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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-04-30T11:00:04+00:00</updated>
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            Las multas por excesos de velocidad en rutas de Entre Ríos superan los 650 mil pesos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/H03zffQE0r4usNwk9OgOg2024wQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/multas.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El funcionario explicó que en rutas, la velocidad máxima es de 110 Km/h, mientras que en las autovías es de 120 Km/h. No obstante, en las zonas indicadas con controles de velocidad, los vehículos no pueden exceder los 60 Km/h, debido a que se trata de medidas de seguridad en cercanías a poblaciones.Consultado por los controles sobre la Ruta Provincial 11, mencionó que las cámaras se ubican en Oro Verde, Colonia Ensayo, Aldea Spatzenkutter (en este caso a 80 Km/h) y Rincón de Nogoyá.</p><p>ValoresConsultado por los valores, detalló que “la unidad fija está en $2072 en correlato con el valor del combustible. Las multas por semáforo rojo, exceso de velocidad y luces apagadas, constituyen faltas graves, con un monto de $652.000, que con pago voluntario queda al 50%. Es más barato cumplir la normativa y que nos cuidemos entre todos”. Los infractores cuentan con cinco días, una vez notificados, para realizar el pago voluntario o presentar el recurso de queja que consideren pertinente.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/H03zffQE0r4usNwk9OgOg2024wQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/multas.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Desde la Policía explicaron que la multa puede reducirse al 50 por ciento, si se paga voluntariamente una vez notificados.Diego Passarello, responsable de comunicación de la Dirección de Seguridad y Prevención Vial de la Policía de Entre Ríos, informó que la provincia cuenta con 18 cámaras que realizan controles, tanto en rutas provinciales como nacionales. “Se componen con radares móviles y fiscalización de semáforos”, señaló.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-04-30T11:00:04+00:00</updated>
                <published>2026-04-30T11:00:00+00:00</published>
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            Multas de hasta $500.000 por tomar mate al volante: qué dice la Ley de Tránsito y cómo se aplica en las provincias
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/multas-de-hasta-500000-por-tomar-mate-al-volante-que-dice-la-ley-de-transito-y-como-se-aplica-en-las-provincias" type="text/html" title="Multas de hasta $500.000 por tomar mate al volante: qué dice la Ley de Tránsito y cómo se aplica en las provincias" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MG9cFzs-voNLb643HiwIAuB-8XA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/mate.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La advertencia cobró fuerza en los últimos días, especialmente en relación con Mendoza y Córdoba, y abrió el debate sobre los alcances de la Ley de Tránsito y la seguridad vial.A nivel nacional, la Ley de Tránsito 24.449 fue actualizada el 18 de marzo de 2025. En su artículo 39°, la norma establece las condiciones para circular en la vía pública y contempla los avances tecnológicos de los vehículos modernos, incluidos los distintos niveles de automatización.&nbsp;En los casos de conducción convencional, el texto es claro: el conductor debe manejar con ambas manos sobre el volante, salvo cuando sea necesario accionar otros comandos, como el cambio de marchas en vehículos con caja manual.La ley también define los niveles de automatización en la conducción, que van desde el Nivel 0 (sin asistencia) hasta el Nivel 2 (automatización parcial), único habilitado actualmente en los vehículos que circulan por las calles argentinas. En estos niveles se incluyen sistemas como el control de estabilidad, el frenado autónomo de emergencia, el control de crucero adaptativo y las alertas de fatiga, herramientas que ayudan a detectar distracciones leves al volante.&nbsp;Sin embargo, incluso con estas asistencias, el conductor debe estar siempre preparado para retomar el control total del vehículo.Más allá del marco nacional, no existe una norma específica que tipifique de manera explícita como infracción el hecho de tomar mate al conducir. La discusión se centra en la distracción que implica retirar una mano del volante y, eventualmente, la vista del camino. Especialistas advierten que otras conductas habituales —como beber agua de una botella, comer o manipular pantallas táctiles del vehículo— pueden resultar igual o más riesgosas.El caso de Mendoza es el que mayor impacto generó. La provincia no adhirió plenamente a la nueva Ley Nacional de Tránsito de 2025 y mantiene vigente su propia legislación desde 2018.</p><p>Allí se establece que los conductores deben tener en todo momento el “dominio efectivo del vehículo”, lo que implica llevar ambas manos en el volante, salvo para cambiar de marcha o ante situaciones de fuerza mayor.En ese marco, las autoridades provinciales aclararon que no se sanciona el acto de tomar mate en sí, sino la distracción que provoca. “Esas conductas son consideradas faltas gravísimas a la ley provincial de tránsito y se sancionan con 1.000 UF”, explicó Orlando Corvalán, director de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial de Mendoza. Cada Unidad Funcional tiene un valor actual de $500, por lo que la multa puede alcanzar los $500.000.Desde el organismo también precisaron que estas infracciones solo pueden ser constatadas de manera presencial por agentes de tránsito, ya que no existen cámaras capaces de detectar este tipo de conductas al volante.En Córdoba, en tanto, no hubo una respuesta oficial ante las consultas sobre la aplicación de sanciones por tomar mate mientras se conduce, aunque la preocupación se instaló igualmente entre quienes transitan rutas y ciudades de la provincia.Mientras se avanza en la reglamentación de la nueva Ley Nacional y en la incorporación formal de las tecnologías de asistencia a la conducción, las autoridades coinciden en una recomendación clave: evitar cualquier acción que pueda generar distracción al manejar. En el caso del mate, además del desvío de atención, se suma el riesgo de un derrame de líquido caliente que podría provocar una reacción brusca y la pérdida de control del vehículo. En definitiva, más allá de las multas, la discusión vuelve a poner en el centro la seguridad vial y la responsabilidad individual al volante.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MG9cFzs-voNLb643HiwIAuB-8XA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/mate.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>En plena temporada de vacaciones, una noticia generó sorpresa y preocupación entre turistas y conductores: en algunas provincias argentinas, tomar mate mientras se conduce puede derivar en multas de hasta $500.000.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-01-11T00:00:00+00:00</published>
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            ARCA digitalizó el cambio de domicilio fiscal y fijó multas de hasta $35 millones
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tQV8w4anRRE8-K7vPNavWX9Lv4s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un procedimiento completamente digital para la modificación y denuncia del domicilio fiscal, mediante que fue oficializada mediante la Resolución General 5809/2026 publicada en el Boletín Oficial.La medida entrará en vigencia el 2 de marzo de 2026 y busca reducir la carga administrativa, facilitar el cumplimiento de las obligaciones formales y mitigar el riesgo de sanciones, que pueden llegar a $35 millones.La resolución establece que la gestión del domicilio fiscal será 100% digital, eliminando la necesidad de trámites presenciales y el uso del correo postal. Desde la fecha de entrada en vigencia, los contribuyentes deberán realizar la actualización de esa información exclusivamente a través del Sistema Registral. El acceso al servicio requerirá Clave Fiscal nivel 3 o superior. El objetivo central de la medida apunta a simplificar los procesos internos, minimizar errores y agilizar la operatoria para los usuarios.El trámite digital unifica los criterios para la notificación y modificación del domicilio fiscal. Antes de la reforma, el proceso incluía la validación mediante el envío postal de un código de confirmación, pero con la nueva normativa, la gestión será completamente electrónica. Los usuarios deben ingresar al “Registro Único Tributario”, seleccionar la tarjeta “Domicilios” y elegir la opción “Modificar”. Allí se completa el Formulario electrónico de declaración jurada N° 420/D. Si el domicilio ya figura como verificado en los sistemas de ARCA, el trámite se confirma automáticamente y el usuario recibe una constancia electrónica.Cuando el domicilio fiscal que se pretende informar no aparece entre los previamente verificados por el organismo, el contribuyente debe cargar los datos manualmente y adjuntar un comprobante digital que respalde la información. ARCA dispone de un plazo de 7 días hábiles para aceptar o rechazar la solicitud. Si la documentación presenta inconsistencias, el usuario cuenta con 30 días corridos para corregirlas. De no subsanarse los errores, el domicilio queda registrado como “Inexistente-Desconocido”.