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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2023-04-29T00:41:00+00:00</updated>
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            Aumento para personal de casas particulares: cuánto cobrarán  y cuáles son los próximos incrementos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/elheraldo-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>Con la llegada de mayo, cabe recordar cómo quedaron fijadas las nuevas escalas salariales para el&nbsp;personal doméstico. Se trata del primer tramo de un acuerdo de ajustes que fue pactado para los meses de abril, mayo y junio, y que totalizará un incremento del&nbsp;27%.</p><p>A través de la&nbsp;Resolución 2/2023, publicada en el&nbsp;Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo fijó �Sun incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas⬝ para el Personal de casas particulares.
</p><p>La suba de los salarios de abril que se pagan en mayo será del&nbsp;14%, para quienes cobran en forma mensual. Mientras que a partir de mayo, el aumento será del 7% y el último incremento establecido -que regirá desde junio- será del 6%.
</p><p>El acuerdo, oficializado por la&nbsp;Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares&nbsp;determinó que los incrementos porcentuales tomarán como base los montos vigentes a marzo de 2023 y no son acumulativos. Eso significa que la base de cálculo del 14% inicial será la misma que la que se aplicará para las respectivas subas del 7% y 6%.
</p><p>En este marco, los empleados del servicio doméstico de menor categoría&nbsp;(tareas generales), pasarán de cobrar $611,5 por hora (con retiro) en marzo, a $697,5 en abril, $740 en mayo y $777 en junio.
</p><p>En el otro extremo, los&nbsp;supervisores&nbsp;pasarán de cobrar un mínimo de $738 en marzo (con retiro) a $841,5 en abril, $893 en mayo y $937,5 en junio.
</p><p>Los mismos porcentajes de ajustes se aplican para las demás categorías. En el caso de los&nbsp;caseros, que hasta hoy cobran $659,5 por hora, pasarán a cobrar un mínimo de $752 en abril, $798 en mayo y $838 en junio.
</p><p>De igual manera, la tabla de escalas salariales publicada en forma de anexo en el Boletín Oficial especifica que el personal de&nbsp;tareas generales&nbsp;que ganaba hasta marzo un mínimo de $75.075 por mes, siempre y cuando por supuesto se cumpla con el mínimo de horas requeridas, con retiro, el valor asciende a $85.586; en mayo será de $90.841 y en junio, completando el 27% de aumento,&nbsp;subirá a $95.345,5.
</p><p>Por su parte, el personal para&nbsp;tareas específicas, saltará de $95.248,5 (sin retiro) a $ 108.583,5 en abril, $115.251 en mayo y $120.966 en junio.
</p><p>El Gobierno además oficializó que se aplicará&nbsp;un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos&nbsp;establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
</p><p>Además, hay que recordar que desde septiembre de 2021 está vigente el adicional por&nbsp;antigüedad, que se calcula en una relación uno a uno (1% por cada año&nbsp;de antigüedad del trabajador en la relación laboral) que se debe aplicar también sobre los salarios mínimos establecidos.
</p><p>El personal que efectúe tareas y labores que se puedan incluir en más de una categoría quedará comprendido en aquella que resulte ser la principal, es decir en la que más tareas realiza con habitualidad.
</p><p>Vale la pena destacar que la categoría �SPersonal para tareas generales⬝, también conocida como �Sla quinta categoría⬝, es la que más trabajadores engloba en el país.
</p><p>En este contexto de escalada inflacionaria que se da en el marco de la crisis económica que azota al país, semanas atrás las partes -luego de acordar la suba del 27%- pactaron volver a reunirse el próximo martes 25 de julio para discutir los términos de un nuevo ajuste salarial.
</p><p></p><p>
</p><p>
</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/elheraldo-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>Cómo quedaron las escalas salariales a partir de las alzas acordadas para abril, mayo y junio con el aval del Gobierno.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2023-04-29T00:41:00+00:00</updated>
                <published>2023-04-29T00:41:00+00:00</published>
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            Las nuevas escalas salariales de empleadas domésticas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/elheraldo-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno anunció este lunes las nuevas escalas salariales para el personal doméstico, las cuales entrarán en vigencia en los próximos tres meses. El incremento será del 27 %, a partir de los montos de marzo de este año, que se establecieron como base. Esta medida se acordó en noviembre pasado entre el Ministerio de Trabajo y la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares.</p><p>La Resolución 2-2023, publicada en el Boletín Oficial, firmada por Roberto Picozzi, presidente de la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares, indica que el primer aumento será del      14 % a partir del corriente mes. En mayo, el incremento será del   7 %, no acumulativo, mientras que en junio habrá una suba del 6 %.</p><p>A partir del próximo mes, los trabajadores con retiro destinados a tareas generales percibirán $697,5 por hora o $85.586 mensuales, mientras que los sin retiro cobrarán $752 por hora o $95.170,5 por mes. En los dos tramos siguientes, los valores serán de $740 y $777 por hora, y $90.841 y $95.345,5 mensuales para los trabajadores con retiro, y $798 y $838 por hora, y $101.014 y $106.023 por mes para los sin retiro. En el caso de los supervisores, la progresión de los salarios será de $841,5, $893 y $937 por hora, y de $104.993, $111.440 y $116.966 mensuales para los que tienen retiro. Los sin retiro percibirán $921,5, $978 y $1.026,5 por hora, y $116.950, $124.131,5 y $130.287 mensual.
