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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
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            Matriculados del Colegio de Escribanos de Entre Ríos fueron capacitados sobre el nuevo sistema de Libre de Deuda On Line para inmuebles
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/L6_r_rHB36EdkHPCT6s7KuKLKfw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/matriculados.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Estuvieron presentes el Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Cr. Pablo Ferreyra; el Director de Rentas Cr. Fernando Marsicano; la Presidente del Colegio de Escribanos de Entre Ríos, Delegación Concordia, Escribana Laura López y el equipo de Informática Municipal.El nuevo sistema permite emitir el Libre Deuda Online de Inmuebles sin pagar sellados y en caso de contar con deuda, el titular poder regularizar desde el mismo sistema, beneficiando alrededor de 5.000 vecinos de la ciudad que lo solicitan anualmente.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/L6_r_rHB36EdkHPCT6s7KuKLKfw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/matriculados.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Los matriculados en el Colegio de Escribanos de Entre Ríos participaron de la presentación y capacitación del nuevo Sistema de Libre de Deuda On Line para Inmuebles el cuál fue desarrollado conjuntamente entre la Dirección de Rentas, la Dirección de Informática y el propio Colegio de Escribanos de Entre Ríos.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
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                <published>2025-04-01T13:30:00+00:00</published>
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            La municipalidad seleccionará a los escribanos que intervendrán en los distintos actos de gobierno
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wPu1eOB5uRdSRu7Dk-e6qawiwdM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/09_lista.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En este sentido, el secretario de Gobierno y Hacienda, Luciano Dell´Olio manifestó que esta iniciativa se enmarca "a partir de una decisión del intendente Francisco Azcué de afianzar el trabajo con las instituciones y colegios de profesionales de la ciudad, transparentando todos los procesos en los que el Departamento Ejecutivo Municipal esté involucrado".</p><p>Por esta razón "se determinó reglamentar el orden de selección de los distintos profesionales notariales, a través del orden de selección según el listado de profesionales remitido por la Delegación Notarial Concordia del Colegio de Escribanos de la Provincia de Entre Ríos. Para ello las diversas áreas de la Municipalidad deberán comunicarse previamente a la Subsecretaría de Legal y Técnica, área que irá canalizando cada proceso".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wPu1eOB5uRdSRu7Dk-e6qawiwdM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/09_lista.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La medida quedó notificada a través del Decreto Nº 005/2024, que determina que considerando la nota enviada por la Presidenta de la Delegación Notarial Concordia del Colegio de Escribanos al Poder Ejecutivo Municipal, "es de fundamental importancia la transparencia de los actos de gobierno y la necesidad de establecer un régimen de selección de profesionales notariales que se encuentre alejado de cualquier tipo de discrecionalidad y con el objeto de que intervengan en los distintos actos de gobierno que éste Municipio requiera".]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2024-01-09T22:40:32+00:00</updated>
                <published>2024-01-10T03:10:27+00:00</published>
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            Los escribanos deberán reportar operaciones inmobiliarias por más de 700 salarios mínimos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7EL3olhukgL3OTw19goht108M58=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/12/02_escribanos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los escribanos deberán reportar a la Unidad de Información Financiera (UIF) las operaciones de compraventa de inmuebles por montos equivalentes a 700 veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), a partir del 1° de marzo de 2024.</p><p>La medida quedó establecida en la resolución 242/2023 de la UIF publicada en el Boletín Oficial, que estableció nuevos lineamientos para la actividad de los escribanos públicos a los efectos de prevenir operaciones relacionadas con lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT).