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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
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            La Justicia falló a favor de ATE y dispuso una multa económica de 10 millones al Gobierno
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QSuod02cbRBG25VKp_-_VxD-kqI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/08/secretario_general_de_ate_rodolfo_aguiar.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia falló a favor de ATE ante una presentación contra los pases a disponibilidad del personal del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y dispuso una sanción económica de $10 millones diarios en caso de que el Gobierno no se rectifique sobre la Resolución 1240/2025 del Ministerio de Economía.De esta manera, la Justicia obligó al Gobierno a dar marcha atrás con la resolución y, en caso de que no cumpla con lo solicitado, el Poder Ejecutivo deberá pagar una multa diaria de 10 millones de pesos.Frente a esto, el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, celebró la medida y acusó a la administración libertaria de “coimeros y cabezas duras”.El miércoles de la semana pasada, la Justicia Federal había dictado una cautelar para dejar sin efecto el DNU 462/2025, que eliminaba la autarquía del INTA y lo ubicaba bajo la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.Pese a que el DNU quedó sin efecto por el rechazo del Senado, el Ministerio de Economía, mediante la Resolución 1240/25, había dispuesto dejar en disponibilidad a 300 trabajadores del organismo, lo que ATE consideró como un accionar “al margen de la ley”.El Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo N°2 de San Martín, a cargo de la jueza federal Martina Isabel Forns, dispuso hoy la sanción económica al Ejecutivo que “podrá ser dejada sin efecto o ser objeto de reajuste, si desiste de su resistencia y justifica total o parcialmente su poder”.“¿En serio, presidente Javier Milei, van a seguir insistiendo en desafiar a los otros poderes del Estado? ¡Me parece que ustedes además de coimeros, son bastante cabeza dura eh!”, expresó Aguiar desde sus redes.Y añadió que “a pesar del sufrimiento que generan, me parece que después de tantos fallos judiciales, ya nos estamos acostumbrando a festejar”. NA.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QSuod02cbRBG25VKp_-_VxD-kqI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/08/secretario_general_de_ate_rodolfo_aguiar.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La medida frena el pase a disponibilidad por parte de los empleados del organismo y, en caso de que no cumpla, el Ejecutivo deberá pagar una multa diaria.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-08-27T01:08:10+00:00</published>
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            La travesía de &quot;Hakuna Matata por el Mundo&quot; enfrenta un obstáculo inesperado: una multa de 3.500 dólares
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/sociales/la-travesia-de-hakuna-matata-por-el-mundo-enfrenta-un-obstaculo-inesperado-una-multa-de-3500-dolares" type="text/html" title="La travesía de &quot;Hakuna Matata por el Mundo&quot; enfrenta un obstáculo inesperado: una multa de 3.500 dólares" />
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                <![CDATA[Gastón Emanuel Bordón]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/sociales/la-travesia-de-hakuna-matata-por-el-mundo-enfrenta-un-obstaculo-inesperado-una-multa-de-3500-dolares">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XoWMF9BHk1JrCSWcIDMkcKaWv1I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/hakuna_matata.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un viaje de sueños y desafíos</p><p>La pareja comenzó su viaje desde Ushuaia en enero de 2020, pero la pandemia los dejó varados en Bariloche durante nueve meses. A pesar de las adversidades, lograron recorrer Argentina, Paraguay, Brasil y Uruguay antes de emprender un recorrido de 20 países que los llevó hasta Alaska en junio de 2024, cumpliendo su objetivo de conectar Ushuaia con Alaska.</p><p>El artículo 363 y su impacto en los viajeros</p><p>La sorpresa llegó cuando, al organizar el regreso de su motorhome a Argentina desde México, se enteraron de la existencia del artículo 363 del Código Aduanero. Esta norma estipula que los vehículos no pueden permanecer fuera del país más de un año sin enfrentar sanciones: un 30% del valor del vehículo como multa y un 5% adicional en concepto de derechos de exportación.