</p><p>Cómo hacer el trámiteLa actualización del domicilio fiscal mediante el nuevo procedimiento digital requiere completar una serie de pasos en el Sistema Registral. Para realizar el trámite correctamente, se deben seguir estas instrucciones:Ingresar al sitio web de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y acceder con Clave Fiscal nivel 3 o superior.Seleccionar el servicio “Sistema Registral”.Ingresar al menú “Registro Único Tributario”, hacer clic en la tarjeta “Domicilios” y elegir la opción “Modificar”.Completar el Formulario electrónico de declaración jurada N° 420/D.Si el domicilio ya figura como verificado, seleccionarlo directamente para que el sistema lo confirme y genere la constancia electrónica.Si el domicilio no aparece en el listado de verificados, cargar los datos manualmente y adjuntar un comprobante digital que acredite la veracidad del domicilio.Esperar hasta 7 días hábiles para que ARCA acepte o rechace la solicitud.En caso de recibir observaciones o rechazos, corregir la documentación dentro del plazo de 30 días corridos para evitar que el domicilio quede registrado como “Inexistente-Desconocido”.</p><p>Monto de las multasEn cuanto al régimen sancionatorio, la Ley 27.779, conocida como “de Inocencia Fiscal”, establece un plazo de 10 días hábiles administrativos para informar el cambio de domicilio fiscal. Si el contribuyente no cumple con este plazo, la infracción puede derivar en multas que van desde $150.000 hasta $35.000.000. Antes de la reforma, las sanciones por este tipo de incumplimiento oscilaban entre $150 y $45.000. Este incremento en los montos busca reforzar la obligación de mantener actualizados los datos ante la administración.La normativa también contempla situaciones en las que el contribuyente presente un perfil de riesgo elevado en el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER), o cuando existan problemas en el estado administrativo de la CUIT. En esos casos, la modificación del domicilio fiscal solo se gestiona a través del servicio “Presentaciones Digitales” y se exige la presentación de documentación respaldatoria adicional. El control sobre los cambios de domicilio fiscal se vuelve más estricto para estos perfiles, con el objetivo de reducir posibles maniobras de evasión o irregularidades.El tributarista Sebastián Domínguez analizó el impacto de la reforma y sostuvo: “El nuevo procedimiento redefine de manera significativa la forma de registrar, validar y controlar el domicilio fiscal”. Domínguez remarcó que “la eliminación de la verificación postal y la centralización del trámite en plataformas digitales simplifican el proceso para los contribuyentes, pero trasladan una mayor responsabilidad en cuanto a la consistencia y respaldo del domicilio declarado, especialmente cuando no se trate de domicilios previamente verificados”.Domínguez advirtió que la actualización digital requiere que los contribuyentes revisen periódicamente el domicilio declarado y actúen con especial diligencia ante cualquier cambio, ya que un domicilio calificado como “Inexistente-Desconocido” puede derivar en la constitución de un domicilio fiscal de oficio, con plenos efectos legales, y en una multa que puede alcanzar los $35 millones.El especialista expresó también que la suba de los montos de las sanciones no incluyó un esquema de graduación diferenciada por categorías de contribuyentes, lo que puede generar situaciones de desproporción. “Una multa cuyo tope alcanza los $35 millones puede resultar razonable para grandes contribuyentes, pero impagable para pequeñas y medianas empresas, incluso tratándose de incumplimientos formales”, señaló Domínguez.El Boletín Oficial detalla que el nuevo esquema busca promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales y reducir los costos asociados a los trámites presenciales. La administración tributaria prioriza la digitalización como vía para optimizar recursos, mejorar los controles y facilitar la operatoria de los usuarios. El sistema solo requiere que, al informar un domicilio nuevo, se adjunte un comprobante digital, eliminando la necesidad de gestiones presenciales o envío de documentación física.Domínguez recomendó que los usuarios revisen la información antes de confirmarla, mantengan actualizada la documentación respaldatoria y controlen el estado de cada trámite en el sistema digital de ARCA. Sostuvo que la ausencia de parámetros objetivos vinculados al tamaño, capacidad económica o volumen de operaciones debilita el principio de razonabilidad en la aplicación de las sanciones y puede derivar en planteos administrativos y judiciales.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tQV8w4anRRE8-K7vPNavWX9Lv4s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El nuevo sistema online permite modificar dirección tributaria desde el portal oficial en pocos pasos y exige documentación respaldatoria. El proceso se gestiona por internet y aplica penalizaciones económicas a quienes incumplen los plazos.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-01-09T08:30:00+00:00</published>
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            Los padres que no vacunen a sus hijos podrían recibir multas de 300 mil pesos y hasta ser arrestados
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/salud/los-padres-que-no-vacunen-a-sus-hijos-podrian-recibir-multas-de-300-mil-pesos-y-hasta-ser-arrestados" type="text/html" title="Los padres que no vacunen a sus hijos podrían recibir multas de 300 mil pesos y hasta ser arrestados" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7FBf5QkXcd4LlIsrlfMHABUBQKY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/08/vacunacion.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En Mendoza,&nbsp;los padres que no vacunen a sus hijos podrán ser multados&nbsp;por más 300 mil pesos,&nbsp;recibir penas de hasta cinco días de cárcel&nbsp;y ser obligados a realizar&nbsp;trabajos comunitarios. La normativa, impulsada por el Ministerio de Salud provincial, busca asegurar el cumplimiento del calendario de vacunación obligatorio que establece la ley.En este sentido, se elaboró&nbsp;un protocolo&nbsp;para denunciar a los padres, tutores o cuidadores que no cumplan con la norma.&nbsp;Las vacunas del calendario&nbsp;deben aplicarse más allá de la voluntad de los padres, y es responsabilidad del Estado que se cumplan.La reglamentación alcanza al personal de las escuelas y a quienes integran el sistema de salud, ya que estarán obligados a&nbsp;hacer la denuncia&nbsp;cuando los responsables de los menores se resistan a la aplicación de las dosis.En ese caso,&nbsp;se brindará un plazo de 30 días para que la vacunación se realice en otro lugar. El sistema de salud será el encargado de monitorear el cumplimiento de ese compromiso.Si la vacunación sigue sin realizarse, aun agotadas todas estas instancias, se activa el protocolo. En primer lugar, se notifica al Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI) correspondiente, para luego efectuar la denuncia la autoridad policial, municipal o judicial.El incumplimiento de este deber está contemplado en el artículo 119 del Código Contravencional, que establece&nbsp;una multa de 336 mil pesos,&nbsp;un&nbsp;arresto de hasta cinco días&nbsp;o su equivalente en&nbsp;trabajo comunitario&nbsp;en centros asistenciales u hospitales públicos para menores de edad, para quienes no vacunen a sus chicos.“Los efectores de salud (público o privado) y todo agente o funcionario público que tuvieren conocimiento de la vulneración del derecho a la vacunación de menores,&nbsp;deberán comunicar dicha circunstancia a la autoridad administrativa local”, dice el código.Además, según informó el portal&nbsp;MDZ online, los datos de las denuncias quedarán registrados para que el municipio elabore estudios estadísticos vinculados a la vacunación. (TN)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7FBf5QkXcd4LlIsrlfMHABUBQKY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/08/vacunacion.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La normativa busca asegurar que se cumpla el calendario de vacunación obligatorio.]]>
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                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-08-08T22:00:00+00:00</published>
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            Los valores de las multas en rutas de Entre Ríos llegan hasta $354.900
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kpbDB2UUAAFW5q90bKCTK8BDvs0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/multas.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Muchos automovilistas emprenden viajes para disfrutar de sus vacaciones, pero es fundamental recordar que para evitar inconvenientes, es necesario cumplir con la normativa de tránsito y tener toda la documentación en regla. Las multas por infracciones, que varían según la gravedad de la falta cometida, y pueden llegar hasta $354.900.Elonce accedió a un listado detallado de las infracciones y sus respectivos valores, que están clasificados en tres categorías: faltas leves, moderadas y graves. Según el Observatorio de Seguridad Vial, la Unidad Fija (UF), que se utiliza para calcular las multas, tiene un valor de $1.183 pesos. Fuente El Once.&nbsp;</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kpbDB2UUAAFW5q90bKCTK8BDvs0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/multas.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Elonce accedió al listado de los valores de las multas por infracciones de tránsito en rutas de Entre Ríos. Las faltas menores tienen un costo de $58.350, mientras que las graves pueden llegar hasta los $354.900.