</p><p>Las nuevas normas actualizan los requisitos establecidos para la actividad notarial por parte del organismo en materia de prevención de LA/FT, y reemplazan a la resolución 21 de 2011, en el marco de la revisión de estándares y criterios adoptados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que pasó “de un enfoque de cumplimiento normativo formalista a un enfoque basado en riesgos”, destacó la resolución en sus considerandos.</p><p>Entre los principales puntos de la norma se señala una serie de “actividades específicas” referidas a escrituras públicas que constaten, entre otros casos, transferencias de dominio por compra y/o venta de bienes inmuebles, siempre que el importe involucrado supere los 700 salarios mínimos, vitales y móviles. A valores de diciembre, ese monto representa una suma de por lo menos $109,2 millones.</p><p>También se incluyen la “organización de aportes o contribuciones para la creación, operación o administración de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas”, y la “creación, operación o administración de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas, y la compra y venta de negocios jurídicos y/o sobre participaciones de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas”, de acuerdo con lo detallado en el artículo 2 de la resolución.</p><p>Los colegios notariales tendrán acceso a información relevante para evaluar el sistema de monitoreo de alertas, y los procedimientos de análisis de operaciones inusuales y sospechosas.</p><p>La norma reconoce a los colegios de escribanos de todo el país como entidades intermediarias en ciertos aspectos del cumplimiento normativo.</p><p>Eso implica que la revisión externa independiente que exige la nueva normativa puede ser reemplazada por inspecciones efectuadas por los respectivos colegios, que tendrán acceso a información relevante para evaluar el sistema de monitoreo de alertas y los procedimientos de análisis de operaciones inusuales y sospechosas.</p><p>Asimismo, los colegios podrán brindar asistencia al escribano en la creación del manual de prevención de lavado, documento que recoge las políticas, procedimientos y controles que constituyen el sistema de prevención del LA/FT de la escribanía.</p><p>Se diferencian los controles de seguimiento de clientes ocasionales y clientes habituales (aquellos con dos o más “actividades específicas” al año) y, además, se postergó la aplicación de ciertas disposiciones de la norma para 2025 y 2026.</p><p>La resolución destacó en sus considerandos que “la intervención del Escribano Público en la República Argentina se caracteriza por su total imparcialidad en los negocios en que interviene como profesional del derecho que ejerce una función pública”.</p><p>“En ningún momento y bajo ninguna circunstancia se puede constituir en administrador de bienes de sus clientes ya que perdería, en ese caso, su actuación autenticadora y documentadora esencial”, agregó la resolución de la Unidad de Información Financiera (UIF).</p><p>En ese sentido, puntualizó que “los escribanos públicos no pueden en ningún caso, en ejercicio de la función notarial, efectuar las actividades de ‘administración de bienes y/u otros activos’, ni de ‘administración de cuentas bancarias, de ahorros y/o de valores’ en nombre o por cuenta de terceros”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7EL3olhukgL3OTw19goht108M58=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/12/02_escribanos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La resolución 242, publicada en el Boletín Oficial, estableció nuevos lineamientos para prevenir operaciones relacionadas con lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2023-12-02T00:09:00+00:00</updated>
                <published>2023-12-02T00:05:56+00:00</published>
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            El Superior Tribunal de Justicia entendió que el  amparo no es la vía de reclamo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/elheraldo-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>Entendió que el amparo no es la vía de reclamo y se debería haber recurrido a una acción de inconstitucionalidad.</p><p>En los fundamentos de su voto, el vocal Martín Carbonell sostuvo, en consonancia con la Procuración General, que la vía que resulta idónea en el caso planteado por Vitali es la acción de inconstitucionalidad -que recepta el artículo 51 de la Ley de Procedimientos Constitucionales en el Capítulo III-, o bien la acción contencioso administrativa que regula la Ley Nº7061, y no el amparo.