</p><p>Aunque Caro y Santi habían solicitado prórrogas y cumplido con los trámites de salida, el plazo máximo permitido resultó insuficiente para la magnitud de su viaje. La notificación, enviada a su domicilio en Argentina, confirmó la multa, que asciende a aproximadamente $3.500 dólares, a pagar para liberar su motorhome al llegar al puerto de Zárate.</p><p>Un llamado a la reflexión y el cambio</p><p>A través de un video en su canal, la pareja explicó los detalles del caso, destacando la falta de claridad y uniformidad en la aplicación de la ley. Consultaron a abogados, aduaneros y otros viajeros, encontrando respuestas contradictorias sobre el cálculo de la multa y las alternativas para resolverla.</p><p>Más allá de la frustración por el costo económico, Caro y Santi reflexionan sobre la necesidad de actualizar una normativa que consideran desfasada y poco alineada con las motivaciones de los viajeros. "No estamos intentando evitar pagar, pero creemos que la ley debería contemplar casos como el nuestro, donde no hay intención comercial, sino el simple deseo de explorar el mundo", explicaron.</p><p>Una historia que no termina aquí</p><p>El motorhome de Hakuna Matata por el Mundo ya está en camino a Argentina, pero la historia de esta multa aún tiene capítulos por escribir. Mientras esperan resolver el problema, Caro y Santi buscan informar a otros viajeros sobre la normativa vigente y generar conciencia sobre los desafíos que enfrentan quienes, como ellos, sueñan con recorrer el mundo.</p><p>El caso plantea una pregunta más amplia: ¿deberían actualizarse las leyes para reflejar las realidades de los nuevos nómades y viajeros globales? Caro y Santi esperan que su experiencia inspire cambios y facilite el camino para futuros aventureros.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XoWMF9BHk1JrCSWcIDMkcKaWv1I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/hakuna_matata.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Desde 2019, Caro y Santi, conocidos como Hakuna Matata por el Mundo en YouTube y redes sociales, se embarcaron en la aventura de recorrer el mundo en su motorhome, llevando su mensaje de inspiración y viajes a miles de seguidores. Sin embargo, este sueño ha encontrado un obstáculo inesperado: una multa de 3.500 dólares impuesta por el Código Aduanero argentino.]]>
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                                <category term="sociales" label="Sociales" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-12-02T13:00:00+00:00</published>
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            ¿De cuánto es la multa por no votar en las elecciones?
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/b03N_FrmbULFFOMXThrtCvsF6tU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/10/19_votaciones__8.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La&nbsp;Código Electoral Nacional (CNE)&nbsp;establece que las personas que no hayan ejercido su derecho al voto en las&nbsp;elecciones generales del 22 de octubre&nbsp;o del 13 de agosto en las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) tienen la obligación de&nbsp;presentar un certificado&nbsp;que justifique su ausencia ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito correspondiente. Ahora bien, la falta de presentación de este documento implica una&nbsp;multa monetaria&nbsp;como sanción. Según consta en el artículo 125 de la Constitución Nacional, “se impondrá&nbsp;una multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de 70 años&nbsp;que dejaré de emitir su voto y&nbsp;no justifique su ausencia&nbsp;ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección”.</p><p>En consecuencia,&nbsp;las multas por no votar son las siguientes:</p><p>Si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar:&nbsp;$50. Si el elector tiene 1 infracción previa sin regularizar:&nbsp;$100. Si el elector tiene 2 infracciones previas sin regularizar:&nbsp;$200. Si el elector tiene 3 infracciones previas sin regularizar:&nbsp;$400. Si el elector tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar:&nbsp;$500.</p><p>Además, omitir el registro de la no emisión del voto tiene como penalidad&nbsp;la inhibición para realizar trámites&nbsp;durante el período de un año en organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en caso que no se abone dicha penalidad. Documentos válidos para votar en las elecciones 2023</p><p>Cabe señalar que existen dos condiciones necesarias para poder emitir el voto el 22 de octubre: por un lado,&nbsp;figurar en el&nbsp;padrón electoral.