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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
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            La Justicia desestimó un intento de anular el DNU que reformó la estructura de la SIDE
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uOvQYAF_I15Fygxto5rYDfqAStA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/02/dnu_side.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia Federal de Paraná rechazó una acción judicial que buscaba frenar la aplicación del DNU 941/2025, con el que el Gobierno reestructuró la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) y, entre otros cambios, facultó a sus agentes a detener personas.</p><p>La desestimación fue confirmada este sábado por la Cámara de Apelaciones de Paraná, luego de revisar lo actuado por el juzgado de primera instancia, a cargo del magistrado Daniel Alonso, quien ya se había pronunciado en el mismo sentido el jueves.El conflicto se originó cuando tres abogados presentaron un recurso para “proteger la libertad ambulatoria” de la ciudadanía -según alegaron- frente a las nuevas normativas dictadas desde el Poder Ejecutivo.Los letrados Rubén Pagliotto, Raymundo Kisser -ex senador radical- y Armando Aquino Britos cuestionaron ante el Juzgado Federal de Paraná la validez del DNU dado que, de acuerdo a su planteo, esta norma modificó la Ley de Inteligencia y otorgó facultades a los agentes de la Secretaría de Inteligencia de Estado para realizar detenciones, potestad que transformaría al organismo en una fuerza de seguridad, lo cual consideraron una amenaza para las garantías constitucionales de todos los habitantes.</p><p>En su presentación, los juristas explicaron que el texto legal impugnado permitía a los espías aprehender personas sin una orden escrita de autoridad competente. Señalaron que la normativa habilitaba a estos funcionarios a actuar bajo la excusa de proteger sus instalaciones o durante operaciones encubiertas en cualquier punto del territorio. Advirtieron que esto generaba un riesgo cierto de privaciones ilegítimas de la libertad, ya que el decreto no obligaba a poner al detenido a disposición inmediata de un juez, sino simplemente a dar aviso a la policía.El juez federal Daniel Alonso desestimó la petición sin abrir el proceso a prueba. Fundamentó su resolución en que no existía una amenaza actual ni concreta contra la libertad. Consideró que el temor expresado por los demandantes se basaba en conjeturas hipotéticas sobre lo que podría ocurrir en el futuro, pero no en un acto específico de restricción en curso o próximo a ejecutarse. Por tal motivo, declaró improcedente la vía del habeas corpus preventivo.La legislación vigente establece un mecanismo especial para estos casos. Cuando un juez rechaza este tipo de acciones al inicio, debe elevar el expediente en consulta a la Cámara superior para que revise la decisión. El juez Alonso cumplió con este paso procesal.Sin embargo, los abogados intentaron apelar el fallo por su cuenta, buscando abrir una instancia de revisión adicional. El juzgado denegó ese recurso de apelación, explicando que la ley solo prevé la consulta automática y no la apelación directa ante ese tipo de rechazo inicial.Ante la negativa, los litigantes acudieron directamente a la Cámara Federal de Paraná mediante un recurso de queja. Cuestionaron que se les impidiera apelar y alegaron que la sentencia tenía carácter definitivo. También intentaron recusar a las juezas Beatriz Aranguren y Cintia Gómez, quienes integraban la sala revisora. Argumentaron falta de imparcialidad porque las magistradas ya habían intervenido en la consulta obligatoria mencionada anteriormente.</p><p>El fallo de la CámaraCon todo este escenario, la Cámara Federal resolvió la disputa este fin de semana. En primer lugar, las camaristas rechazaron el pedido de apartamiento en su contra. Recordaron que la ley de habeas corpus prohíbe las recusaciones debido a la necesidad de resolver estos conflictos con urgencia y sumariedad. De cualquier forma, aclararon que su intervención previa formó parte del control de legalidad que exige la norma y no implicó un prejuzgamiento.Finalmente, el tribunal desestimó la queja presentada por los actores. Las juezas confirmaron que el fallo del juzgado de primera instancia fue correcto. Explicaron que el sistema de consulta garantiza una revisión rápida y automática de la sentencia, lo cual hace innecesaria la apelación tradicional en esa etapa. Destacaron que la alzada ya había avalado la decisión de fondo de descartar la acción judicial, cerrando así la posibilidad de revertir el rechazo a través de esa vía procesal específica.De esta manera, la Justicia dio por concluido el intento de frenar el decreto mediante esta herramienta legal, ya que no se verificaron los requisitos básicos para activar la protección del habeas corpus, al no demostrarse un acto de autoridad que limitara la libertad física de manera tangible en el momento de la denuncia.Ahora, la discusión sobre el DNU que modificó la SIDE continuará en el Poder Legislativo. El Gobierno envió al Congreso el texto, donde ya venció el plazo para su tratamiento en la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo -no está conformada-. Así, el tema ya puede tratarse directamente en el recinto.