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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2023-11-01T01:58:01+00:00</updated>
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            Está a punto de quedar firme la prisión perpetua
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Hqttey5mvh1cVYQX5fkwTbF6WBU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/11/01_nahir_galarza.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p> Nahir Galarza, la joven de 24 años que asesinó a su novio Fernando Pastorizzo en Entre Ríos, fue condenada a prisión perpetua por el crimen cometido el 30 de diciembre de 2017. Casi tres años después, la sentencia está a punto de quedar firme de manera definitiva.</p><p>El procurador Eduardo Casal envió un dictamen a la Corte Suprema de la Nación (CSJN) recomendando que rechace el recurso de “queja” de la defensa. Cabe aclarar que, luego del hecho ocurrido en la ciudad de Gualeguaychú, la mujer se convirtió en la más joven condenada a la pena más severa, de acuerdo a las contempladas en el Código Penal.</p><p>Fue confirmado por la Sala II de la Cámara de Casación de Concordia y por la Sala I del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. Ella buscó revertir el caso tratando de imponer la idea de que el verdadero asesino había sido su padre, y sus abogados aseguraron, además, que sufría violencia de género por parte de su novio.</p><p>De acuerdo a la condena, quedaría en libertad a los 54 años. Durante el proceso y luego del juicio oral, Nahir aportó pericias pisicológicas particulares que la presentaban como inimputable. De todas formas, su solicitud más considerada fue la presentada ante la CSJN.</p><p>Su defensa pidió, en un escrito de 38 páginas, un nuevo juicio: se expuso la arbitrariedad por parte del tribunal de Gualeguaychú, de la Casación, de la Corte local. Los abogados sostienen que ella fue víctima de violencia por parte de Fernando, con quien mantuvo una relación amorosa durante cuatro años.</p><p>Además, alegaron que al desconocer las pruebas correspondientes, “se vulneraron pactos internacionales sobre violencia de género consagrados en la Constitución Nacional”. El recurso de queja de la defensa de Nahir fue enviado al área de Dictámenes Penales de la Procuración General de la Nación, donde fue analizado.</p><p>La opinión fue en contra de los argumentos expuestos por los abogados defensores. “En definitiva, la apelante formuló diversos planteos ante los jueces de mérito, de casación y del superior tribunal provincial, que fueron rechazados por las tres instancias locales e intenta llevarlos a conocimiento de V.E. a pesar de que por su naturaleza son por regla ajenos a la jurisdicción federal”, indica el dictamen.</p><p>Y continúa: “En la medida en que los argumentos del a quo no fueron objeto de una refutación específica y la parte no ha demostrado un notorio desvío de las leyes aplicables o una total ausencia de fundamento que habilite la intervención del Tribunal por la causal de arbitrariedad, el recurso extraordinario resulta inadmisible”.</p><p>El Procurador Casal destacó que la prueba contra Nahir fue evaluada de la manera correcta, que no hubo arbitrariedad y que la condición “recurso extraordinario federal” de la apelación no estaba acreditada. Entonces, le aconsejó a la corte rechazar la queja: la condena a prisión perpetua catalogada como “homicidio calificado por ser de una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja”, quedará firme. Crónica.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Hqttey5mvh1cVYQX5fkwTbF6WBU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/11/01_nahir_galarza.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Nahir Galarza, la joven que asesinó a su pareja Fernando Pastorizzo en 2017, está cada vez más cerca de obtener la condena a prisión perpetua. A pesar de las pruebas presentadas por los abogados defensores, el caso no tiene vuelta atrás.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2023-11-01T01:58:01+00:00</updated>
                <published>2023-11-01T03:00:47+00:00</published>
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            Los padres de Báez Sosa pidieron �Sque los jueces  piensen en sus hijos⬝
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bR1aKXXI6DBhrS8UbxEXsNAUx1Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/02/06_baez_sosa.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>�SEspero que sea ejemplar la justicia, nosotros ya estamos condenados a sufrir con este dolor eternamente⬝, aseguró Graciela Sosa, madre de Fernando (18), a horas de que el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Dolores dicte la sentencia para los ocho imputados por el asesinato de su hijo.</p><p>�SQue les den la pena máxima es lo que todos esperamos, y que esto no vuelva a ocurrir⬝, agregó la mujer, en diálogo con el canal C5N. La mujer aseguró que no pudo reponerse después de haber visto los videos del crimen de su hijo y dijo que solo espera �SJusticia⬝ y �Sestar fuerte para el veredicto⬝.
