Erbes), que arrojó $141.940Además del cálculo de estos pagos, había un PLM fijo de $280.000 “destinados al jefe”. “Según la evidencia que tenemos así se lo indicaba a Urribarri y un porcentaje adicional de $40.000 otorgados por instrucciones del señor Cardona Herreros”, plasmó Yedro.Ampliación de la Licitación 1/08Se pagó un PLM total de $1.038.000 y se distribuyó del siguiente modo:-$30.000 mensuales para Lemon que sumó $240.000.-$106.000 mensuales PLM Entre Ríos arrojando un total de $848.000“En el marco de la contratación directa de aquella continuidad de la 1/08, el PLM ascendió a $800.000, $30.000 mensuales destinados a Entre Ríos, $50.000 mensuales para Lemon distribuidos entre tres miembros de la sociedad (Alfonso Campitelli, Diego Cardona Herreros y Jorge Zanabone) que hacen un total de $500.000 distribuidos entre los tres integrantes”, leyó la fiscal este jueves.Y agregó: “La Licitación 48/11 arrojó un PLM total de $3.762.000 distribuidos así:-$7.000 PLM uno-$7.000 al Ruso que dio un total de $252.000-PLM dos $50.000 que arroja $1.800.000-PLM tres $10.000 para la Casa de Entre Ríos lo que arrojó $360.000“En este PLM hubo una distribución interna entre los integrantes de la sociedad y cada uno cobró $180.000. Hubo otra distribución interna de $45.000 para Cardona Herreros, Campitelli y Zanabone, lo que arrojó un total de $270.000 para cada uno”, acotó la fiscal.</p><p>Licitación 84/13 del Ministerio de TrabajoTuvo un PLM total de $6.876.000. La distribución fue entre:Guillermo Smaldone $50.000 y en total $1.800.000-MU (identificado como Mauro Urribarri) $40.000 y un total de $1.440.000-DAC $40.000 que arrojó $1.440.00-Ruso $20.000 y arrojó un total de $720.000-Turco (en referencia a Carlos Haidar) $5.000 que arrojó un total de $180.000También hubo distribución interna.</p><p>Licitación 2/15Arrojó un PLM total de $1.836.000Ruso $7000 arrojó un total de $126.000Equipo $40.000. “La estimación contable va entre $540.000 y 720.000. la distribución fue reducida por lo cual los PLM dos y tres pudieron haberse visto reducidos”, dijo la fiscal.Miguel Ulrich $5.000 mensuales que arrojaron un total de $90.000Y una distribución entre Cardona Herreros y Campitelli de $15.000 lo cual arrojó $270.000 para cada uno.“Estos PLM refieren concretamente a las licitaciones, pero también se corroboraron otros conceptos registrados como PLM Entre Ríos”, diferenció la fiscal.“Cada vez que se efectuaba el pago de la provincia, se ponían en marcha los PLM”Así lo subrayó la fiscal Yedro. “Esa era la mecánica, cada vez que se efectuaba el pago de la provincia por una contratación, se ponía en marcha este sistema de distribución de PLM para funcionarios y empresarios”.</p><p>En la investigación desarrollada, los fiscales consiguieron reconstruir la ruta, los montos y los beneficiarios de los mismos, en base a las comunicaciones internas y los asientos contables. Las operatorias variaron: se libraron cheques a nombre de empresas asociadas que se registraron como “pagos de contraprestaciones ficticias o servicios simulados, facturados por terceras empresas a Relevamientos Catastrales”, también hubo dinero en efectivo, y las empresas compraron objetos y servicios para funcionarios políticos o familiares de los mismos.</p><p>“No solo tomamos en consideración mensajes de correos, anotaciones y registros hallados &nbsp;sino también se cotejó con asientos contables, expedientes de cada licitación, expedientes de pago. A través de la documentación que Fiscalía se ocupó de recabar, la mecánica quedó plasmada ahí”, manifestó Yedro.La fiscal manifestó que el dinero destinado al exgobernador “era almacenado en las oficinas de Cardona”. “También se hicieron depósitos bancarios para otros funcionarios. Esto surgió de las entrevistas con las secretarias de Cardona Herreros y otros testigos”.(Entreriosahora)&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Y3Cj0MAaQc7gX_y-60yNYsVZVco=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/sergio_urribarri.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Hoy lunes está prevista la última audiencia de remisión a juicio de la causa Coimas que involucra al exgobernador Sergio Urribarri, para quien la Fiscalía tiene previsto un pedido de condena de 10 años de cárcel, y comenzarán a correr los días para que el juez de Garantías Julián Vergara disponga la elevación a debate oral de ese proceso.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-03-31T01:00:00+00:00</published>
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            Un fallo que lesiona la credibilidad y la independencia del poder judicial entrerriano
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rotWJ8Qi1qggdx07TVyQPpIja2w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/01/causa_urribarri_2.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El reciente fallo dictado por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, por el cual con los votos de sus integrantes Leonardo Portela y Germán Carlomagno se revocó la prisión preventiva del exgobernador Sergio Urribarri y su pariente y socio Juan Pablo Aguilera, nos coloca otra vez ante pronunciamientos que degradan a la justicia y siembran más frustración en (¿vastos?) sectores de la sociedad.</p><p>Aun cuando vanamente se intente buscar argumentos para revisar lo que había resuelto anteriormente la Cámara de Casación, es indudable que estamos ante una resolución que de ninguna manera constituye una derivación razonada del derecho vigente y menos en un acto de justicia. Por el contrario, pese a las advertencias –tan justificadas como inopinadas e impropias- del vocal Portela cuando se ufanaba que el Poder Judicial de Entre Ríos no era “Comodoro Py”, el episodio nos coloca en un mismo plano de desprestigio como ante un derrumbe de la credibilidad y sabiduría que es dable esperar en quienes deben resolver con independencia y ecuanimidad. Lo resuelto conecta con aquella del 22 de octubre pasado por la cual también en la Causa “Urribarri”, la Sala I concedió un recurso extraordinario federal tan insostenible como opaco.Nuestro repudio e indignación por lo resuelto, impregnado indudablemente de un favoritismo y excepcionalidad que muestra la existencia de “hijos y entenados”, desnuda