&nbsp;Por el otro,&nbsp;presentar el día de la elección un documento cívico&nbsp;personal ante las autoridades de mesa para que puedan chequear tus datos en el padrón. Si no se presenta el documento de identidad, no se podrá votar, y habrá que justificar la no emisión del voto para no pagar la multa económica.</p><p>Los documentos habilitados por la Cámara Nacional Electoral para poder votar son los siguientes: Libreta cívica. Libreta de enrolamiento. DNI verde. DNI celeste. DNI tarjeta</p><p>Se debe votar con el documento cívico que figure en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo. Cabe señalar que no se podrá votar si se concurre a votar con un documento anterior al que consta en el padrón. Por otra parte,&nbsp;el DNI en el celular no es válido para votar.</p><p>¿Qué hacer si perdí o me robaron el DNI?</p><p>La Cámara Nacional Electoral informa que si un elector sufrió la pérdida o el robo del DNI y no se cuenta con ninguno de los documentos válidos para poder votar,&nbsp;no podrá emitir su voto, ya que no tendrá el documento con el cual corresponde acreditar tu identidad ante la autoridad de mesa y los fiscales. En este sentido, si el elector sufrió el extravío de su DNI de cara a las PASO&nbsp;deberá realizar un trámite para justificar su ausencia en las elecciones.</p><p>El mismo se realiza dentro de los 60 días ante el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar. Allí deberá presentar&nbsp;la denuncia policial que da cuenta de su justificación. Una vez dentro del sitio web, deberá adjuntar número de DNI, género y distrito. En caso de no realizar el trámite, deberá afrontar la sanción económica correspondiente.</p><p>Cómo justificar el no voto en el Registro Nacional de Infractores al Deber Votar</p><p>La&nbsp;multa&nbsp;no se aplica de manera automática al día después de las elecciones, sino que las personas que no acudan a las urnas&nbsp;tienen un plazo de 60 días para justificar su ausencia&nbsp;con alguno de los motivos previstos por la ley.</p><p>En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, para justificar la no emisión del voto&nbsp;deberán concurrir a la Secretaría Electoral, sita en calle Tucumán 1320 subsuelo, dentro de los 60 días corridos a partir de la elección, con las constancias que acrediten su imposibilidad de emitir su voto en el horario de 7:30 a 13:30 hs.</p><p>Cumplido ese plazo establecido legalmente,&nbsp;se deberá abonar la multa correspondiente.</p><p>¿Cómo consultar si tengo multas por no votar?</p><p>Para&nbsp;consultar si tengo una multa&nbsp;antes de asistir a votar en las PASO 2023, se puede consultar el&nbsp;Registro de Infractores&nbsp;de la Justicia Nacional Electoral (infractores.padron.gov.ar).</p><p>Una vez en el sitio, hay que completar los siguientes campos:</p><p>Indicar DNI, género y distrito electoral.</p><p>Verificar el código Captcha.</p><p>Seleccionar el botón “Consultar”.</p><p>Quiénes pueden no votar en las elecciones 2023 pero deben justificar su ausencia</p><p>Estos son los casos en que una persona está&nbsp;exceptuada de asistir a votar:</p><p>Si el día de los comicios se encuentra a&nbsp;más de 500 kilómetros de distancia&nbsp;del lugar donde tiene que votar y justifica ante la autoridad policial, más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.</p><p>Si está&nbsp;enfermo o imposibilitado&nbsp;de asistir al establecimiento de votación por razones de&nbsp;fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas&nbsp;ante médicos del servicio de sanidad nacional. Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente. Por otro lado, según el artículo 127 del Código Nacional Electoral, los jefes de los organismos nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales expedirán una constancia de acuerdo al modelo que establezca la reglamentación, que acredite el motivo de la omisión del voto y en la que se aclare” cuando la misma haya sido originada por actos de servicio por disposición legal, siendo suficiente constancia para tenerlo como no infractor”.</p><p>Por otro lado,&nbsp;estará justificada la ausencia del personal de organismos y empresas de servicios públicos&nbsp;que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.</p><p>Además, si sos&nbsp;juez o auxiliar&nbsp;y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.</p><p>¿Es obligatorio el voto para los jóvenes?