En el marco de la temporada alta de vacaciones, el movimiento en las rutas de Entre Ríos se incrementa notablemente.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-12-31T16:00:00+00:00</published>
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        <title>
            Ya hay multas por infracciones de tránsito que equivalen a lo que vale un auto usado
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/ya-hay-multas-por-infracciones-de-transito-que-equivalen-a-lo-que-vale-un-auto-usado" type="text/html" title="Ya hay multas por infracciones de tránsito que equivalen a lo que vale un auto usado" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ebki8bOCM872pn4tOHbUeTLORts=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/10/multas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hay más de 220 cámaras que monitorean la circulación vial y se presentan casos de multas libradas a partir de radares de dudosa legalidad que están ocultos y actúan como trampas cazabobos.Lo más usual, en los últimos tiempos en la CABA es que haya conductores que reciben sanciones por exceso de velocidad en autopistas o en zonas donde se les exige pasar de un límite de velocidad alto a uno muy bajo en pocos segundos de marcha, un punto imposible de cumplir y peligroso, por otra parte. No sólo transgredir los límites de marcha devenga valores superiores al millón de pesos.&nbsp;Que el test de alcoholemia supere el nivel de 1gr/l será sancionado con una multa entre $ 89.060 a $ 1.260.400. Del inicial de 0,5gr/l hasta 0,99gr/l, los guarismos se reducen a la mitad, y podrían incluir de uno a 10 días de prisión.</p><p>Alcohol CeroEn la Argentina rige la Ley de Alcohol Cero, sancionada en 2023, pero su implementación es de carácter jurisdiccional. CABA decidió no adherir a esa norma y mantener los niveles vigentes, permitiéndoles a conductores experimentados circular con hasta 0,5gr/l.Aunque se desaconseja beber antes de manejar, un vaso de cerveza o de vino estarían en el límite, que los licores triplican.La cerveza tiene aproximadamente 5 % de alcohol, aunque algunas tienen más.El vino generalmente tiene de 12 % a 17% de alcohol.El licor fuerte tiene aproximadamente 40 % de alcohol.El valor de estas multas se calcula en Unidades Fijas (U.F.), donde cada una de ellas corresponde al costo de medio litro de nafta premium, según el precio fijado por el Automóvil Club Argentino (ACA). Si las multas no se pagan, se generan intereses y recargos que aumentan la deuda. Además, la falta de pago puede resultar en la restricción de la licencia de conducir, la imposibilidad de realizar trámites vehiculares y el embargo de bienes en casos extremos.&nbsp;También se pueden acumular infracciones, lo que agrava aún más la situación financiera del infractor. El menú restante de las multas dispuestas en la Ciudad de Buenos Aires es:Exceso de velocidad (más de 20 km/h sobre el límite permitido): $ 32.997,30Exceso de velocidad (más de 150 km/h): hasta $1.885.560Mal estacionamiento: $47.139Pasar un semáforo en rojo: entre $ 94.179 y $ 707.085Obstrucción de rampas para discapacitados: $ 141.417Obstrucción de carriles exclusivos: $ 65.994,60No tener la VTV: $ 47.139VTV vencida: $47.139Licencia de conducir vencida: $ 70.708,50No portar licencia de conducir: $ 23.569,50Vidrios polarizadosOtra de las prohibiciones punibles en CABA, que no suelen ser tenidas en cuenta por los automovilistas, es la de tener los vidrios totalmente polarizados.Implica una multa de 50 Unidades Fijas que, a valores actualizados a octubre de 2024, equivale a $ 31.510.La tonalidad habilitada es aquella que “permite el paso de la luz y que los otros conductores puedan ver a través de él”. Es decir, no estarían permitidas las polarizaciones casi espejadas, pero sí un vidrio un tanto más oscuro. Todos los demás vidrios del auto pueden ser oscurecidos –siguiendo la regla antes citada– a excepción del de adelante, el cual no debe tener alteración alguna.&nbsp;“Es para poder prevenir situaciones de peligro que se estén desarrollando más adelante”, explicaron responsables de Tránsito. Pero eso no es todo, vienen de Europa nuevas tendencias en la seguridad vial, como considerar infracción que se pegue en la luneta trasera el cartel de “se vende”.&nbsp;Puede obstruir la visibilidad y distraer la atención de quienes circulan detrás, con lo que aumentaría el riesgo de accidentes. Si el vehículo está estacionado en la vía pública con el cartel de “Se vende”, la competencia para sancionar la infracción pasa a ser del municipal. En este caso, la multa puede ser aún más elevada, alcanzando los 1.000 euros en algunas comunas. Incluso, se puede llevar el vehículo con la grúa. En Argentina, por ejemplo, se popularizó el uso de una botella de agua en el techo del auto para indicar que está en venta.&nbsp;Esta práctica, surgida en la década de 1940 para evitar pagar altos impuestos, &nbsp;evolucionó hasta convertirse en una especie de código entre conductores.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ebki8bOCM872pn4tOHbUeTLORts=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/10/multas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad aplicará extrema severidad a los automovilistas que el radar detecte a partir de los 150 km/h de velocidad, con multas que arrancan en $44.114 y llegan a $2.520.800. En este último caso, el infractor debería desembolsar prácticamente lo que le costaría comprar un auto chico usado, según los valores de mercado publicados.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-10-12T04:00:00+00:00</published>
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        <title>
            El Estado entrerriano dejará de cobrar en las rutas las infracciones de tránsito
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/el-estado-entrerriano-dejara-de-cobrar-en-las-rutas-las-infracciones-de-transito" type="text/html" title="El Estado entrerriano dejará de cobrar en las rutas las infracciones de tránsito" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/X2Y8HcHYtubNurES4dT4v4Evttw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/12/14_multas_1_p5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Estas nuevas medidas fueron anunciadas por el ministro de Seguridad y Justicia, Néstor Roncaglia, quien instruyó al jefe de Policía, Gustavo Maslein, para que rijan desde este miércoles 13.</p><p>En tal sentido, queda prohibido el cobro de multas en los puestos camineros. Las mismas serán abonadas por los infractores por los canales de cobro habilitados por la Administración Central para tal fin.</p><p>Otra de las medidas anunciadas es que se dejará de cobrar multas por infracciones menores.</p><p>"Desde ahora, los funcionarios policiales se concentrarán en la prevención vial y en la concientización a los conductores y sólo apercibirán al infractor y harán una invitación a corregir cuando se trate infracciones menores. Nos vamos a concentrar en aquellas infracciones graves que realmente representen un peligro para quienes transitan por las rutas entrerrianas", sostuvo el ministro de Seguridad, Néstor Roncaglia.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/X2Y8HcHYtubNurES4dT4v4Evttw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/12/14_multas_1_p5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Este miércoles entraron en vigencia cambios en el sistema de multas de tránsito. Desde ahora, las multas de tránsito no podrán ser abonadas por los infractores en los puestos camineros. Además, las infracciones menores solo recibirán un apercibimiento.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2023-12-14T21:58:56+00:00</updated>
                <published>2023-12-15T03:15:35+00:00</published>
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        <title>
            El Indec elevó las multas a quienes no den información estadística o la falseen
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/el-indec-elevo-las-multas-a-quienes-no-den-informacion-estadistica-o-la-falseen" type="text/html" title="El Indec elevó las multas a quienes no den información estadística o la falseen" />