la inexistencia de distancia crítica, independencia de juicio y libertad espiritual en una actuación que no es común y trastoca principios y normas elementales, como bien han sostenido el vocal Miguel Giorgio y el Ministerio Público Fiscal a través de Leandro Dato.Lejos estamos de mirar con distancia e indiferencia la situación de quienes se ven hoy privados de la libertad. En cualquier caso, esa contemplación no nos puede hacer perder de vista que en definitiva es dable exigir del Poder Judicial –quizás el más importante de los tres que conforman la República- comportamientos adultos, susceptibles de sembrar sabiduría y expectativas de que aún es factible dar a cada uno lo suyo. O sea que se dicten sentencias que sean justas y que no sean retribución de favores. La contemplación emanada de la decisión mayoritaria del STER, de ninguna manera condice con la equiparación de “traidores a la patria” de quienes han incurrido en actos flagrantes de corrupción.Partido Nuevo Espacio - Gualeguaychú&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rotWJ8Qi1qggdx07TVyQPpIja2w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/01/causa_urribarri_2.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El reciente fallo dictado por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, por el cual con los votos de sus integrantes Leonardo Portela y Germán Carlomagno se revocó la prisión preventiva del exgobernador Sergio Urribarri y su pariente y socio Juan Pablo Aguilera, nos coloca otra vez ante pronunciamientos que degradan a la justicia y siembran más frustración en (¿vastos?) sectores de la sociedad.]]>
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            Portela, Carlomagno y Giorgio resolverán la prisión preventiva de Sergio Urribarri
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/41kjogLMwfl-ypkmPCe7aEa1PAk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/01/causa_urribarri_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Sala Penal del STJ constituida por Miguel Giorgio, Germán Carlomagno y Gisela Scuhmacher era la que tenía el expediente que debía resolver la impugnación extraordinaria contra el fallo de la Cámara de Casación que el 19 de noviembre dispuso la medida cautelar contra el exmandatario.&nbsp;Entre mediados de diciembre e inicios de enero Giorgio y Carlomagno habían emitido sus votos y faltaba el de quien pretendía apartarse, Gisela Schumacher, pero los 20 días hábiles para sentenciar se cumplían a mediados de febrero.Comenzada la feria judicial de verano, los defensores de Urribarri, Fernando Burlando, Javier Baños y Leopoldo Cappa, y de Aguilera, Marcos Rodríguez Allende, solicitaron la habilitación de feria y que se conforme un tribunal con los vocales que están de turno en estos días para resolver sobre la impugnación extraordinaria. El fiscal de Coordinación Leandro Dato dictaminó pidiendo que rechacen el planteo.</p><p>El domingo, Portela falló a favor de la defensa, entonces le sacan el expediente a la Sala Penal que se encontraba deliberando y se lo pasan al tribunal de feria. Los tres vocales del STJ que están de turno en estos días son: Portela, Giorgio y Carlomagno.El lunes, Giorgio pidió excusarse porque su voto ya no es secreto, debido a que circuló, entró en conocimiento de la secretaría y de quien integraba el segundo lugar en el orden de votación. Entonces, dijo que ya adelantó opinión formada, un elemento suficiente para apartarse del proceso.</p><p>Para analizar esta excusación, el tribunal del STJ quedó integrado por Portela, Carlomagno y Zoff (quien estaba hasta este lunes como juez de Ejecución de Penas de&nbsp;feria). En las últimas horas de este lunes, rechazaron el pedido de Giorgio.“Entendemos que por más que la excusación del Sr. Vocal se base en este supuesto, el hecho de que el mismo haya emitido su voto el 29/12/24, no configura el expreso supuesto previsto por la norma. Ello así, ya que tanto el proyecto mencionado como la constancia actuarial del 30/12/24 a la que hace referencia, son propios de la circulación interna de las causas al encontrarse a despacho para resolver, decisiones que son reservadas al conocimiento exclusivo del tribunal y que sólo se ponen en conocimiento de las partes una vez obtenida la mayoría necesaria al celebrarse el acuerdo y firmada que sea la sentencia por quienes integran el tribunal”, argumentaron.</p><p>“Por las razones expuestas, y en el convencimiento de que en el ejercicio de su magistratura el Sr. Vocal Dr. Giorgio no verá comprometida su independencia e imparcialidad, no cabe admitir su pedido de apartamiento”, concluyeron.</p><p>Finalmente, instaron a que urgentemente se emita la resolución sobre la prisión o libertad de Urribarri, teniendo en cuenta que “el tribunal de feria se encuentra conformado y actualmente en funciones, con esta integración, hasta el 10 de enero” y que “la habilitación de feria implica la inmediata resolución de los recursos articulados, toda vez que, como en el presente caso, existe un perjuicio de imposible reparación ulterior al encontrarse en juego la libertad de las personas encausadas”.</p><p>En este sentido, pidieron a Giorgio y Carlomagno “adaptar” sus votos ya emitidos para que solo reste el de Portela. “Corresponde que de manera urgente, a los fines de no dilatar injustificadamente la resolución de las presentes, ingresen los autos a despacho para que el mencionado Vocal adapte su voto, y luego de igual manera lo haga el Dr. Miguel A. Giorgio en segundo lugar, debiendo luego pasar al Vocal que deberá emitir opinión en el tercer lugar del orden de votación”.Se entiende entonces que antes de finalizar esta semana habrá una resolución final del máximo tribunal de la provincia (en feria) sobre la prisión preventiva del exgobernador y de su cuñado.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/41kjogLMwfl-ypkmPCe7aEa1PAk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/01/causa_urribarri_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Superior Tribunal de Justicia en feria deberá resolver en estos días la impugnación extraordinaria presentada por los defensores del exgobernador Sergio Urribarri y de su cuñado Juan Pablo Aguilera. El tribunal por el presidente Leonardo Portela, el vocal Germán Carlomagno y el subrogante Pablo Zoff, rechazaron la excusación de Miguel Ángel Giorgio, quien deberá integrar junto a los dos primeros la terna que debe dictar un fallo en una situación novedosa.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-01-08T02:00:00+00:00</published>
