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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
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            Montos y categorías vigentes para febrero de 2026
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xtiIJ-9axEBxyvYK7kisfPVqi1A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/02/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En este sentido, desde ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) se elaboró la nueva tabla del esquema impositivo simplificado, por lo que los monotributistas de todo el país ya pueden consultar el detalle de los valores de febrero, con la actualización vigente.La confección de las cuotas del monotributo correspondientes a febrero 2026 muestra los valores que están vigentes según la categoría y los componentes que lo integran. De esta manera, aparecen discriminados el impuesto integrado, el aporte al SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) y la obra social. A continuación, lo que paga cada categoría del monotributo en el primer mes del año, según ARCA:</p><p>Las escalas del monotributo en febrero 2026Categoría A: $10.277.988,13Categoría B: $15.058.447,71Categoría C: $21.113.696,52Categoría D: $26.212.853,42Categoría E: $30.833.964,37Categoría F: $38.642.048,36Categoría G: $46.211.109,37Categoría H: $70.113.407,33Categoría I: $78.479.211,62Categoría J: $89.872.640,30Categoría K: $108.357.084,05</p><p>Recategorización del monotributo: plazos y efectos del nuevo esquemaVale recordar que la recategorización semestral del monotributo debía realizarse hasta el 5 de febrero, considerando ya los parámetros actualizados. El trámite toma como referencia la facturación y las variables económicas de los últimos doce meses.Con los nuevos topes, algunos contribuyentes que durante 2025 se encontraban cerca de exceder su categoría podrían mantenerse dentro del mismo tramo. En otros casos, la actualización de escalas y valores puede generar el pase a una categoría superior, incluso con niveles de actividad similares en términos reales.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xtiIJ-9axEBxyvYK7kisfPVqi1A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/02/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Desde febrero, y debido a una actualización semestral, rigen nuevas escalas y montos para las distintas categorías del monotributo. Aquellos contribuyentes que están alcanzados por el régimen de monotributo tienen una modificación de valores correspondientes al mes de febrero, ya que impacta la actualización semestral de escalas y cuotas.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-02-07T04:30:00+00:00</published>
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            Cuál es el nuevo piso para los trabajadores que pagan Ganancias y cómo se modificaron las escalas del Monotributo
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/cual-es-el-nuevo-piso-para-los-trabajadores-que-pagan-ganancias-y-como-se-modificaron-las-escalas-del-monotributo" type="text/html" title="Cuál es el nuevo piso para los trabajadores que pagan Ganancias y cómo se modificaron las escalas del Monotributo" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0cX4J4Qgxib6JIOLZJka_L_xKYo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/ganancias.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Con la publicación del índice de inflación de diciembre, ya es posible conocer con precisión cuáles serán las nuevas escalas del Monotributo y el piso de ingresos para el pago del impuestos a las Ganancias.En el primer caso se aplicará un aumento del 14,2% en todas las escalas. De esa manera, la categoría “A” pasará de un ingreso bruto anual de $8.992.597,87 a $10.273.463,76, según informó el contador Sebastián Domínguez.De igual manera, la “B” saltará de $13.175.201,52 a $15.051.818,99 y así sucesivamente. La escala “K”, la más alta considerada en el Monotributo, superará la barrera de los $100 millones de ingreso anual, pasando de $94.805.682,90 a $108.309.385,33.De todas formas, Domínguez aclaró que los números mencionados son de carácter “provisorio”, debido a que ARCA aún no hace la publicación oficial de las escalas. “ARCA tiene que publicar en su sitio web las tablas para que sean oficiales y hay siempre diferencias de redondeos y algunas pequeñas diferencias. Por lo cual hay que tomarlo como una cuestión provisoria, contemplando la inflación del 2,8% de diciembre”, señaló el especialista.Otro punto a tener en cuenta en la nueva tabla, es que así como subieron las escalas de ingresos, aumentaron también los impuestos. En la escala “A”, por ejemplo, el impuesto integrado pasó de $4.182,60 a $4.778,35. Los aportes al SIPA escalaron de $13.663,17 a $15.609,29 y los aportes a la obra social se incrementaron de $19.239,97 a $21.980,43.</p><p>Ahora bien, con la publicación de las nuevas escalas, ARCA va a habilitar la posibilidad de recategorizarse de acuerdo a la información de ingresos de los últimos 12 meses. “Ahí el monotributista deberá considerar todos los parámetros, no solo facturación, sino también superficie, energía eléctrica consumida, precio unitario de ventas si vende cosas muebles, alquileres de vengados y recategorizarse hasta el 5 de febrero”, explicó el contador Domínguez.“Los nuevos montos de las cuotas van a aplicar a partir del mes de febrero. En enero se sigue ingresando conforme la tabla que está hoy vigente”, agregó.</p><p>El nuevo piso de GananciasEn lo que respecta al impuesto a las Ganancias, el contador explicó que, entre enero y junio de 2026, un trabajador soltero en relación de dependencia tendrá como piso una remuneración bruta de $2.998.725, lo que equivale a un neto de $2.488.942. Si tiene un hijo, el neto de base asciende a $2.692.757 y con dos hijos llega a $2.896.573. En cambio, si está casado y tiene dos hijos, pagará Ganancias a partir de un neto de $3.300.726.Domínguez indicó que hay algunas cuestiones a tener en cuenta en relación a Ganancias. “Las nuevas tablas se van a aplicar una vez que estén publicadas. Mientras tanto, los trabajadores deberán seguir pagando Ganancias en función de las escalas que rigen desde el segundo semestre de 2025. En cuanto la empresa pueda actualizar sus sistemas, lo que va a hacer es recalcular en el siguiente pago de sueldos que realice lo que le retuvo a partir del 1 de enero de 2026, versus lo que correspondería con estas tablas y ahí procederá a devolverle lo retenido de más”, comentó el especialista. &nbsp;Tanto en Monotributo como en Ganancias las actualizaciones buscan acompañar el impacto de la inflación acumulada y evitar que más contribuyentes queden alcanzados solo por efecto nominal. Sin embargo, hasta que ARCA oficialice las tablas definitivas, los valores deben leerse como una referencia y no como un dato cerrado. En ese sentido, contadores y especialistas recomiendan esperar la publicación formal antes de tomar decisiones impositivas de fondo. Una vez difundidos los cuadros finales, se despejarán las dudas sobre eventuales ajustes por redondeo y se confirmará el impacto efectivo en las obligaciones de cada contribuyente.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0cX4J4Qgxib6JIOLZJka_L_xKYo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/ganancias.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Tras la publicación del IPC de diciembre, se pueden conocer las nuevas escalas que regirán desde febrero y enero. Los números y la explicación detrás de los ajustes.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-01-14T08:30:00+00:00</published>
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            170.000 contribuyentes podrían verse afectados con la eliminación del Monotributo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/U43Pfk79-AGMfA-ZTib9R-fVbas=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/12/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Mientras se aguarda por el texto oficial a tratar en Sesiones Extraordinarias en el Congreso Nacional, desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos (CPCEER) se analizaron los efectos que podrían conllevar la eliminación del Régimen Simplificado.</p><p>De un universo aproximado de 2.500.000 monotributistas en el país, un total de 170.000 están en Entre Ríos. Entre ellos, 20.000 corresponden a profesionales.Al respecto, el Cr. Javier Núñez Souza, a cargo de la Comisión de Asuntos Tributarios del CPCEER, analizó qué podría suceder con la supresión del Monotributo.“Ocasionaría un perjuicio para los que tengan que cambiar el Régimen Simplificado o abandonarlo; principalmente, los prestadores de servicios: profesionales, técnicos y oficios”, enumeró.Si bien explicó que “a ciencia cierta no se conoce el proyecto definitivo”, también se deben considerar los planes que tiene el Gobierno nacional para modificar el sistema tributario.“El FMI (Fondo Monetario Internacional) está exigiendo modificaciones porque pretende que la mayor cantidad de aportantes tribute bajo el Régimen General”, afirmó.