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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2023-09-28T23:39:49+00:00</updated>
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            Abrieron un jury por mal desempeño contra la jueza que entregó el chico a sus asesinas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/VULt3MgWO7Y4f_KAFJTxevFlZXg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/09/28_jueza_caso_Lucio.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El jurado de enjuiciamiento de La Pampa ordenó la conformación de una causa contra la jueza de familia, niños, niñas y adolescentes de General Pico, Ana Clara Pérez Ballester, y la asesora de niños, niñas y adolescentes Elisa Alejandra Catán, por presunto mal desempeño de sus funciones en la tramitación del expediente de Lucio Dupuy, el nene de 5 años asesinado por su madre y su novia.</p><p>Por otra parte, le corresponde al procurador general, Mario Oscar Bongianino, definir si corresponde formular una acusación contra ambas para que vayan a juicio oral y público, indicaron fuentes judiciales a Infobae.</p><p>El tribunal interno que juzgará a la magistrada estará integrado por el ministro del Superior Tribunal de Justicia Fabricio Luis Losi; las diputadas María Silvia Larreta y María Andrea Valderrama Calvo; y las abogadas María Natalia Gaccio y Silvina María Garro.</p><p>Bongianino tiene un plazo de seis días hábiles para formular la acusación. Si no lo hace, el expediente se cerrará; en cambio, si el procurador acusa, se les dará vista a la jueza y la asesora para que en 10 días hábiles para exponer sus defensas.</p><p>Luego, ambas partes ofrecerán las pruebas que presentarán en el debate. Para ello tendrán un plazo no mayor a 15 días. La normativa pampeana indica que el jurado podrá denegar las pruebas que considere “inconducentes” y que sus resoluciones no podrán ser apeladas.</p><p>La ley estipula que el presidente del jury –en este caso Losi– “podrá practicar, con citación a los interesados, a petición de ellas o de oficio, las diligencias que fuere imposible cumplir en la audiencia y recibir declaración o informe de las personas que no puedan presumiblemente concurrir al juicio”.</p><p>Por último, se fijaría el día del inicio del juicio, con un intervalo no menor a seis días. Las audiencias serán orales y públicas, aunque el jury tiene facultades para realizarlas –parcialmente o totalmente a puertas cerradas–, “cuando así convenga por razones de moralidad u orden público”, según expresa la ley 313.</p><p>El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó las condenas a prisión perpetua para la madre de Lucio, Magdalena Espósito Valenti, y su pareja, Abigail Páez por el crimen de Lucio. A su vez, le agregó a la madre del niño de 5 años el delito de abuso sexual. Además, agravó la calificación legal de ese delito al sumarle la figura de gravemente ultrajante.</p><p>De esta manera, Espósito Valenti debe cumplir prisión perpetua por homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización, con acceso carnal vía anal con un objeto fálico; agravado por haber sido cometido por la ascendiente, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado.</p><p>En tanto, su novia fue condenada por homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso con el delito de abuso sexual gravemente ultrajante.</p><p>Lucio fue asesinado el 26 de noviembre de 2021 en la casa de la calle Allan Kardec al 2300, en Santa Rosa, donde vivía con la madre y su pareja. De acuerdo a las pericias, el niño de 5 años murió a causa de una brutal paliza. Infobae.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/VULt3MgWO7Y4f_KAFJTxevFlZXg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/09/28_jueza_caso_Lucio.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata de Ana Clara Peréz Ballester, magistrada del fuero de familia, niños, niñas y adolescentes de General Pico. Junto a la asesora Elisa Alajandra Catán, será investigada por mal desempeño de sus funciones.]]>
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                <updated>2023-09-28T23:39:49+00:00</updated>
                <published>2023-09-28T23:38:32+00:00</published>
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            Presentaron dos pedidos de jury contra la jueza que intervino en el Caso Lucio