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uOvQYAF_I15Fygxto5rYDfqAStA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/02/dnu_side.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Abogados y exlegisladores habían impulsado un habeas corpus para frenar la aplicación del decreto. El pedido fue rechazado en primera instancia y ahora confirmó esa decisión la Cámara Federal de Paraná.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
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                <published>2026-02-02T08:00:00+00:00</published>
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            Se acordó declarar por DNU la Emergencia Ígnea para las provincias afectadas por los incendios en el sur
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/L25CoVDeW9hBX-g8iPW4VN4bg9Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/emergencia_ignea.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por Julián Alvez - A pocos días de que comiencen las sesiones extraordinarias en el Congreso, la Mesa Política de la Casa Rosada se reunió este jueves al mediodía en el despacho de Manuel Adorni y, durante una hora y media, trató los próximos pasos de la estrategia política para los proyectos políticos más importantes.</p><p>En ese contexto, uno de los principales temas que parecían fijados para la reunión era la posibilidad o no de incluir una Declaración de Emergencia Ígnea para ser tratado en breve en el Congreso. La iniciativa fue propuesta el martes por cinco gobernadores afectados por los incendios recientes y actuales.Tres altísimas fuentes de esa mesa confirmaron a Infobae que está decidido realizar cambios presupuestarios e incrementar partidas destinadas al combate del fuego a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el cual declarará la Emergencia Ígnea.“La velocidad amerita esa vía”, dijo una de estas fuentes. Otro de estos integrantes marcó: “No resultaría eficiente mandarlo por el Congreso si es una emergencia. Precisás dos sesiones y la urgencia ahora. El decreto es la opción más viable, pero es un tema que lo va a terminar de precisar el Colo”.Una fuente inobjetable contó a este medio que el tema no fue abordado en el encuentro, ya que la decisión de impulsar la Emergencia por DNU se había tomado el miércoles por la noche.Todavía no se precisó cuándo podría hacerse efectivo. En el ala de los gobernadores patagónicos se esperaba que fuera mañana, mientras que un sector de la Casa Rosada marcaba que todavía debía definirse qué fondos se estaban dispuestos a ceder. La última vez que se declaró la Emergencia Ígnea fue a través del Decreto 2/2023 firmado por Alberto Fernández, el cual tuvo vigencia hasta el 13 de enero de 2024.El encuentro de la Mesa Política inició a las 12 y terminó una hora y media más tarde. Los integrantes del encuentro fueron la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; el asesor, Santiago Caputo; el ministro del Interior, Diego Santilli; el titular de la Cámara de Diputados, Martín Menem (vía Zoom); la jefa del bloque oficialista en el Senado, Patricia Bullrich, el secretario de Asuntos Estratégicos, Ignacio Devitt. También estuvo el ministro de Economía, Luis Caputo.En el Gobierno enfatizaron que “están enviando ayuda” actualmente a las provincias afectadas. Aun así, la gran mayoría de la misma se produjo por estas horas. Tal y como adelantó Infobae, la provincia de Chubut, la segunda más afectada por los incendios, recibió esta jornada un total de $ 4.000 millones en concepto de Aportes del Tesoro Nacional (ATN).Además, esta madrugada se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 91/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional, dirigida por Alejandra Monteoliva, la cual establece una serie de medidas para el fortalecimiento del financiamiento del sistema de Bomberos Voluntarios en todo el país.Según la resolución, las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, como entes de primer grado, recibirán un total de $100.810.319.998,50. Este monto se distribuirá entre 1.062 asociaciones, con una asignación de 94.924.971,75 pesos para cada una. En tanto, las entidades de segundo grado provinciales, que agrupan a las federaciones provinciales, percibirán $7.754.639.995,93.La resolución fue firmada el martes pasado