</p><p>Régimen Simplificado y Régimen General:&nbsp;Sus diferenciasEl monotributo es una forma de tributar los impuestos que tuvo sus orígenes a fines de 1998. Se creó como un Régimen Simplificado pero, con el tiempo, se fue complejizando. La esencia era reemplazar la tributación de impuestos, aporte jubilatorio y el componente de obra social a través del pago de una cuota fija. De esta manera, el contribuyente cumple con la tributación de impuestos (IVA y Ganancias), el aporte jubilatorio, que se hace al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y el aporte a una obra social.“En los últimos años, la mayoría de los fiscos provinciales adhirieron al Monotributo un componente más: Ingresos Brutos. Es decir, permitieron que ARCA recaudara ese impuesto a través de una cuota fija y luego lo transfiriera a las provincias”, agregó.La otra alternativa que tiene el contribuyente es tributar bajo el Régimen General. En esta opción, se debe inscribir en IVA, Ganancias y Autónomo: “Todo se tributa por separado y es muy significativa la diferencia, es más costoso”, indicó Nuñez Souza.“Un contribuyente que inicia en el Monotributo en una Categoría A, paga un total de $37.085 por todo. En cambio, en el Régimen General, sólo de Autónomo deberá estar pagando $80.000, aproximadamente”, explicó. “En el aporte que tendrá que hacer al sistema previsional, pasará de pagar, en promedio, $20.000 de jubilación, a $80.000”, agregó.Por el mismo motivo, si el contribuyente abandona el Monotributo, “deberá pensar en contratar una obra social o una prepaga por su cuenta, porque ya tampoco tendrá ese aporte”, remarcó.Otro aspecto a tener en cuenta que el Régimen General necesita una mayor cantidad de trámites y un asesoramiento más continuo por parte de un profesional, con el objetivo de lograr un control más minucioso y registrar las operaciones digitalmente.“Es necesario el asesoramiento dado que se deben cumplir todos los requisitos para la liquidación del IVA, Ingresos Brutos y Ganancias, con sus respectivas declaraciones juradas”, concluyó.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/U43Pfk79-AGMfA-ZTib9R-fVbas=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/12/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>“Ocasionaría un perjuicio principalmente para los prestadores de servicios: profesionales, técnicos y oficios”, indicaron desde Consejo Profesional de Ciencias Económicas.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
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                <published>2025-12-02T11:00:00+00:00</published>
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            Javier Milei desmintió el fin del monotributo: “Son mentiras y operaciones de delincuentes”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UIAjA-v66d7OODOgxKvELWzHf2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tanto el presidente Javier Milei como el Jefe de Gabinete Manuel Adorni, salieron a desmentir cambios en el monotributo y acusaron a gremialistas y periodistas de “mentirosos y operadores”.</p><p>Luego de la difusión de una posible eliminación del monotributo, el presidente Javier Milei negó este viernes que impulsarían esa medida: “son mentiras y operaciones de delincuentes que usan la patente de periodistas”.“Están trabajando los equipos y eso corresponde a la reforma tributaria y la modernización laboral, pero bajen un poco la ansiedad, los proyectos van a estar cuando tengan que estar”, añadió el Presidente.Por la mañana, el nuevo Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, se había referido también a la posibilidad del “fin del monotributo”. Adorni: “Las declaraciones de un ruidoso gremialista quien convocó un paro sin haber leído la modernización laboral, que aún no se presentó. No va a contemplar modificaciones en la ley de empleo público, lo cual llama todavía mucho más la atención que haya llamado a un paro cuando no se va a modificar la ley”.El funcionario le pidió a los periodistas tomar como falsa la información que no sea proporcionada por el Gobierno. “Cualquier afirmación de una medida que no salga de los canales oficiales, a priori, es falsa, como lo del monotributo”, indicó.No obstante, de ello se desprende que Adorni le da carácter de “falso” solo porque no es oficial, pero no dijo nada respecto de que el trascendido esté basado en un documento que habría circulado bajo estricta reserva entre el grupo del Pacto de Mayo que trabaja en las reformas.La posibilidad de una eventual eliminación del monotributo generó un fuerte rechazo entre tributaristas, legisladores y representantes de organizaciones, al advertir que una medida de ese tipo afectaría a 4,7 millones de personas, gran parte de las cuales perdería su obra social.La medida, que formaría parte de la reforma tributaria que planea presentar el Gobierno, es reclamada desde 2018 por el Fondo Monetario Internacional (FMI), cuando durante el gobierno de Mauricio Macri se pactó el stand by de u$s47.000 millones.El monotributo es un régimen que da un marco de mínima legalidad a 4,7 millones de personas. El 85% de ellas reviste en las categorías más bajas, por lo que sus facturaciones son de poco volumen.Unos 3 millones de ellos son puros, mientras que 1,7 millones serían personas que tienen un empleo formal y facturan para otro empleador como complemento de sus ingresos.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UIAjA-v66d7OODOgxKvELWzHf2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Tras la circulación de una supuesta decisión de darla de baja en una reforma tributaria, el Presidente rechazó cualquier alteración al sistema vigente.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
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            El Gobierno analiza eliminar Monotributo y bajar piso de Ganancias
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/idKZzOWCPKVPplQqCTm6yWDqTag=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/11/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El objetivo es “formalizar” la economía, según reuniones que mantuvo el equipo económico con el sector privado.</p><p>Principales cambios que evalúa el GobiernoMonotributistas: &nbsp;eliminarían el régimen y los contribuyentes pasarían a autónomos.&nbsp;Autónomos: se evalúa una escala de $100.000 a $500.000 y habilitar deducciones de gastos personales. En cuanto al IVA, se fija un umbral mínimo equivalente a la Categoría F del monotributo ($3 millones mensuales). Ganancias: Evaluan la creación de un único mínimo no imponible equivalente a un salario promedio de $1,7 millones en 2025.&nbsp;Nuevo régimen de empleo: Para las empresas con empleados en relación de dependencia se plantea la reducción de contribuciones y aportes para nuevas relaciones laborales. Aplicaría también para trabajadores que estuvieron 6 meses sin empleo y exmonotributistas.Según los últimos datos oficiales, Argentina registra unos 2.159.000 monotributistas. #AgenciaNA</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/idKZzOWCPKVPplQqCTm6yWDqTag=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/11/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno analiza eliminar el Monotributo y bajar el piso de Ganancias, en el marco de reformas con las que busca formalizar la economía. De acuerdo con información que trascendió, el Gobierno les dijo a empresarios que estudia estas modificaciones y que en el nuevo esquema podría pasar a todos los contribuyentes al régimen general.unzBFw]]>
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            Crece el monotributo como principal opción laboral, pero advierten sobre la precarización del empleo
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qnZfbjxkJ2VzmJbA9_1h5qTwNbI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/07/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>No obstantes, varios expertos advierten que la creciente dependencia del monotributo puede ser un síntoma de la precarización laboral y la falta de oportunidades de empleo genuino.&nbsp;De acuerdo con estadísticas oficiales, el 37% del incremento de los aportantes monotributistas y autónomos entre 2011 y 2024 fue posible gracias al uso de esa herramienta, que a las empresas les permite tener empleados con las mismas responsabilidades que si estuviesen en relación de dependencia, pero las cargas patronales no son tan onerosas.Según supo NA, uno de los temas que analiza el gobierno en el marco de las reformas que se intentarán impulsar el año próximo, figura cómo permitir que los monotributistas puedan hacer un aporte mayor al sistema previsional y así tener más respaldo a la hora de intentar acceder a una jubilación,En este escenario, expertos advierten que la informalidad laboral se mantiene en niveles elevados: cuatro de cada de trabajadores carece de aportes previsionales.Un reporte de la Secretaria de Trabajo advirtió sobre la necesidad de la expansión del trabajo monotributista se termine traduciendo, a mediano plazo, en una mejora efectiva de la tasa de informalidad general, por el hecho de que el aporte en ese régimen del monotributo no implica acceso a la formalidad en la categoría ocupacional de asalariados”.Hace tres años, los monotributistas y autónomos sumaban 1,7 millones.Mientras que, en enero último, ya habían alcanzado los 2,5 millones. Casi todo el crecimiento se produjo por la opción al monotributo que realizan muchos empleados, para tener más fuentes trabajo en un escenario donde los costos se multiplicaron como consecuencia de ls alzas de tarifas, prepagas, transporte y otros servicios.