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SGxSswL6K-K4Sv93Vx2t35sqVIo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/11/10_indec.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) actualizó los importes mínimos y máximos de las multas previstas para quienes falseen la información estadística necesaria para la elaboración de sus informes, a través de la resolución 286/2023 publicada este jueves en el Boletín Oficial.</p><p>La misma deroga la resolución 8/2023 y actualiza en un 112,84% los montos vigentes desde enero de este año.</p><p>De esta forma, el importe mínimo pasó a ser de $ 3.089,65, el máximo de $ 306.564,79 y el monto máximo de inapelabilidad de $ 6.284,19.</p><p>El incremento se realizó mediante las variaciones de los índices de Precios Internos al por Mayor (IPM) del Sistema de Índices de Precios Mayoristas (SIPM) que se registraron entre el 1° de julio de 2022 y el 30 de junio de 2023.</p><p>Las multas se aplican a las personas humanas o jurídicas y organismos públicos o privados que “no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa” la información necesaria para las estadísticas y censos del Sistema Estadístico Nacional (SEN).</p><p>El Indec fue creado en 1968 por ley 17.622, que en su artículo 11 establece que “todos los organismos y reparticiones nacionales, provinciales y municipales, las personas de existencia visible o ideal, públicas o privadas con asiento en el país, están obligados a suministrar a los organismos que integran el Sistema Estadístico Nacional los datos e informaciones de interés estadístico que éstos le soliciten”.</p><p>Asimismo, en el artículo 10 se garantiza que esos datos “serán estrictamente secretos y sólo se utilizarán con fines estadísticos”, y a tal fin “deberán ser suministrados y publicados, exclusivamente, en compilaciones de conjunto, de modo que no pueda ser violado el secreto comercial o patrimonial, ni individualizarse las personas o entidades a quienes se refieran”.</p><p>En el artículo 15 se determina que incurrirán en infracción y serán pasibles de multas “quienes no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional”.</p><p>Los importes mínimos y máximos de las multas “se reajustarán semestralmente, el primero de enero y el primero de julio de cada año en función de los incrementos habidos en los semestres que vencen el treinta y uno de diciembre y el treinta de junio, de conformidad con la variación operada en el nivel general de precios al por mayor en dichos períodos”, añade.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SGxSswL6K-K4Sv93Vx2t35sqVIo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/11/10_indec.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La medida, publicada en el boletín oficial, actualiza en un 112,84 % los montos vigentes desde enero de este año y establece un monto mínimo pasó a ser de $ 3.089,65.
]]>
                </summary>
                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2023-11-10T00:06:21+00:00</updated>
                <published>2023-11-10T00:05:09+00:00</published>
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            Buscan que extranjeros con multas  no puedan salir del país sin abonarlas
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/buscan-que-extranjeros-con-multas-no-puedan-salir-del-pais-sin-abonarlas" type="text/html" title="Buscan que extranjeros con multas  no puedan salir del país sin abonarlas" />
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/V8Y05pjox9NbZM4Ndu5-Bq2lYpk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/08/18_multa.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p> Esta medida involucra a nuestra ciudad, dado el puente fronterizo de Salto Grande y el paso constante de ciudadanos uruguayos a Concordia. En el radio céntrico, por ejemplo, se ha observado a varios vehículos con multas en el estacionamiento medido. Entre otras infracciones, falta de seguro o de algún elemento, los visitantes reciben las multas y desde esta iniciativa buscan que quienes no cumplen con las leyes abonen las multas antes de retirarse del país.</p><p>La información destaca que, se presentó en el Congreso de la Nación un proyecto de Ley que busca que los vehículos con patentes extranjeras que tengan infracciones pendientes no puedan salir del país sin antes solucionarlas. La norma fue consensuada por la ANSV junto a las autoridades provinciales del Consejo Federal de Seguridad Vial. </p><p>Es una iniciativa consensuada entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) -organismo del Ministerio de Transporte- y los representantes de las provincias que integran el Consejo Federal de Seguridad Vial (CFSV). La propuesta legislativa que busca modificar la Ley Nacional de Tránsito fue presentada por la diputada nacional por Buenos Aires, Micaela Morán. </p><p>“Este proyecto de Ley busca equiparar a los conductores extranjeros con los nacionales, en lo que respecta al cumplimiento de las normas de tránsito y al hacerse cargo de las infracciones cometidas. Como sucede en otros países, los conductores que registren multas pendientes no podrán dejar nuestro país sin solucionarlas antes. </p><p>En el caso de que quieran irse igual, podrán hacerlo lógicamente, pero el vehículo quedará en el territorio nacional”, expresó el director ejecutivo de la ANSV, Pablo Martínez Carignano. </p><p>La norma propuesta, que tiene vigencia en Brasil, por ejemplo, tiene como uno de sus objetivos dar respuesta a una problemática que atraviesan las provincias que limitan con otros países de la región, que a diario tienen acceso de vehículos del exterior que cometen infracciones y que salen del país sin tener consecuencias.  </p><p>Para su cumplimiento, el proyecto propone “reforzar la red interjurisdiccional de información relativa a los antecedentes de tránsito que gestiona el Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (RENAT) y su utilización por parte de los organismos responsables y, en este caso, por parte de las autoridades que actúan en los pasos fronterizos y las agencias de alquiler de vehículos”.  </p><p>En concreto, la autoridad de aplicación debe retener, dando conocimiento inmediato a la autoridad de juzgamiento, a los vehículos con patentes extranjeras que intenten salir del país y que tengan actas de infracciones notificadas cuyas multas no estén abonadas ni resueltas, hasta tanto sean canceladas o autorizada la salida por la autoridad de juzgamiento interviniente. </p><p>En el caso de que el vehículo sea de propiedad de empresas de alquiler, se prevé la obligatoriedad de las mismas de pagar las infracciones cometidas por el conductor que haya contratado el servicio, descontando el monto necesario de la tarjeta de crédito entregada como garantía al momento de celebrar el contrato correspondiente entre las partes. La finalidad es desalentar a los conductores a cometer infracciones al transitar por el territorio nacional en el futuro.  </p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/V8Y05pjox9NbZM4Ndu5-Bq2lYpk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/08/18_multa.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La ANSV (Agencia Nacional de Seguridad Vial) y las provincias buscan que los vehículos extranjeros con infracciones pendientes no puedan salir del país.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2023-08-18T23:37:25+00:00</updated>
                <published>2023-08-19T03:20:59+00:00</published>
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            Habrá multas para quienes incumplan el programa Precios Justos
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/habra-multas-para-quienes-incumplan-el-programa-precios-justos" type="text/html" title="Habrá multas para quienes incumplan el programa Precios Justos" />
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/habra-multas-para-quienes-incumplan-el-programa-precios-justos">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n83t1NR2pr2RBfu0alEfa5Ibvs0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/12/01_multasprecios.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>  La Secretaría de Comercio estableció multas de hasta un millón de pesos a los incumplimientos en que pudieran incurrir las empresas participantes del programa Precios Justos, con la opción de duplicar ese monto en caso de reincidencias reiteradas. La medida se formalizó a través de la Resolución 118/2022 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, e incluye un anexo con el detalle de los incumplimientos y sus respectivas multas.</p><p></p><p>La norma es complementaria de la Resolución 75 del 11 de noviembre, por la que se aprobó el modelo de Convenio Específico de Colaboración entre la Secretaría de Comercio y «los municipios de las diversas provincias de la República Argentina que contribuyan en las actividades de fiscalización, control y juzgamiento de los incumplimientos a los acuerdos de precios que hayan sido suscriptos» con las empresas participantes de Precios Justos. 