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            Nombran al hermano de la exintendenta de Paraná en el caso de Sergio Urribarri
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/nombran-al-hermano-de-la-exintendenta-de-parana-en-el-caso-de-sergio-urribarri" type="text/html" title="Nombran al hermano de la exintendenta de Paraná en el caso de Sergio Urribarri" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fF7rw0-7QC5QkpM9NfECArCp4_o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/01/pablo_zoff.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia en feria, a cargo de su presidente Leonardo Portela, resolvió este lunes integrar con el juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Paraná, Pablo Zoff, el Tribunal del Alto Cuerpo que intervendrá en la resolución del pedido de apartamiento del vocal del STJ, Miguel Giorgio.Pablo Zoff es hermano de Andrea Zoff, que actualmente es diputada por el peronismo y fue vice intendenta de la gestión del ex intendente, Adan Bahl. Precisamente sobre Bahl pende una posible investigación respecto a su presunta responsabilidad en la anunciada -por el procurador general de la provincia, Jorge García -&nbsp;investigación de contratos.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fF7rw0-7QC5QkpM9NfECArCp4_o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/01/pablo_zoff.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Pablo Zoff, hermano de la ex intendenta de Paraná Andrea Zoff, fue sorteado para intervenir en el pedido de apartamiento del vocal Miguel Giorgio en el pedido de Sergio Urribari y Juan Pablo Aguilera para que se habilite la feria judicial y discutir los planteos contra la decisión de la Cámara de Casación de Paraná que, integrada por la pareja del jefe de los fiscales, les impuso a pedido de Fiscalía la prisión preventiva en la cárcel mientras la sentencia está para resolver en la Corte.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-01-07T00:30:00+00:00</published>
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            Urribarri pidió que se habilite la Feria Judicial para que se trate su crítica a su encierro preventivo
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gTIHYZek9HWPplVXlTUKhkTJzIs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/01/sergio_urribarri.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>APFDigital pudo saber por fuentes judiciales que este viernes 3 de enero de 2025, la defensa de Sergio Urribarri -el dos veces exgobernador condenado por cinco hechos de corrupción junto a otros exfuncionarios de sus gestiones y particulares-, a cargo de Fernando Burlando, Javier Ignacio Baños y Leopoldo Cappa, solicitó la habilitación de feria para que la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia resuelva de manera inmediata, porque lo que está en juego es la libertad de una persona inocente hasta que la sentencia que lo condenó quede firme, el recurso presentado contra la resolución de la Cámara de Casación de Paraná que hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) disponiendo que Urribarri y el ex empleado legislativo y operador político, Juan Pablo Aguilera, esperen en prisión que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) resuelva sobre el fondo de la cuestión. La Corte no tiene plazos para resolver.</p><p>VistaTambién se presentaron Marcos Rodríguez Allende y Miguel Ángel Cullen, en representación de Aguilera. El presidente del STJ en Feria, Leonardo Portela, dispuso que se corra vista al MPF por el término de 24 horas y pasó los autos a despacho para resolver lo que corresponda. Así, y conforme lo ordenado, Ana María Bracco, secretaria de Feria del STJ corrió la vista al Ministerio Público Fiscal, por el término dispuesto. Otras fuentes evaluaron que al correr vista al MPF la resolución de dilataría hasta el martes de la semana próxima.</p><p>DemoraLa defensa del exgobernador fundamentó el pedido entendiendo que “habiéndose declarado un agravio a las bases institucionales del Estado de Derecho, a la Constitución y a las normas internacionales, y atento a las normas y antecedentes jurisprudenciales precitados, es que debe considerarse incluido en tales previsiones, el presente pedido de Habilitación de Feria, la que entendemos debe habilitarse sin más, considerando que hemos dado contundentes, objetivos y claros fundamentos para así concretarlo, evitando toda demora en su tratamiento y evitando generar aún más perjuicios de imposible reparación ulterior”.</p><p>También expresaron que “esta defensa técnica ha verificado que la demora en despachar el presente asunto pendiente, le ocasiona a nuestro asistido un grave perjuicio de imposible reparación ulterior que atenta contra los derechos más básicos de nuestro asistido como ser el derecho a la libertad ambulatoria, a la garantías de igualdad ante la ley; al derecho a ser oído por un tribunal imparcial en un plazo razonable; y de obtener una decisión fundada de los órganos judiciales que son garantías que establece nuestro sistema Constitucional y Convencional que de ser puestos en crisis por los jueces inferiores habilitan también la competencia de la CSJN para que restablezca las garantías vulneradas, volviendo a convertir en ciudadano a quien fue despojado de ellas”.</p><p>Insistieron en que “la naturaleza de las cuestiones aquí debatidas demanda que se habilite la feria para el tratamiento de nuestro recurso y sea resuelto por esta Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia sin mayores dilaciones”. Las razones, entendieron, “surgen de la fundamentación que hemos presentado, pero corresponde aquí recordar que la decisión arribada -cuestionada por esta defensa- conlleva un perjuicio de imposible reparación posterior que requiere de tutela inmediata al impedir la libertad ambulatoria de Sergio Urribarri, tratándose de un supuesto de notoria gravedad institucional que socava la legitimidad de las instituciones más básicas de un Estado de Derecho”.