&nbsp;En tanto, el economista Esteban Domecq, director de Invecq, viene advirtiendo que dos de cada tres empleos nuevos corresponden a personas que trabajan en la informalidad o (en su gran mayoría falsamente) como independientes (incluye monotributo y monotributo social)”. &nbsp;</p><p>Quiénes son los monotributistas</p><p>Una parte relevante del crecimiento del trabajo monotributista se debe a la expansión de la población ocupada con nivel educativo terciario o universitario, según el estudio de la Secretaría de Trabajo.&nbsp;El 65% del incremento total del trabajo aportante al régimen monotributista o autónomo corresponde a “trabajadores con estudios universitarios y terciarios completos o incompletos”, según el estudio oficial.El fenómeno del crecimiento del monotributo se viene dando desde hace más de dos décadas, pero se potenció en los últimos años como consecuencia del estancamiento en el empleo asalariado formal privado, según el estudio.El Monotributo se creó en 1998, y tenía como objetivos principales la formalización de un amplio segmento de contribuyentes personas físicas y su inclusión social. NA.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qnZfbjxkJ2VzmJbA9_1h5qTwNbI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/07/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Una de las razones por las que el empleo no cayó con tanta fuerza a pesar del severo ajuste aplicado por el gobierno de Javier Milei, es que muchos jóvenes profesionales pudieron echar mano a la herramienta de brindar servicios en carácter de monotributistas, mientras que para numerosas compañías fue casi la única opción para incorporar personal, dados los altos aportes patronales que hay en la Argentina, según especialistas del mercado laboral.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-07-24T09:00:00+00:00</published>
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            Así quedarán las escalas y los montos del Monotributo en enero de 2025
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UIAjA-v66d7OODOgxKvELWzHf2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El régimen de Monotributo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) -ex AFIP- experimentará una serie de modificaciones que impactarán directamente en las cuotas que abonan los pequeños y medianos contribuyentes. Dichas actualizaciones, que se realizan de manera semestral, tienen como objetivo ajustar los valores a la inflación y garantizar la equidad del sistema.</p><p>¿Qué cambiará en el Monotributo a partir de enero de 2025?Con la llegada del Año Nuevo, el Monotributo tendrá nuevas escalas. Se modificarán los rangos de facturación que determinan a qué categoría pertenece cada contribuyente. Esto es, de acuerdo con el nivel de ingresos, el monotributista podría pasar a una categoría superior o inferior.También habrá cambios en los aportes a la seguridad social y de la cobertura médica. En ambos casos experimentarán un incremento, en línea con la actualización general del sistema.</p><p>¿Cómo se determinarán los nuevos valores&nbsp;del Monotributo?Si bien los valores definitivos se conocerán el 14 de enero de 2025, los especialistas estiman que el aumento será de aproximadamente un 21 por ciento en comparación con al último semestre, tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC).</p><p>¿Cuál será el nuevo&nbsp;tope de facturación&nbsp;del Monotributo?De acuerdo a estas estimaciones, el monto máximo de facturación para permanecer en este régimen simplificado se ubicaría en los $82.280.000. Sin embargo, existe la posibilidad de que el aumento del Monotributo sea ligeramente inferior y se ubique en torno al 17 por ciento. Esto ocurriría si el Gobierno decide no considerar el resultado del mes de agosto en el cálculo del coeficiente de actualización.</p><p>Cómo quedarían las nuevas escalas del Monotributo para 2025A continuación, un detalle de cada una de las escalas para el Monotributo a partir de enero 2025. A saber:</p><p>Categoría A - Ingresos Brutos $7.804.500Importe mensual a pagar: Componente impositivo: $3.630 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $32.186</p><p>Categoría B - Ingresos Brutos: $11.434.500Importe mensual a pagar: Componente impositivo: $6.897 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $36.638,80</p><p>Categoría C - Ingresos Brutos: $16.032.500Importe mensual a pagar: Servicios - Componente impositivo: $11.858 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $42.904. Venta de cosa mueble - Componente impositivo: $10.890 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $41.936,18</p><p>Categoría D - Ingresos Brutos: $19.904.500Importe mensual a pagar: Servicios - Componente impositivo: $19.360 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $54.987. Venta de cosa mueble - Componente impositivo: $18.029 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $53.656</p><p>Categoría E - Ingresos Brutos: $23.413.500Importe mensual a pagar: Servicios - Componente impositivo: $36.300 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $77.861. Venta de cosa mueble - Componente impositivo: $28.798 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $70.359,30</p><p>Categoría F - Ingresos Brutos: $29.342.500Importe mensual a pagar: Servicios - Componente impositivo: $51.062 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $97.989. Venta de cosa mueble - Componente impositivo: $37.510 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $84.437,43</p><p>Categoría G - Ingresos Brutos: $35.090.000Importe mensual a pagar: Servicios - Componente impositivo: $92.928 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $149.672. Venta de cosa mueble - Componente impositivo: $46.464 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $103.208,40</p><p>Categoría H - Ingresos Brutos: $53.240.000Importe mensual a pagar: Servicios - Componente impositivo: $266.200 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $339.689. Venta de cosa mueble - Componente impositivo: $133.100 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $206.588,96</p><p>Categoría I - Ingresos Brutos: $59.592.500Importe mensual a pagar: Servicios - Componente impositivo: $529.375 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $626.306 Venta de cosa mueble - Componente impositivo: $211.750 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $308.681,35</p><p>Categoría J - Ingresos Brutos: $68.244.000Importe mensual a pagar: Servicios - Componente impositivo: $635.250 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $758.588 Venta de cosa mueble - Componente impositivo: $254.100 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $377.437,68</p><p>Categoría K - Ingresos Brutos: $82.280.000Importe mensual a pagar: Servicios - Componente impositivo: $889.350 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $1.049.173. Venta de cosa mueble - Componente impositivo: $296.450 - Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $456.272,55 (Con información de NA)&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UIAjA-v66d7OODOgxKvELWzHf2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Con la llegada del Año Nuevo, aumentará la cuota para los pequeños y medianos contribuyentes enrolados en el Monotributo.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-12-27T09:30:00+00:00</published>
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            Monotributo: La AFIP oficializó cómo quedan las categorías desde agosto
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/monotributo-la-afip-oficializo-como-quedan-las-categorias-desde-agosto">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/djzCIXNOGi6oMqvFfRHtHYD-AOM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/07/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer este domingo los nuevos valores para las categorías de monotributo tras la ampliación de los montos máximos de facturación dispuestos con la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.Las nuevas escalas regirán a partir del 1 de agosto. Asimismo, se debe tener en cuenta que el organismo recaudador ya había extendido el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto.</p><p>La tabla de topes de facturación anual completa queda de la siguiente manera:Categoría A:Valor anterior: $2.108.288,01Valor nuevo: $6.450.000Porcentaje de aumento: 206%Categoría B:Valor anterior: $3.133.941,63Valor nuevo: $9.450.000Porcentaje de aumento: 202%Categoría C:Valor anterior: $4.387.518,23Valor nuevo: $13.250.000Porcentaje de aumento: 202%Categoría D:Valor anterior: $5.449.094,55Valor nuevo: $16.450.000Porcentaje de aumento: 202%Categoría E:Valor anterior: $6.416.528,72Valor nuevo: $19.350.000Porcentaje de aumento: 202%Categoría F:Valor anterior: $8.020.660,90Valor nuevo: $24.250.000Porcentaje de aumento: 202%Categoría G:Valor anterior: $9.624.793,05Valor nuevo: $29.000.000Porcentaje de aumento: 201%Categoría H:Valor anterior: $11.916.410,45Valor nuevo: $44.000.000Porcentaje de aumento: 269%Categoría I:Valor anterior: $13.337.213,22Valor nuevo: $49.250.000Porcentaje de aumento: 269%Categoría J:Valor anterior: $15.285.088,04Valor nuevo: $56.400.000Porcentaje de aumento: 269%Categoría K:Valor anterior: $16.957.968,71Valor nuevo: $68.000.000Porcentaje de aumento: 301%</p><p>Al mismo tiempo, se aclaró que no ingresarán el impuesto integrado los trabajadores independientes promovidos o aquellos asociados a cooperativas inscriptos en el Registro Nacional de Efectores. Tampoco lo harán los asociados a cooperativas cuando sus ingresos brutos no superen la suma máxima establecida para la categoría A.Además, quedan exceptuados de ingresar cotizaciones al régimen de la seguridad social y a obras sociales, los siguientes sujetos:Quienes se encuentran obligados por otros regímenes previsionales.Los menores de 18 años.Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles.Las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo.Quienes se jubilaron por leyes anteriores al 07/1994 (Nº 18.037 y Nº 18.038), es decir jubilados hasta el 06/1994.En tanto, los jubilados (por leyes anteriores o ley actual) quedan exceptuados de ingresar aportes a la obra social.&nbsp;NA.&nbsp;</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/djzCIXNOGi6oMqvFfRHtHYD-AOM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/07/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo oficializó los nuevos topes de facturación. La recategorización se puede hacer hasta el 2 de agosto.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2024-07-15T07:30:00+00:00</published>