por la tarde. En esa misma jornada,los gobernadores de la Patagonia le solicitaron formalmente al Congreso de la Nación el tratamiento de una Declaración Nacional de Emergencia Ígnea. El pedido fue realizado por mandatarios provinciales de diferente signo político como Ignacio Torres (Chubut), Sergio Ziliotto (La Pampa), Alberto Weretilneck (Río Negro), Rolando Figueroa (Neuquén) y Claudio Vidal (Santa Cruz).La idea es que estableciera la declaración de zona de desastre para los territorios afectados, habilitando así el uso de herramientas excepcionales para la gestión del riesgo, la protección civil y la asistencia a las comunidades damnificadas.En el Gobierno reconocen que el pedido de los gobernadores no fue el disparador de la medida, pero que sí se produce para tratar de mitigar las críticas -tanto de esos actores como a nivel general- sobre la política oficial al respecto de los incendios en la Patagonia. “Estamos tratando de contrarrestar un poco las críticas sobre los incendios. Las balas en esos temas entraron”, reconocieron fuentes inobjetables.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/L25CoVDeW9hBX-g8iPW4VN4bg9Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/emergencia_ignea.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Mesa Política se reunió en la Casa Rosada, pero la decisión estaba tomada desde ayer. Creen que la urgencia del caso amerita un decreto. En la región del interior, en tanto, el clima complica el combate del fuego que ya arrasó con 45 mil hectáreas.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-01-30T02:26:15+00:00</published>
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            El Gobierno emitió un DNU que permite a militares en actividad ocupar cargos en el Ministerio de Defensa
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wvx_ak-O5x5YWCKLPs3M1SFBn18=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/dnu_militares.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>“Esta decisión permite que el Ministerio cuente con los cuadros más calificados para la gestión de la defensa nacional, sin afectar la carrera profesional del personal militar”, informó la cartera militar en un &nbsp;comunicado.“Hasta ahora, el pase a disponibilidad implicaba que el tiempo de servicio en el Ministerio no computara como servicio efectivo, lo que desalentaba la incorporación de oficiales y suboficiales con experiencia y conocimiento especializado en funciones clave”, se indicó en el texto.La urgencia de la medida, instrumentada este lunes a través de un DNU, responde a “la necesidad operativa de cubrir puestos estratégicos con personal idóneo en áreas donde el conocimiento profesional acumulado es determinante”.&nbsp;“La formación y experiencia propias de la carrera militar resultan esenciales para la planificación y conducción de la defensa nacional”, indicó a través de un comunicado la cartera a cargo de Carlos Presti.</p><p>El DNU</p><p>El decreto de necesidad y urgencia “se inscribe en una política de integración entre personal civil y personal militar en actividad dentro del Ministerio, fortaleciendo la conducción del sistema de defensa”.“Asimismo, corrige una restricción que afectaba el principio de igualdad ante la ley, al limitar el acceso del personal militar a funciones para las que resulta plenamente idóneo”, se agregó.</p><p>La modificación no introduce privilegios ni altera los aspectos sustanciales de la carrera militar y no será aplicable a oficiales que hayan alcanzado los grados de teniente general, almirante o brigadier general, ni a quienes se hayan desempeñado como jefe del Estado Mayor Conjunto o jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas, por tratarse de instancias que representan la culminación de la carrera militar.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wvx_ak-O5x5YWCKLPs3M1SFBn18=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/dnu_militares.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno modificó la Ley 19.101 para habilitar al personal de las Fuerzas Armadas en actividad para cumplir funciones en el Ministerio de Defensa sin pasar a situación de disponibilidad.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-01-27T02:30:00+00:00</published>