</p><p>Como esa resolución no especificaba los montos de las multas a aplicar ante eventuales incumplimientos, Comercio consideró «pertinente» por «cuestiones operativas» el establecimiento de criterios para su fijación. En el caso de ofertas de productos del programa a precios superiores de los establecidos por el Convenio, las multas se ubicarán entre $500.000 a $1.000.000, el mismo rango si ocurre una falta de oferta en cada sucursal de las empresas de al menos el 80 % de los productos previstos, sin que se encontraren ofertados sus respectivos sustitutos.
</p><p>Se aplicará una sanción de $200.000 hasta $400.000, si existiera una falta de correcta identificación mediante la señalética del programa en cada sucursal de las empresas participantes de al menos el 80 % de los productos incluidos en los convenios correspondientes.
</p><p>Asimismo, la resolución establece multas de $150.000 a $300.000 si se utilizara esa señalética «en la oferta de productos objeto de fiscalización, que no se encuentren incluidos en los Anexos de los convenios correspondientes».
</p><p>Por último, se fijan multas de $250.000 a medio millón de pesos al «establecimiento de alguna restricción al número de productos de venta por consumidor o grupo familiar sin que esté previamente autorizado por la Secretaría de Comercio».
</p><p>La norma precisa que, en caso de reincidencia, «se podrá aplicar un incremento de hasta el         40 % de las multas», incremento que podrá llegar al 100 % «en el caso de segunda reincidencia».</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n83t1NR2pr2RBfu0alEfa5Ibvs0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/12/01_multasprecios.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La medida se formalizó a través de la Resolución 118/2022 publicada este miércoles en el Boletín Oficial y detalla cómo serán multadas las empresas participantes que no respeten el acuerdo.]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2022-12-01T07:23:00+00:00</updated>
                <published>2022-12-01T07:23:00+00:00</published>
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        <title>
            La concesionaria de la ruta 14 sigue sumando multas y ya ascienden a $445,48 millones
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/N9XaTgfVjxr4WKYaRxN7u17CITk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/10/20_ruta14.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Dirección Nacional de Vialidad sancionó nuevamente a Caminos del Río Uruguay, concesionaria de la ruta nacional 14, conocida como la Autopista del Mercosur, por infracciones al contrato y la multó en $ 8 millones, con lo cual acumuló 43 sanciones por más de $ 445,48 millones en los últimos 14 meses. Así lo hizo a través de la Resolución 1926/2022 publicada en el Boletín Oficial.</p><p> En los considerandos, se señala que Caminos del Río Uruguay incumplió las obligaciones contractuales referidas a las �Smejoras, ampliación, remodelación, conservación y administración⬝ previstas en la concesión. 
</p><p> La nueva sanción fue de $ 8.015.178, tomando como base un monto de $ 24,10 por Unidad de Penalización.  De acuerdo con Vialidad, la multa obedece a la detección de un Índice de Serviciabilidad (IS) menor al valor contractual exigido en 2015 en tres tramos de la Ruta 14 por 29 kilómetros.</p><p></p><p>
</p><p> La concesionaria argumentó en su descargo que, durante el proceso de construcción de la autovía entre el acceso norte a Gualeguaychú y el Puente Internacional Paso de los Libres � Uruguayana, se ha observado el �Smovimiento de camiones con posible exceso de carga⬝ de las contratistas que �Spudieron haber potenciados deterioros en la calzada o banquina⬝, aunque señaló que no posee registro de documental del peso y dimensión de dichos camiones.
</p><p> No obstante, para Vialidad esto se trató de un incumplimiento ya que la concesionaria �Sdeberá ejecutar todos los trabajos de conservación de rutina en el Corredor⬝, según estipula la concesión.
</p><p> Además de la Ruta 14, Caminos del Río Uruguay posee la concesión de todo el Corredor Vial 18, que incluye también las rutas nacionales 12, 14, 117, 135 y A015.
</p><p></p><p>Las multas
</p><p> Con esta sanción la concesionaria suma multas por $ 437,48 millones en los últimos 14 meses, ya que a fines de agosto de 2021 recibió una sanción por $ 6,83 millones; un mes después otra por       $ 9 millones; a fines de noviembre otra por $ 7,62 millones; y en diciembre otras tres por $ 34,8 millones, $ 25,14 millones y 10,06 millones.
</p><p> El 18 de marzo último, Vialidad aplicó la mayor de todas las sanciones hasta ahora por $ 18,57 millones, y tras ello se le aplicó a fines de ese mes una multa por $ 2,08 millones, y en abril otras dos sanciones por $ 1,34 millones y $ 8,49 millones.
</p><p> Durante el transcurso del último mes de mayo se agregaron otras cuatro multas por $ 19,41 millones, $ 9,72 millones, $ 9,72 millones y $ 5,79 millones; y durante junio, otras cuatro por $ 12,53 millones, $ 9,53 millones, $ 2,15 millones y $ 47,52 millones.
</p><p>Además, en julio pasado hubo cuatro sanciones por $ 46,52 millones, $ 5,54 millones, $ 18,02 millones y $ 7,9 millones, en agosto recibió cuatro sanciones por $ 5,7 millones, $ 9,8 millones, $ 10,1 millones, $ 4,9 millones y $ 16,9 millones, y en septiembre contrajo seis multas por $ 48,4 millones. Por último, en este mes de octubre, la concesionaria ya recibió tres multas por $ 23,6 millones.</p><p>
</p><p>
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                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/N9XaTgfVjxr4WKYaRxN7u17CITk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/10/20_ruta14.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La nueva sanción fue de $ 8.015.178, tomando como base un monto de $ 24,10 por Unidad de Penalización. La multa obedece a la detección de un Índice de Serviciabilidad menor al valor contractual exigido en 2015 en tres tramos de la Ruta 14 por 29 kilómetros.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2022-10-20T07:58:00+00:00</updated>
                <published>2022-10-20T07:58:00+00:00</published>
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            La concesionaria de la ruta 14  acumula sumas millonarias en multas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SAt1Khf-fYdUm1lzfAhR2wM9G74=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/07/13_caminosriouruguay.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La determinación la tomó la Dirección Nacional de Vialidad contra Caminos del Río Uruguay, concesionaria de la ruta nacional 14, conocida como la Autopista del Mercosur. Las infracciones cometidas según Vialidad son por lo estipulado en el contrato y la multó en $ 46,52 millones, con lo cual acumuló sanciones por más de $ 286,5 millones en 11 meses.</p><p>Así lo hizo a través de las resoluciones 1046/2022 y 1067/2022 publicadas en el Boletín Oficial, donde se señala que Caminos del Río Uruguay incumplió las obligaciones contractuales referidas a las �Smejoras, ampliación, remodelación, conservación y administración⬝ previstas en la concesión.
</p><p>Al respecto, las medidas precisan que se encontraron valores de los índices de Estado (IE) y de Serviciabilidad Presente (ISP) menores al contractual exigido, en varios tramos de la Ruta Nacional 14 por un total de 184 kilómetros, como también la existencia de fisuras en banquinas pavimentadas.
</p><p>En consecuencia, las resoluciones dispusieron la aplicación de multas de 1.972.080 Unidades de Penalización (UP) por la tarifa vigente, que es $ 24,10, lo cual da como resultado $ 46.522.158.
</p><p>Además de la ruta 14, Caminos del Río Uruguay posee la concesión de las rutas nacionales 12 y 117, como parte del Corredor Vial 18.
</p><p>Con esta sanción la concesionaria suma multas por $ 240,3 millones en los últimos diez meses, ya que a fines de agosto de 2021 recibió una sanción por $ 6,83 millones; un mes después otra por $ 9 millones; a fines de noviembre otra por $ 7,62 millones; y en diciembre otras tres por $ 34,8 millones, $ 25,14 millones y 10,06 millones.