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qdbKOAzWERNWHtA4SzVrjo0QDm0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/02/06_caso_lucio.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Diputados del oficialismo y de la oposición de la provincia de La Pampa presentaron dos pedidos para que la jueza Ana Clara Pérez Ballester sea sometida a juicio político por su intervención en el proceso para otorgarle en 2020 la tenencia de Lucio Dupuy a su madre Magdalena Espósito Valenti, quien fue condenada al igual que su pareja, Abigail Páez, por haber asesinado a golpes y patadas al niño de 5 años. La primera de las denuncias por mal desempeño de las funciones de la magistrada fue presentada por los diputados del PRO La Pampa, Martín Ardohain y María Laura Trapaglia, mientras que después del mediodía hicieron lo mismo los diputados del bloque del Frente Justicialista Pampeano (FreJuPa), quienes entregaron el pedido de jury en las oficinas del Superior Tribunal de Justicia. �SHemos realizado la denuncia formal por mal desempeño de sus funciones por incumplimiento reiterado de los deberes de funcionaria judicial y negligencia reiterada en el ejercicio del cargo⬝, explicaron los diputados Ardohain y Trapaglia en un comunicado.</p><p>Para los diputados del PRO, la jueza de Familia y la Asesora de Menores de la ciudad de General Pico, Pérez Ballester, debe explicar por qué �Sno se realizó un informe socio-ambiental del contexto familiar donde iba a vivir Lucio; no se informó, ni se citó a testigos; no se escuchó al menor; no fue abordado desde el Juzgado por un equipo de profesionales; no se notificó al padre del menor, que tenía el cuidado personal compartido, y la responsabilidad parental⬝; ni explicó el �Scambio de centro de vida de General Pico a Santa Rosa⬝.
</p><p>El pedido fue acompañado por los diputados Matías Traba y Eduardo Peppa, integrantes del bloque Propuesta Federal que comparten con los diputados del PRO. Por su parte, Pablo Rodríguez Salto, uno de los abogados defensores de la magistrada, dijo a Télam que van a �Smostrar con claridad que la jueza no actuó mal⬝.
</p><p>�SLeyendo los procesos, uno entiende que cuando ella tomó la decisión, no había indicio alguno de violencia⬝, destacó el letrado.
</p><p>Los cuestionamientos al accionar de la jueza
</p><p>El pedido de juicio político busca establecer los motivos de �Sla atribución del cuidado personal del niño Lucio Abel Dupuy a su progenitora⬝ que �Sderivó en los malos tratos y consecuente muerte del niño⬝.
</p><p>�SLa magistrada hoy denunciada omitió, en una sucesión de oportunidades procesales, el cumplimiento de deberes a su cargo, deberes que implicaban adoptar las medidas necesarias para la protección del interés superior del niño, el cual debe estar presente en toda actuación de este tipo⬝, afirmaron los denunciantes.
</p><p>Y agregaron que �Sno se observa que en el expediente (de la tenencia) se haya ordenado la realización, por ejemplo, de un informe socioambiental, o se haya recabado la comparecencia de testigos, como medidas básicas para determinar las condiciones de vida a las que se enfrentaba Lucio Dupuy a partir del cambio de residencia y cuidadores⬝.
</p><p>�STambién se observa, por ausencia de constancia procesal alguna al respecto, que el niño fue privado de su derecho a la escucha⬝, explicaron y añadieron que �Sno menos grave⬝ es que �Sno se notifica ni trae a juicio al progenitor del niño⬝.
</p><p>�SEn este aspecto es necesario tener en cuenta que el cuidado personal es una de las figuras legales derivadas de la responsabilidad parental y que ésta les compete a ambos progenitores por igual⬝, consideraron en la denuncia.
</p><p>Y por ello es que los diputados Ardohain y Trapaglia entendieron que �Sdicha intervención, debió materializarse entonces a través de una citación formal ordenada por el tribunal interviniente, la que al ser omitida implica que el cuidado personal fue dirimido sin intervención de una de las partes necesarias en el mismo, pudiendo afirmarse que se tramitó directamente a espaldas del padre del niño⬝.
</p><p>Luego, el justicialismo comunicó que también realizó una presentación formal de un pedido de jury �Sen los términos de la Ley 313, a efectos de que se inicie una investigación respecto de la actuación de la Jueza de Familia y la Asesora de Menores de la ciudad de General Pico con motivo de determinar sus responsabilidades producto de su desempeño en el marco de denominado caso Lucio⬝.
</p><p>En un comunicado de prensa, los diputados oficialistas señalaron que no realizarán manifestaciones mediáticas individuales, �Sya que la gravedad y trascendencia de los hechos en cuestión ameritan que el tratamiento de los mismos sea exclusivamente por la vía institucional correspondiente, siempre procurando la búsqueda de la verdad sin revictimizar a la familia del menor⬝.