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            Organizaciones piden derogar el DNU de Inteligencia por “debilitar controles democráticos”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rQuaFl40af4AMc-azycGHukdNyE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/inteligencia.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Una veintena de organizaciones de derechos humanos, políticas &nbsp;y sociales pidieron que el Congreso proceda a la derogación del DNU que reforma de la ley de Inteligencia, al advertir que “debilita los controles democráticos” porque permite la “aprehensión” de personas sin que quede claro bajo qué criterios ni con qué garantías, y sin autorización judicial”.La postura está plasmada en un documento firmado por la Amnistía Internacional Argentina, la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, &nbsp;Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Poder Ciudadano, CELS, Democracia en Red, Fundación SES, Fundación Vía Libre y la Campaña Argentina por el Derecho a la Educación (CADE), entre otros.Las entidades de derechos humanos y sociales pidieron al Congreso que rechace ese DNU y la oposición está buscando alcanzar el número para poder anular esa medida del Poder Ejecutivo, según supo la Agencia Noticias Argentinas.“Advertimos que se trata de un DNU manifiestamente inconstitucional, que amplía la discrecionalidad estatal y habilita prácticas que creíamos superadas. El Congreso debe rechazarlo”, expresaron.Esos organismos señalaron que el DNU de reforma de la ley de Inteligencia “es grave” porque el “decreto habilita vigilancia masiva, concentra más poder en la SIDE y debilita los controles democráticos”“Por primera vez en democracia, la SIDE &nbsp;puede proceder a la aprehensión” de personas sin que quede claro bajo qué criterios ni con qué garantías, y sin autorización judicial”, señalaron.Y destacaron que “esto deja habilitado el camino a detenciones arbitrarias, a la persecución y a la intimidación. Es transformar a los servicios de inteligencia en una especie de policía secreta y sin control.&nbsp;En esa línea, sostuvieron que el DNU “obliga a más de 15 organismos públicos a compartir datos personales de la población con la SIDE, sin establecer procedimientos concretos ni mecanismos de control”.Agregaron que se “se vuelve así una herramienta para realizar vigilancia masiva. Además, la acumulación de grandes cantidades de datos en un solo organismo es todavía más peligrosa en la medida en que el Estado no tiene una política adecuada de seguridad de la información y las filtraciones son frecuentes”.“El decreto no prevé ningún tipo de control ciudadano sobre el accionar de la SIDE y concentra todavía más poder en esta agencia. Puede pedir información a provincias y municipios, aprobar presupuestos secretos, compartir tus datos con agencias de otros países sin autorización judicial. Y todo bajo absoluto secreto. Nadie sabrá qué hacen con tu información ni a quién se la dan”, puntualizaron.Otro punto rechazado por las organizaciones de derechos humanos es que el decreto “establece que las actividades de inteligencia son encubiertas por definición. Esto significa que no vas a poder saber si te están investigando, por qué, ni qué información tienen sobre vos. El carácter encubierto puede frustrar eventuales investigaciones para probar responsabilidades del Estado. No hay forma de reclamar si se equivocan o abusan. El secreto es la regla”.En otro tramo del documento rechazaron que los militares realicen tareas de inteligencia sobre organizaciones no estatales.En ese sentido señalaron que “durante décadas, Argentina trabajó para separar claramente defensa (militares) de seguridad interna (policías). Era una lección aprendida de la dictadura: los militares no deben ejercer funciones de control de la población civil”Agregan que “este decreto permite que las Fuerzas Armadas realicen tareas de inteligencia sobre “organizaciones no estatales” —sin aclarar cuáles ni los criterios que harían que las organizaciones ingresaran en esa categoría— y les quita el control civil. Es un retroceso histórico peligroso.”</p><p>La polémicaEl Gobierno dictó el 31 de diciembre el DNU 941-2025, que introduce profundos cambios a la ley de inteligencia al establecer que toda la actividad será “secreta”, permitir la aprehensión del personas y otorgar un amplio poder a la SIDE, y tiene hasta el jueves próximo para poder enviar esa norma al Congreso.Tras llegar al Congreso, la Comisión de Trámite Legislativo contará con diez días hábiles para su tratamiento, pero es probable que ese plazo se venza ya que ni siquiera está constituida la comisión, con lo cual la oposición puede impulsar su tratamiento en el recinto de sesiones.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rQuaFl40af4AMc-azycGHukdNyE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/inteligencia.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Entidades de Derechos Humanos pidieron al Congreso que se anule el decreto que permite “aprehender” a personas sin una orden judicial.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-01-13T01:03:57+00:00</published>
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            El Congreso recién en febrero podrá tratar el DNU que modifica la SIDE
