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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2020-04-08T08:13:00+00:00</updated>
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            Extienden beneficios de exención sobre tributos provinciales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1m2X2TGNvhvfMQZWBlwH1G2jmbM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/04/08_ATER.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En el marco de las primeras disposiciones de alivio fiscal para mitigar los efectos negativos de la Emergencia Sanitaria por el Covid19, desde la ATER dieron a conocer una serie de medias que acompañan la condonación de multas e intereses sobre las obligaciones tributarias.
</p><p>Es para las obligaciones vencidas entre el 17 y 31 de marzo. Se trata de la eximición del pago del Régimen Simplificado categorizados en A y B (35.000), la prórroga de nuevos valores en materia de tasas y mínimos y la postergación del inmobiliario rural (130.000 partidas).
</p><p>La medida alcanzará a otros 15.000 contribuyentes entre jubilados y contribuyentes del sector comercial. Complementan los anuncios de prórrogas de vencimientos y condonación de multas e intereses para vencimientos anunciados la semana pasada. También quedaron suspendidas las ejecuciones fiscales.
</p><p>El administrador de la Agencia Tributaria de Entre Ríos (ATER), Germán Grané, explicó que �Scon estas disposiciones alcanzamos a otros miles de contribuyentes en situación de riesgo fiscal llevando tranquilidad dentro del complejo momento que estamos atravesando⬝.
</p><p>A través de la resolución n.° 55/2020 la ATER dispuso extender la vigencia de los certificados de exención impositiva hasta el 31 de julio a unos 2.100 contribuyentes del Impuesto a los Automotores y para los contribuyentes de Ingresos Brutos en materia de Certificados de No Retención/Percepción.
</p><p>En esa línea, además del Importe cero para las categorías A y B en las obligaciones de Régimen Simplificado que vencen en abril, la norma suspende las recategorizaciones que se realizan de oficio de forma mensual hasta el próximo 30 de abril.
</p><p>En materia de impuesto inmobiliario, los certificados de exención se extendieron hasta el 31 de agosto y alcanzarán a 1.300 contribuyentes, fundamentalmente jubilados de menores ingresos que venían gozando del beneficio y de esta manera no tendrán que salir a gestionar su renovación.
</p><p></p><p>Certificados de Libre Deuda
</p><p>Por otro lado, se extiende hasta el 30 de abril la vigencia de los certificados de libre deuda que operen entre el 1 de marzo y 29 de abril de 2020, lo que permite la normal operatoria de otros miles de contribuyentes.
</p><p></p><p>Certificado de Industria
</p><p>Si dispuso la prorroga hasta el 31/07 del vencimiento para la presentación de los certificados de Industria (a otros 850 contribuyentes) que es condición necesaria para poder acceder a la exención en el caso de los contribuyentes micro y pequeños o a alícuotas reducidas en el caso de contribuyentes medianos.
</p><p></p><p>Ejecuciones Fiscales
</p><p>Finalmente, la citada norma suspende por 60 días el impulso de ejecuciones fiscales y por otros 90 días el inicio de nuevas actuaciones, otorgando así la posibilidad a otros 10.000 contribuyentes de evitar la gestión compulsiva de cobro.</p>]]>
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                <updated>2020-04-08T08:13:00+00:00</updated>
                <published>2020-04-08T08:13:00+00:00</published>
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