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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2020-12-19T07:34:00+00:00</updated>
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            Plan universal obligatorio para telefonía, internet y TV paga
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/U0SmMDaM9W_TaGk-fusKkpW86oA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/12/19_cafiero.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, anunció la entrada en vigencia desde el 1 de enero de un plan básico universal obligatorio para los servicios de comunicaciones móviles, telefonía fija, conexión fija a internet y tv por suscripción, destinado a unos diez millones de personas de bajos ingresos.
</p><p>
</p><p>Entre los planes creados en el marco del plan básico universal obligatorio, Cafiero precisó que en el caso de la telefonía móvil tendrá un precio de $150 bajo el sistema prepago; mientras que en la telefonía fija será de $380 por mes.
</p><p>Cafiero explicó que podrán acceder al plan jubilados y pensionados con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos.
</p><p>
</p><p>También podrán beneficiarse los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y de la Asignación Universal por Embarazo. 
</p><p>También los beneficiaros de pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, Monotributo Social, trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos salarios mínimos y seguro de desempleo.
</p><p></p><p>Además, los beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares, usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar, personas desocupadas o en la economía informal, y de programas sociales, en todos los casos incluidos sus hijos de entre 16 y 18 años.
</p><p>
</p><p>La norma incluye asimismo a los clubes de Barrio y de Pueblo registrados, asociaciones de Bomberos Voluntarios registrados, entidades de Bien Público sin fines de lucro y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal.
</p><p>
</p><p>La reglamentación de la Prestación Básica Universal obligatoria (PBU) son una «inequívoca señal de política pública dirigida a sostener la asequibilidad a servicios esenciales para millones de argentinos beneficiarios de planes sociales», afirmaron desde Jefatura de Gabinete.
</p><p>
</p><p>Para el Gobierno nacional, esta medida se inscribe en una «política inclusiva con eje en la incorporación de la reglamentación asimétrica del DNU 690/20, reclamada por PyMEs y cooperativas y planteada por el presidente Alberto Fernández; la implementación del Fondo de Servicio Universal al servicio de la conectividad de barrios populares, zonas rurales y semi-rurales y la plena marcha del Plan Conectar; y la formalización del Reglamento de Compartición de Infraestructuras Pasivas, que habilita marcos de competencia en un sector cuyas redes e infraestructuras son esenciales para la producción, el trabajo y la vida cotidiana».</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/U0SmMDaM9W_TaGk-fusKkpW86oA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/12/19_cafiero.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Cafiero explicó que podrán acceder al plan jubilados y pensionados con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos.]]>
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                <updated>2020-12-19T07:34:00+00:00</updated>
                <published>2020-12-19T07:34:00+00:00</published>
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