</p><p>El magistrado recordó lo expresado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación que �S(...) la existencia de una vía legal adecuada para la protección de los derechos que se dicen lesionados excluye, en principio, la admisibilidad del amparo, pues este medio no altera el juego de las instituciones vigentes (Fallos: 303:419 y 422), regla que ha sustentado la Corte cuando las circunstancias comprobadas en la causa evidencian que no aparece nítida una lesión cierta o ineludible causada con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, o el asunto versa sobre una materia opinable que exige una mayor amplitud de debate o de prueba para la determinación de la eventual invalidez del acto (doctrina de Fallos: 303:422)...⬝  No sería la acción de amparo el conducto procesal idóneo para pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de una norma si tal situación no luce palmariamente manifiesta (Cfr. �SAcción de amparo⬝. Néstor Pedro Sagües. Derecho Procesal Constitucional. Editorial Astrea. Año 2022). 
</p><p>Por su parte, el vocal Leonardo Portela adhirió al voto de Carbonell porque consideró que se corroboró la existencia de una vía judicial más idónea para la discusión planteada, como es la acción de inconstitucionalidad.
</p><p>En tanto, el vocal Daniel Carubia también adhirió a los fundamentos de Carbonell y agregó: �SSin embargo, la extemporaneidad de su reclamo para esta vía excepcional del amparo no obsta a que lo intente por un procedimiento judicial específico e idóneo, como lo es la acción de inconstitucionalidad (art. 3, inc. a), ley cit.⬝.
</p><p>El vocal Germán Carlomagno compartió lo propuesto por Carubia y destacó que el accionante, con el fin de atacar la inconstitucionalidad de las normas denunciadas, tiene a su disposición la posibilidad de canalizar sus pretensiones con los remedios ordinarios a su alcance -esto es, la acción de inconstitucionalidad-, a fin de cuestionar la gravedad de la infracción que lo disconforma, no comprobándose los supuestos de excepción que habilitarían el trámite extraordinario del amparo.
</p><p></p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/elheraldo-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>En las actuaciones �SVitali, Héctor Horacio c/Colegio de Escribanos de la provincia de Entre Ríos (CEER) S/Acción de amparo⬝, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió que no existe nulidad e hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el CEER, revocando la sentencia de primera instancia. Declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta -art. 3° inc. a) y c) de la Ley N° 8369.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2023-05-19T00:16:00+00:00</updated>
                <published>2023-05-19T00:16:00+00:00</published>
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            La Municipalidad y el Colegio de Escribanos trabajan en la  agilización y digitalización  de diversos trámites
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OTTrRA0Fn1RPP1a1wlykakaP8zM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/12/10_edscribanos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En el marco del proceso de digitalización y modernización que lleva adelante el municipio de Concordia, se produjo un primer encuentro de trabajo con la delegación local del Colegio de Escribanos, que brindará sus aportes para mejorar en forma conjunta los distintos procesos que involucran a ambas instituciones.</p><p>El secretario de Gobierno y Hacienda del municipio, Álvaro Sierra, explicó que �Sestas actividades forman parte de una extensa política de transformación digital que lleva adelante la gestión encabezada por el intendente Enrique Cresto. 
</p><p>Muchas de las políticas públicas que se van implementando en esta materia se fortalecen a partir del intercambio con sectores privados, instituciones y colegios profesionales, que cuentan con un lugar de participación e intercambio para generar mecanismos y procedimientos de modernización más superadores y funcionales a cada sector⬝. 
</p><p>Puntualmente referido al intercambio con el Colegio de Escribanos, Sierra adelantó que se puso especial foco en �Slos cambios positivos que generará la posibilidad de modernizar los trámites de inscripciones cada vez que hay una transferencia de inmueble en el municipio. 
</p><p>����Todo el proceso, que implicaba pasar por varias reparticiones, se podrá realizar en un solo sitio y de manera remota⬝, puntualizó.
</p><p>�SLa intención es que cada escribano cuente con un usuario y una contraseña para ingresar a la plataforma web, donde podrán consultar, por ejemplo, la deuda del cliente, emitir el libre deuda o, si tiene deuda, generar una boleta de pago. Todo eso elimina, además, los gastos de sellado que pagaban los escribanos durante este procedimiento. Así ocurrirá con cada paso de los distintos trámites⬝, sintetizó el funcionario municipal. 