</p><p>Sin causaAdemás resaltaron que “de mantenerse vigente dicha resolución (y el peligroso criterio que ella conlleva hacia el futuro) y, por ende, extenderse el presente razonamiento que arbitrariamente se expone en la resolución que impugnamos, toda persona podría quedar detenida bajo prisión preventiva sin causa real que exprese fundamentos concretos de eventuales riesgos, poniendo en jaque no sólo el Estado Democrático de Derecho sino también la vital jurisprudencia de esta mismísima Sala que a lo largo de muchos años ha venido construyendo y consolidando los derechos y garantías más básicos que goza una persona en la Provincia de Entre Ríos”.La defensa de Urribarri señaló que “tal como lo ha manifestado la defensa de Aguilera, con quienes reitero, coincidimos plenamente, el mantenimiento de esta sentencia que aquí se pretende revocar, como acto jurisdiccional válido, pone en peligro la forma republicana de gobierno, en tanto el Poder Judicial está señalando que, en situaciones donde la sentencia no se encuentra firme, habiéndose habilitado la instancia extraordinaria y recursiva ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se puede prescindir de las leyes del Congreso, constituyendo suficiente razón la sola voluntad de los jueces para disponer una prisión preventiva sin existencia real de un peligro en la demora, elemento central para dicha medida cautelar”.</p><p>SupuestosTambién señalaron que “a diferencias de otros supuestos que han llegado a esta Sala penal y que incluso han sido citados por el propio doctor Giorgio como antecedente para evitar la habilitación de días que oportunamente se solicitará en autos, se da la particularidad que es recién la Cámara de casación quien dispone la privación del derecho constitucional de libertad ambulatoria, es decir, que ésta sala penal es el primer tribunal revisor de fallo que dispone la limitación de un derecho constitucional debiendo necesariamente realizar un examen exhaustivo e inmediato de la cuestión puesto que no se trata de un recurso que llega a la sala penal a través de sendos fallos confirmatorios sino es el primer órgano que revisa la sentencia de prisión preventiva”.Aquella particularidad, según los defensores, “sumada a la materia que está en juego en la presente decisión, hace que deban extremarse los recaudos a fin de lograr una revisión inmediata e impida la frustración del derecho constitucional que tiene nuestro defendido a su libertad. Coincidimos con la defensa técnica de Juan Pablo Aguilera en cuanto expresan que el expediente se encuentra para resolver desde el día 12 de diciembre del año 2024, habiéndose insumido todos los días restantes desde el 12 de diciembre hasta el 31 de diciembre, en que terminó el periodo ordinario judicial, sin haberse logrado la conformación por de los votos del tribunal colegiado, entendiendo esta defensa que se han exorbitado los plazos y que ya los vocales han tenido la oportunidad suficiente de poder analizar el caso, máxime cuando ambos vocales continuarán en ejercicio de la jurisdicción de feria”.</p><p>También coincidieron en que “solo resta por analizar el voto de quien integrará el tribunal que entendemos, será el doctor Portela, solicitando en consecuencia la habilitación de feria, no existiendo ningún tipo de perjuicio para la administración de justicia y por el contrario logrando de esta forma el cumplimiento de los instrumentos internacionales evitando que nuestra provincia pueda hacer en nuestra nación pueda ser condenada de manera internacional cumplimentando con todos los parámetros estableció por la Corte interamericana de derechos humanos, nuestra Corte Suprema justicia de la nación, el máximo tribunal de casación penal nacional y nuestra sala penal, que anteriormente ha sostenido la necesidad de que los jueces pretoriamente dispongan de medidas urgentes para aventar el peligro de la confiscación del derecho a la libertad ambulatoria que implica toda prisión preventiva”.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gTIHYZek9HWPplVXlTUKhkTJzIs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/01/sergio_urribarri.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Fue este viernes 3 de enero a través de sus defensores, Fernando Burlando, Javier Ignacio Baños y Leopoldo Cappa, en el contexto de la Impugnación Extraordinaria que interpusieron ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia para que trate la prisión preventiva en la cárcel, dispuesta por la Cámara de Casación Penal de Paraná, mientras la sentencia no está firme. Los defensores adhirieron a los fundamentos de la defensa de Juan Pablo Aguilera y requirieron se habilite la Feria Judicial.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-01-04T11:00:00+00:00</published>
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            El juez de Garantías de Paraná ordenó retenerle 8 millones de pesos a Urribarri
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/el-juez-de-garantias-de-parana-ordeno-retenerle-8-millones-de-pesos-a-urribarri" type="text/html" title="El juez de Garantías de Paraná ordenó retenerle 8 millones de pesos a Urribarri" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YwzLL9UxP5j7ohpb6EGBLu99ruE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/sergio_urribarri.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En dicha cuenta, Urribarri recibe sus haberes previsionales como extitular del Poder Ejecutivo y también una suma proveniente de un reclamo exitoso presentado ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-actual ARCA) por retenciones indebidas del Impuesto a las Ganancias.&nbsp;</p><p>Qué sucedióEl Ministerio Público Fiscal había solicitado embargar la totalidad de los más de 40.000.000 millones de pesos depositados en la cuenta, argumentando la necesidad de resguardar fondos en el marco de la causa por enriquecimiento ilícito que se sigue contra Urribarri.</p><p>Sin embargo, la defensa del exgobernador, a cargo de Miguel Cullen, presentó un recurso solicitando el rechazo de la medida.</p><p>Al resolver, el juez Vergara hizo lugar al planteó de la fiscalía de limitar el embargo al 20 por ciento del monto, equivalente a unos 8.048.245 pesos, indicó Análisis Digital.