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K1YWzEjtzOn4e29aSWSjLraaph8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/congreso_decreto.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno avanzó con la reforma de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) una vez finalizadas las sesiones extraordinarias y con el Congreso en receso. La estrategia oficial apunta a ganar tiempo y postergar el debate parlamentario, mientras un sector de la oposición intenta frenar la medida.Aunque la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo puede funcionar durante el receso, aún no fue conformada tras la renovación de las cámaras. Esa tarea depende de las presidencias de Diputados y del Senado, pero desde el oficialismo ya adelantaron que el Congreso permanecerá prácticamente cerrado durante enero, lo que demora cualquier tratamiento hasta febrero.Frente a este escenario, la oposición evalúa dos vías: esperar los plazos legales para llevar el DNU al recinto o recurrir a la Justicia. Unión por la Patria optó por el camino parlamentario y presentó un proyecto para derogar el decreto, mientras que la Coalición Cívica no descarta una presentación judicial por considerar que la norma es inconstitucional.Entre los principales cuestionamientos se encuentran la habilitación para que personal de inteligencia aprehenda personas, el carácter “encubierto” de sus actividades y el hecho de haber modificado por decreto una ley sensible sin debate legislativo. Los opositores sostienen que el DNU vulnera garantías constitucionales, el debido proceso y el principio de división de poderes.Por los plazos que fija la ley, recién en febrero el Congreso estaría en condiciones de tratar el decreto en el recinto, siempre que la oposición logre quórum y mayoría simple en ambas cámaras. El oficialismo confía en que el paso del tiempo diluya la ofensiva, mientras sectores aliados, como el PRO, pidieron mayor información sobre los protocolos y alcances operativos de la reforma.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K1YWzEjtzOn4e29aSWSjLraaph8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/congreso_decreto.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La oposición intenta frenar el decreto del Ejecutivo, pero los plazos parlamentarios demoran su llegada al recinto; desde la Coalición Cívica evalúan una vía judicial.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-01-04T17:00:00+00:00</published>
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            Reforma de inteligencia: la SIDE podrá realizar tareas encubiertas y aprehender en flagrancia
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/reforma-de-inteligencia-la-side-podra-realizar-tareas-encubiertas-y-aprehender-en-flagrancia" type="text/html" title="Reforma de inteligencia: la SIDE podrá realizar tareas encubiertas y aprehender en flagrancia" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/l5P_HMwTPNWnNhW9SkZFLsLF1B0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/side.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno Nacional prepara una reforma para otorgar mayor poder a la SIDE para concentrar todo el sistema de inteligencia, donde se establecen que toda las tareas serán “encubiertas” y se habilitara aprehender personas con una orden judicial o cuando están en situación de “flagrancia”.Esa reforma se efectuará a traves de un DNU que podría ser publicado mañana donde &nbsp;le da mas poder a la SIDE-que conduce Cristian Auguadra, señalaron fuentes oficiales a la Agencia NA.De acuerdo al texto al que tuvo acceso Agencia Noticias Argentinas se establece en el artículo 2 &nbsp;que “todas las actividades que se realizan en el ámbito de la Inteligencia Nacional revisten carácter encubierto en virtud de su sensibilidad, con el fin de minimizar el Riesgo Estratégico Nacional”.Otro de los artículos que ya despertaron críticas de la oposición es el 19 que fija que “los órganos del Sistema Nacional de Inteligencia proporcionarán su propia seguridad y protección de las instalaciones, bienes, personal, operaciones e información, encontrándose habilitados a repeler y/o hacer cesar las agresiones que los pongan en riesgo. Lo podrán hacer en toda instalación, durante el desplazamiento, o en los lugares donde se desarrollen las actividades de inteligencia, ya sea en forma permanente, transitoria o circunstancial”“En el marco del desarrollo de actividades de inteligencia, auxilio o requerimiento judicial y/o comisión de delitos en flagrancia, el personal de inteligencia podrá proceder a la aprehensión de personas, debiendo dar aviso inmediato a las fuerzas policiales y de seguridad competentes”, destaca.