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            Extendieron hasta el 5 de febrero la recategorización del monotributo
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/extendieron-hasta-el-5-de-febrero-la-recategorizacion-del-monotributo" type="text/html" title="Extendieron hasta el 5 de febrero la recategorización del monotributo" />
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/extendieron-hasta-el-5-de-febrero-la-recategorizacion-del-monotributo">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/q0Grmah1O-PuhpELJsWraj00BYI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/19_afip.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La prórroga del vencimiento responde a razones de administración tributaria, las necesidades de los contribuyentes y las peticiones efectuadas por las entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas.</p><p>Tendrán que recategorizarse los contribuyentes cuyos ingresos hayan sido&nbsp;superiores o inferiores a los de la categoría vigente. Para ello, deberán ingresar a monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal.</p><p>Los monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.</p><p>A su vez, si transcurrieron menos de 6 meses desde la inscripción en el monotributo, no corresponde la recategorización.</p><p>¿Cómo es el procedimiento?</p><p>Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.</p><p>Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual y los topes de cada parámetro. Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente, que se debe confirmar en la opción “confirmar categoría”.</p><p>Imprimir la nueva credencial.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/q0Grmah1O-PuhpELJsWraj00BYI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/19_afip.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 5 de febrero el plazo para la recategorización del monotributo, correspondiente al semestre julio-diciembre de 2023. La RG 5480 será publicada el lunes 22 de enero en el Boletín Oficial.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2024-01-19T22:33:15+00:00</updated>
                <published>2024-01-19T22:32:18+00:00</published>
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            Cuánto pagarán los monotributistas de cada categoría a partir de enero
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/cuanto-pagaran-los-monotributistas-de-cada-categoria-a-partir-de-enero">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/de_zqf2m61BazfyMajXdMVi63_Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/12/27_afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Al respecto, el contador Marcos Felice indicó a Infobae que "la AFIP publicó los valores de los parámetros y montos a ingresar vigentes a partir del 1 de enero de 2024''. Además, precisó que hubo una actualización anual del "110,90 % en los montos a pagar, alquileres devengados y precio máximo unitario de venta". En cambio, luego de la actualización de julio, se incrementaron el "49,02% los parámetros de facturación". El organismo no difundió ninguna precisión sobre esta cuestión.</p><p>"Es una actualización insuficiente teniendo en cuenta el nivel inflacionario actual y sobre todo el que se prevé para los primeros meses de 2024. Esto va a hacer que muchos queden excluidos o tengan que recategorizarse y pagar más, no por vender más sino por la suba de los precios", indicó Felice. "Hoy debería contemplarse una actualización mínimamente trimestral", agregó el experto.</p><p>Por otra parte, sugirió "reformular los procedimientos de exclusión y pase al régimen general para que no sea una carga tan pesada".</p><p>Además, Felice recordó que, por decisión del gobierno anterior, "están suspendidas hasta el 31/12 las exclusiones de oficio por controles sistémicos y eso aún no se prorrogó".</p><p>"La actualización es completamente insuficiente teniendo en cuenta que Inflación acumulada annual a noviembre 2023 según INDEC fue del 148,2 % y la Inflación interanual a noviembre 2023 del 160,9 %. Urge modificación del régimen y de la modalidad de actualización de parámetros y escalas. En los primeros meses de 2024 se va a ver una catarata de excluidos y de recategorizados a las categorías más altas del régimen. Va a crecer el "enanismo fiscal" ya que muchos van a ocultar ventas e ingresos para no salir del Monotributo y dar el salto al régimen general. Debe corregirse esta situación ya mismo", precisó en su Blog del contador.</p><p>En tanto, Sebastián Domínguez consideró que "como toma el ajuste de la movilidad jubilatoria, la realidad es que se ajustó tomando el parámetro de enero del año pasado, cuando en realidad debería multiplicarse por el IPC de los últimos 12 meses. Es decir que ya perdió bastante. Además, el próximo ajuste automático por ley es en enero 2025 y de acá a julio la inflación que va a haber va a ser monstruosa".</p><p>"Pensando en la actualización, debería haber una cláusula gatillo, que sea una actualización trimestral, que indique que si la inflación supera el 15% en el mes, se hace mensual. Como se usaba en los convenios colectivos y en los acuerdos salariales.</p><p>"Deberían suspenderse al menos hasta que se estabilice la economía y se reformule el régimen simplificado", indicó.</p><p>La recategorización, según la AFIP, es una evaluación de parámetros que deben realizar los monotributistas para saber si se encuadran en la misma categoría en la que están o deben modificarla. Si los parámetros superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.</p><p>No deberán efectuar ninguna acción quienes mantengan la misma categoría, ni quienes tengan menos de 6 meses de actividad, expresó el organismo en su página web. Los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio, y cuando llegan se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses. Si hubo cambios en los ingresos, alquileres, superficie del local o energía consumida, hay que ingresar con clave fiscal para recategorizarse; si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se permanece en la misma categoría.</p><p>La recategorización se realiza del 1 al 20 de enero y julio; los pasos para recategorizarse están detallados en la guía “Recategorización de Monotributo” de la AFIP.</p><p>Para determinar la categoría en la que corresponde ubicarse dentro del monotributo, hay que tomar en cuenta en relación a los últimos 12 meses los ingresos brutos acumulados; la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad. Luego, se deben comparar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.</p><p>Así quedó cada categoría:</p><p>Categoría A</p><p>La categoría A del monotributo es la más básica y está dirigida a los pequeños contribuyentes que realizan actividades de servicios o venta de bienes. El tope de facturación anual para esta categoría es de $2.108.279. El pago mensual del componente impositivo es de $1.049, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $12.128,39.</p><p>Categoría B</p><p>La categoría B del monotributo es similar a la categoría A, pero con un tope de facturación anual mayor, de $3.133.928. El pago mensual del componente impositivo es de $2.019, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $13.561,75.</p><p>Categoría C</p><p>La categoría C del monotributo tiene un tope de facturación anual de $4.387.500. El pago mensual del componente impositivo es de $3.091, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $15.095,15.</p><p>Categoría D</p><p>La categoría D tiene un tope de facturación anual de $5.449.072. El pago mensual del componente impositivo es de $4.163, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $16.626,57.</p><p>Categoría E</p><p>La categoría E tiene un tope de facturación anual de $6.416.502. El pago mensual del componente impositivo es de $5.235, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. Sin embargo, el aporte a la obra social es mayor que el pago mensual, por lo que el total a pagar por mes es de $8.511.