</p><p>Al respecto, sostuvo: “Sin perjuicio de reconocerse el carácter alimentario de los fondos existentes en la cuenta embargada, comparto y hago propio lo sostenido la Dra. Patricia Yedro y por el Dr. Gonzalo Badano, en cuanto a que ‘si bien dichos fondos provienen de haberes previsionales y por lo tanto tiene carácter alimentario, no están exento de ser alcanzados por la medida cautelar solicitada por este Ministerio Público Fiscal en el porcentaje previsto por ley Nº 9114 y sus modificatorias; atento a que en su artículo segundo dispone que podrán serlo en hasta el 20% de lo que exceda el mínimo contemplado en el art. 1 de la citada norma’”.</p><p>La suma embargada proviene de un reclamo presentado por Urribarri a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), en el que solicitó la devolución de las retenciones realizadas sobre sus haberes previsionales en concepto de Impuesto a las Ganancias.</p><p>En total, la ANSeS reintegró al exgobernador 40.241.225,05 pesos, tras una resolución judicial que declaró la inconstitucionalidad de dichas retenciones.</p><p>La jueza federal Analía Ramponi, a cargo del Juzgado Federal de Concordia, dictaminó que las retenciones aplicadas a los haberes jubilatorios de Urribarri violaban principios constitucionales como el derecho de propiedad, la no confiscatoriedad y la integridad de los ingresos previsionales.</p><p>Además, determinó que las jubilaciones no pueden considerarse como ganancia imponible y ordenó la devolución retroactiva de las sumas retenidas desde enero de 2023.</p><p>En su resolución, Ramponi declaró la inconstitucionalidad de los artículos pertinentes de la Ley de Impuesto a las Ganancias (20.628 y sus modificaciones) y dispuso que la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos se abstenga de realizar futuras retenciones a los haberes previsionales de Urribarri. Asimismo, impuso las costas del proceso al Estado nacional.El exgobernador Sergio Urribarri cumple prisión preventiva en la Unidad Penal N°1 de Paraná en el marco de la causa por el megajuicio en el que fue condenado a 8 años de cárcel por corrupción. Actualmente, sigue reclamando en los Tribunales su liberación.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YwzLL9UxP5j7ohpb6EGBLu99ruE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/sergio_urribarri.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El juez de Garantías de Paraná, Julián Vergara, dispuso este jueves embargar sólo el 20 por ciento de los fondos de haberes previsionales depositados en una cuenta bancaria del exgobernador de Entre Ríos, Sergio Urribarri, en el Banco de Entre Ríos (BERSA). Fue ante un pedido de los fiscales Gonzalo Badano y Patricia Yedro, quienes investigan al exmandatario en diferentes causas.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-12-23T03:00:00+00:00</published>
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            Urribarri logra que la Anses le reintegre $40 millones por retenciones en su jubilación
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/urribarri-logra-que-la-anses-le-reintegre-40-millones-por-retenciones-en-su-jubilacion" type="text/html" title="Urribarri logra que la Anses le reintegre $40 millones por retenciones en su jubilación" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YjVAc6k-p7_D24cRMMra8cBGtTU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/sergio_urribarri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia Federal de Concordia declaró inconstitucional la aplicación de este impuesto sobre los haberes jubilatorios de Urribarri, al considerarlos de carácter alimentario y no sujetos a ganancias. Tras el depósito de la suma en su cuenta, unos 32 millones fueron embargados por la Justicia al desconocer su procedencia, pero el abogado defensor aclaró que se trataba del reintegro solicitado a la Anses.La jueza Analía Ramponi ordenó el cese de las retenciones futuras y el pago retroactivo por los períodos no prescritos.&nbsp;Las costas del juicio fueron impuestas al Estado nacional.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YjVAc6k-p7_D24cRMMra8cBGtTU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/sergio_urribarri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El exgobernador de Entre Ríos, Sergio Urribarri, detenido en prisión preventiva por causas de corrupción y enriquecimiento ilícito, logró que la Anses le devolviera más de 40 millones de pesos por retenciones indebidas del Impuesto a las Ganancias sobre su jubilación.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-12-11T10:30:00+00:00</published>
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        <title>
            Urribarri, Aguilera y Báez continuarán en libertad con restricciones
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/urribarri-aguilera-y-baez-continuaran-en-libertad-con-restricciones" type="text/html" title="Urribarri, Aguilera y Báez continuarán en libertad con restricciones" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cpWiqkVbd-e1378emh05hc05nrk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/09/sergio_urribarri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La presidenta del tribunal&nbsp;fundamentó su oposición al pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) para que Báez sea derivado a la Unidad Penal N° 1 de Paraná. Entendió que la condena que pesa sobre el exministro, no está firme. Asimismo, fundamentó su rechazo a los pedidos de los fiscales para que Urribarri y Aguilera sean alojados en la cárcel bajo la modalidad de prisiones preventivas. A su voto se plegó el vocal Julián Vergara. De modo que, por mayoría, el tribunal impuso medidas restrictivas de la libertad contra los tres condenados: que fijen domicilio y se reporten semanalmente a Fiscalía, que entreguen sus pasaportes y se emita alerta a Migraciones para que no puedan salir del país y que entreguen, cada uno, 20 millones de pesos como caución.