</p><p>DETALLESUno de los cambios impulsados por el DNU es que la Agencia de Seguridad pasará a llamarse Agencia Nacional de Contrainteligencia, la Agencia Federal de Ciberseguridad será reemplazada por la Agencia Federal de Ciberinteligencia y la a División de Asuntos Internos pasa a denominarse Inspectoria General de Inteligencia.Fuentes oficiales señalaron a NA que la reforma “moderniza, ordena y legitima el Sistema de Inteligencia Nacional: lo integra al Estado, lo separa de funciones policiales, lo adapta a amenazas contemporáneas y lo somete a mayores controles, con el objetivo de mejorar la capacidad estratégica del Poder Ejecutivo”.Establece que los titulares de los órganos desconcentrados serán designados por el Secretario de Inteligencia, reforzando la conducción jerárquica y el control interno del sistema.Aclara que “el sistema no cumple tareas policiales ni judiciales, sino que produce inteligencia estratégica para la toma de decisiones del Poder Ejecutivo” y “brinda respaldo legal al personal, definiendo con precisión qué está permitido y qué está prohibido.</p><p>PRINCIPALES EJESSeñala que los principales ejes de la reforma son la creación de &nbsp;un ámbito de integración funcional permanente, bajo conducción de la SIDE, para “compartir inteligencia entre todos los organismos especializados del Estado”.Otro aspecto central es la separación entre las áreas de ciberinteligencia y ciberseguridad que pasará a depender de la Jefatura de Gabinete.El Centro Nacional de Ciberseguridad que funcionará en la Secretaria de Innovación dentro de la Jefatura de Gabinete se ocupará de la protección de redes, sistemas y activos, mientras que la ciberinteligencia &nbsp;que estará en la orbita de la SIDE.</p><p>CONTRAINTELIGENCIAEn el DNU se especifica que la Agencia de Seguridad Nacional “se reorienta exclusivamente a la contrainteligencia, evitando superposición con la Policía Federal y dejando la investigación criminal en manos de las fuerzas de seguridad”En ese contexto se define a la contrainteligencia como la forma preventiva, a detectar y analizar: espionaje, sabotaje, injerencia, interferencia e influencia extranjera” con el fin de adaptar el marco normativo a “las nuevas formas de amenaza tecnológica, política y cognitiva”.</p><p>DEFENSA Y SEGURIDADLa reforma por DNU habilita formalmente que la inteligencia pueda solicitar apoyo técnico o logístico de Fuerzas Armadas, fuerzas federales y policías, “sin confundir funciones, para optimizar recursos y capacidades”También elimina la Dirección Nacional de Inteligencia de Estratégica Militar y se establece que la producción de inteligencia estratégica militar queda a cargo del Estado Mayor Conjunto.</p><p>CONGRESOEse DNU deberá ser tratado en el Congreso por la Comisión Permanente de Tramite Legislativo &nbsp;que tiene diez días hábiles para tratar ese decreto, luego que el Gobierno lo envíe al Parlamento.El Gobierno debe comunicar el DNU en un plazo de 10 días hábiles, según lo establece la ley 26122.En ese contexto, el diputado Esteban Paulon dijo a Noticias Argentinas que el “Congreso tiene la obligación moral y legal de rechazar este DNU. La inteligencia debe servir para proteger a la Nación de amenazas externas, no para vigilar a los ciudadanos de a pie. Defendamos la libertad, pero la de verdad”.Destacó que luego de cumplirse los días para que sea tratado en comisión &nbsp;“nosotros lo podríamos rechazar después del décimo día por votación mayoritaria en ambas cámaras”. NA.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/l5P_HMwTPNWnNhW9SkZFLsLF1B0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/side.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno prepara un DNU para cambiar el sistema de inteligencia que deberá comunicar el Congreso Nacional.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-01-02T10:00:00+00:00</published>
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            El Gobierno desreguló el mercado de cabotaje marítimo para recuperar competitividad y sanear al sector
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZdSKZb298B96m_r42dOLZQVGxHE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/05/cabotaje_maritimo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La medida incluye una serie de modificaciones a las normas vigentes, entre las que están la habilitación para operar con matrícula argentina a buques extranjeros, la posibilidad de que los operadores locales puedan acogerse a banderas de conveniencia, la flexibilización para la composición de la tripulación, la extensión del periodo para que buques internacionales hagan cabotaje y la reducción de restricciones para reparar e inscribir buques.Al argumentar la política desreguladora del transporte fluvial y marítimo, el Ejecutivo expuso en el texto oficial que “la reforma normativa propuesta por la presente medida para adaptar el sector naval argentino a los estándares de competitividad global e integrarlo de manera más eficiente al comercio internacional resulta