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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
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            Condenaron al “sanador” de calle Las Heras por abusos sexuales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bB2gTUukfKbxvxTxn0WoRbbgRPc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/tribunales_de_concordia.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El caso salió a la luz en abril de 2023, cuando una de las víctimas logró romper el silencio que cargaba desde hacía años. La denuncia inicial derivó en una investigación que culminó con la detención preventiva de Zabala en mayo de este año.Durante los alegatos, los fiscales Francisco Paoli y Mauro Jaume habían requerido una pena de 30 años de cárcel, mientras que los representantes legales de las víctimas, Brenda Vittori y Pablo Moyano Ilundain, solicitaron una condena de 36 años. Sin embargo, los jueces Pablo Garrera Allende, Silvina Gallo y Clara Mondragón determinaron imponer una pena inferior a lo esperado.Con esta resolución, se cierra un capítulo judicial que expone la gravedad de los hechos denunciados, aunque la pena dictada ha generado opiniones divididas entre las partes involucradas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bB2gTUukfKbxvxTxn0WoRbbgRPc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/tribunales_de_concordia.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal Penal dictó sentencia contra Ramón Ángel Zabala, conocido como el “sanador” de calle Las Heras, quien fue encontrado culpable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de cuatro víctimas. Zabala, de 66 años, recibió una condena de 19 años de prisión efectiva, una pena menor a la solicitada por la fiscalía y los abogados querellantes.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-12-27T02:15:46+00:00</published>
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            Prisión perpetua por homicidio agravado por el vínculo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/u1Gkshp_e_6DckIvW9fNMylLO7E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/tribunales_de_concordia_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Durante la audiencia de cesura en el marco del legajo “Maidana, Jacinto Horacio s/Homicidio agravado”, efectuada el jueves de la semana anterior en la sala de audiencias del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, el fiscal Matías Argüello de la Vega solicitó para Maidana la pena de prisión perpetua, con accesorias legales y las costas del juicio.Por su parte, el defensor oficial, Sebastián Tito, pidió que se aplicara a su defendido una pena “cuyo monto se ubique en el tercer medio de entre los 10 y los 25 años de prisión”. Además, el representante de la defensa anticipó la presentación de un recurso de casación contra el veredicto del jurado popular, y pidió que se declare la inconstitucionalidad de la norma prevista en el artículo 80 del Código Penal.Hasta que la sentencia quede firme, Maidana seguirá cumpliendo prisión preventiva en la Unidad Penal Nº 3 de Concordia.Se trató del centésimo quinto juicio por jurados que se realizó en Entre Ríos desde la entrada en vigencia de este sistema de juzgamiento penal.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/u1Gkshp_e_6DckIvW9fNMylLO7E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/tribunales_de_concordia_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, Pablo Garrera Allende, impuso hoy la pena de prisión perpetua para Jacinto Horacio Maidana, a quien un jurado popular reunido el 1 de noviembre pasado en los Tribunales de Chajarí, declaró culpable y penalmente responsable del delito de “Homicidio doblemente agravado por el vínculo y por la violencia de género”.]]>
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                <published>2024-11-15T15:00:00+00:00</published>
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            Condenaron a dos años de prisión efectiva al �SPato⬝ Cabrera por lesiones y amenazas contra su ex pareja
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gGDOWpBIfM0g0KPuv1Ih3gm2qgo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/07/08_pato_cabrera.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los hechos por los que fue juzgado Cabrera son dos: el primero se basa en la denuncia sobre los golpes efectuados por el golfista a su entonces novia a la salida de un country; el segundo, por haberle producido heridas en la propia casa de Cabrera. En este último episodio la denuncia incluyó también el robo del celular de la joven por parte del ex deportista, lo que le valió ser juzgado, además, por hurto.</p><p>Se realizaron los alegatos de las partes. La fiscal Battistelli expuso durante más de dos horas y pidió para el ex golfista la pena de dos años de prisión efectiva. Su demanda se basó en que Cabrera debe cumplir �Sintramuros⬝ los tratamientos �Sque nunca cumplió⬝, en referencia a un proceso psicológico y otro para superar su adicción al alcohol.