&nbsp;El cumplimiento de estas coerciones impuestas, del que deberán dar cuenta, estará vigente hasta que la sentencia “sea ejecutable”.En disenso se pronunció el vocal Elvio Garzón, que no coincidió en lo medular de los votos que le precedieron. Para el juez, existe un riesgo de fuga latente que, en el caso de Aguilera y Urribarri, puede concretizarse. Además, subrayó una disparidad a la hora de aplicar las prisiones preventivas. “Son las personas más vulnerables las que soportan las medidas más gravosas, el encierro en unidades penales”, marcó.En uno de los puntos que sí coincidieron los tres jueces, fue denegar el pedido de Mauro Urribarri para que levanten el embargo sobre la casa del lago de Federación, inmovilizada en febrero de 2018. En la audiencia que discutieron las preventivas sobre los condenados del “megajuicio por corrupción”, el abogado Emilio Fouces se presentó en representación de Kriptax Inc SA, la empresa familiar de los Urribarri, y en nombre de Mauro Urribarri como presidente del Directorio. La mansión de Federación está inscripta como bien empresarial. De modo que al dictar la medida cautelar sobre la propiedad por la condena a Sergio Urribarri, tanto su hijo como la empresa se consideraron perjudicados. &nbsp;La solicitud fue rechazada de plano por los tres jueces.&nbsp;(Análisis)</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cpWiqkVbd-e1378emh05hc05nrk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/09/sergio_urribarri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal de Juicios y Apelaciones, compuesto por Carolina Castagno, Elvio Garzón y Julián Vergara, rechazó por mayoría los pedidos de los fiscales para que comiencen a cumplir las condenas el exgobernador Sergio Urribarri, su cuñado Juan Pablo Aguilera y el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-09-06T04:30:00+00:00</published>
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        <title>
            Aplazan otra vez la audiencia por prisiones a exfuncionarios
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/aplazan-otra-vez-la-audiencia-por-prisiones-a-exfuncionarios" type="text/html" title="Aplazan otra vez la audiencia por prisiones a exfuncionarios" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ahjoCz437J1PUo2s8z7vHH5N3r0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/08/sergio_urribarri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El martes 30 de julio la Oficina de Gestión de Audiencias del Poder Judicial, el andamiaje burocrático que establece cuándo se realiza un juicio y qué jueces participan, informó que el martes 6 de agosto, a las 9,30, se haría una audiencia para resolver el pedido del Ministerio Público Fiscal de hacer efectivas las condenas aplicadas en 2022 en el marco del megajuicio al exgobernador Sergio Urribarri; al ministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez; y al cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera. Será ante el tribunal conformado por la camarista María Carolina Castagno, y los jueces de Garantía Elvio Osir Garzón y Julián Carlos Vergara, reseñó Entre Ríos Ahora.</p><p>El 18 de abril, los fiscal Ignacio Aramberry, Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull se presentaron ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y pidieron la «inmediata detención» del exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, y prisión preventiva para el exgobernador Sergio Urribarri, y de su cuñado, Juan Pablo Aguilera. Los tres fueron condenados en 2022 en el marco del megajuicio: a Báez le aplicaron 6 años y 6 meses; a Urribarri, 8 años; y a Aguilera, 6 años y 6 meses.El abogado Leopoldo Cappa introdujo un planteo y dijo que hay en trámite ante la Cámara de Casación Penal un recurso de queja que cuestiona la integración del tribunal para tratar ese pedido. Pero la OGA le dijo que no haría lugar a ese reproche, aunque igual suspendió la audiencia prevista para el martes 6 y la reprogramó para este jueves 22, a las 9. ¿La razón? Uno de los jueces que integra el Tribunal, Elvio Garzón, extendió el pedido de licencia médica.Leopoldo Cappa, Fernando Burlando y Javier Baños, el equipo de defensores de Urribarri, volvió a pedir el aplazamiento de esa audiencia con el argumento de que su reproche a la conformación del tribunal sigue en pie y ahora llegó en queja a la Sala Penal del STJ.</p><p>La OGA les respondió que su planteo se había vuelto abstracto por cuanto por segunda vez volvieron a aplazar ese trámite. Ahora, en razón de la enfermedad del abogado Ignacio Díaz, defensor del exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez. Entonces ese trámite, la audiencia para hacer efectivas las condenas que se pidió en abril, se pospuso, sin fecha.(I:Análisis)&nbsp;</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ahjoCz437J1PUo2s8z7vHH5N3r0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/08/sergio_urribarri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La audiencia programada para este 22 de agosto para discutir los pedidos de prisión en el marco del megajuicio fue nuevamente suspendida.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-08-21T04:00:00+00:00</published>
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        <title>
            La artillería que despliega Urribarri para demorar consecuencias judiciales
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/politica/la-artilleria-que-despliega-urribarri-para-demorar-consecuencias-judiciales" type="text/html" title="La artillería que despliega Urribarri para demorar consecuencias judiciales" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/FAq9Kk7AkQ9NA9IcOqtt6WSQiDE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/07/sergio_urribarri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras el juicio que comenzó en 2021 y concluyó en 2022, las condenas fueron confirmadas por la Casación Penal y luego por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).</p><p>Las acusaciones incluyeron delitos en casos como “imprentas”, “Cumbre del Mercosur”, contratación de cartelería en rutas, la causa “Buffa”, y un parador en Mar del Plata.Estas trataban sobre contrataciones amañadas durante el mandato de Urribarri, beneficiando a familiares y allegados.</p><p>Desde el 19 de abril de 2024, los defensores de Urribarri han desplegado numerosos recursos y recusaciones para frenar el cumplimiento de las condenas, provocando una batalla judicial que ha retrasado cualquier decisión final.