</p><p>Lucio Dupuy fue asesinado el 26 de noviembre de 2021 en Santa Rosa a causa de las lesiones que le provocaron su madre Espósito Valenti y su pareja Páez, a quienes ayer el Tribunal de Audiencia, integrado por los jueces Alejandra Ongaro, Andérs Olie y Daniel Sáez Zamora, declaró culpables por �Shomicidio triple y doblemente agravado⬝.
</p><p></p><p>
</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qdbKOAzWERNWHtA4SzVrjo0QDm0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/02/06_caso_lucio.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Acusan a Ana Clara Pérez Ballester de no cumplir con los deberes a su cargo y no adoptar �Slas medidas necesarias para la protección del interés superior del niño⬝, por otorgarle en 2020 la tenencia del niño a su madre Magdalena Espósito Valenti.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2023-02-06T09:16:00+00:00</updated>
                <published>2023-02-06T09:16:00+00:00</published>
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            Por el Jury de enjuiciamiento, Goyeneche dijo que la �SDestitución ya es un hecho⬝
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qa79mQkf8wXNvJBqM518fXuK2fQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/05/20_goyeneche.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p> Así lo hizo saber en sus redes sociales, poniendo  de manifiesto que el Jury de Enjuiciamiento la desplazará del cargo que ocupa y atinó a decir que eso ocurrirá en las próximas horas; al mismo tiempo que destacó que este �Sataque⬝ en su contra es producto de haber investigado a quienes ostentaban el poder. Asimismo reflejó qué va a recurrir a la Corte Suprema de Justicia.</p><p> �SLo que se viene es la destitución y se aceleran los tiempos del Jury de enjuiciamiento para que el cargo quede vacante a partir del 30 de mayo, afirmó.
</p><p>El caso de los �SContratos de la Legislatura⬝ provincial reveló un entramado para extraer del Estado vía contratos de locación ingentes recursos públicos todos los meses durante años. �SSe descubrió una organización mafiosa que simuló contratos desde 2008 por 53 millones de dólares⬝, explicó la funcionaria judicial que hoy está acusada por �Smal desempeño⬝.
</p><p>En medio del feriado por el Censo Nacional, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos resolvió con una conformación especial rechazar el amparo presentado por la procuradora Goyeneche y, por lo tanto, convalidar que la acusación en su contra en el Jury haya sido ejercida por un fiscal ad hoc. Fue un movimiento para cumplir, en lo formal, con la Corte Suprema. 
</p><p>�SEstoy tranquila, esperando lo que ya sabía que iba a ocurrir �expresó Goyeneche- y puede ser mañana (por hoy) o la semana que viene, pero sé que lo que se viene es la destitución. </p><p></p><p>Conocimos que ya están los votos del Jury, incluso con un vocal que fue recusado por nosotros. Vamos a esperar que se dicte la sentencia y estaremos preparando los recursos. Por lo pronto estoy suspendida y con una reducción de haberes.
</p><p>�SLo de la Corte lo tomé como un apoyo. Pero es insólito lo que hicieron en el Superior Tribunal. Repitieron la misma sentencia que ya habían dado. No me escucharon ni atendieron mis razones. Lo que hicieron fue sacar una sentencia buscando jueces ad hoc. 
</p><p>����Hicieron todo lo que tenían que hacer para sacar esa sentencia en tiempo récord, encima en un día inhábil. Lo hicieron todo sin disimulo. La urgencia tuvo que ver con de dejar todo habilitado para destituirme.
</p><p>����Tienen que hacerlo rápido porque se le acaban los días⬝, sostuvo la fiscal de la causa al medio porteño.
</p><p> ����Si se confirma la destitución voy a recurrir ante la Corte Suprema. 
</p><p>����La decisión que tomaron sobre el amparo que presenté fue una desobediencia lisa y llana de lo que resolvió la Corte nacional, que fue la orden de analicen mi reclamo sobre una violación a garantías constitucionales. 
</p><p>����(Los magistrados de Entre Ríos) dijeron que el recurso de amparo es inadmisible, no tenemos que ocuparnos: lo hicieron así la primera vez y volvieron a decir lo mismo�"�".
