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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2021-10-19T09:40:00+00:00</updated>
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            Presentan proyecto de Ley de Movilidad  Sustentable
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JRClKApVBsCc2p3oe8GalhME6fo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/10/19_Movilidad_Sustentable.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Además del máximo mandatario, la presentación del proyecto de ley estuvo encabezada por el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y el secretario de Asuntos Estratégicos, Gustavo Béliz, junto a integrantes del Consejo Económico y Social, y empresarios y sindicatos del sector.</p><p>Desde el Gobierno proyectan que, con la implementación de la iniciativa, se crearán hacia 2030 12.500 puestos de trabajo en terminales automotrices, en tanto que habrá inversiones estimadas en u$s5.000 millones.
</p><p>En tanto, estiman que se crearán 6.000 puestos de trabajo en sectores autopartistas e inversiones por u$s1.500 millones, y 2.500 puestos de trabajo en fabricantes de baterías con inversiones por u$s1.800 millones.
</p><p>A continuación, los principales puntos de la iniciativa:
</p><p></p><p>Alcance y definiciones
</p><p>Crea un Régimen que promoverá diseño, investigación, innovación, desarrollo, producción, comercialización, reconversión y/o utilización de vehículos propulsados por fuentes de energía sustentables y que también promoverá partes, conjuntos y equipos auxiliares en el territorio del país.
</p><p>Tiene como objetivo promover la utilización creciente y sostenida de vehículos propulsados con fuentes de potencia no convencionales, de producción nacional. Cubre toda la movilidad terrestre: livianos, medianos, pesados, de pasajeros, de carga, la micromovilidad, los experimentales y los designados por la Autoridad de Aplicación.
</p><p>Desde el año 2041 no podrán comercializarse vehículos con motor de combustión interna nuevos en el territorio nacional.
</p><p>Régimen de Beneficios
</p><p>La ley establece un régimen de beneficios: tanto para la demanda (público comprador de vehículos) como para la oferta (terminales, e-autopartistas, fabricantes de baterías y cargadores, etc.)
</p><p>Establece que el Régimen es temporal y dura 20 años, con beneficios decrecientes en el tiempo para acelerar las inversiones.
</p><p>Se crea la Agencia Nacional de Movilidad Sustentable
</p><p>Es el primer Régimen Productivo argentino con una institución de I+D con programas promocionales específicos, enfocada en la Movilidad Sustentable.
</p><p>Misión principal: promover el desarrollo científico, tecnológico y volcarlo al sistema productivo de la Movilidad Sustentable.
</p><p>Realizará observación y vigilancia de las tendencias internacionales, normativa y certificaciones y cambios tecnológicos en el sector.
</p><p>Se crea el Fondo Fiduciario de la Movilidad Sustentable (FODEMS)
</p><p>Garantiza la disponibilidad y sustentabilidad de financiamiento que requerirá el Régimen a lo largo de sus 20 años.
</p><p>Toma fondos de diversas fuentes y los aplica a la inversión necesaria para la reconversión. Fuente: Ámbito</p><p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JRClKApVBsCc2p3oe8GalhME6fo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/10/19_Movilidad_Sustentable.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente Alberto Fernández presentó el proyecto de Ley de Promoción de la Movilidad Sustentable que tiene como objetivo estimular la utilización creciente y sostenida de vehículos propulsados con fuentes de potencia no convencionales, y de producción nacional.]]>
                </summary>
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                <updated>2021-10-19T09:40:00+00:00</updated>
                <published>2021-10-19T09:40:00+00:00</published>
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