</p><p>A su vez, Graciela señaló que espera el apoyo de la gente en la puerta de los tribunales de Dolores, ubicados sobre la calle Belgrano 141.
</p><p> �SSolo pido justicia por mi hijo y pido a la sociedad que me acompañe en esta lucha, porque nadie se merece lo que le hicieron a Fernando⬝, expresó.
</p><p>Por su parte, Silvino Báez, el padre de Fernando, afirmó que junto a su esposa �Sestán tranquilos esperando el veredicto⬝, y exigió �Sque los jueces piensen en sus hijos y piensen en Fernando⬝ a la hora de dictaminar la sentencia, y �Sque le den la oportunidad que no tuvo cuando tuvo ahí tirado en el piso. �SToda la Argentina está pendiente del juicio de Fernando⬝ dijo Silvino, y agregó: �STenemos un apoyo incondicional de la gente, todos te dicen que va a ser perpetua, espero que sea así⬝. En relación a que la sentencia tiene que ser confirmada por un tribunal superior, Graciela sostuvo que �Sesto recién empieza⬝, y que llegará hasta el final �Smientras Dios nos dé la fuerza y con el apoyo de la gente⬝.
</p><p>�SNosotros vamos a estar ahí, dispuestos a todo para que se haga justicia por Fernando⬝, añadió.  �SEl apoyo de la gente nos da esa fuerza, nosotros solos no podíamos seguir adelante con nuestra vida. Debemos ser fuertes por Fernando⬝, concluyó Graciela.
</p><p></p><p>
</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bR1aKXXI6DBhrS8UbxEXsNAUx1Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/02/06_baez_sosa.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>  �SQue les den la pena máxima, es lo que todos esperamos, y que esto no vuelva a ocurrir⬝, dijeron a C5N Graciela Sosa y Silvino Báez, a horas de la sentencia por el crimen ocurrido Villa Gesell tres años atrás. Los padres de Fernando Báez Sosa aseguraron que esperan que la sentencia del juicio por el crimen de su hijo �Sque sea ejemplar⬝ y que marque �Sun antes y un después⬝.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2023-02-06T09:17:00+00:00</updated>
                <published>2023-02-06T09:17:00+00:00</published>
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            Preventiva para los tres involucrados en el homicidio de Pérez
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/policiales/preventiva-para-los-tres-involucrados-en-el-homicidio-de-perez" type="text/html" title="Preventiva para los tres involucrados en el homicidio de Pérez" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/myi4l9TPYJLw80NDtx93yUzYjos=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/10/05_muerte_pag_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La resolución fue del Juez de Garantías (Germán Dri), quien hizo lugar a la petición de la Fiscalía (Martín Núñez) otorgando así 90 días de prisión a cumplir en la Unidad Penitenciaria. Recordamos que los imputados son: Alejandro Abel Verón, de 33 años, Gustavo Gabriel Godoy, de 22 años y Francisco Maximiliano Gómez, de 26.</p><p>ARGUMENTOS
</p><p>Según consideró el Juez, la Fiscalía logró una buena fundamentación para su pedido. Asimismo tuvo en cuenta elementos como que el arma y la motocicleta en la que se trasladaba Daniel Pérez todavía no aparecen.
</p><p>Algo que se pudo saber además es que una pared -de donde se estima podrían haber recolectado pruebas- fue pintada, lo que denota la intención de ocultar o entorpecer la investigación.
