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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
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            Monotributistas: ARCA depurará el padrón y excluirá a quienes incumplan las reglas a partir de noviembre
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2KURC7cYHoK3Cs6BZuQxFXup5Iw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/11/monotributistas.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció que en este mes de noviembre aplicará controles más estrictos sobre el Régimen Simplificado, lo que podría derivar en la baja automática de numerosos monotributistas.El organismo recordó que no solo las deudas o los pagos fuera de término pueden generar una exclusión, sino también gastos o compras que no se correspondan con los ingresos declarados por cada categoría.Según ARCA, están aumentando los casos en los que el nivel de consumo del contribuyente no coincide con su escala del monotributo. Cada categoría tiene límites precisos de facturación, gastos operativos y alquileres permitidos, y cuando esos parámetros se superan sin justificación, se activa la llamada “baja por exclusión”.</p><p>Qué compras pueden generar una bajaEntre las inconsistencias más frecuentes que detecta el organismo figuran: Adquisición de vehículos de alta gama.Compra de inmuebles o alquileres superiores a lo declarado. Electrodomésticos costosos o bienes de lujo. Viajes o gastos personales que excedan la capacidad económica de la categoría declarada.</p><p>Cómo controla ARCAPara detectar irregularidades, el sistema realiza cruces automáticos con: Bancos y tarjetas de crédito. Registros de propiedad y automotores. Información de operaciones comerciales y movimientos bancarios. Si se comprueba que el contribuyente no puede justificar esos consumos o ingresos, queda fuera del régimen y deberá pasar a ser Responsable Inscripto o iniciar un nuevo trámite de alta.</p><p>Otras causales de exclusiónARCA también puede dar de baja a quienes: Superen los topes de facturación. Operen sin facturar o realicen importaciones para reventa. Posean más superficie o unidades de explotación de las permitidas. Desarrollen más de tres actividades al mismo tiempo. Figuren en el REPSAL por sanciones laborales.</p><p>Recomendación para los contribuyentesEl organismo aconseja mantener registros ordenados, conservar comprobantes y evaluar cuidadosamente compras significativas para evitar problemas en futuras verificaciones.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2KURC7cYHoK3Cs6BZuQxFXup5Iw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/11/monotributistas.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración de Recaudación de la Provincia (ARCA) anunció que comenzará a dar de baja del régimen a los monotributistas que realicen compras o movimientos económicos que no coincidan con las condiciones exigidas para permanecer en la categoría simplificada. La medida forma parte de un proceso de depuración y control del padrón para detectar incompatibilidades y desvíos.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-11-19T06:30:00+00:00</published>
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        <title>
            Monotributo Social: más de 400 mil inscriptos fueron dados de baja
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/politica/monotributo-social-mas-de-400-mil-inscriptos-fueron-dados-de-baja" type="text/html" title="Monotributo Social: más de 400 mil inscriptos fueron dados de baja" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TvDb4SOLJsUmzl6gaZ3DLKa7EcI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/monotributo_social.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional implementó un reempadronamiento obligatorio del Monotributo Social desde octubre de 2024, lo que derivó en la baja de más del 60% de los inscriptos. Como resultado, el padrón se redujo drásticamente de 673.000 a 267.000 contribuyentes.Entre las principales razones de esta disminución se encuentra la nueva obligación de pagar el 50% del aporte a la obra social para el titular y sus adherentes, según lo establecido en la Resolución 630/2024 del Ministerio de Capital Humano. Aunque el sistema mantenía la exención del pago del importe integrado, muchos beneficiarios no completaron el trámite de reempadronamiento o no pudieron afrontar el nuevo costo, lo que derivó en la baja de aproximadamente 406.000 personas.Si bien no se especificaron con exactitud las causas de la reducción del padrón, especialistas sugieren que se debe tanto a la falta de reinscripción como a la eliminación del subsidio estatal para la cobertura de salud.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TvDb4SOLJsUmzl6gaZ3DLKa7EcI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/monotributo_social.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno llevó adelante un proceso de reempadronamiento obligatorio que resultó en la exclusión del 60% de los monotributistas sociales. La medida afecta a quienes no cumplieron con los requisitos establecidos, generando preocupación en diversos sectores.]]>