</p><p>El 18 de marzo último Vialidad aplicó la mayor de todas las sanciones hasta ahora por $ 18,57 millones, y tras ello se le aplicó a fines de ese mes una multa por $2,08 millones, y en abril otras dos sanciones por $ 1,34 millones y $ 8,49 millones.
</p><p>Por último, durante el transcurso del último mes de mayo se agregaron otras cuatro multas por $ 19,41 millones, $ 9,72 millones, $ 9,72 millones y $ 5,79 millones, y durante junio, otras cuatro por $ 12,53 millones, $ 9,53 millones, $ 2,15 millones y        $ 47,52 millones.
</p><p>De acuerdo con Vialidad, la empresa no cumplió con la premisa de ejecutar todos los trabajos de conservación de rutina en el corredor y toda otra tarea para que brinde al usuario adecuadas condiciones de estética, seguridad y confort.
</p><p>Del mismo modo, el organismo que está bajo la órbita del Ministerio de Obras Públicas rechazó los argumentos de carácter económico financiero esgrimidos por la empresa, resultando, entonces, �Spertinente la aplicación de la penalidad prevista para el incumplimiento constatado⬝.
</p><p>El Acta Acuerdo de la concesión establece 8.000 UP por tramo de evaluación donde se detecte un índice de serviciabilidad presente menor que el exigido, y 2.000 más por tramo de evaluación y por cada semana en que la concesionaria tarde en corregir la anomalía.</p><p>
</p><p>
</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SAt1Khf-fYdUm1lzfAhR2wM9G74=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/07/13_caminosriouruguay.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Caminos del Río Uruguay, concesionaria de la ruta nacional 14, volvió a ser multada por Vialidad Nacional y en 11 meses acumula sanciones por más de 286,5 millones de pesos. Mientras tanto los accidentes por el mal estado del asfalto en algunos tramos continúan sucediendo.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2022-07-13T07:50:00+00:00</updated>
                <published>2022-07-13T07:50:00+00:00</published>
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        <title>
            El Concejo Deliberante aprobó multas millonarias
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/eNChaiVMDnsHc7T-vyhorx2UQpI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/06/11_Concejo_Deliberante.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>�SEn esta sesión se aprobó de forma unánime la Ordenanza de multas por fiestas clandestinas, una norma que fue muy trabajada por ambos bloques realizando un intercambio de opiniones sobre cuál era la mejor metodología para su implementación y los temas a abordar⬝, comentó el presidente del Concejo Deliberante Daniel Cedro celebrando que �Sde esa conjunción salió un acuerdo y eso derivó en la aprobación por unanimidad de votos este jueves⬝.</p><p>Seguidamente, Cedro detalló que �Sla norma no sólo contempla las conductas posibles o previsibles respecto al que organiza, alquila la casa o provee los servicios para organizar las fiestas clandestinas, sino que también hay una penalidad a quienes asisten a este tipo de eventos no permitidos⬝.</p><p></p><p>�SLos organizadores serán penados con multas que van desde 600 a 6000 juristas, también hay una serie de agravantes si ocurren hechos de violencia o si son funcionarios públicos y otras cuestiones que tienen que ver con la situación epidemiológica⬝, comentó el titular del Cuerpo Deliberativo y remarcó que �Sse agregaron sanciones accesorias que van desde el decomiso hasta la exclusión de los beneficios económicos que se otorgan en la situación de pandemia⬝.
</p><p>Por su parte, el concejal Gastón Etchepare, presidente del bloque del Justicialismo resaltó que �Sla ordenanza aprobada tuvo un trabajo previo de reuniones con el intendente Alfredo Francolini, los concejales del cuerpo, con los integrantes de COCIM, Inspección General e inclusive diferentes contactos con los Jueces de Falta de la ciudad.
</p><p>�SEl espíritu de la norma aprobada no es perseguir a la gente, sino desalentar a los que incumplen la normativa y no tienen la consideración y el respeto hacia el cuidado de los otros ciudadanos⬝, remarcó Etchepare haciendo hincapié en que �Sdurante los fines de semana se constatan un promedio de 50 denuncias por fiestas clandestinas, lo que es alarmante porque estos eventos son grandes focos de contagio y es necesario que se tome con mayor severidad las sanciones⬝.
</p><p>En representación del Bloque de Juntos por el Cambio, el concejal Felipe Sastre comentó que �Sla ordenanza se enfoca en las reuniones masivas con concurrencia de muchas personas donde se han constatado que se cobra entrada, se convoca a través de las redes sociales y sin ningún tipo de respeto a las normas de cuidado, se producen de manera clandestina⬝.
</p><p>Además, el edil destacó que �Sel producido de las multas será destinado a combatir la pandemia del COVID-19 ya que no tiene un espíritu recaudatorio, sino que está enfocada en reducir lo máximo posible las conductas que puedan propagar el coronavirus⬝ y remarcó que �Sdesde la oposición siempre estamos dispuestos a aportar nuestras ideas y celebramos que existan este tipo de Ordenanzas donde nuestra opinión es escuchada⬝.
</p><p>Además, en la Sesión Ordinaria transcurrida este jueves los ediles manifestaron su repudio contra los hechos de violencia de género que involucran a un exfuncionario municipal.
</p><p>En este sentido, la concejala Claudia Villalba expresó que �Srepudiamos este hecho, donde el lunes el Intendente firmó la desafectación del funcionario de su cargo y lo demás está en manos de la justicia.
</p><p>�SEs importante ratificar el trabajo que se viene haciendo desde la Municipalidad de Concordia hace muchos años en cuestiones de violencia de género, sobre todo los dispositivos con los que se cuenta, el acompañamiento a las víctimas y el gran trabajo en conjunto con la Justica⬝, agregó la edil también referente del programa municipal de Violencia de Género.
</p><p>El tema fue uno de los que más tiempo de exposición por parte de los diferentes concejales tomó, y el cuerpo en su conjunto expresó por unanimidad su repudio a los hechos que son de público conocimiento.</p><p>
</p><p>
</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/eNChaiVMDnsHc7T-vyhorx2UQpI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/06/11_Concejo_Deliberante.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En la 11ª Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante se aprobó de forma unánime la Ordenanza que establece la aplicación de multas cuantiosas a quienes realizan y asisten a fiestas clandestinas, uno de los principales focos de contagio y de propagación del Covid-19.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2021-06-11T09:18:00+00:00</updated>
                <published>2021-06-11T09:18:00+00:00</published>
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            Multas millonarias a quienes organicen y participen en fiestas clandestinas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1saKSHikqYL_6DnUpdfrScJG5EA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/05/12_fiestas_clandestinas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Presidente del cuerpo deliberativo, Daniel Cedro, y los presidentes de los Bloques del Justicialismo Gastón Etchepare y de Juntos por el Cambio Luciano Dell�"Ollio, junto a ediles de todas las fuerzas políticas, participaron de la reunión virtual junto al jefe comunal y el Jefe de Gabinete Fernando Barboza.
</p><p>Los concejales Carola Laner, Magdalena Reta de Urquiza, Noemí Redolfi, Felipe Sastre, Cristina Guitar, Alicia Maldonado, Lía Solís y Juan Domingo Gallo, intercambiaron opiniones sobre la necesidad de extremar los controles y evitar la realización de fiestas clandestinas, coincidiendo por unanimidad en la necesidad de establecer un aumento considerable en las multas a quienes pongan en riesgo la salud de toda la población.
</p><p>Determinar multas que superen los seis dígitos para los organizadores y propietarios de los lugares, y al mismo tiempo determinar multas individuales a todos los asistentes, es uno de los aspectos centrales que fue analizado en la reunión de trabajo, y en lo que coincidieron unánimemente.
</p><p>En el proyecto que será analizado por los concejales, se evalúa triplicar o más la cantidad de juristas que actualmente se cobran por multas en este sentido, determinar un destino específico de los fondos que se recauden, establecer clausuras por tiempos prolongados si se trata de salones, clubes u otros lugares similares, elevar aún más el monto de las multas si se trata de reincidentes, y que todas las actas además de la multa que se debe abonar ante el Juzgado de Faltas, también se remitan en forma automática a la Justicia Federal, entre otros aspectos.