</p><p>La decisión, también prioriza la protección de los testigos que son los mismos vecinos. Que no se entorpezca la causa y continúe la investigación por el curso habitual.  </p><p>
</p><p>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/myi4l9TPYJLw80NDtx93yUzYjos=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/10/05_muerte_pag_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En la jornada de este martes otorgaron la Prisión Preventiva efectiva para los tres imputados por el asesinato de Daniel Pérez.


]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2022-10-05T08:12:00+00:00</updated>
                <published>2022-10-05T08:12:00+00:00</published>
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            Sentencia favorable en el amparo por planta de arenas silíceas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BG1zog5R0XgAbdo_RtKTnVuP2zs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/09/07_EXTRACCION_DE_ARENAS.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La jueza Valentina Ramírez Amable, presidenta de la Cámara II, Sala III de Apelación Civil y Comercial de Paraná, admitió la demanda de amparo ambiental y ordenó a YPF SA que sustituya el uso del floculante �SSanuroil 8040⬝, producto que utiliza la empresa para el tratamiento del agua, considerado nocivo y contaminante.</p><p>La magistrada estableció un plazo de 120 días de conocida la sentencia para que la empresa reemplace ese producto, el que deberá ser compatible con las pautas que refirió la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos (SAER) en la presentación del 17 de agosto de 2021. Asimismo, dispuso que, durante el plazo concedido para el cambio, se realicen muestreos de calidad de agua en pozo de agua, dique de lodos, barrio aledaño y escuela y en la frecuencia que indiquen los órganos técnicos de la SAER.</p><p>"En el supuesto de que los muestreos dieran como resultado presencia de acrilamida (AMD) en lodos o aguas analizadas, se suspenderá de inmediato la actividad, debiendo la autoridad de aplicación diseñar al efecto el plan de contingencia que corresponda⬝, advirtió la jueza.</p><p>Por otra parte, estableció: "que la SAER en concurrencia con el Municipio de Ibicuy realicen una campaña de divulgación periódica de los resultados de los monitoreos de calidad de aire y agua obtenidos, publicando los resultados y conclusiones en lenguaje llano y accesible y fácilmente disponible para la población en general del Municipio de Ibicuy y en especial del barrio aledaño a la planta y escuela (art. 6 Acuerdo de Escazú)".</p><p>Una sentencia que aplica los principios del derecho ambiental: principio pro natura, de prevención y de precaución</p><p>La explotación que realiza YPF SA se encuentra emplazada en una zona que integra el sistema de humedales entrerrianos constitucionalmente protegido (art. 85 Constitución Provincial). Y, al igual que sucede con la Convención Ramsar -en su nivel de reconocimiento- la protección es explícita y clara también a nivel constitucional local dada la importancia de estas áreas y lo que representan en términos ecológicos para la humanidad.</p><p>Como se explica en la demanda, YPF SA extrae arenas silíceas del territorio entrerriano, materia prima que se utiliza en Vaca Muerta para la extracción, mediante fractura hidráulica o fracking, de shale oil o petróleo de esquisto o shale gas o gas de lutita.</p><p>�SLa aplicación del principio precautorio, en este caso -en tanto la temática ya se encuentra en la agenda pública de los estados demandados- lleva a exhortar mediante este pronunciamiento al Estado de Entre Ríos y al Municipal de Ibicuy a que arbitren los medios y canales conducentes a fin de ejecutar -prontamente- en la zona afectada, un estudio del impacto acumulativo de dichos procesos extractivos denunciados, resguardando el respeto de los presupuestos mínimos en la materia y en el que se dé amplia participación a las comunidades que habitan en la zona afectada⬝, indicó en la sentencia.</p><p>En otra parte del escrito, la jueza destacó que este estudio tenga como fin "adaptar las pautas de un desarrollo sustentable que respeten al máximo posible las características de área protegida que ésta posee, y sea posible avanzar en la regulación y control del desarrollo social y económico ordenado y sustentable de la zona".