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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-08-14T00:00:04+00:00</updated>
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            Ya rige la ley que redefine cuándo una norma deja de tener validez por inconstitucional
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cobjjm7j-qycUbrr1mI1QqsJ5EY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/ley_inconstitucionalidad.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno de Entre Ríos promulgó la Ley Nº 11.300, que reglamenta el artículo 60 de la Constitución provincial y define el mecanismo mediante el cual una norma podrá dejar de tener vigencia tras reiteradas declaraciones de inconstitucionalidad.La ley, publicada en el Boletín Oficial, establece que una ley, decreto, ordenanza o resolución de alcance general podrá ser excluida del ordenamiento jurídico cuando el Superior Tribunal de Justicia, reunido en pleno, la haya declarado inconstitucional en tres sentencias firmes basadas en el mismo fundamento constitucional.Hasta ahora, las decisiones judiciales que declaraban la inconstitucionalidad de una norma solo producían efectos sobre las partes involucradas en cada expediente, por lo que la disposición continuaba vigente para el resto de la sociedad.Con la nueva legislación se crea un procedimiento específico para que, cumplidos determinados requisitos, esas declaraciones puedan tener un alcance general y provocar la pérdida de vigencia de la norma cuestionada.</p><p>Requisitos estrictosLa ley fija condiciones precisas para que una sentencia pueda ser tenida en cuenta.Solo serán válidos los fallos firmes dictados por el Superior Tribunal de Justicia actuando en pleno, dentro de acciones de inconstitucionalidad promovidas contra normas de carácter general.Además, las tres sentencias deberán recaer sobre el mismo artículo —o sobre una parte claramente separable de él— y fundamentarse en el mismo vicio constitucional.La norma también excluye expresamente del cómputo las declaraciones de inconstitucionalidad realizadas por jueces de primera instancia, cámaras, salas del Superior Tribunal o aquellas pronunciadas de oficio dentro de otros procesos judiciales.</p><p>Registro públicoComo parte del nuevo sistema, la ley crea el Registro de Sentencias Firmes de Inconstitucionalidad, que funcionará en el ámbito del Superior Tribunal de Justicia.El registro será público, gratuito y de acceso electrónico, y deberá mantenerse actualizado con todas las sentencias que cumplan los requisitos previstos por la norma.Cada fallo firme deberá incorporarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a quedar firme.Cuando el registro reúna tres decisiones coincidentes sobre una misma disposición legal, el Superior Tribunal podrá dictar la resolución que declare operado el efecto derogatorio previsto por la Constitución.</p><p>Cómo se aplicaráLa derogación alcanzará únicamente a la parte de la norma que haya sido declarada inconstitucional, manteniéndose vigente el resto del texto cuando sea jurídicamente posible.La ley también establece que esa decisión no tendrá efectos retroactivos, por lo que no modificará derechos adquiridos, actos administrativos firmes ni situaciones jurídicas consolidadas durante la vigencia de la norma.Una vez emitida la resolución, el Superior Tribunal deberá comunicarla al organismo que dictó la disposición —ya sea la Provincia, un municipio o una comuna— y ordenar su publicación en el Boletín Oficial.</p><p>El efecto general comenzará a regir ocho días después de esa publicación, momento a partir del cual la norma dejará de producir efectos para toda la sociedad.</p><p>Con la promulgación firmada por el gobernador Rogelio Frigerio, la nueva ley quedó formalmente incorporada al ordenamiento jurídico provincial y reemplaza las disposiciones que regulaban este procedimiento en la anterior Ley de Procedimientos Constitucionales.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cobjjm7j-qycUbrr1mI1QqsJ5EY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/ley_inconstitucionalidad.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno promulgó la reglamentación del artículo 60 de la Constitución provincial, que establece un nuevo procedimiento para computar las declaraciones de inconstitucionalidad emitidas por el Superior Tribunal de Justicia.]]>
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                                <updated>2026-08-14T00:00:04+00:00</updated>
                <published>2026-08-14T00:00:00+00:00</published>
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