</p><p>La Ley de Ciudadanía Argentina N° 26.774, conocida como ley de “Voto Joven”, se sancionó el 31 de octubre de 2012. Desde entonces, los adolescentes entre 16 y 17 años cuentan con el&nbsp;derecho optativo&nbsp;a emitir su sufragio. Por lo tanto, no es obligatorio.</p><p>Si se cumplen los 16 años en el día de la elección, el ciudadano que se encuentre en esa situación puede votar&nbsp;siempre que tenga hecha en el DNI la actualización de los 14 años y esté inscripto en el padrón.</p><p>El voto joven se aplica en todo el territorio del país&nbsp;para la elección de los cargos nacionales: senadores y diputados para el Congreso de la Nación, Presidente y Vicepresidente. En el caso de los candidatos locales, como legisladores para los congresos provinciales, concejales, intendentes y gobernadores, se aplica la ley vigente en cada provincia que establece la edad a partir de la cual se puede votar.</p><p>Por otra parte, quienes tampoco están obligados a votar y no deben justificar su ausencia son los adultos mayores de 70 años.</p><p>¿Puedo votar en las elecciones del 22 de octubre si no voté en las PASO del 13 de agosto?</p><p>Sí,&nbsp;si no se participó de las PASO del 13 de agosto sí se puede votar en las elecciones generales del 22 de octubre. Siempre que se figure en el padrón electoral y aunque no haya votado en las PASO,&nbsp;el elector tiene el derecho y la obligación&nbsp;de realizarlo en las elecciones generales del 22 de octubre. Sin embargo, hay que justificar la inasistencia ante la Secretaría Electoral que corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección, para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.</p><p>¿Qué hacer si no figuro en el padrón electoral?</p><p>Si no figuro en el padrón electoral no se podrá votar en las&nbsp;elecciones generales del 22 de octubre, de acuerdo a los datos oficiales publicados en el sitio web del Centro de Información Judicial. El plazo para corregir datos en el mismo venció el 27 de julio, según consignó la&nbsp;Cámara Nacional Electoral (CNE).</p><p>Por lo tanto, si una persona no figura en el padrón, lo que deberá hacer es&nbsp;ir a la Secretaría Electoral de su distrito para justificar que no figuraba&nbsp;y así quedar exenta de cualquier sanción. Puede encontrar la información del organismo correspondiente en el sitio web de Secretarías Electorales habilitado por la Cámara Nacional Electoral.</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/b03N_FrmbULFFOMXThrtCvsF6tU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/10/19_votaciones__8.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La legislación contempla sanciones económicas y de otros tipos para aquellos que no puedan concurrir a los comicios generales del 22 de octubre o no hayan participado de las PASO.]]>
                </summary>
                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2023-10-19T23:00:26+00:00</updated>
                <published>2023-10-19T22:59:25+00:00</published>
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        <title>
            Multa millonaria a Meta por no proteger los datos de  sus usuarios en Instagram y Facebook
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/tecnologia/multa-millonaria-a-meta-por-no-proteger-los-datos-de-sus-usuarios-en-instagram-y-facebook" type="text/html" title="Multa millonaria a Meta por no proteger los datos de  sus usuarios en Instagram y Facebook" />
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/tecnologia/multa-millonaria-a-meta-por-no-proteger-los-datos-de-sus-usuarios-en-instagram-y-facebook">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BU8mXSWeBIadkewkXr0iVmFn87E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/01/05_Meta.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La gigante estadounidense de las redes sociales Meta, propietaria de Facebook, Instagram y WhatsApp, fue multada este miércoles&nbsp;con 390 millones de euros por infringir el reglamento europeo de protección de datos, según anunció la Unión Europea (UE).</p><p>El regulador irlandés, que actúa en nombre del bloque,&nbsp;afirmó en un comunicado que Meta incumplió �Ssus obligaciones de transparencia⬝&nbsp;y utilizó una base jurídica errónea �Spara su tratamiento de datos personales con fines de publicidad⬝ personalizada.
</p><p>El ente&nbsp;ya había sancionado al gigante californiano con 405 millones de euros en septiembre&nbsp;por fallos en el tratamiento de datos de menores,&nbsp;y con 265 millones en noviembre&nbsp;por no proteger suficientemente los datos de sus usuarios.