</p><p>Es importante destacar que la jueza interpretó correctamente las características de un proceso ambiental y el objeto del amparo como un macro bien que nos pertenece a todos y todas.</p><p>Celebramos el rol que la magistratura asumió en un proceso de estas características, tanto en el devenir del proceso como en la producción y valoración de la prueba, ya que se dispuso de audiencias para la escucha de las partes, para interrogar al perito y se solicitó una prueba que no había sido considerada.</p><p>Asimismo, destacamos el tratamiento relativo a costas: "Si bien la sentencia no atiende íntegramente todas las postulaciones de las actoras, ello no genera mérito suficiente para apartarse de la regla general que establece el art. 20 LPC. Por lo demás, el derecho al ambiente reviste un deber de protección de todos los ciudadanos como indica el art. 41 CN, tornando al litigio ambiental en uno de interés público. Consecuentemente, salvo pretensiones infundadas o temerarias, tampoco cabría aplicar criterios tradicionales que rigen en los procesos individuales en materia de costas y permiten su distribución -en casos de vencimientos parciales- pues ello sólo contribuye a desalentar el control, la participación y defensa del medio ambiente reconocidos amplia y preferentemente por nuestra CN, la LGA y por la Constitución local".</p><p>La sentencia, con fecha de 3 de septiembre, fue apelada por YPF SA, el Estado Provincial y la Municipalidad de Ibicuy, se desconocen los fundamentos que esgrimieron para cuestionar la decisión dispuesta por la jueza Ramírez Amable, la resolución queda ahora en manos del Superior Tribunal de Justicia (STJ).</p><p>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BG1zog5R0XgAbdo_RtKTnVuP2zs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/09/07_EXTRACCION_DE_ARENAS.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Justicia entrerriana admitió la demanda de amparo ambiental interpuesta por Fundación CAUCE: Cultura Ambiental - Causa Ecologista y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos contra el gobierno de la provincia de Entre Ríos, la Municipalidad de Ibicuy y la empresa YPF S.A. por la extracción de arenas silíceas y planta de lavado ubicada en el predio «El Mangrullo». La sentencia se destaca por considerar de interés público al litigio ambiental.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2021-09-07T22:05:00+00:00</updated>
                <published>2021-09-07T22:05:00+00:00</published>
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            Escobar Gaviria: el tribunal dará a conocer su sentencia el 30 de noviembre
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/escobar-gaviria-el-tribunal-dara-a-conocer-su-sentencia-el-30-de-noviembre" type="text/html" title="Escobar Gaviria: el tribunal dará a conocer su sentencia el 30 de noviembre" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NDbR3TOMgjbVMWTUWtbo8BCROzo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/11/20_curaEscobarGaviria.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El tribunal, integrado por Alejandro Calleja, Alejandra Gómez y Mauricio Derudi, comunicó la fecha en la que dará a conocer su resolución en las primeras horas de la tarde de hoy  y al término de la audiencia en las que concluyeron las testimoniales, alegaron las partes y se incorporaron las pruebas. En ese marco, el fiscal Rodrigo Molina y la querella, representada por Mariano Navarro, solicitaron una pena de 12 años de prisión para el sacerdote mientras que la defensa, que ejercieron  Milton Urrutia y Alejandra Pérez, pidió su absolución.
</p><p>
</p><p>Escobar Gaviria participó del juicio en modo remoto y lo hizo desde la Unidad Penal Nº 5 de Victoria donde  cumple prisión preventiva por otra causa que se le sustanció por abuso y corrupción de menores.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NDbR3TOMgjbVMWTUWtbo8BCROzo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/11/20_curaEscobarGaviria.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay dará a conocer el 30 de noviembre, a las 8.30, su sentencia en el juicio que se le realizó este miércoles y jueves al cura Juan Diego Escobar Gaviria por promoción de la corrupción agravada.]]>
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                <updated>2020-11-20T08:04:00+00:00</updated>
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