indispensable para sanear la situación de crisis actual en la que se encuentra la Marina Mercante Nacional”.En este sentido, precisó que “la urgencia de la medida se ve acreditada, en tanto persisten regímenes que por excesivos o insuficientes obstruyen el tráfico marítimo comercial y derivan en un incremento de costos significativos en ese sector”, advirtiendo que existe un“contexto en el cual la Marina Mercante Nacional corre el riesgo cierto de desaparecer”.Ante dicho panorama, consideró que “con la presente medida se evitará el agudizamiento de la crisis en el sector y se generará un beneficio inmediato para la economía nacional, para el sector armatorial, para el comercio exterior y para el nivel de los fletes”.De esta manera, se aprobó el “Régimen de excepción de la Marina Mercante Nacional” y se declaró como “servicio esencial la navegación por agua marítima y/o fluvial destinada al transporte comercial de personas, de mercaderías, de carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin”.El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó la normativa en su cuenta de X &nbsp;asegurando que “el DNU 340/25 con firma de Javier Milei rescata el espíritu constitucional” citando el artículo 26 de la Constitución Nacional en el que se establece que “la navegación de los ríos interiores de la Nación es libre para todas las banderas, con sujeción únicamente a los reglamentos que dicte la autoridad nacional”.En este marco detalló los cambios introducidos para “volver a tener un cabotaje pujante”. En primer lugar manifestó que “lo más importante es que se permitirá el tratamiento de matrícula nacional a buques extranjeros”, explicando que “una barcaza paraguaya, por ejemplo, se podrá matricular en Argentina y operar como una nave local”.Al respecto, precisó que “deberán ser tripulados por argentinos o extranjeros residentes en los términos del art. 143 de la Ley de Navegación (75% de la dotación), pero se regirán para ese contrato con las leyes de su país de origen”.En el mismo sentido, puntualizó que se establece “un régimen por el cual los operadores locales también podrán operar con el sistema de cese de bandera que les permite realizar cabotaje bajo otra bandera de conveniencia y también contratar bajo las leyes del país de la nueva bandera”.Por otro lado, recordó que “la dotación del barco necesitaba un acuerdo del sindicato”, señalando que “era común la extorsión antes de zarpar”, lo que con la nueva normativa se modificó ya que “ahora la dotación la elige el armador, que es quien opera la nave e invirtió en ella eliminando sobrecostos inútiles (esto sin perjuicio de la facultad de la autoridad pública competente (PNA) de establecer la dotación mínima de seguridad)”.Además, especificó que “se amplía de 30 a 60 días el plazo por el que los buques de tráfico internacional puedan hacer tráfico de cabotaje permitiendo un mayor flujo de tránsito con buques extranjeros” y remarcó que “es insólito que ¡hoy las mercaderías de Tierra del Fuego, por ejemplo, viajan al continente en camión!”.En otro aspecto, resaltó que en la desregulación también “se facilita la inscripción y baja de buques en la matrícula nacional y se eliminan restricciones para el funcionamiento de &nbsp;talleres para hacer reparaciones, eliminando sendos cotos de caza de los que sabemos abundan en el país”. NA.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZdSKZb298B96m_r42dOLZQVGxHE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/05/cabotaje_maritimo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno nacional avanzó con la desregulación del mercado de cabotaje marítimo para recuperar la competitividad y sanear la crisis que afronta el sector mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-05-22T08:00:00+00:00</published>
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            El Gobierno convocó a una sesión especial en Diputados para debatir el DNU del acuerdo con el FMI
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/politica/el-gobierno-convoco-a-una-sesion-especial-en-diputados-para-debatir-el-dnu-del-acuerdo-con-el-fmi" type="text/html" title="El Gobierno convocó a una sesión especial en Diputados para debatir el DNU del acuerdo con el FMI" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y-divQ_oY3DJ8QtkP5bDlnRnk_Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/diputados.