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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-10-10T09:00:03+00:00</updated>
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            Caso Orrico: el STJ explicó por qué rechazó el recurso y confirmó la condena por las cuatro muertes
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YCZV2_uH5UaFA789iaQXfNc9feg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/10/orrico.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dio a conocer los fundamentos del rechazo a la impugnación extraordinaria presentada por la defensa de Juan Enrique Ruiz Orrico. La resolución confirmó la condena a cinco años y ocho meses de prisión efectiva y nueve años de inhabilitación para conducir vehículos con motor, por homicidio culposo agravado por el nivel de alcoholemia y la cantidad de víctimas.</p><p>El tribunal, integrado por Miguel Ángel Giorgio, Daniel Carubia y Claudia Mizawak, consideró que la Sala II de la Cámara de Casación Penal de Concordia había realizado una revisión integral de la sentencia, al pronunciarse el 3 de julio de 2026.La defensa cuestionaba principalmente el monto de la pena, ubicado en el tramo superior de la escala penal. También objetaba el peso otorgado a las circunstancias atenuantes y la valoración de distintos factores considerados agravantes.</p><p>Sin embargo, el STJ concluyó que Casación había respondido esos planteos de manera concreta y exhaustiva, contrastándolos con los fundamentos del fallo de primera instancia. Según explicó, esa revisión comprendió tanto el método utilizado para determinar la sanción como la ponderación de las circunstancias del caso.</p><p>Los vocales señalaron que la intervención extraordinaria sobre el monto de una pena es excepcional, aunque corresponde cuando la sanción excede los límites legales, carece de fundamentos o presenta arbitrariedad. En este expediente, entendieron que la defensa no acreditó ninguna de esas situaciones.También descartaron que se hubiera demostrado una pena manifiestamente desproporcionada frente a la gravedad del hecho y la culpabilidad atribuida. El argumento central del rechazo fue que los defensores reiteraron objeciones ya analizadas, sin formular una crítica concreta que permitiera desvirtuar la decisión de Casación.</p><p>La tragedia que originó la causaLa investigación comenzó por el choque ocurrido en la madrugada del 20 de junio de 2024, en el kilómetro 123 de la ruta provincial 39, entre Caseros y Herrera, en el departamento Uruguay. Orrico, entonces titular del Instituto Portuario de Entre Ríos, conducía un Volkswagen Passat oficial cuando invadió el carril contrario y chocó de frente contra un Chevrolet Corsa.</p><p>En ese vehículo viajaban los hermanos Brian y Lucas Izaguirre, Leonardo Almada y Axel Rossi, cuatro trabajadores que se dirigían a un frigorífico y murieron como consecuencia del impacto. La investigación determinó que Orrico conducía con un nivel de alcohol en sangre superior a un gramo por litro.</p><p>Tras el juicio oral y público desarrollado en Concepción del Uruguay, el juez Darío Crespo, vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, dictó la condena el 9 de marzo de 2026. La sentencia fue posteriormente confirmada por Casación y ahora quedó ratificada en esta instancia por la Sala Penal del STJ.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YCZV2_uH5UaFA789iaQXfNc9feg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/10/orrico.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Sala Penal sostuvo que los cuestionamientos de la defensa ya habían sido examinados y que no se demostró arbitrariedad en la pena de cinco años y ocho meses de prisión efectiva.]]>
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                                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                                <updated>2026-10-10T09:00:03+00:00</updated>
                <published>2026-10-10T09:00:00+00:00</published>
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