</p><p>La Resolución también establece un adicional del 30 % por zona desfavorable sobre los salarios mínimos para aquellos que presten servicios en ciertas provincias o áreas geográficas específicas. Este adicional se aplicará en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. La nueva escala salarial fue acordada después de un extenso intercambio de posturas durante una reunión que se llevó a cabo el 28 de marzo entre las representaciones sectoriales de trabajadores, empleadores y los Ministerios integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares. El incremento salarial total del 27 % no acumulativo sobre la escala salarial aprobada mediante Resolución N° 6/22 de la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares fue el resultado de este encuentro.
</p><p></p><p>
</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/elheraldo-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>El incremento, será en tres tramos: 14 % a partir de abril, 7 % desde mayo y 6 % no acumulativo en junio.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2023-04-11T00:13:00+00:00</updated>
                <published>2023-04-11T00:13:00+00:00</published>
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            Trabajadoras domésticas: Qué beneficios tienen en ANSES y cómo solicitarlos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AMwX9OOoe5SZo31Kfap4HsMaVds=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/10/20_trabajadoras_domesticas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Sos trabajadora doméstica o trabajador de casas particulares si prestás servicios o tareas de: limpieza, mantenimiento u otras actividades típicas del hogar, asistencia personal y acompañamiento a miembros de la familia o que conviven en el mismo domicilio con tu empleador o cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.</p><p>¿A quiénes no se considera personal de casas particulares?
</p><p>&nbsp;-Contratadas por personas jurídicas para esas tareas.
</p><p>&nbsp;-Que son parientes del dueño de casa (padres, hijos, hermanos, nietos, etc.) o a quienes las leyes o usos y costumbres consideren relacionadas en algún grado de parentesco o vínculo de convivencia no laboral con el empleador.
</p><p>&nbsp;-Que realizan tareas de cuidado y asistencia de personas enfermas o con discapacidad, cuando sea una prestación de carácter exclusivamente terapéutico o para la cual se exijan habilitaciones profesionales específicas.
</p><p>&nbsp;-Contratadas únicamente para conducir vehículos particulares de la familia o de la casa.
</p><p>&nbsp;-Que conviven en el alojamiento con el personal de casas particulares y no prestan ese servicio para el empleador.
</p><p>&nbsp;-Que además de realizar tareas domésticas, prestan otros servicios ajenos a la casa particular u hogar familiar, con cualquier periodicidad, en actividades o empresas de su empleador.
</p><p>-Empleadas por consorcios de propietarios de acuerdo con la Ley 13512, por clubes de campo, barrios privados u otros sistemas de condominio, para tareas descriptas en el artículo 2° de la ley en esas unidades funcionales.
</p><p>La parte empleadora puede dar de alta la relación laboral, gestionar los pagos para las empleadas, sus recibos de sueldo y licencias. Al mismo tiempo, trabajadora podés consultar tus aportes en AFIP y pagar adicionales para tener cobertura médica o un beneficio previsional.
</p><p>Además, teniendo en cuenta la categoría que le corresponde a cada trabajadora dependiendo de la cantidad de horas de trabajo semanales, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorga diferentes beneficios y prestaciones. Cabe destacar que las categorías se dividen en 3: menos de 12 horas semanales, desde 12 a 16 horas semanales, y 16 horas semanales o más.
</p><p>Asignaciones
</p><p>Si trabajás en casas particulares te corresponde cobrar asignaciones familiares, y no es incompatible con la asignación por embarazo o con la AUH.
</p><p>&nbsp;Asignación por Embarazo para Protección Social.
</p><p>Asignación Familiar por Maternidad.
</p><p>Asignación Universal por Hijo para Protección Social.
</p><p>Salarios, aportes y contribuciones
</p><p>Tu empleador debe pagarte el sueldo de acuerdo con la escala salarial vigente y hacerse cargo de tus aportes y contribuciones.
</p><p>Obra social y ART
</p><p>Si sos trabajador o trabajadora de casas particulares y estás registrada, tenés obra social y ART. La Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares es la obra social de la actividad, aunque podés inscribirte en otra, ya que vos sos quién decide.
</p><p>Tarifa Social en la tarjeta SUBE
</p><p>Los usuarios que formen parte de alguno de los grupos beneficiarios, entre los cuales se encuentran los trabajadores de casas particulares, viajan con descuento.
</p><p>Profesionalización del trabajo en casas particulares
</p><p>El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ofrece cursos gratuitos para quienes deseen capacitarse y brinda apoyo a las instituciones de formación que quieran dictar cursos de profesionalización de estas actividades.
</p><p>Centro de Orientación al Ciudadano - Teléfono: 0800-666-4100/ 0800-222-2220</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p><p>
</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AMwX9OOoe5SZo31Kfap4HsMaVds=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/10/20_trabajadoras_domesticas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se brindan varias asignaciones y beneficios para los y las trabajadoras doméstica o trabajadoras de casas particulares.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2022-10-20T08:32:00+00:00</updated>
                <published>2022-10-20T08:32:00+00:00</published>
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