</p><p>La sanción de este miércoles&nbsp;es consecuencia de la adopción de tres decisiones vinculantes por el comité europeo de protección de datos a principios de diciembre.
</p><p>Las dos primeras se referían a infracciones relacionadas con Facebook (por la que la multa asciende a 210 millones de euros) e Instagram (por 180 millones de euros).
</p><p>La tercera, relativa a WhatsApp, se notificó posteriormente y su aplicación se decidirá la próxima semana.
</p><p>La empresa estadounidense tiene su sede europea en la República de Irlanda, por lo que corresponde al regulador irlandés aplicar las sanciones.&nbsp;
</p><p>El Centro Europeo de Derechos Digitales Noyb, un grupo de defensa de la privacidad, presentó las tres denuncias contra Meta y acusó al grupo de reinterpretar el consentimiento �Scomo un mero contrato de derecho civil⬝, que no permite la exclusión voluntaria de la publicidad dirigida.
</p><p>En octubre de 2021, la autoridad irlandesa propuso inicialmente un proyecto de decisión que validaba la base jurídica utilizada por Facebook y sugería una multa de entre 26 y 36 millones de euros por falta de transparencia.
</p><p>Pero los organismos reguladores de varios países se mostraron en desacuerdo por considerar la sanción demasiado baja y pidieron al comité europeo que resolviera el diferendo.
</p><p>Noyb aplaudió este miércoles la decisión considerando que obligará a Meta a implantar una �Sopción de consentimiento sí/no⬝&nbsp;para el uso de los datos personales de sus usuarios para publicidad personalizada.
</p><p>Meta se mostró �Sdecepcionada⬝ por la resolución y manifestó su intención de apelar �Stanto el fondo como las multas⬝, en una declaración transmitida a la agencia de noticias AFP.
</p><p>�SEl debate sobre la base jurídica para el tratamiento de datos personales lleva tiempo abierto y las empresas se enfrentan a una falta de seguridad normativa sobre esta cuestión⬝, afirmó el grupo.
</p><p>�SEstas decisiones no impiden la publicidad dirigida o personalizada⬝ y �Slos anunciantes pueden seguir utilizando nuestras plataformas para llegar a clientes potenciales, hacer crecer su negocio y crear nuevos mercados⬝, añadió.
</p><p></p><p>
</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BU8mXSWeBIadkewkXr0iVmFn87E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/01/05_Meta.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La gigante global de las redes sociales fue intimada por un regulador irlandés con la suma de 390 millones de euros por incumplir  �Ssus obligaciones de transparencia⬝ y utilizar una base jurídica errónea.]]>
                </summary>
                                <category term="tecnologia" label="Tecnología" />
                <updated>2023-01-05T09:12:00+00:00</updated>
                <published>2023-01-05T09:12:00+00:00</published>
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        <title>
            Aplican multa millonaria  a molineras por la suba  de precios de la harina
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8ChUYKCyF4dZ-so8-nU9OWuqxC4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/04/06_multa_millonaria.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Secretaría de Comercio Interior multó a la empresa Molinos Cañuelas por $150 millones, por ejecutar una "práctica concertada" con cámaras empresarias del sector para fijar el precio de la harina y afectar, así, el "interés económico general".
</p><p>La multa también se extendió, con otros $150 millones, a la Federación Argentina de la Industria Molinera; con $93 millones a la Cámara de Industriales Molineros y con $51 millones a la Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras, según lo dispuesto a través de la Resolución 322/2022, publicada en el Boletín Oficial.
</p><p>Tanto a la empresa como a las entidades empresarias, el Gobierno las acusó de "ejecutar una práctica horizontal concertada de fijación de precios mínimos e intercambio de información sensible en el mercado de la molienda de trigo y la comercialización de harina de trigo en todo el territorio nacional, con afectación al interés económico general".
</p><p>La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia observó que la empresa y las cámaras involucradas "idearon, diseñaron, implementaron y monitorearon un acuerdo para la fijación de precios con el objeto de limitar la competencia entre las empresas molineras de trigo y harina", justificó el Poder Ejecutivo.