</p><p>Cabe mencionar que sobre este caso, el Doctor Bernardo Salduna hizo su pronunciación a favor de la postura de Goyeneche. 
</p><p>Por otra parte, tres vocales votaron en contra, pero sin llegar expresarse sobre la cuestión que si estuvo bien apartado el Ministerio Fiscal  en su rol de acusado. </p><p>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qa79mQkf8wXNvJBqM518fXuK2fQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/05/20_goyeneche.jpg" class="type:primaryImage" /></figure> Cecilia Goyeneche, Procuradora Adjunta quien es la fiscal que investigó cuestiones de corrupción en el poder entrerriano efectuó declaraciones en donde remarcó que su destitución del cargo ya es una decisión tomada.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2022-05-20T08:13:00+00:00</updated>
                <published>2022-05-20T08:13:00+00:00</published>
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            La Corte Suprema aceptó el amparo  y pidió que se realice un nuevo juicio ajustado a derecho
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8K_J0LAh8gmRCC-NYUNMMt-_vgk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/05/09_whatsapp_image_20220503_at_4.38.23_pm.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Todo se sintetiza en el cuestionamiento de Goyeneche y sus defensores al rol de acusador que tomó el fiscal ad hoc, Gastón Justet. La procuradora Adjunta presentó un recurso de amparo por el apartamiento del Ministerio Público Fiscal para llevar adelante la acusación en el jury, que ordenó el Jurado de Enjuiciamiento. En enero pasado, la jueza de feria Elena Albornoz, aceptó el amparo y consideró válidos los cuestionamientos de Goyeneche.</p><p>Pocos días después de esa decisión, el Superior Tribunal de Justicia invalidó la decisión de Albornoz. Los jueces entendieron que el amparo no era la vía para cuestionar la designación de un fiscal ad hoc en el rol de acusación en el jury. Esa discusión llegó a la Corte y, en ese marco, el procurador Casal emitió su opinión este lunes a primera hora.  
</p><p>�SCorresponde hacer lugar al agravio central del recurso tendiente a cuestionar la decisión apelada en cuanto declaró inadmisible la vía del amparo. Así lo entiendo, toda vez que la postura sentada en esa decisión, según la cual existe identidad de objeto entre el recurso de queja deducido por el Procurador General y el planteo de autos formulado por la recurrente, desatiende la evidente distinta calidad procesal en la que cada uno de ellos interviene en las causas, así como los derechos y garantías que se invocan vulnerados por cada uno de ellos: la actora, en su calidad de magistrada sometida a un jurado de enjuiciamiento y afectada directamente en sus derechos, y el Procurador General provincial, en nombre del interés general y la legalidad y el resguardo institucional⬝, argumentó.
</p><p>De inmediato agregó que �Scabe concluir, por lo tanto, que el tribunal apelado fundó su decisión en afirmaciones dogmáticas y con notoria ausencia de fundamentación normativa y fáctica, con grave afectación del derecho de defensa en juicio de la recurrente, lo que conduce a su descalificación como acto jurisdiccional válido en el marco de la doctrina de la arbitrariedad de sentencias⬝.  
</p><p>�SEn virtud de lo hasta aquí expuesto, opino que corresponde hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y devolver las actuaciones al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento con arreglo a derecho⬝, completó.