</p><p>El 24 de abril de 2024, el abogado Fernando Burlando asumió la defensa de Urribarri, anunciando denuncias ante el Jurado de Enjuiciamiento y la Justicia Federal.</p><p>Los continuos recursos y recusaciones han llevado a la reconfiguración de los tribunales varias veces, prolongando el proceso judicial.</p><p>Causa de Coimas&nbsp;y Enriquecimiento Ilícito</p><p>Además de la condena principal, Urribarri enfrenta otros cargos. En la causa “Coimas”, se lo acusa junto a otros funcionarios y empresarios de recibir sobornos a cambio de licitaciones. En esta causa, Urribarri podría enfrentar hasta 10 años de prisión.</p><p>En la causa por enriquecimiento ilícito, iniciada en 2015, se detectó una diferencia patrimonial significativa a favor de Urribarri. La investigación fiscal concluyó en octubre de 2022 y se pidió la elevación a juicio.</p><p>Las decisiones judiciales y los recursos presentados han llevado a múltiples apelaciones y recusaciones.</p><p>A lo largo de estos procesos, la defensa de Urribarri ha utilizado numerosos recursos legales, prolongando los procedimientos judiciales y aumentando los costos asociados.</p><p>Estos complejos procesos judiciales reflejan un uso intensivo de las herramientas legales disponibles, destacando las diferencias entre el uso legítimo y el abuso de los recursos de defensa.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/FAq9Kk7AkQ9NA9IcOqtt6WSQiDE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/07/sergio_urribarri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El exgobernador Sergio Urribarri fue condenado a 8 años de prisión por varios delitos de corrupción, junto con otros implicados como Pedro Báez y Juan Pablo Aguilera.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-07-05T00:00:00+00:00</published>
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        <title>
            Causa Urribarri: rechazaron por “inadmisible” otro recurso presentado por Burlando contra la conformación del tribunal
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/causa-urribarri-rechazaron-por-inadmisible-otro-recurso-presentado-por-burlando-contra-la-conformacion-del-tribunal" type="text/html" title="Causa Urribarri: rechazaron por “inadmisible” otro recurso presentado por Burlando contra la conformación del tribunal" />
        <id>https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/causa-urribarri-rechazaron-por-inadmisible-otro-recurso-presentado-por-burlando-contra-la-conformacion-del-tribunal</id>
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/causa-urribarri-rechazaron-por-inadmisible-otro-recurso-presentado-por-burlando-contra-la-conformacion-del-tribunal">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hBDGPrjApXInNpMPF8KpLtdxvT4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/07/causa_urribarri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras citar el marco normativo respectivo, el Tribunal observó: “El resolutorio atacado -rechazo de recurso de reposición- no constituye, ni por su naturaleza, ni por sus efectos, sentencia definitiva, ni resulta factible interpretar que se trate de una resolución de la que, excepcionalmente, pudiera ser asimilada por sus peculiares efectos a una sentencia definitiva en los términos del art. 511 C.P.P.; y la Defensa tampoco alcanzó a demostrar el agravio actual que le genera la decisión adoptada por éste Tribunal, a efectos de equiparar a un pronunciamiento de carácter definitivo y habilitar la intervención de la cámara de casación”.</p><p>Como se recordará, los defensores del exmandatario habían presentado un recurso de reposición contra la resolución del tribunal que aceptó la recusación contra el vocal Juan Francisco Malvasio (pedida por el mismo Urribarri), y la excusación del vocal Santiago Brugo (decidida después de ser recusado también). Es decir, el Tribunal de Juicios y Apelaciones les dio la razón a los defensores de Urribarri y, aun así, se quejaron de la resolución. Los abogados habían rechazado la conformación del tribunal que definirá sobre las prisiones (que quedó integrado por los jueces María Carolina Castagno, Elvio Osir Garzón y Julián Carlos Vergara) por haber sido confirmado por el mismo Tribunal que aceptó las recusaciones, ya que entienden que debe ser conformado por la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA).Sin embargo, los jueces, en la resolución del 19 de junio, apuntaron en la resolución que rechazó el recurso de reposición: “De la mera compulsa de las constancias obrantes en el presente legajo, fácil se advierte que dicha integración del Tribunal fue informada por la Subdirección de la Oficina de Gestión de Audiencias en su detallado y minucioso informe de fecha19.04.2024, invocando la normativa aplicable a los efectos de la respectiva integración, a saber el art. 54 inc. 1°) de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Entre Ríos, N° 6902; informe de integración que de inmediato desde la magistratura se puso en conocimiento de las partes, mediante resolución adoptada en igual; de ahí que mal se puede invocar su desconocimiento y menos aún afirmar que éste Tribunal se arrogó facultades que no son del ámbito de su competencia, pues como se observa ha sido la Oficina de Gestión de Audiencias quien informó la conformación del Tribunal, tal como lo reclaman los recurrentes”.“Deviene evidente que en modo alguno se releva en el caso bajo estudio, algún equívoco del trámite procesal o inobservancia formal, que habilite este medio impugnaticio intentado, y menos aún que se haya dictado sin sustanciación, es decir, sin intervención o audiencia de los agraviados”, subrayó el Tribunal.De esta forma, el Tribunal que deberá resolver las prisiones había quedado conformado por los jueces María Carolina Castagno, Elvio Osir Garzón y Julián Carlos Vergara.Sin embargo, en el arranque de este mes la defensa del exmandatario presentó un recurso de revisión ante la Cámara de Casación Penal contra esa resolución del 19 de junio, que es el que ahora fue rechazado.Así las cosas, ante la reserva de recurrir a la Corte Suprema que dejó asentada la defensa, es probable que la cuestión no se agote en esta instancia. (Análisis)</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hBDGPrjApXInNpMPF8KpLtdxvT4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/07/causa_urribarri.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El tribunal conformado por los jueces Carolina Castagno, Julián Vergara y Carola Bacaluzzo rechazó por “inadmisible” el recurso de casación presentado por los defensores del exgobernador Sergio Urribarri, Leopoldo César Cappa, Fernando Burlando y Javier Ignacio Baños, contra la resolución del 19 de junio que había dejado firme la conformación del tribunal que deberá analizar los pedidos de la Fiscalía sobre la detención del exministro de Cultura, Pedro Báez, para que sea derivado a la Unidad Penal número 1 de Paraná y la prisión preventiva del exgobernador y de su cuñado Juan Pablo Aguilera.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-07-04T04:00:00+00:00</published>
