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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-05-29T18:00:04+00:00</updated>
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            Habilitan un registro provincial para iglesias no católicas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pwrvL939u7fMoSXR3gx11I7uWfM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/05/iglesias.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas y Registro Público de Entre Ríos oficializó la reglamentación del "Registro Provincial de Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas" a través de la Resolución General Nº 006/26, que fue publicada en el Boletín Oficial Nº28.343.La norma busca adecuar los controles locales a las directivas nacionales dictadas el año pasado, las cuales pidieron a las provincias facilitar la formalización de los cultos sin obligarlos a adoptar figuras jurídicas que no corresponden a su naturaleza, como las fundaciones o las asociaciones civiles. El nuevo esquema administrativo se plantea como un trámite opcional para las organizaciones que ya cuentan con el aval federal. En ese sentido, la norma entrerriana establece que "la inscripción en el Registro Provincial tendrá carácter voluntario, declarativo y no constitutivo de la personalidad jurídica religiosa, y tendrá por objeto habilitar la toma de razón provincial y la rúbrica de libros conforme a los artículos 320 a 331 del Código Civil y Comercial de la Nación, en el caso que corresponda".</p><p>Los requisitos para acceder al registroLa medida alcanza únicamente a las organizaciones con base en la provincia que ya figuren en los registros nacionales. De acuerdo con la resolución, el universo de entidades aptas para el trámite abarca a las iglesias no católicas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, así como a "aquellas que se encuentren actualmente constituidas como asociaciones civiles o fundaciones y opten por transformarse en entidades religiosas".Para concretar la inscripción las entidades deberán presentar una serie de exigencias formales, entre ellas la documentación requerida se encuentra la solicitud formal con firma certificada, el certificado vigente de culto nacional, memoria histórica y el "estatuto, normas internas, reglas de organización o instrumento equivalente que rija la vida institucional de la entidad, del que surjan denominación, domicilio, finalidad religiosa, órganos de gobierno y administración, reglas de representación y forma de designación de autoridades".Una vez que las organizaciones obtengan el alta en la provincia, las organizaciones dispondrán de un plazo de 90 días para declarar su CUIT y situación fiscal.</p><p>Límites al control del EstadoLa resolución se encarga de aclarar que la apertura de este registro no implica que el Estado provincial vaya a auditar el funcionamiento interno o las creencias de los grupos religiosos, limitando el rol del organismo a la mera fiscalización de los papeles y la contabilidad.En ese sentido, la norma estipula que la anotación formal "no implicará fiscalización permanente, control de mérito, oportunidad o conveniencia, ni injerencia alguna...". Esta misma limitación rige para los registros contables; el texto advierte que el rol del organismo se reducirá a "la verificación formal de los recaudos exigidos por la normativa aplicable".</p><p>El mecanismo de traspaso patrimonialPara los cultos que en su momento debieron armar una asociación civil para poder operar legalmente en Entre Ríos, la resolución fija un mecanismo de transformación. La resolución indica que el cambio de figura jurídica se realizará "sin disolución ni liquidación, manteniéndose la continuidad institucional, patrimonial y registral".Para avanzar con el traspaso, la norma exige la presentación del acta interna de aprobación, la baja del régimen anterior y un "balance especial de transformación". El texto aclara que dicho documento "debe estar cerrado a una fecha que no exceda de un (1) mes a la del acta de transformación y contener detalle de los bienes registrables, identificándose con la mayor precisión posible los datos de inscripción o dominio de los bienes a transferir". El trámite ya se puede realizar en papel o a través de la plataforma digital provincial.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pwrvL939u7fMoSXR3gx11I7uWfM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/05/iglesias.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Dirección de Inspección de Personas Jurídicas reglamentó la inscripción voluntaria y la rúbrica de libros contables. APFDigital supo que la medida permite a las comunidades religiosas salirse del esquema de las asociaciones civiles.]]>
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                <published>2026-05-29T18:00:00+00:00</published>
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            Acordaron reapertura de las iglesias: cómo funcionarán y qué no está permitido
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JzC1QZHpzD7nC033eFXEc3XILUI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/05/12_iglesias.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno recibió este lunes en Casa Rosada a la cúpula del Episcopado y habilitó la reapertura de las iglesias con el objetivo de brindar asistencia espiritual a los fieles durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado para enfrentar al coronavirus.
</p><p>
</p><p>El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el canciller, Felipe Solá, y el secretario de Culto, Guillermo Oliveri, mantuvieron un encuentro con monseñor Oscar Ojea, el cardenal Mario Poli y monseñor Carlos Malfa, presidente, vicepresidente y secretario de general de la Conferencia Episcopal Argentina, respectivamente.
</p><p>
</p><p>Durante la reunión se analizaron las medidas conjuntas tomadas entre el Estado y la Iglesia para contener a los sectores vulnerables, principalmente en los barrios populares de todos el país.
</p><p>
</p><p>Las partes acordaron que �Slas Iglesias podrán abrir sus puertas para la asistencia espiritual a los fieles y los rezos individuales, y éstas serían las primeras prácticas de fe que podrían permitirse en las iglesias y templos de nuestro país⬝.
</p><p>
</p><p>Por otra lado, se comenzó a desarrollar �Sun trabajo conjunto para accionar los protocolos de salud que deberán implementarse una vez que se reanuden los servicios religiosos en toda la Argentina, priorizando la seguridad sanitaria de todos los asistentes⬝.
</p><p>
</p><p>En este sentido, los asistentes se refirieron al trabajo diario que está realizando la Iglesia en los barrios de todo el país, para brindar asistencia a los sectores más vulnerables, y se analizaron las consecuencias sociales y económicas que surgieron a raíz de la lucha contra la pandemia, acordando que lo más importante es la salud y preservar la vida de la gente.
</p><p>
</p><p>Con respecto a las misas y otros rituales masivos, el Episcopado informó en un comunicado que �Sse acordó ir trabajando en la elaboración de protocolos litúrgicos y sanitarios correspondientes⬝.
</p><p>
</p><p>Por último, se remarcó la organización conjunta con municipios y organizaciones de distintas partes del país, lo que permitió resolver muchas necesidades sanitarias que surgieron a partir del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Además, definieron que todas las iglesias del país abrirán sus puertas para que los fieles puedan confesarse y asistir a los tempos.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JzC1QZHpzD7nC033eFXEc3XILUI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/05/12_iglesias.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno recibió a la cúpula del Episcopado y habilitó la reapertura de las iglesias con el objetivo de brindar asistencia espiritual a los fieles durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio.]]>
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                <updated>2020-05-12T08:11:00+00:00</updated>
                <published>2020-05-12T08:11:00+00:00</published>
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