                </summary>
                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-03-21T15:30:00+00:00</published>
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            Nueva regulación de ARCA para monotributistas: cambios en el control de facturación
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SYccfHIvvGHkPniHlTGaLRPIiZg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/02/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que más de 1,8 millones de monotributistas completaron la primera recategorización del 2025. Como parte de su estrategia para optimizar el control tributario, el organismo presentó el Monitor de Facturación, una nueva herramienta digital que permitirá a los contribuyentes gestionar mejor su nivel de ingresos y evitar errores en la declaración de datos.Este sistema ofrecerá un registro visual de la facturación, con alertas automáticas que indicarán si el usuario está cerca de exceder el límite de su categoría o del régimen simplificado. A través de una interfaz intuitiva, el Monitor de Facturación mostrará una barra de progreso en función de los montos facturados, notificando al contribuyente sobre la necesidad de recategorizarse o pasarse al régimen general si corresponde.Además, la herramienta incluirá detalles sobre las categorías del monotributo, el historial de ingresos y los plazos para cumplir con la normativa vigente. Según ARCA, este sistema busca facilitar la administración de obligaciones fiscales y prevenir omisiones en la carga de datos.En cuanto a la última recategorización, hasta el 5 de febrero de 2025, más de 1.844.000 monotributistas realizaron su actualización dentro del sistema.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SYccfHIvvGHkPniHlTGaLRPIiZg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/02/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó una nueva herramienta de monitoreo para monotributistas, que afectará la forma en que se controla y registra la facturación de millones de contribuyentes.]]>
                </summary>
                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-02-12T23:52:54+00:00</published>
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            ARCA: formalizaron cambios en el monotributo y la fecha límite para recategorizarse
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/arca-formalizaron-cambios-en-el-monotributo-y-la-fecha-limite-para-recategorizarse" type="text/html" title="ARCA: formalizaron cambios en el monotributo y la fecha límite para recategorizarse" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Bbyzbo7zQjD4BHLQj-0i4ARTEeo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/01/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) había adelantado que las fechas para realizar este trámite comprendían el período que va desde el 15 de enero hasta el 5 de febrero.El Gobierno nacional dio inicio al proceso de recategorización de los monotributistas, tal como lo había anticipado días atrás la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La medida, que busca actualizar las categorías de los contribuyentes dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), se extiende desde el 15 de enero hasta el 5 de febrero, plazo en el que los monotributistas deberán realizar el trámite correspondiente.Con la publicación de la Resolución General 5637/2025 en el Boletín Oficial, quedaron establecidos una serie de cambios clave en el procedimiento de recategorización. Entre las principales modificaciones, se determinó que la actualización de las categorías se realizará dos veces al año, tomando en cuenta las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).</p><p>Cálculo semestral y&nbsp;nuevas fechas&nbsp;de actualizaciónSegún la normativa, “la actualización prevista en el artículo 52 del citado Anexo se efectuará semestralmente a partir del año fiscal 2025, inclusive, en los meses de enero y julio, por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente al semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice”.De esta manera, las nuevas categorías de los monotributistas se actualizarán en función de la inflación acumulada en los primeros y segundos semestres del año, con los cálculos correspondientes a los meses de enero y julio.Además, la resolución establece que la información obtenida por los sistemas informáticos de la ARCA será utilizada para agilizar los trámites de recategorización, facilitando así la actualización de las categorías en base a los datos disponibles sobre los contribuyentes. Esta medida busca reducir los tiempos y optimizar el proceso para aquellos que se encuentren habilitados para cambiar de categoría.