</p><p>Categoría F</p><p>La categoría F tiene un tope de facturación anual de $8.020.627. El pago mensual del componente impositivo es de $6.327, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $19.450,17.</p><p>Categoría G</p><p>La categoría G tiene un tope de facturación anual de $9.624.753. El pago mensual del componente impositivo es de $7.419, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $21.052,57.</p><p>Categoría H</p><p>La categoría H tiene un tope de facturación anual de $11.916.360. El pago mensual del componente impositivo es de $8.511, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $22.563,89.</p><p>Categoría I</p><p>La categoría I es similar a la categoría H, pero está dirigida a los contribuyentes que realizan actividades de venta de bienes. El tope de facturación anual es el mismo, de $11.916.360. El pago mensual del componente impositivo es también de $8.511, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $22.563,89.</p><p>Categoría J</p><p>La categoría J tiene un tope de facturación anual de $16.957.898. </p><p>El pago mensual del componente impositivo es de $12.643, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $25.196,17.</p><p>Categoría K</p><p>La categoría K es similar a la categoría J, pero está dirigida a los contribuyentes que realizan actividades de venta de bienes. El tope de facturación anual es el mismo, de $16.957.898. El pago mensual del componente impositivo es también de $12.643, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $25.196,17.</p><p>Monotributo 2023 - Paso a paso cómo realizar la recategorización: Entrar a la página de AFIP | Monotributo.</p><p>Ingresar con CUIL/CUIT/CDI y Clave Fiscal.</p><p>Elegir la opción “Recategorización”. El sistema mostrará la categoría vigente y los topes máximos. Luego, seleccionar la opción “Continuar recategorización”. Dar a conocer el monto facturado en los últimos 12 meses. Informar los datos correspondientes a la actividad personal, según solicite el sistema. El esquema mostrará la categoría correspondiente.</p><p>Chequear la información brindada. Si la información es correcta, hacer clic en “Confirmar categoría”.</p><p>El sistema informará si el cambio se desarrolló de forma correcta y se podrá imprimir la credencial. Infobae.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/de_zqf2m61BazfyMajXdMVi63_Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/12/27_afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó los valores del régimen simplificado para pequeños contribuyentes para el 2024. Allí estableció cuánto se pagará en cada categoría el año próximo.]]>
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                <updated>2023-12-27T22:21:36+00:00</updated>
                <published>2023-12-27T21:20:15+00:00</published>
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            AFIP reglamentó la suspensión hasta fin de año de baja a monotributistas
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/afip-reglamento-la-suspension-hasta-fin-de-ano-de-baja-a-monotributistas" type="text/html" title="AFIP reglamentó la suspensión hasta fin de año de baja a monotributistas" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QiB7kfBDNRvpRPRlgCg37EA6B1U=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/09/26_afip_monotributistas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la suspensión hasta fin de año de la exclusión y la baja automática del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes a aquellos monotributistas que adeuden pagos del impuesto integrado o de las cotizaciones previsionales.</p><p>La medida se dispuso a través de la resolución general 5421/2023, publicada en el Boletín Oficial, que reglamenta la resolución 1416/2023 del Ministerio de Economía, anunciada el 22 de septiembre por el titular de la cartera y candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa.</p><p>En una presentación realizada en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, Massa dio a conocer una serie de medidas para autónomos y monotributistas, entre las que figuraban la resolución que, en el inciso “e” del primer artículo, suspende hasta el 31 de diciembre el procedimiento para aplicar la exclusión del régimen de monotributo y el mecanismo de baja automática.</p><p>En el decreto 1/2010 se estableció que la AFIP “podrá disponer, ante la falta de ingreso del impuesto integrado y de las cotizaciones previsionales fijas, por un período de 10 meses consecutivos, la baja automática de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes”.</p><p>Entre otras de las medidas anunciadas el jueves de la semana pasada por Massa, se destacan la actualización de la escala de retención de los profesionales autónomos que pasará a un mínimo no imponible de $ 160.000, la suspensión de exclusiones a monotributistas que superen la escala de la máxima categoría de servicios y un plan de pagos para que las pymes regularicen sus deudas de hasta 120 cuotas mensuales con un interés mensual del 4,14%.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QiB7kfBDNRvpRPRlgCg37EA6B1U=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/09/26_afip_monotributistas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El ministro de Economía había anunciado que los monotributistas que no puedan pagar la carga del impuesto no serán dados de baja de manera automática, como se hace habitualmente, en el marco de las resoluciones que tomó para aliviar el bolsillo de los trabajadores.
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2023-09-26T00:04:14+00:00</updated>
                <published>2023-09-26T00:02:51+00:00</published>
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            Cuáles son los nuevos cambios que amplían derechos a trabajadores informales
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/cuales-son-los-nuevos-cambios-que-amplian-derechos-a-trabajadores-informales" type="text/html" title="Cuáles son los nuevos cambios que amplían derechos a trabajadores informales" />
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HoCEf5AU9ycFXbpEqtlpxaDC-fQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/09/06_monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La iniciativa tiene por objetivo que los trabajadores informales y vulnerables puedan acceder a la cobertura social.</p><p>El Gobierno nacional formalizó una serie de cambios en el régimen de monotributo para el trabajador independiente promovido, con una reducción de las cargas obligatorias para que los trabajadores informales y vulnerables puedan acceder a la cobertura social.</p><p>El Decreto 444/2023 publicado este martes en el Boletín Oficial, oficializa el anuncio del mes pasado del ministro de Economía, Sergio Massa.</p><p>“No vamos a esperar al 10 de diciembre para poner en marcha el monotributo productivo. Lo primero que tenemos que hacer es darle a ese trabajador el derecho a una obra social, un seguro de riesgo de trabajo, aporte jubilatorio, porque tenemos que visibilizar para ponerlos en el circuito formal de la economía”, había anticipado el titular del Palacio de Hacienda en un acto previo a las elecciones primarias del 13 de agosto.</p><p>En qué consiste el nuevo monotributo</p><p>Se trata de una modificación del régimen previsto para el trabajador independiente promovido: personas que realizan actividades que no configuran una relación de dependencia, y que representan su única fuente de ingreso, sin capital propio y con la sola ayuda de los útiles y herramientas necesarios.</p><p>Entre los trabajadores encuadrados, se encuentran aquellas donde se elaboran o transforman materias primas en la vía pública o en la casa del trabajador, es decir, sin un local estable.</p><p>Acopiadores, agricultores, artesanos, albañiles, apicultores, arrieros, canasteros, cementistas, changadores, chapistas, costureros, cocineros y cuidadores de vehículos son algunas de las actividades contempladas.</p><p>También pueden acceder a ese régimen dibujantes, enfermeros, esquiladores, floricultores, jardineros, lustradores, leñadores, pequeños productores agropecuarios, pintores, serenos, zapateros y vendedores ambulantes, entre otros.</p><p>En este régimen, las personas están exentas del pago del impuesto integrado y sólo se contempla el pago de una cuota de 5% mensual de lo facturado mensualmente que se destina a cuenta de los aportes jubilatorios. De forma opcional, además, pueden realizar un aporte para acceder a una obra social.</p><p>El decreto de este martes establece que, durante los primeros tres años a la adhesión al régimen, sólo pagarán 1% de los ingresos brutos mensuales.</p><p>En caso de que el importe superara el 25% del importe correspondiente a la cotización previsional que deben ingresar los monotributistas, la cuota se limitará a ese monto.</p><p>Vencido los tres años, la cuota de inclusión social aumentará al equivalente al 2,5% de los ingresos brutos mensuales, no pudiendo superar el importe de la cotización previsional correspondiente a los pequeños contribuyentes.</p><p>Dicha diferencia, a partir del decreto de este martes, será financiada por el Ministerio de Desarrollo Social en el caso de aquellos trabajadores inscriptos en el Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (Renatep).</p><p>Del mismo modo, el régimen, que hasta ahora no permitía su acceso a aquellos trabajadores que “perciban otros ingresos de cualquier naturaleza”, será compatible desde ahora con los programas de carácter alimentario de Desarrollo Social.