</p><p>La ronda de alegatos siguió durante la tarde con el querellante Carlos Nayi, quien pidió una pena de cuatro años, también de prisión efectiva. El turno final fue para el abogado defensor, Carlos Hairabedian, quien solicitó la absolución por el primer hecho y una pena de ejecución condicional por la tercera, ya que su cliente actuó �Sen estado de emoción violenta⬝, según él.
</p><p>La jueza Traballini habló con los medios después de que se conociera el veredicto y expuso los motivos de su decisión: �SLa prisión efectiva se asienta en que, tratándose de una cuestión de género, también fue acogida por el tribunal, que hizo lugar a la aplicación del inciso 11 del artículo 80. Quiere decir que además del vínculo media la cuestión de género. Nos vamos a tener que acostumbrar a decirlo en voz alta y a dejarlo por escrito. No basta el vínculo, está también mediando la cuestión de género. ¿Por qué la pena efectiva? Sobre todo porque la pena es reinserción y con el señor Cabrera la jueza de violencia familiar tuvo mucha insistencia en la realización de tratamientos, lo llamó, lo siguió, se los impuso y nada de eso surtió efecto, razón por la cual la única razón por la que surta efecto es que el Estado lo realice. ¿Dónde? Si no podíamos afuera, tiene que ser dentro⬝.
</p><p>Cabrera estuvo presente en la sala de audiencias durante las cuatro jornadas llevadas a cabo en la Cámara 2 del Crimen, frente a la jueza Mónica Traballini y la fiscal Laura Battistelli.
</p><p>Durante el transcurso de la jornada, el fiscal de Violencia Familiar y de Género, Cristian Griffi, le dictó la prisión preventiva al ex golfista por otra causa, en la que se lo acusa de amenazas y desobediencia a la autoridad. La denuncia también fue realizada por la ex pareja de Cabrera, C.T.M.. Hairabedian había solicitado la unificación de las causas, pero la fiscal Batistelli no accedió.
</p><p>Cabrera, que permaneció prófugo de la Justicia argentina durante varios meses escondido en Estados Unidos, llegó a Brasil clandestinamente en un vuelo de línea el 31 de diciembre pasado. A pesar de que Interpol había emitido una alerta rojo con su fotografía logró pasar todos los controles e ingresar a tierra brasileña. Allí, se escondió durante 14 días en Leblon, un lujoso barrio de Río de Janeiro, hasta que finalmente fue detenido y enviado a la cárcel federal Plácido de Sá Carvalho.
</p><p>Una vez que se realizaron todos los trámites burocráticos correspondientes a la extradición, Cabrera fue enviado por Interpol directamente a una cárcel cordobesa a principios del mes pasado. Desde que llegó recibió apenas las visitas de su abogado, su hijo y su representante.
</p><p>La primera de sus ex parejas en denunciarlo fue S.R., ex esposa y madre de sus dos hijos, quien radicó una denuncia en la fiscalía de Violencia Familiar de Córdoba por amenazas. En el mismo sentido, M.E., que estuvo en pareja dos años con el golfista, hizo una presentación por amenazas y coacción. La otra mujer que también lo demandó fue la agente policial C.T.M., que estuvo en pareja con Cabrera durante tres años. En sus declaraciones testimoniales de 2016 relató que su entonces novio la atacó a golpes de puño e incluso intentó atropellarla con una camioneta. Luego, el deportista de élite sumó cuatro causas más porque supuestamente siguió amenazándola, a pesar de que el juez había impuesto una prohibición de contacto. A eso se le sumó una denuncia por hurto.
</p><p>La última de las demandas fue a principios de mayo, también presentada por C.T.M., a raíz de un video que la mujer logró recuperar de su teléfono en el que se ve a Cabrera acostado en medio de una videollamada y le dice a su ex: �SYo voy a salir, pero vos del cementerio no⬝.</p><p>
</p><p> 
</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gGDOWpBIfM0g0KPuv1Ih3gm2qgo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/07/08_pato_cabrera.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El ex golfista Ángel Leopoldo �SPato⬝ Cabrera fue condenado a dos años de prisión efectiva por la jueza Mónica Traballini por los delitos de �Slesiones leves, lesiones leves calificadas, hurto y amenazas⬝ en contexto de violencia de género contra su ex pareja, la agente de policía C.T.M. Es la pena que había pedido la fiscal del caso, Laura Battistelli.]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2021-07-08T08:52:00+00:00</updated>
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