</p><p>Notificaciones&nbsp;electrónicas y&nbsp;simplificación del trámiteEn cuanto a la notificación de las resoluciones, la norma establece que estas serán enviadas al Domicilio Fiscal Electrónico de cada contribuyente dentro de los 10 días hábiles posteriores al vencimiento del período de recategorización. Además, la ARCA habilitará un sistema simplificado que permitirá a los monotributistas realizar el cambio de categoría de manera ágil, a través de su página web o aplicación móvil.En cuanto a las referencias a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el artículo 2° de la resolución aclara que “toda referencia efectuada a la Administración Federal de Ingresos Públicos en la Resolución General N° 4.309, sus modificatorias y sus complementarias, deberá entenderse realizada a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero”. Este cambio establece que la ARCA será el nuevo organismo encargado de la supervisión y ejecución de estos trámites.</p><p>Fecha límite y posibles cálculos de inflaciónEl plazo límite para completar el proceso de recategorización es el 5 de febrero, por lo que los monotributistas tendrán tiempo hasta esa fecha para realizar el trámite correspondiente. Si bien se espera la publicación oficial de las nuevas escalas, es posible realizar un cálculo aproximado teniendo en cuenta el monto de inflación acumulada en el segundo semestre de 2024, ya que esa será la base utilizada para la actualización de las categorías.Al tener en cuenta el último dato de inflación publicado por el Indec para el mes de diciembre, este tuvo una variación del 2,7% con lo que cerró el semestre con una inflación del 21,14%.La escala de la A hasta la K, quedaría conformada de la siguiente manera:La categoría “A” ahora incluirá a quienes perciban hasta $7.813.530. En tanto, el impuesto total a pagar pasará de $26.600 a $32.223.La categoría “B” será para quienes ganen hasta $11.447.730 brutos anuales, aplicando un impuesto mensual total de $36.681 a partir de febrero.Categoría “C” llegará hasta los $16.051.050 de ingresos brutos y el impuesto será de $42.954.La categoría “D”, saltará a $19.927.530. El impuesto final será de $55.050La categoría “E” incluirá a partir del 15 de enero a quienes ganen hasta $23.440.590. Cabe aclarar que el impuesto a pagar es diferente, según si el contribuyente se dedica a la venta de bienes o a la prestación de servicios. En el primer caso, pagará $77.951 mensuales y en el segundo tributará $70.440.Categoría “F”, contribuyentes con ingresos de hasta $29.376.450. El impuesto será de $98.103 para bienes y de $84.535 para servicios.La categoría “G” será para quienes ganen hasta $35.130.600 y el impuesto irá de $103.328 a $149.845, dependiendo de la actividad.La categoría “H” abarcará a los trabajadores con ingresos brutos de hasta $53.301.600 anuales. En ese caso, el impuesto será de $340.081 para bienes y de $206.827 para servicios.Categoría “I”, saltará a $59.661.450 de ingresos brutos máximos anuales. El impuesto será de $627.030 para quienes se dedican a la venta de bienes y de $309.038 para quienes prestan algún servicio.La categoría “J”, en tanto, será para quienes ganen hasta $68.322.960 mensuales. Esos contribuyentes deberán pagar $377.873 por servicios o 759.464 por bienes.La categoría “K”, que tenía un ingreso bruto máximo de $68.000.000 anuales, a partir de ahora llegará a $82.375.200. Si el contribuyente se dedica a la venta de bienes, deberá pagar $1.050.386 y si presta servicios, tendrá que pagar $456.800.&nbsp;(Infobae)&nbsp;</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Bbyzbo7zQjD4BHLQj-0i4ARTEeo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/01/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno inició el proceso de recategorización de los monotributistas.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-01-22T13:30:00+00:00</published>
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        <title>
            Cuánto es el máximo que se podrá  facturar y cuánto pagarán  por categoría 
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/cuanto-es-el-maximo-que-se-podra-facturar-y-cuanto-pagaran-por-categoria" type="text/html" title="Cuánto es el máximo que se podrá  facturar y cuánto pagarán  por categoría " />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/b3aqSY1xXmM2Ot7ynHEAa8PIkDk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/01/05_afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los aportes mensuales a ingresar al fisco y las facturaciones topes -tanto las que rigen para estar en cada una de las categorías como para poder ingresar y mantenerse en el régimen del monotributo-,&nbsp;subirán un 35,3% a partir de este mes.&nbsp;Y la nueva&nbsp;escala que regirá durante este año. Será así, según afirmaron fuentes de la AFIP en un encuentro con periodistas, si el Congreso aprueba un proyecto de ley que, además de esa actualización, busca&nbsp;aliviar los efectos económicos que afectan a quienes, por excederse de los parámetros permitidos para estar en el sistema impositivo simplificado, �Ssaltan⬝ del monotributo al régimen general,&nbsp;en el que se deben pagar IVA, Ganancias y aportes previsionales como autónomos.