</p><p>“Promover la igualdad de </p><p>oportunidades”</p><p>Por otra parte, como novedad, aquellos pequeños contribuyentes adheridos en la categoría B del monotributo y que cumplan con las condiciones para ingresar al régimen, podrán reemplazar la cotización previsional por la cuota de inclusión social.</p><p>Hasta el día de hoy no podían ingresar al régimen los contribuyentes de la categoría B, pues se fijaba como tope de ingresos la suma máxima de la categoría A.</p><p>Estos cambios -señalan los considerandos- buscan “otorgar a más personas trabajadoras la posibilidad de incorporarse al circuito formal de la economía y promover la igualdad de oportunidades mediante el goce de prestaciones de la seguridad social”.</p><p>La idea, señaló la AFIP en un comunicado posterior, es “facilitar el ingreso y mantenimiento en la economía formal”, mejorando “las condiciones de los pequeños contribuyentes adheridos y, a su vez, flexibilizando las condiciones para acceder a sus beneficios”.</p><p>El texto del decreto adelanta que esta medida será “reforzada con las propuestas que oportunamente elevará el Poder Ejecutivo” en el proyecto de ley del Presupuesto 2024.</p><p>Quiénes pueden acceder</p><p>Para acceder al régimen del trabajador independiente promovido es necesario tener más de 18 años, desarrollar exclusivamente una actividad independiente, que no implique importación ni posesión de un local; y que ésta sea la única fuente de ingresos.</p><p>Además, se debe tener una única unidad de explotación, y no se pueden tener empleados, ni ser un contribuyente del Impuesto sobre los Bienes Personales.</p><p>En el caso de los graduados universitarios, no deben superarse los dos años desde la fecha de expedición del título ni abonar matriculas o cuotas por los estudios cursados.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HoCEf5AU9ycFXbpEqtlpxaDC-fQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/09/06_monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure> Los beneficiarios de esta reglamentación contarán con una reducción de las cargas obligatorias y podrán acceder a una cobertura social, además de un seguro de riesgo de trabajo y aporte jubilatorio. Los detalles sobre qué sectores pueden inscribirse.
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                <updated>2023-09-06T00:49:20+00:00</updated>
                <published>2023-09-06T01:15:01+00:00</published>
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            Comenzó la recategorización en monotributo
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/comenzo-la-recategorizacion-en-monotributo" type="text/html" title="Comenzó la recategorización en monotributo" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZKmSu7zu_OC44H_MZDRxPd5jMYQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/07/03_monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Para verificar si están alcanzados, deben ingresar a monotributo.afip.gob.ar con su CUIT y clave fiscal. Si los ingresos superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización. Aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.</p><p>Los nuevos topes de facturación por categoría a tener en cuenta por las y los contribuyentes son los siguientes:</p><p>Cabe destacar que la ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo, es decir siempre y cuando no tengan un trabajo en relación de dependencia ni cobren una jubilación, estén inscriptos en el Régimen General, como IVA exentos, ejerciendo el rol de directores o administradores de sociedades y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres. Este beneficio continúa vigente.</p><p>¿Cuáles son los parámetros a evaluar?</p><p>Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del monotributo, hay que considerar los siguientes parámetros en relación a los últimos 12 meses:</p><p>Los ingresos brutos acumulados</p><p>La energía eléctrica consumida</p><p>Los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad. </p><p>Luego, se debe cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.</p><p>¿Cómo es el procedimiento?</p><p>Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.&nbsp;</p><p>Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.</p><p>Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “confirmar categoría”. Luego, imprimir la nueva credencial.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZKmSu7zu_OC44H_MZDRxPd5jMYQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/07/03_monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa que desde el 1 al 20 de julio se habilitó el sistema para que las y los contribuyentes puedan realizar su recategorización en el Monotributo, en caso de que les corresponda y teniendo en cuenta las nuevas escalas que comenzaron a regir a partir del 1 de julio. El pago del componente impositivo debe realizarse de forma habitual, el 20 de ese mes.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2023-07-03T04:19:46+00:00</updated>
                <published>2023-07-03T04:14:23+00:00</published>
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            Se actualizan escalas del Monotributo
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/se-actualizan-escalas-del-monotributo" type="text/html" title="Se actualizan escalas del Monotributo" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/83zRwcEmEeDvOASnV0qZiAba1Uw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/06/26_monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia informa que, según lo anunciado por el Ministerio de Economía de la Nación,&nbsp;a partir del próximo 1 de julio&nbsp;comenzarán a regir nuevas escalas de ingresos brutos para los monotributistas. De acuerdo con la AFIP, con la actualización semestral del Monotributo, los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda. Cabe destacar que se mantendrá sin cambios el valor de la cuota mensual. Para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica. Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización. Por su parte, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el Monotributo no corresponde hacer la recategorización. Los nuevos topes de facturación por categoría a tener en cuenta por las y los contribuyentes para cuando se habilite la recategorización son los siguientes:</p><p>CATEGORÍA  	INGRESOS BRUTOS </p><p>		DESDE 1/7/23, INCLUSIVE</p><p>A  		$ 1.414.762,58</p><p>B 		$ 2.103.025,45</p><p>C 		$ 2.944.235,60</p><p>D		 $ 3.656.604,33</p><p>E 		$ 4.305.799,15</p><p>F 		$ 5.382.248,94</p><p>G		 $ 6.458.698,71</p><p>H 		$ 7.996.484,12</p><p>I 		$ 8.949.911,06</p><p>J 		$ 10.257.028,68</p><p>K 		$ 11.379.612,01</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/83zRwcEmEeDvOASnV0qZiAba1Uw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/06/26_monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos actualiza desde julio los topes de facturación de cada categoría del Monotributo. No habrá cambios en la cuota mensual.]]>
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                <updated>2023-06-26T04:49:35+00:00</updated>
                <published>2023-06-26T04:48:42+00:00</published>
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            Cómo acceder a los préstamos  a tasa subsidiada y qué  condiciones tendrán
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/como-acceder-a-los-prestamos-a-tasa-subsidiada-y-que-condiciones-tendran" type="text/html" title="Cómo acceder a los préstamos  a tasa subsidiada y qué  condiciones tendrán" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MHnfOvhN0S8EgtFoZBf2CqShy0E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/06/20_monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno anunció que unos 1,3 millones de monotributistas podrán acceder a préstamos por hasta $2,2 millones para inversiones a través de la línea Crédito Argentino CreAr para microempresas, que tendrá una tasa bonificada.</p><p>Se trata de un plan que había sido ya anunciado por el ministro de Economía Sergio Massa junto con el secretario de Industria y Desarrollo Productivo, José Ignacio de Mendiguren. </p><p>El programa CreAr para microempresas productivas destinará a monotributistas de todo el país hasta $2,2 millones por crédito para financiar la compra de equipamiento, herramientas y otras necesidades productivas.</p><p>Los préstamos están dirigidos a todas las categorías de monotributistas, con excepción de las más altas (I, J, K), tendrán un plazo de 24 meses con tasa fija durante todo el crédito y bonificación de 40 puntos del Fondo de Garantías Argentino (Fondep).