</p><p>Comercio Interior aseguró que Molino Cañuelas "fue la piedra fundamental de la estructura productiva y quien sostuvo a rajatabla las condiciones impuestas en el Acuerdo General de Defensa de la Libre Competencia en el Sector Molinero". Según la investigación, ese acuerdo fue suscripto al menos por 107 empresas molineras el 13 de agosto de 2015.
</p><p>Ahora, el organismo que conduce Roberto Feletti hizo saber a las partes involucradas que las sanciones aplicadas deberán hacerse efectivas dentro del plazo de diez días hábiles desde la notificación de la presente medida, bajo apercibimiento de aplicar por cada día de mora los intereses correspondientes a la tasa activa del Banco Nación hasta su efectiva cancelación.
</p><p>Al mismo tiempo, ordenó a la empresa y a las cámaras "que cesen y se abstengan de realizar acuerdos de fijación de precios e intercambiar información sensible, en el mercado de la molienda de trigo y comercialización de harina".
</p><p>En la Resolución, Comercio Interior explicó que las conductas anticompetitivas imputadas tuvieron lugar en todo el territorio nacional en el período comprendido desde octubre de 2014 hasta, al menos, abril de 2017, de acuerdo con las pruebas que pudo obtener esa Secretaría.
</p><p>Además, advirtió que los acuerdos entre competidores, particularmente aquellos que fijan precios, "tienen un objeto intrínsecamente anticompetitivo, como ser la supresión de la competencia". En este sentido, indicó que "aquellos jugadores que deciden suprimir la competencia por precio, se representan perfectamente cuales son las consecuencias de dicho actuar, como ser el aumento de éstos y, por lo tanto, un aumento de la renta percibida".
</p><p>"Ello provoca una lesión en el bienestar de los consumidores dado que los obliga o bien a abstenerse de consumir el producto cartelizado, o bien a pagar precios comparativamente superiores, generando en consecuencia una redistribución de recursos en favor del cartel", añadió.</p><p>
</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8ChUYKCyF4dZ-so8-nU9OWuqxC4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/04/06_multa_millonaria.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La sanción alcanza a la firma Molinos Cañuelas y a entidades empresarias del sector. La Secretaría de Comercio Interior las acusa de ejecutar una �Spráctica concertada⬝ para fijar precios de la harina.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2022-04-06T12:11:00+00:00</updated>
                <published>2022-04-06T12:11:00+00:00</published>
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            Tessani:  �SSe sancionó el hecho y se aplicó la multa⬝
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/VZKlBPyo1Lt7wG8aPGXfMg3erQg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/11/05_Tessani.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>�SEl Pedido de Informe fue presentado este jueves, cuando llegue el pedido a nuestra oficina procederemos a contestar el pedido y brindar toda la información necesaria, como lo hacemos siempre que el Concejo Deliberante nos envía una minuta o un pedido de informes⬝, señaló el titular del área de Inspección del Municipio respecto al pedido de informes presentado por los concejales de la oposición.</p><p>�SCuando recibimos denuncias de vecinos por el uso de pirotecnia, lo primero que hacemos es hacernos presentes en el lugar para constatar los hechos. El uso de pirotecnia fue en las inmediaciones de donde se realizó el acto. Por lo que procedimos a labrar el acta por la infracción, luego elevamos al Juzgado de Faltas el acta y el informe para que se determine la multa correspondiente⬝, explicó el funcionario.
</p><p>El miércoles, representantes del Partido Justicialista se hicieron presentes en la sede del Juzgado de Faltas y abonaron la correspondiente multa que se aplicó ante la infracción.