</p><p>A su vez, los concejales solicitarán a la Policía de Entre Ríos y a las fuerzas federales la colaboración con los equipos de Inspección para el efectivo cumplimiento de las medidas de restricción.</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1saKSHikqYL_6DnUpdfrScJG5EA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/05/12_fiestas_clandestinas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Concejo Deliberante mantuvo una reunión de trabajo con el intendente Alfredo Francolini, para tratar el aumento de las multas a quienes realizan fiestas clandestinas, principal foco de contagio y de propagación del Covid-19 que se evidencia en el crecimiento de los casos activos que ponen en jaque el sistema de salud. Hubo acuerdo unánime en establecer sanciones ejemplificadoras.]]>
                </summary>
                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2021-05-12T08:08:00+00:00</updated>
                <published>2021-05-12T08:08:00+00:00</published>
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            Fernández viajó en un auto con más de $ 600 mil en multas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/i2M-ffzLadYnvrbmsArrSZxVo1o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/03/03_AutoFernandez.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El vehículo, dominio AA342AV, tiene una deuda impaga por $ 616.200, que si llegara a abonar este mismo lunes con descuento tendría una importante bonificación de $ 181.350 y reduciría el monto hasta $ 434.850. El auto en el que viajó el Presidente y su vocero Juan Pablo Biondi tiene 67 multas sin pagar, desde 2017, un año después al que fue patentado, hasta la actualidad. En todo ese período, antes y después de que Fernández fuera jefe de Estado, no pagó ninguna multa.
</p><p>Entre la mayoría de las multas consignadas sobresalen infracciones por mal estacionamiento, exceso de velocidad y conducir utilizando celular, entre otras faltas de tránsito realizadas por quien condujo el auto.
</p><p>Además, según consta en la página web de AGIP, el auto presidencial debe todo el pago de patentes de 2020 y la primera cuota de 2021: $ 41.547,03. Fuente:Cadena3</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/i2M-ffzLadYnvrbmsArrSZxVo1o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/03/03_AutoFernandez.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Toyota Corolla de la flota presidencial posee 67 actas impagas en el sistema de tránsito de la Ciudad de Buenos Aires y una deuda de patentes sin abonar durante todo el 2020.]]>
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                <updated>2021-03-03T09:48:00+00:00</updated>
                <published>2021-03-03T09:48:00+00:00</published>
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        <title>
            La salud de la gente es más importante, alimentos vencidos tienen insectos y ratas 
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/la-salud-de-la-gente-es-mas-importante-alimentos-vencidos-tienen-insectos-y-ratas" type="text/html" title="La salud de la gente es más importante, alimentos vencidos tienen insectos y ratas " />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fj_qWmzibkij99bjKFlaq7EsFtI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/12/21_higiene1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Quejarse porque se le imponen multas a comerciantes que tienen ratas en sus locales o cucarachas en las cocinas donde preparan sus productos es justificar lo injustificable⬝, afirmó el secretario de Coordinación de Gestión del municipio Fernando Barboza, en referencia a los recientes cuestionamientos a las multas aplicadas en los operativos e inspecciones de los últimos meses.
</p><p></p><p>�SLas multas no promedian los cien mil pesos, como se dijo por ahí, que no sabemos si lo dicen porque sacaron mal las cuentas o por mala intención; porque los comerciantes saben bien que el Juzgado de Faltas nunca aplica una multa que siquiera se acerque a ese monto cuando los problemas son administrativos o por haber incumplido algún trámite⬝, aclaró el funcionario.
</p><p>�SSolamente hay sanciones onerosas cuando la falta constatada atenta contra la salud de los vecinos. Y ahí no hay una cuestión económica o recaudatoria; es un tema de responsabilidad. No se puede tener alimentos guardados en un depósito donde proliferan los insectos o vender comestibles expuestos a los ratones o la contaminación del ambiente. Con la salud de la gente no se juega y esto es algo que los mismos comerciantes, que también son consumidores y usuarios, tendrían que comprender y valorar⬝, remarcó Barboza.  Por su parte, la jueza municipal de Faltas Valeria Armanazqui argumentó que �Ssi las quejas son por las multas más elevadas, entonces lo que se cuestiona es que se trabaje para cuidar la salud de la gente; porque las multas más altas solo se imponen en casos donde lo que se está comercializando o las condiciones en que se está trabajando ponen en riesgo la salud del consumidor⬝, afirmó.
</p><p>�SEn todas las ciudades del país las normas penalizan a quienes venden alimentos contaminados o no cumplen con las condiciones de higiene y salubridad. Porque es la única forma en que se los obliga a regularizar su situación; por el bien de sus propios clientes y en defensa de la salud de la población⬝, remarcó Armanazqui.
</p><p>�SSiempre hay contemplaciones al que le falta algún trámite, hay plazos para presentar la documentación que tal vez no tienen cuando los visitan los inspectores, cuando el comerciante reincide en el incumplimiento de los pasos administrativos formales hay multas que representarán tal vez el 10 % de los cien mil pesos que erróneamente promediaron desde alguna institución cuando expresaron sus quejas; pero siempre se trata de llegar a un acuerdo para que el comercio regularice su situación, porque cada comercio tiene que estar habilitado por el municipio y cumplir las normas⬝, detalló la magistrada municipales. �SNo obstante, el panorama cambia si el motivo de la clausura es por alimentos en mal estado o situaciones similares. Ahí no habrá contemplaciones, porque la salud de los concordienses es más importante que las multas que deben pagar los comerciantes que venden alimentos en mal estado y en muy malas condiciones higiénicas, incumpliendo con las ordenanzas municipales y el Código Alimentario Argentino⬝, concluyó.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fj_qWmzibkij99bjKFlaq7EsFtI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/12/21_higiene1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Las multas más severas son las que corresponden a clausuras por mercaderías vencidas, productos en mal estado, pésimas condiciones de higiene o riesgo de contaminación de los alimentos. ]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2020-12-21T08:29:00+00:00</updated>
                <published>2020-12-21T08:29:00+00:00</published>
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        <title>
            Jujuy: Aplicarán multas a personal de salud que no cumpla con pedidos de cartera sanitaria
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JB_6VlomIK4JwUIO2isr0Cf8VIQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/09/03_multasjujuy.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Así lo dispuso el gobernador radical y referente de Juntos por el Cambio en el decreto acuerdo Nº 1444-S/2020 publicado este miércoles en el Boletín Oficial de la provincia norteña. Jujuy estuvo por más de cien días sin registrar casos positivos por Covid-19, pero la situación cambió debido al aumento de personas infectadas en �Sun período corto de tiempo⬝, registrando en la actualidad 8.542 pacientes.
</p><p>Frente al escenario actual, el Gobierno había decidido �Sincrementar la atención a pacientes⬝ con Covid-19 con personal médico que integra el sistema público y privado de salud, a través del Decreto Acuerdo N° 1205-S-2020. Ese decreto había establecido que los profesionales de la salud se sujetaran a las necesidades del servicio y requerimientos que demanden la emergencia epidemiológica declarada en la provincia de Jujuy.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JB_6VlomIK4JwUIO2isr0Cf8VIQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/09/03_multasjujuy.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, dispuso este miércoles aplicar multas de hasta 1 millón de pesos y arresto domiciliario para el personal de salud que no realice las prestaciones que pide la cartera sanitaria provincial en el contexto de la pandemia de Covid-19.]]>
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                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2020-09-03T08:36:00+00:00</updated>
                <published>2020-09-03T08:36:00+00:00</published>
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            El Concejo Deliberante estableció multas a quienes  circulen sin barbijo en la vía pública
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OjwpRhkkyhze6p-8eTDVEsXpkTU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/07/17_concejodelib.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p> La medida busca reforzar las acciones de prevención en la ciudad ante la pandemia mundial de coronavirus. 