</p><p>Fuente: ANÁLISIS</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8K_J0LAh8gmRCC-NYUNMMt-_vgk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/05/09_whatsapp_image_20220503_at_4.38.23_pm.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El procurador General de la Nación, Eduardo Casal, emitió opinión en el marco del recurso de queja presentado por la fiscal Anticorrupción suspendida, Cecilia Goyeneche. Recomendó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, admitir el recurso y, sobre la cuestión de fondo, sostuvo que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) invalidó la sentencia de la jueza Elena Albornoz sin �Sfundamento normativo⬝.]]>
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                <updated>2022-05-09T12:43:00+00:00</updated>
                <published>2022-05-09T12:43:00+00:00</published>
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            Fiscales reclaman la ilegalidad del enjuiciamiento contra a la fiscal Anticorrupción, Cecilia Goyeneche
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5NK_IguP-r_kYmtwPQztUTocyKU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/04/29_220493801GOYENECHE.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Según estiman el Jury contra Goyeneche, fiscal Anticorrupción de Entre Ríos, tiene como motor principal la causa �SContratos⬝. Como fue de público conocimiento, dejó expuestos los presidentes de las Cámara de Senadores y Diputados de la Legislatura de Entre Ríos desde el 2008 a 2018, funcionarios de mediano rango de la Legislatura, personas encargadas de la logística, un estudio contable y Senadores Nacionales. Hechos por supuesto desvío de fondos de la Legislatura hacia la política, a través de contrataciones ficticias de personal.</p><p>En el comunicado mencionan una enorme preocupación por la situación: �SHasta ahora el procedimiento no demuestra que esté transitando un juicio justo. Por un lado, distintas decisiones adoptadas por algunos miembros del tribunal juzgador nos hace dudar, con fundamentos, de su imparcialidad necesaria y básica. Por otro lado, la aceptación ilegal del cargo por parte del acusador - Dr. Justet- y las irregularidades de su planteo de acusación, llevan a la misma conclusión de que el procedimiento no ofrece las garantías mínimas necesarias para la realización de un juzgamiento respetuoso del Estado de Derecho. En el mismo sentido, es necesario recordar cómo la decisión de abrir el proceso de juzgamiento fue anticipada por distintos operadores y periodistas, con exacta precisión, cuando esos votos debían ser secretos. Un elemento más que nos hace dudar de la imparcialidad⬝.</p><p>�SSe suma a ello, la evidente venganza a la que está siendo sometida la Sra. Procuradora Adjunta, luego de una condena histórica y ejemplar a un ex gobernador, ex funcionarios y sus familiares, como así también la eficiente gestión en el trámite de causas contra la corrupción, las cuales ascienden al número de 154 en trámite, enviadas a juicio 10 y 21 sentencias de funcionarios públicos⬝, añadieron.
</p><p>Y reforzaron: �SEste ataque a la Dra. Cecilia A. Goyeneche es un claro ejemplo del pretendido disciplinamiento y ataque a la independencia judicial, en particular de la actividad de los/as fiscales intervinientes en causas de corrupción. En la actualidad esta grave situación ha sido advertida por organismos internacionales, en cuanto a la vulnerabilidad en que se encuentran quienes investigan delitos en contra de la administración pública -CORRUPCI�N-⬝.
</p><p>�SPor lo tanto, apelamos al acompañamiento de los/as colegas, y en particular de la ciudadanía para que libremente se interiorice, conozca y observe el desarrollo del inminente proceso, contribuyendo de esta manera cívica, a evitar cualquier intento de ataque y hostigamiento a quienes ejercen esa noble función⬝, concluyeron instando.