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        <title>
            Urribarri presentó reposición contra la última resolución judicial
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/urribarri-presento-reposicion-contra-la-ultima-resolucion-judicial" type="text/html" title="Urribarri presentó reposición contra la última resolución judicial" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XO_lPHN7Q6tgwwU-Agb-Ie9s3Sc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/06/juan_francisco_malvasio.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Es decir, el Tribunal de Juicios y Apelaciones les dio la razón a los defensores de Urribarri y, aun así, se quejan de la resolución. Los abogados Leopoldo Cappa, Fernando Burlando y Javier Baños presentaron ante la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) un recurso de reposición contra el punto dos de la resolución del 31 de mayo del tribunal compuesto por Carolina Castagno, Carola Bacaluzzo y Julián Vergara. Es que al aceptar el planteo de los defensores, los jueces decidieron también que el tribunal que debe definir el cumplimiento de las penas del megajuicio sea integrado “con los jueces de garantías número cuatro y cinco de esta capital…”.</p><p>Entonces los abogados se quejaron porque según un nuevo reglamento, la integración del tribunal debe ser decidida por la OGA. “Tal como lo tiene dispuesto nuestro Superior Tribunal de Justicia, mediante acordada del día 8 de agosto del 2023, al dictar el nuevo reglamento de la Oficina de Gestión de Audiencias, corresponde a este organismo el integrar los tribunales correspondientes a las resoluciones traídas a su conocimiento”, sostienen en la reposición.</p><p>Al darle la razón al planteo defensivo, el Tribunal agota las posibilidades y despeja el panorama para discutir sobre el cumplimiento de las penas (claramente es lo que están evitando los defensores). Entonces presentan un recurso de reposición, no en base a la orgánica del Poder Judicial que define sobre la composición de los tribunales, sino en base a una acordada de agosto pasado del STJ que modifica el reglamento de OGA.</p><p>De modo que si el tribunal rechaza el recurso de reposición, los defensores recurrirán esa decisión y seguirán así, dilatando la agonía.(I:Analisis)&nbsp;</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XO_lPHN7Q6tgwwU-Agb-Ie9s3Sc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/06/juan_francisco_malvasio.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Defensores del exgobernador Sergio Urribarri presentaron un recurso de reposición contra la resolución del tribunal que aceptó la recusación contra el vocal Juan Francisco Malvasio (pedida por el mismo Urribarri), y la excusación del vocal Santiago Brugo (decidida después de ser recusado también).]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-06-05T01:00:00+00:00</published>
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        <title>
            Dieron por justificadas las razones de la inasistencia de la defensa de Sergio Urribarri a una audiencia
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/politica/dieron-por-justificadas-las-razones-de-la-inasistencia-de-la-defensa-de-sergio-urribarri-a-una-audiencia" type="text/html" title="Dieron por justificadas las razones de la inasistencia de la defensa de Sergio Urribarri a una audiencia" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WZJBsWX_VgVFNbhsjPdAapyOLNo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/05/sergio_urribarri_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial respondió a las explicaciones de Miguel Ángel Cullen, defensor del ex gobernador Sergio Urribarri, en el caso “Urribarri Sergio y otros s/ negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública” (Legajo de OGA Nº 8260). La investigación busca determinar si se recibieron sobornos para beneficiar a la firma Relevamientos Catastrales SA en una licitación de software para la Administración Pública.El defensor Cullen no asistió a la audiencia del 22 de mayo, y tras una espera de 15 minutos, la audiencia se declaró fracasada. Cullen justificó su inasistencia con un certificado médico por un estudio realizado el 21 de mayo. La OGA aceptó esta justificación el 23 de mayo.Cullen envió un correo electrónico explicando su ausencia. Indicó que había interpuesto un recurso de casación contra la recusación del juez Santiago Brugo, el cual fue rechazado 30 minutos antes de la audiencia, impidiéndole conocer el fallo a tiempo. Además, mencionó problemas de salud que le impidieron asistir tanto a la audiencia como a su estudio jurídico.En su comunicado, Cullen solicitó que se justifique su inasistencia y se programe una nueva audiencia.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WZJBsWX_VgVFNbhsjPdAapyOLNo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/05/sergio_urribarri_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial, receptó las razones de la inasistencia del defensor del ex gobernador, Sergio Urribarri, y la dio por “justificada”. Se trató de la audiencia en la que se iba a tratar la recusación de un juez que presidió otro juez que también fue recusado en otro legajo y el incidente estaba en trámite.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-05-25T02:30:00+00:00</published>
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