</p><p>Por su parte, la presidenta de la Delegación Concordia del Colegio de Escribanos, María Laura López, ponderó la iniciativa y opinó: �SLa pandemia nos dejó bien en claro que el mundo tiene que seguir adelante ante cualquier situación y que lo virtual llegó para quedarse. 
</p><p>����Hemos visto que, a pesar de dificultades de todo tipo que puedan surgir, hay transacciones que tienen que salir de manera urgente y es importante poder aprovechar las herramientas tecnológicas que tenemos a disposición a través de políticas y medidas que nos lleven a implementarlas en nuestras tareas cotidianas, mejorando los distintos procedimientos⬝.
</p><p>Consideró que desde el Colegio �Sestamos muy contentos y entusiasmados con que esto pueda hacerse efectivo⬝, y agregó: �SEsto hace el trámite mucho más ágil. Con la posibilidad de obtener de forma remota el certificado de libre deuda municipal y de dominio, tendremos un importante ahorro de tiempo y de dinero, porque no tendremos traslados, pero además podemos seguir avanzando los procedimientos desde cualquier lugar y en todo momento⬝.
</p><p></p><p>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OTTrRA0Fn1RPP1a1wlykakaP8zM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/12/10_edscribanos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Para continuar con el trabajo articulado con distintas instituciones y colegios profesionales, el Municipio llevó a cabo un encuentro junto a autoridades e integrantes del Colegio de Escribanos, tendiente a la modernización en la gestión de libre deuda y transferencia de inmuebles.]]>
                </summary>
                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2022-12-10T09:23:00+00:00</updated>
                <published>2022-12-10T09:23:00+00:00</published>
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            ATER y el Colegio de Escribanos repasaron los avances de la reforma tributaria
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ILIhZuZ4uWEvHwteExwSTbEcv84=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/02/16_ATEREscribanos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El director Ejecutivo de la Administradora Tributaria, Germán Grané  mostró satisfacción tras el encuentro en tanto "el diálogo permanente con los distintos colegios profesionales es importante para seguir avanzando en la prestación de servicios más ágiles y eficientes, tanto a través de nuevos mecanismos y medios digitales, como así mejorando los procedimientos administrativos. Constituye un desafío permanente para la administradora la mejora continua", dijo
</p><p>En el caso en particular de los notarios, a partir de la ley 10.856 sancionada en diciembre de 2020 se reemplazaron normativas que permiten agilizar y simplificar las labores de los escribanos en materia de la gestión del impuesto de sellos.
</p><p>Entre ellas se destaca que la nueva normativa da respuesta a un pedido de mucho tiempo por parte de los escribanos referido a la derogación del artículo que obligaba a concurrencia a la ATER para la presentación de los cuadernos de protocolo de los profesionales notarios en el marco de los actos pasados por escritura pública y que obligaba a la visación de los instrumentos por parte de la Administradora.
</p><p>Al respecto, desde ATER señalaron que se está muy conforme con el avance en la implementación y reglamentación de las nuevas disposiciones, ya que se ven materializados los objetivos que fundamentaron la reforma tributaria propuesta, en cuanto a brindar mejores servicios a los ciudadanos, dotar de mayores facultades a la administradora y disponer de herramientas que permitan ampliar las capacidades en la gestión tributaria en un mundo globalizado y dinámico.</p><p>
</p><p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ILIhZuZ4uWEvHwteExwSTbEcv84=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2021/02/16_ATEREscribanos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se reunieron profesionales notarios y directivos de ATER para analizar el avance en la implementación de nuevas medidas dispuestas en la reciente Ley 10.856 de reforma tributaria impulsada por el organismo fiscal.]]>
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                <updated>2021-02-16T08:37:00+00:00</updated>
                <published>2021-02-16T08:37:00+00:00</published>
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