</p><p>�SHubo una infracción que se constató y se aplicó la sanción correspondiente. Es la forma en que se actúa siempre en todos los casos. Lo demás es una discusión política que no corresponde al área de Inspección General opinar al respecto⬝, concluyó.</p><p>
</p><p>
</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/VZKlBPyo1Lt7wG8aPGXfMg3erQg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/11/05_Tessani.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Director de Inspección General de la Municipalidad, Marcelo Tessani, se refirió al pedido de informe presentado por los concejales de la oposición respecto al uso de pirotecnia en el acto del PJ el viernes pasado. �SSe intervino, se corroboró que el uso de pirotecnia fue en la vía pública no dentro del predio, igual se labró un acta y se aplicó la multa correspondiente, como lo determinan las normas vigentes⬝, indicó Tessani. �SLo demás es una discusión política que no corresponde a los integrantes de esta área⬝, dijo.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2021-11-05T08:55:00+00:00</updated>
                <published>2021-11-05T08:55:00+00:00</published>
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            Insólito: en Pringles lo multaron porque canta el gallo
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/insolito-en-pringles-lo-multaron-porque-canta-el-gallo" type="text/html" title="Insólito: en Pringles lo multaron porque canta el gallo" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jzPf7Ae_O-S6Vz8drR6AgnB39Lw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/03/01_multagallo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El dueño de un gallo fue denunciado por �Sruidos molestos⬝ en la localidad bonaerense de Coronel Pringles y ahora deberá pagar una multa de $40.000 a la municipalidad que falló en su contra. El hombre podrá presentar un descargo el 10 de marzo para reducir el monto y el caso generó revuelo en toda la ciudad.
</p><p>�SEl gallo empieza a cantar a las 5 de la mañana cuando prendo la luz, es un despertador mío⬝, explicó Vicente, el dueño del gallo, en declaraciones a Radio La Brújula de Bahía Blanca y se quejó: �SFue una multa excesiva⬝.
</p><p>En diálogo con PERFIL, el juez de faltas municipal Pablo Soteri que lleva la causa del gallo cantor aclaró que �Sno se le impuso ninguna multa⬝, sino que el dueño del animal podrá hacer un descargo �Sque está previsto para el 10 de marzo⬝. Es decir, es un valor estipulado por si quisiera hacer un pago voluntario que tiene un 50% de quita: �SNo es que ya se le impuso una multa⬝, destacó.
</p><p>En ese sentido, indicó que las multas se estipulan caras porque un módulo equivale a un litro de nafta súper, por lo que esas unidades se tienen que multiplicar por 79,90, que es el valor del combustible actualmente, de acuerdo con la información que brinda bimestralmente el Automóvil Club de La Plata.
</p><p>De acuerdo con el acta labrada por la municipalidad de Coronel Pringles, por �Sdesobedecer a órdenes impartidas por la autoridad municipal a través de un gallo de su propiedad y producir ruidos molestos⬝, se intimó al dueño del gallo en repetidas ocasiones desde los primeros días de enero pasado.
</p><p>La causa se abrió tras la denuncia de un vecino por la presencia de un gallo en el radio urbano que producía ruidos y olores nauseabundos. Luego de varias inspecciones y de persuadirlo para mudar al animal de lugar, el acta llegó a las manos de Soteri, quien le imputó, a través del juzgado de faltas, una multa por desobedecer órdenes de la autoridad municipal.
</p><p>El dueño del gallo defendió a su animal y manifestó que �Scanta solamente a la mañana⬝. En tanto, relató que además tiene una cría de ese gallo.</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jzPf7Ae_O-S6Vz8drR6AgnB39Lw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/03/01_multagallo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Un vecino de Coronel Pringles lo denunció y ahora deberá pagar una multa de $40.000 a la municipalidad.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2021-03-01T09:15:00+00:00</updated>
                <published>2021-03-01T09:15:00+00:00</published>
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            El ENRE multó a EDESUR en 168  millones de pesos por deficiencias en la atención a usuarios 
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/el-enre-multo-a-edesur-en-168-millones-de-pesos-por-deficiencias-en-la-atencion-a-usuarios" type="text/html" title="El ENRE multó a EDESUR en 168  millones de pesos por deficiencias en la atención a usuarios " />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TRM27LRurwRo_X4zGlmun_8eZM0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/07/04_EDESUR.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La empresa deberá acreditar la sanción en las cuentas de los usuarios y usuarias.
</p><p>
</p><p>Mediante la Resolución N° 63/2020 el ENRE aplicó una sanción de 168 millones de pesos a la distribuidora EDESUR S.A. y resolvió que dicha multa deberá ser acreditada en las cuentas de la totalidad de los usuarios y usuarias del servicio de distribución de energía eléctrica.