</p><p>
</p><p>El proyecto surgió en una reunión de trabajo que los ediles mantuvieron con el Presidente Municipal, a principios de la semana cuando visitaron la Sala de Situación y Monitoreo.
</p><p>
</p><p>La ordenanza aprobada por el cuerpo deliberativo establece sanciones para las personas que no utilicen el barbijo o tapaboca caseros en la vía pública, además de la penalización para los ciudadanos que incumplan superando el número de asistentes a reuniones familiares permitidas, como así también el incumplimiento de los Protocolos en las actividades habilitadas. 
</p><p>
</p><p>�SEsta ordenanza nos llama a la conciencia y a la responsabilidad civil de cada uno⬝, expresó el Presidente del Concejo Deliberante, Daniel Cedro, al finalizar la sesión de este jueves.
</p><p>
</p><p> Cedro recordó que �Scuando se propuso el uso obligatorio del barbijo no se pensó en aplicar sanciones apelando al compromiso social, pero luego de una notable relajación en los compromisos personales de cada ciudadano, es necesario aplicar medidas que contribuyan a reordenar y hacer efectivas estas medidas de prevención que son fundamentales para mitigar el impacto de la pandemia y cuidar la salud de todos⬝.
</p><p>
</p><p>La norma establece que quienes sean penalizados por no cumplir con el uso de barbijo en la vía pública, podrá cuando se trate de una falta no reiterada, compensar la misma con insumos sanitarios destinados a las acciones de control y atención en la emergencia sanitaria.
</p><p>
</p><p> �SLa norma tiene el fin de que se trate de una sanción educativa, para reforzar la concientización y la responsabilidad social individual de cada ciudadano⬝, afirmó Cedro.
</p><p>
</p><p>Cabe señalar que al inicio de la semana, el intendente Alfredo Francolini mantuvo reuniones de trabajo con los concejales de los distintos bloques y visitaron la Sala de Situación y Monitoreo, donde el jefe comunal brindó detalles del trabajo que se realiza en las postas sanitarias en los accesos a la ciudad resaltando el esfuerzo y compromiso del personal municipal de las distintas áreas que junto a la Policía de Entre Ríos y las fuerzas de seguridad federales, llevan adelante los controles.
</p><p></p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OjwpRhkkyhze6p-8eTDVEsXpkTU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/07/17_concejodelib.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En la sesión de este jueves, el Concejo Deliberante aprobó la ordenanza que establece multas a quienes no utilicen barbijo o tapabocas en la vía pública.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2020-07-17T08:27:00+00:00</updated>
                <published>2020-07-17T08:27:00+00:00</published>
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        <title>
            Se debatirá proyecto para multar a quienes discriminen al personal de la salud
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/politica/se-debatira-proyecto-para-multar-a-quienes-discriminen-al-personal-de-la-salud" type="text/html" title="Se debatirá proyecto para multar a quienes discriminen al personal de la salud" />
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                                <content type="html" xml:base="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/politica/se-debatira-proyecto-para-multar-a-quienes-discriminen-al-personal-de-la-salud">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/PeLo_uBAL8Ux9DNmfrWRXnxFXOE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/05/29_salud.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Legislatura porteña debatirá un proyecto para incluir dentro del Código de Contravenciones sanciones a los actos de discriminación y de hostigamiento contra el personal de las áreas de la salud, la seguridad y la justicia que trabajan en contacto con pacientes con coronavirus.
</p><p>
</p><p>La iniciativa fue elaborada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y formará parte del temario previsto para la sesión, a través de una modalidad mixta. Es decir, con diputados que participarán de manera virtual y presencial.
</p><p>
</p><p>Específicamente, el proyecto plantea dos modificaciones al Código ante aquellas conductas nocivas contra las personas o los bienes particulares y colectivos, al evaluar que desde el inicio de la pandemia se �Sobservaron comportamientos disvaliosos por parte de algunos ciudadanos.
</p><p>
</p><p>�SLa discriminación que sufre personal de la salud, personal policial y judicial, en razón de estar en contacto con pacientes infectados del mencionado virus, injuria gravemente su dignidad y evidencia la falta de solidaridad ciudadana por parte de quienes, en lugar de reconocer la grandeza con la que aquellos enfrentan esta dura realidad, los ofenden y aíslan socialmente por esa mera circunstancia⬝, indica la propuesta.
</p><p>
</p><p>La iniciativa hace referencia a situaciones que fueron denunciadas en las últimas semanas, sobre todo, por trabajadores de la salud, a quienes, por ejemplo, los vecinos de edificio hostigaban y en algunos casos amenazaban para que dejaran su domicilio por su condición laboral, ya que mantienen contacto con personas enfermas de COVID-19.
</p><p>
</p><p>Qué propone el proyecto 
</p><p>sobre las sanciones
</p><p>
</p><p>Las multas podrían ser de hasta $17 mil o penas de hasta diez días de trabajo de utilidad pública a quien discrimine a personas que hayan �Stomado contacto durante el desempeño de su función laboral con personas infectadas o casos denominados sospechosos de alguna enfermedad infecto contagiosa, o por cualquier otra circunstancia que implique exclusión, restricción o menoscabo⬝.&nbsp;</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/PeLo_uBAL8Ux9DNmfrWRXnxFXOE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/05/29_salud.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El proyecto plantea dos modificaciones al Código de Contravenciones ante aquellas conductas nocivas contra las personas o los bienes particulares y colectivos.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2020-05-29T08:08:00+00:00</updated>
                <published>2020-05-29T08:08:00+00:00</published>
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        <title>
            España: te pueden multar por conducir con barbijos
        </title>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/espana-te-pueden-multar-por-conducir-con-barbijos">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/U5iVvPHFanj5IOs-eZ8XzyQh2Qg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/05/08_barbijosespana.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Hasta ahora, durante el estado de alarma decretado por el Gobierno ya hace dos meses, y a partir de este lunes 4 de mayo que entraron en el plan de desescalada, se ha utilizado mascarilla, y a veces guantes, para conducir. Concretamente, según una orden del BOE referida a Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (TMA/384/2020 del 3 de mayo) indica que «En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas en cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarillas respeten la máxima distancia entre los ocupantes».
</p><p>
</p><p>Ante esto, es importante que los conductores tengan presente que también pueden ser sancionados si los agentes estiman que la vestimenta pone en riesgo la seguridad. Es decir, el barbijo no solo debe estar bien colocado, sino que también debe tener un tamaño adecuado. Por ejemplo, hay que diferenciar las mascarillas médicas a las confeccionadas en casa o los pasamontañas, que pueden tapar más de lo necesario, molestar, empañar las gafas en caso de utilizarlas, e incluso dificultar la visibilidad.
</p><p>
</p><p>Y es que con mascarilla y guantes ocurre una cuestión casi similar a la de conducir con el abrigo puesto en invierno, o en chanclas y sin camiseta en verano. O incluso conducir con tacones, a maquillarse, comer o sacar el codo por la ventanilla. Y aunque en estos casos, no están prohibidos ni hay una ley que lo dictamine, si un agente de tráfico observa cualquier «acto» que ponga en peligro la seguridad vial o que dificulte la libertad de movimientos, podrá multarte. Una sanción que va desde los 80 a 200 euros, en función de la gravedad de la infracción, pero no resta puntos en el carné de conducir.
</p><p>
</p><p>Eso sí, existen tres artículos del Reglamento General de Circulación que obligan al conductor a «Mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción; así como mantener una postura adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros». 
</p><p>(A.P.ABCes)
</p><p></p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/U5iVvPHFanj5IOs-eZ8XzyQh2Qg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/05/08_barbijosespana.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Reglamento General de Circulación obliga al conductor a «Mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción».]]>
                </summary>
                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2020-05-08T09:10:00+00:00</updated>
                <published>2020-05-08T09:10:00+00:00</published>
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