</p><p>La actualización del esquema del monotributo para este año estaba&nbsp;pendiente de definición&nbsp;por las consecuencias de decisiones tomadas por el Gobierno. El mecanismo legal dispone, desde hace unos años, que esa actualización debe hacerse según el porcentaje de la recomposición de ingresos que hayan recibido, en el año previo, los jubilados y pensionados de la Anses. El problema actual es que en 2020, tras suspenderse la aplicación de la fórmula de movilidad, hubo&nbsp;subas discrecionales otorgadas por decreto, que no fueron iguales para todos, sino que variaron entre el 24,3% y el 35,3%.&nbsp;El organismo de recaudación decidió que sea este último porcentaje, el que corresponde a la&nbsp;suba del haber mínimo,&nbsp;el que se utilice para modificar las escalas. Y eso está incluido en el proyecto de ley que ingresó al Congreso el 31 de diciembre pasado.
</p><p>De esta manera, en la categoría H, la más alta para quienes son prestadores de servicios, la facturación anual tope pasará&nbsp;de $1.739.493,79 a $2.353.535,10.&nbsp;Y en la categoría K, la más elevada para venta de cosas muebles, de&nbsp;$2.609.240,69 a $3.530.302,65.
</p><p>En el caso de&nbsp;los aportes,&nbsp;el impuesto integrado pasará, en la&nbsp;categoría más baja&nbsp;(la A, que permitirá una facturación anual de hasta $208.739,25 anuales), de $168,97 a $228,62; la contribución para el sistema previsional, de $745,49 a $1008,65, y el aporte a la obra social, de $1041,22 a $1408,77. Así, el importe total, que en los escalones más bajos del monotributo es igual para actividades de servicios o de comercio, subirá&nbsp;de $1955,68 a $2646,04,&nbsp;siempre sujeto a la aprobación de la ley.
</p><p>Para estar en la&nbsp;categoría B,&nbsp;la facturación máxima permitida se elevará de $313.108,87 a $423.636,30. El impuesto integrado pasará de $325,54 a $440,45; el pago al sistema jubilatorio, de $820,04 a $1109,51, y el aporte a la obra social, de $1041,22 a $1408,77.&nbsp;El monto total a abonar mensualmente será de $2958,73.
</p><p>En este mes de enero rige, como todos los años, la obligación de&nbsp;recategorización&nbsp;por parte de los incluidos en el monotributo. Pese a que ese trámite se hace el primer mes de cada año con la tabla de categorías ya actualizadas, en la AFIP señalaron que por ahora, al no estar aprobada la nueva ley, los contribuyentes deberán observar los montos todavía vigentes (que son los que rigieron en 2020). Y que luego se tomarán medidas para hacer las adecuaciones correspondientes.&nbsp;El plazo es hasta el 20 de este mes.&nbsp;Por ahora, el proyecto de ley no tiene fecha para su tratamiento, pero está incluido para ser considerado en las sesiones extraordinarios de estos días.
</p><p>
</p><p></p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/b3aqSY1xXmM2Ot7ynHEAa8PIkDk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/01/05_afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno mandó al Congreso un proyecto de ley que dispone cómo actualizar los valores este año, por excepción, además de aliviar los efectos económicos del salto al sistema de autónomos.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2021-01-05T08:40:00+00:00</updated>
                <published>2021-01-05T08:40:00+00:00</published>
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