</p><p>Lisandro de fiscales firmantes: </p><p>Beheran DNI 23.341.929; Fernando Lombardi DNI 21.425.308; Gamal Taleb DNI 24.613.870; Ma. Elisabet Comas, DNI 29.620.651; Oscar Alberto Sobko DNI 23.933.224; Leandro Dato DNI 23.190.643;María Fernanda Ruffatti DNI 22.660.326; María Constanza Bessa D.N.I 32.831.483; Laureano Dato DNI 26.332.107; Santiago David Alfieri Porqueres DNI 30.558.267; Rodolfo Martín Abrahan DNI 27.835.801; José I. Pabon EZPELETA DNI 22.728.327; Evangelina santana DNI 25.032.446; Gilberto Robledo DNI 18.006.363; Priscila Ramos Muzio DNI 28.676.428; Flavia Daniela Villanueva DNI 22.886.444; Juan Francisco RAMIREZ MONTRULL DNI 25.307.212; Eduardo H. Guaita, DNI 21.538.827; Melisa Saint Paul DNI 29.121.219; Ileana Viviani DNI 32.833.122; Carolina Costa DNI 23.710.180; Mauricio Guerrero DNI 30.015.982; Paola Farino DNI 29.855.651; Facundo Etienot DNI 37.080.831; Eduardo Santo. DNI 24.529.926; María Gabriela Seró DNI 31.436.048; David Martin Vechetti DNI 25.014.794; María Eugenia Shmith DNI 28.793.856; Pablo Benedetti DNI 24.527.369; Juan Manuel Pereyra DNI 28.257.411; Josefina Beheran DNI 26.755.037;Daniela Montangie DNI 24.594.590; Juan Pablo De Giambattista DNI 29.558.431; José Martín Nuñez DNI 31.022.003; José Emiliano Arias DNI 24.157.791; Jesús David Alexis Penayo Amaya DNI 28.650.191; María Clara Mondragón Dni 31.537.039; Fanny Teresa kern DNI 26.581.212; Fernando Maximiliano Mendez DNI 34.646.529; Eugenia Ester Molina DNI 21.952.004; María José Fonseca DNI 16.360.205; Mariana Elias DNI 22.850.330: José Daniel Costa. DNI 16.988.649; Mario J. Guerrero DNI 20.417.307; Fabio Zabaleta DNI 22.660.679; Mauro S. Jaume Blanco DNI 33.510.447; María Josefina Penon Busaniche DNI 26.303.908; Matías Arguello de la Vega DNI 24.796.605; Evelina Espinosa DNI 27.507.462; María Florencia Casati , DNI 32.296.460; Francisco Azcue, DNI 32.795.414; Martina Noemi Cedres DNI 30.789.295; Natalia Bartolo DNI 29.906.005; Gastón Popelka DNI 28.809.432; Facundo Alvarez DNI 26.310.029; Eliana; Ghiglione DNI 34.110.442; Lucas Pascual 34.117.593; Maite Burruchaga DNI 33.317.572; Iván Yedro DNI 27.523.762; Sandra del Milagro Terreno DNI 17.158.295; Sonia B Vives. DNI 16.795.951; María Florencia Acuña, DNI 34.014.830; Andrea Valiente DNI 24.596.046; José María Leston DNI 25.188.323; Martin Gil DNI 26.000.028; Ma. De las Mercedes Nin DNI 31.521.887; Viviana M Ferreyra DNI 17.476.831; Mauro Román Quirolo, DNI 27.466.195;Natalia Taffarel DNI 30.164.542; Valeria Vílchez DNI 31.017.454; Guillermo Federico Uriburu DNI 28.360.090; Martín Horario Scattini DNI 20.248.453; Mariano Budasoff DNI 26.964.609; Cristian Giunta DNI 22.408.556; Susana Griselda Irurzun DNI 24.023.227; Jorge Luis Gutiérrez DNI 28.325.018; Lucrecia Lizzi DNI 21.663.291; Alejandro Martín Perroud DNI 24.897.066; Micaela María Di Pretoro DNI 34.587.095; Emilce Paola Reynoso, DNI 31.622.425; Juan Sebastián Blanc DNI 22.119.533; María Noelia Batto DNI 34.110.377; Facundo Barbosa DNI 31.502.492; Elizabeth Bordin DNI 27.466.490; Gabriela Velia Gaitan DNI 22.737.171; Gonzalo Ariel Badano DNI 32.722.076; María del Huerto Felgueres DNI 30.322.028; Juan Pablo Mariano Gile DNI 23.696.552; María Graciela Occhi DNI 21.435.066; César Ariel Cesario DNI 27.006.419; Sofía Patat DNI 33.130.296;	 Julia Elena Rivoira DNI 20.194.794; Romina Blasich, DNI 34.810.763; Maria jimena Ballesteros DNI 25.307.648; Josefina Caballero, DNI 36.910.330; María Dalia Verdura Pons DNI 33.594.759; María de los Ángeles Becker DNI 32.411.212; Nadia Paola Benedetti DNI 28.458.056; Lara Plescia DNI 37.563.987; María Albertina Chichi DNI 30.549.980; Denise Caraballo DNI 34.110.588; Virginia Lucia Drospi DNI 34.850.234.
</p><p></p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5NK_IguP-r_kYmtwPQztUTocyKU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/04/29_220493801GOYENECHE.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Un total de 102 fiscales de la provincia de Entre Ríos se manifestaron �en comunicado oficial- en contra del proceso Jury contra la Fiscal Cecilia Goyeneche, en la actualidad apartada del cargo. El proceso comenzará el próximo 2 de mayo, en los tribunales de la capital provincial, y se realizará además el lunes y martes una manifestación en su apoyo.]]>
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                <updated>2022-04-29T16:37:00+00:00</updated>
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