</p><p>Además, cuentan con respaldo del 100 % del Fondo de Garantías Argentino (Fogar), lo que implica que los préstamos no serán evaluados por las entidades financieras. </p><p>“Bancos públicos y privados de todo el país ya están adhiriendo a la línea, que estará disponible en los próximos días, en algunos casos para solicitar de manera online, en las entidades financieras de cada contribuyente”, explicaron desde el Palacio de Hacienda. Crédito Argentino (CreAr) es el programa de financiamiento más grande de la historia reciente del país, se puso en marcha a fines del año pasado y ya cuenta con una inversión de 1 billón de pesos. </p><p>El esquema de financiamiento de CreAr “promueve que todo el entramado productivo, desde un microemprendimiento hasta una PyME exportadora, pueda acceder a financiamiento con tasas bonificadas y garantías del Estado Nacional para mantener el nivel de actividad, potenciar las exportaciones industriales, generar empleo de calidad e impulsar la transformación de la estructura productiva”, indicaron en Economía. Desde su lanzamiento, CreAr otorgó créditos a pymes de todo el país. </p><p>Según señalaron fuentes oficiales, el 62% se destinó a proyectos fuera del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), lo que permite consolidar la federalización del crédito. A su vez, el programa impulsa la generación de empleo y potencia las exportaciones, ya que el 65 % de las empresas que recibieron financiamiento aumentaron su planta de empleo y más del </p><p>20 % exportó su producción en 2022. “Esta herramienta también busca garantizar la inclusión financiera a través del otorgamiento de garantías del Estado Nacional. En marzo de este año el número de créditos aumentó en términos reales con respecto a febrero, mientras que el sistema financiero registra una morosidad de solo el    3,5 %”, consideraron. </p><p>El programa incluye líneas con bancos públicos, como BNA, Banco Argentino de Desarrollo BICE y bancos provinciales, bancos privados, créditos directos del Fondep, y líneas especialmente diseñadas para MiPymes, medianas y grandes empresas, sustitución de importaciones, sectores estratégicos, ampliación de exportaciones, o adquisición de bienes de capital a través de leasing, entre otras. </p><p>“Esta nueva herramienta refuerza nuestra política de impulsar a todo el ciclo de la producción, desde el microemprendimiento hasta la pyme y las empresas medianas y grandes”, afirmó Mendiguren, y destacó: “El ministro Sergio Massa nos pidió sostener el nivel de actividad y empleo mientras se estabilizan las variables macroeconómicas y esta medida, como todas las que tomamos, va en esa dirección”, concluyó el funcionario.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MHnfOvhN0S8EgtFoZBf2CqShy0E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/06/20_monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno asegura que los bancos comenzarán a ofrecerlo a sus clientes en los próximos días. Apunta a llegar a 1,3 millones de inscriptos en el régimen simplificado.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2023-06-20T01:01:12+00:00</updated>
                <published>2023-06-20T00:38:51+00:00</published>
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        <title>
            Las nuevas escalas del monotributo 2023
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/las-nuevas-escalas-del-monotributo-2023" type="text/html" title="Las nuevas escalas del monotributo 2023" />
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dJwsbLKPx5DpfwokfOL4x96oCrw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/06/09_monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desde el&nbsp;1 de julio&nbsp;suben 41,5% las escalas de facturación de las categorías de monotributo&nbsp;de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).&nbsp;</p><p>Sin embargo, la&nbsp;cuota mensual se mantiene sin cambios.</p><p>Desde AFIP explicaron que la decisión se tomó “a efectos de sostener la inclusión económica y social de los contribuyentes de menor envergadura”.&nbsp;</p><p>Para el ajuste&nbsp;se utiliza el índice de movilidad jubilatoria&nbsp;(17,04% en marzo y 20,92% en junio), que da&nbsp;un resultado acumulado del 41,5%.</p><p>El aumento en las escalas se produce en julio, que es el mes donde los monotributistas deben recategorizarse, dado que los períodos de recategorización se producen cada seis meses.</p><p>En julio regirá&nbsp;el período para la recategorización obligatoria de todos los contribuyentes.&nbsp;Es el trámite por el cual cada monotributista debe observar la facturación de los 12 meses previos y, en caso de ser necesario,&nbsp;reubicarse en la tabla de las categorías&nbsp;acorde a los ingresos.</p><p>Cómo quedan las escalas del monotributo a partir del 1 de julio de 2023</p><p>En tanto, con este nuevo aumento en los topes de facturación, los límites de ingresos brutos anuales de cada categoría quedan de la siguiente manera:</p><p> 		Categoría A: pasa de $ 999.657 a&nbsp;$ 1.414.762</p><p> 		Categoría B: pasa de $ 1.485.976 a&nbsp;$ 2.103.025</p><p> 		Categoría C: pasa de $ 1.557.443 a&nbsp;$ 2.944.235</p><p> 		Categoría D: pasa de $ 2.583.720 a&nbsp;$ 3.656.604</p><p> 		Categoría E: pasa de $ 3.042.435 a&nbsp;$ 4.305.799</p><p> 		Categoría F: pasa de $ 3.803.043 a&nbsp;$ 5.382.248</p><p> 		Categoría G: pasa de $ 4.563.652 a&nbsp;$ 6.458.698</p><p> 		Categoría H: pasa de $ 5.650.236 a&nbsp;$ 7.996.484</p><p> 		Categoría I: pasa de $ 6.323.918 a&nbsp;$ 8.949.911</p><p> 		Categoría J: pasa de $ 7.247.514 a&nbsp;$ 10.257.028</p><p> 		Categoría K: pasa de $ 8.040.721 a&nbsp;$ 11.379.612</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dJwsbLKPx5DpfwokfOL4x96oCrw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/06/09_monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Para el ajuste se utiliza el índice de movilidad jubilatoria (17,04 % en marzo y 20,92 % en junio), que da un resultado acumulado del 41,5 %.]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2023-06-09T05:04:17+00:00</updated>
                <published>2023-06-09T05:04:17+00:00</published>
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            Monotributo 2023: nuevas escalas y aumento desde enero
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/monotributo-2023-nuevas-escalas-y-aumento-desde-enero" type="text/html" title="Monotributo 2023: nuevas escalas y aumento desde enero" />
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/monotributo-2023-nuevas-escalas-y-aumento-desde-enero">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KboOZcC_WjcekMwwJl5kHpXnaqc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/12/31_Monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los monotributistas tendrán tiempo hasta el 20 de enero para hacer frente a la primera cuota mensual de 2023. Desde el 1 de ese mes comienzan a regir las nuevas escalas, por lo que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda.</p><p>�SLa actualización en los valores en los ingresos brutos tiene un carácter progresivo ya que las categorías de menores ingresos podrán facturar un 100 % más en relación a un año atrás, un incremento que se encuentra por encima de lo que variaron los precios en el mismo período. Además, se mantiene la bonificación del componente impositivo para los monotributistas A y B⬝, destacó el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Carlos Castagneto.
</p><p>La ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo, es decir siempre y cuando no tengan un trabajo en relación de dependencia, ni cobren una jubilación y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres.
</p><p>Para verificar si están alcanzados, deben ingresar a con su CUIT y clave fiscal.monotributo.afip.gob.ar 
</p><p>Para el resto de los monotributistas, el pago del componente impositivo debe realizarse de forma habitual, el 20 de este mes. Por otro lado, entrarán en vigencia las nuevas escalas con la actualización semestral de los ingresos brutos. Para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica. Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.
</p><p>Por su parte, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.</p><p>
</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KboOZcC_WjcekMwwJl5kHpXnaqc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/12/31_Monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer la nueva escala del Monotributo 2023, que estará vigente a partir del 1 de enero de 2023. Como estaba previsto, el ajuste fue del 33,58 %, lo que llevó a la categoría �SA⬝ a un valor de facturación bruta anual máximo de $999.657,23.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2022-12-31T08:50:00+00:00</updated>
                <published>2022-12-31T08:50:00+00:00</published>
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        <title>
            Afip: cómo será la recategorización del Monotributo
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/afip-como-sera-la-recategorizacion-del-monotributo" type="text/html" title="Afip: cómo será la recategorización del Monotributo" />
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                <![CDATA[El Heraldo ]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/afip-como-sera-la-recategorizacion-del-monotributo">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TVKaeWe22xMNt6k5GDzgU48VOQM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/07/06_Monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La medida busca garantizar que los monotributistas accedan a los beneficios de la ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos promulgada por este lunes por el gobierno.</p><p>La ley 27.676 amplió los límites de facturación máxima por categoría del monotributo y así permite que, de corresponder, los monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin ver incrementados los valores de sus obligaciones mensuales.