</p><p>
</p><p>La decisión de la intervención del ente regulador se sustenta en el resultado de diferentes inspecciones realizadas en la empresa distribuidora en las que se detectaron deficiencias en la atención comercial como la excesiva espera de usuarios y usuarias en las sucursales, insuficientes puestos para la atención, mal funcionamiento del sistema, entre 	otras.
</p><p>
</p><p>Esta Resolución tiene como fin brindar respuesta a los usuarios y usuarias y garantizarles la calidad de la atención que debe brindar la empresa concesionaria.
</p><p>
</p><p>La medida promovida por la Intervención del ENRE se enmarca en un plan de trabajo integral para garantizar el suministro de energía eléctrica y los derechos de los usuarios y usuarias del servicio.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TRM27LRurwRo_X4zGlmun_8eZM0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/07/04_EDESUR.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Ente Nacional Regulador de la Electricidad sancionó a EDESUR S.A. por deficiencias en la atención comercial a usuarios y usuarias detectadas en el año 2017 y ante las cuales la gestión anterior no se había expresado ni tomado resolución. ]]>
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                <updated>2020-07-04T08:05:00+00:00</updated>
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            Lo multan con 5.000 pesos  por estar sin tapabocas y  con mate en un parque
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e2DEHckkbqBebDgfLXFp0Z606Mk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/06/13_multa.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un joven decidió cargar el termo y se fue con su mate y su perro al parque Margarita Malharro de Torres, ubicado a unas cuadras de su casa en el Barrio Batalla del Pilar de Godoy Cruz, en la provincia de Mendoza. Lo que nunca se imaginó es que ese recreo terminaría en una multa que dice �SNo cumple con el Barbijo está con el equipo de mate⬝. Si bien desde el municipio explicaron que la multa, que es de $ 5.000, en realidad fue porque la persona no estaba usando tapabocas, es algo al menos sugestivo lo que se apunta respecto al mate. Ya que, hasta el momento, no hay legalmente ninguna disposición que prohíba esa costumbre tan argentina.
</p><p>
</p><p>El joven multado quiso contar su versión porque realmente se sorprendió con el argumento de la inspectora que se acercó para indicar que no era correcto su accionar.
</p><p>
</p><p> �SLlegué solo con mi perro al parquecito. Justo llega un amigo y nos ponemos a charlar. Estábamos distendidos, le dije que me iba porque tenía que seguir laburando. Me había bajado el barbijo porque me estaba fumando un cigarrillo⬝, comenzó relatando Gonzalo.
</p><p>
</p><p>Seguidamente, narró, se le acercó la inspectora municipal junto a una mujer policía que sólo le pidió el DNI y se fue. La primera, siempre según el relato del multado, le dijo que le tenía que poner una multa porque �Sestá con el barbijo bajo, quieto y además tiene mate⬝.
</p><p>
</p><p> El muchacho le dijo que no podía ponerle multa por eso pero, como no quiso hacer lío, aceptó la situación. �SNo quería meterme en problemas pero la verdad es que fue cualquiera. A unos metros mío había un chico sin barbijo haciendo ejercicios y también una familia entera con el mate y nos les dijeron nada. Yo entiendo que tienen que recaudar pero he estado estudiando la legislación y no corresponde la multa que me hicieron⬝, aseguró. Es por eso que está preparando un descargo bien detallado para realizar, aprovechando que tiene 10 días hábiles para tal trámite. 
</p><p>
</p><p>Por su parte, desde el departamento de Godoy Cruz acotaron que �Sno está tipificada la sanción por tomar mate aunque no está permitido reunirse en espacios públicos. Por ende, la multa es por el no uso o mal uso de tapaboca⬝. (Los Andes)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e2DEHckkbqBebDgfLXFp0Z606Mk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/06/13_multa.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Sucedió en la ciudad de Godoy Cruz, en Mendoza. El joven había asistido al lugar con sus perros y se encontró con un amigo. Además, tenía �Sun equipo de mate⬝, se resalta en la infracción.]]>
                </summary>
                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2020-06-13T07:23:00+00:00</updated>
                <published>2020-06-13T07:23:00+00:00</published>
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