</p><p>La iniciativa también estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo. Esto es, que no tengan un trabajo en relación de dependencia ni cobren una jubilación y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres.
</p><p>El incremento en los límites máximos de facturación por categoría deberá ser tenido en cuenta por las y los monotributistas para evaluar su recategorización.
</p><p>En forma excepcional, el plazo para hacer la recategorización semestral del monotributo estará habilitado entre el 11 y el 29 de julio.
</p><p>La recategorización consiste en la evaluación de la actividad de los últimos 12 meses para determinar si deben mantener la categoría en la que se encuentran o modificarla.
</p><p>Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización.
</p><p>Aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.
</p><p>Asimismo, la Afip extiende hasta el 27 de julio el período para pagar la obligación del mes en curso.
</p><p>La ampliación de los plazos busca facilitar las tareas de cumplimiento de las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B que fueron beneficiados por la exención del componente impositivo.
</p><p>Los contribuyentes de las dos primeras categorías deberán realizar el pago mensual una vez que la exención del componente impositivo impacte sobre sus perfiles, que será a partir del 11 de julio.
</p><p>No obstante, durante todo el mes, se mantiene habilitada la posibilidad de abonar la obligación mensual del monotributo para quienes, por distintos motivos, así lo requieran.
</p><p>En esos casos cuando surja una diferencia entre el monto pagado y el que corresponda tras aplicar las modificaciones surgidas por la ley de alivio fiscal, los pequeños contribuyentes podrán reimputarla para cancelar otros períodos.
</p><p>A partir del 11 de julio los pequeños contribuyentes de las categorías A y B que no tengan otra fuente de ingresos podrán visualizar su nueva credencial a través de la página web de la Afip, y en caso de necesitarlo, podrán reimprimir su credencial.
</p><p>Esto se debe a que como dejarán de pagar el componente impositivo del monotributo el sistema les asignará un nuevo Código �anico de Revista (CUR).
</p><p>Este procedimiento se realiza en monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TVKaeWe22xMNt6k5GDzgU48VOQM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/07/06_Monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) formalizó la recategorización semestral del monotributo entre el 11 y el 29 de julio próximo y la extensión hasta el 27 de julio del período para pagar la obligación mensual, a través de la resolución general 5226/2022 publicada este martes en el Boletín Oficial.]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2022-07-06T08:23:00+00:00</updated>
                <published>2022-07-06T08:23:00+00:00</published>
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            2ª Jornada de capacitación de Monotributo y Monotributo Social en la UTN
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/2a-jornada-de-capacitacion-de-monotributo-y-monotributo-social-en-la-utn" type="text/html" title="2ª Jornada de capacitación de Monotributo y Monotributo Social en la UTN" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ywEUoPKX2P1YElPzoca4ZrHEw2E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/06/22_monnotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En el marco de las gestiones que impulsa el intendente Alfredo Francolini, la Dirección de Promoción de Cooperativas y Mutuales de la Municipalidad de Concordia en conjunto con el Banco Credicoop, con el apoyo de la UTN Concordia y Río Uruguay Seguros organizaron una jornada de capacitación sobre el Sistema tributario, Monotributo y Monotributo Social.</p><p>La charla es libre y gratuita y está dirigida a Cooperativas, cooperativistas, docentes y estudiantes, monotributistas y organizaciones sociales. Se realizará este miércoles 22 de junio a las 19 horas en el Aula Magna de la UTN (Salta 277).
</p><p>Para aquellos interesados que no puedan asistir de forma presencial, se habilitará la transmisión oficial de la jornada en el canal de Youtube de la UTN https://www.youtube.com/user/utnconcordia</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ywEUoPKX2P1YElPzoca4ZrHEw2E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/06/22_monnotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Hoy miércoles 22 de junio a las 19 horas en el Aula Magna de la Universidad Tecnológica Nacional de la Facultad Regional de Concordia se llevará a cabo el Ciclo de Charla 2022 que abordará las temáticas del Sistema tributario, Monotributo y Monotributo Social de manera libre y gratuita.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2022-06-22T09:21:00+00:00</updated>
                <published>2022-06-22T09:21:00+00:00</published>
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        <title>
            Cómo quedarían las nuevas categorías del Monotributo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YZcX4APxnd8X442V26OSSoLEsMM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/06/01_monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Según señalaron fuentes legislativas, el proyecto tiene los votos para ser aprobado en el recinto.⬨⬨La iniciativa que ingresó al Congreso contempla adelantar a julio parte de la actualización anual del monotributo, que suele hacerse desde el 1° de enero de cada año a través de la fórmula de movilidad jubilatoria.⬨⬨Las escalas de facturación de ese régimen quedaron desactualizadas por la escalada inflacionaria.⬨⬨</p><p>En el primer semestre de este año, las jubilaciones y demás prestaciones que paga la ANSeS acumularán una suba de 29,1%. El proyecto apunta a que ese porcentaje se utilice para actualizar las escalas de facturación de las distintas categorías del monotributo desde el 1° de julio de 2022.⬨⬨
</p><p>Además, no incluye aumento en las cuotas mensuales a pagar, sino que se buscará una actualización de los topes máximos de facturación, para que los cuatro millones de monotributistas no tengan que saltar hacia una escala mayor -o quedar afuera del Régimen Simplificado- si su facturación creció en términos nominales por efecto de la inflación.⬨⬨Con relación a los autónomos que están alcanzados por el Impuestos a las Ganancias y que en la actualidad deben pagar el tributo con ingresos mensuales superiores a $63.000, la solución que contempla el proyecto es actualizar las escalas y deducciones a fin de que el mínimo no imponible quede en línea o cercano a los empleados en relación de dependencia, que desde el mes que viene será de $289.792.⬨
</p><p>⬨El paso siguiente sería establecer un mecanismo de ajuste que se aplique por la evolución salarial o la fórmula de movilidad, que hasta ahora determina los montos que esos contribuyentes deben pagar mensualmente como aporte jubilatorio.⬨⬨Se impulsa una actualización del piso de Ganancias, que comenzará a regir desde junio y destacó que esa medida busca �Sdefender el poder de compra de los salarios⬝, al igual que el proyecto sobre monotributistas y autónomos.⬨⬨
</p><p>Las nuevas escalas de facturación quedarían de esta forma:⬨⬨</p><p></p><p>Categoría ---- Hoy ---------------Propuesta⬨-----
</p><p>A -----$ 466.201,59--------- $ 601.959,49.⬨----- 
</p><p>B -----$ 693.002,36--------- $ 894.804,65.⬨-----</p><p>C -----$ 970.203,30--------- $ 1.252.726,50.⬨----</p><p>D -----$ 1.335.604,55--------- $ 1.724.532,59.⬨---
</p><p>E -----$ 1.764.006,01--------- $ 2.277.684,56.⬨---</p><p>F----- $ 2.205.007,51--------- $ 2.847.105,70.⬨----</p><p>G----- $ 2.646.009,01--------- $ 3.416.526,83.⬨---</p><p>H----- $ 3.276.011,15--------- $ 4.229.985,60.⬨---
</p><p>I -----$ 3.666.612,48--------- $ 4.734.330,03.⬨----
</p><p>J----- $ 4.202.114,31--------- $ 5.425.770,00.⬨---
</p><p>K----- $ 4.662.015,87--------- $ 6.019.594,89.</p><p>
</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YZcX4APxnd8X442V26OSSoLEsMM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/06/01_monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Presentaron un proyecto para aliviar la situación de monotributistas y autónomos, con el fin de que los ingresos de esos contribuyentes no pierdan contra la inflación.⬨⬨]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2022-06-01T09:35:00+00:00</updated>
                <published>2022-06-01T09:35:00+00:00</published>
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