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente de la Cámara de Diputados,&nbsp;Martín Menem, convocó a una&nbsp;sesión especial&nbsp;para el próximo&nbsp;miércoles 19 a las 10, para debatir la validez del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que aprueba el&nbsp;acuerdo con Fondo Monetario Internacional&nbsp;(FMI).La solicitud, aprobada en&nbsp;tiempo récord, había sido presentada por el bloque de&nbsp;La Libertad Avanza, con la firma de Gabriel Bornoroni, en conjunto con el&nbsp;PRO&nbsp;de Cristian Ritondo, luego de que la semana pasada se&nbsp;suspendiera&nbsp;el tratamiento del decreto por la&nbsp;pelea&nbsp;entre&nbsp;Oscar Zago&nbsp;(MID) y&nbsp;Lisandro Almirón&nbsp;(La Libertad Avanza), dos&nbsp;diputados oficialistas&nbsp;que integran la&nbsp;Comisión Bicameral de Trámite Legislativo.El DNU 179/2025 de acuerdo con el FMI será debatido previamente, desde las 16 de este martes, por esa misma comisión que preside el senador libertario&nbsp;Juan Carlos Pagotto, con la invitación funcionarios del Ministerio de Economía.Para la misma están citados&nbsp;Vladimir Werning, vicepresidente del Banco Central;&nbsp;José Luis Daza Narbona, secretario de Política Económica del Ministerio de Economía; y&nbsp;Leonardo Madcur, representante argentino ante el FMI.La intención de La Libertad Avanza, junto a los representantes de los bloques del&nbsp;PRO, la&nbsp;UCR, el&nbsp;MID&nbsp;y fuerzas&nbsp;provinciales, es&nbsp;firmar los dictámenes correspondientes&nbsp;y que el miércoles lleguen al recinto de Diputados. Si el DNU&nbsp;es avalado por una de las Cámaras&nbsp;habrá obtenido la ratificación parlamentaria requerida por la ley que regula la implementación de los DNU.De lograrse el&nbsp;quórum&nbsp;correspondiente y abrirse el recinto,&nbsp;se postergarán las definiciones de los plenarios de comisiones&nbsp;que la semana pasada fueron emplazadas por el cuerpo para debatir la creación de una&nbsp;comisión investigadora&nbsp;por el caso de la&nbsp;criptomoneda Libra&nbsp;y los pedidos de informes al Poder Ejecutivo, así como la&nbsp;citación al Congreso&nbsp;de funcionarios nacionales, entre otros al jefe de Gabinete,&nbsp;Guillermo Francos, y a la secretaria general de la Presidencia,&nbsp;Karina Milei.La oposición, en tanto, exige la presencia del ministro de Economía,&nbsp;Luis “Toto” Caputo, como ocurrió durante el debate del&nbsp;Presupuesto 2025. Sin embargo, fuentes de La Libertad Avanza anticiparon que esta solicitud&nbsp;será rechazada, como ocurrió en 2024.Unión por la Patria (UxP)&nbsp;pretendía firmar los dictámenes la semana pasada para acelerar su tratamiento en el recinto y rechazar el DNU vinculado al FMI. En contraposición, los&nbsp;libertarios&nbsp;proponían una&nbsp;reunión previa&nbsp;para escuchar a los funcionarios antes de firmar el dictamen.El&nbsp;DNU&nbsp;señala, entre otras consideraciones, que “es necesario que el Poder Ejecutivo Nacional celebre un acuerdo con el Fondo Monetario Internacional que permita al Estado Nacional&nbsp;cancelar parte de la deuda&nbsp;que mantiene con el Banco Central de la República Argentina y cancelar las operaciones de crédito público citadas anteriormente”.Y agrega que “la operación de crédito a ser celebrada se enmarcará en un&nbsp;Programa de Facilidades Extendidas&nbsp;y la operación incluirá el pago de los intereses y cargos en los plazos y tasas preestablecidos por el organismo de crédito para este tipo de acuerdos y el reembolso del capital del préstamo en un plazo de hasta diez años con un período de gracia de cuatro años y seis meses”. (TN)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y-divQ_oY3DJ8QtkP5bDlnRnk_Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/diputados.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente de la Cámara baja, Martín Menem, aceptó el pedido de los bloques de La Libertad Avanza y el PRO para discutir la validez del decreto.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-03-18T22:00:00+00:00</published>
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            Las acciones subieron tras el DNU que aprobó el acuerdo con el FMI
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oUjPZvz5788G-92afZoterOaHyo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/mercado.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Luego de&nbsp;la aprobación del acuerdo con el FMI por decreto de necesidad y urgencia (DNU), el mercado abrió con subas y&nbsp;celebró con cautela&nbsp;los avances en una negociación que se extendió por más de un año. Sin embargo, luego del rebote inicial, el mal contexto internacional volvió a afectar a las cotizaciones de los activos argentinos, que operaron con gran volatilidad.Lentamente, los&nbsp;títulos de deuda argentinos en dólares&nbsp;que cotizan en el exterior fueron cambiando de verde a rojo. Al cierre, las cotizaciones lograron revertir las bajas quedaron casi neutras.&nbsp;En sintonía, el&nbsp;riesgo país&nbsp;se ubicó en&nbsp;723 unidades, sin cambios con respecto al cierre anterior.Los analistas de&nbsp;Max Capital&nbsp;explicaban en su informe matutino que el contenido del DNU sobre el acuerdo con el FMI debería ser positivo para los precios de los bonos, ya que, al postergar sus vencimientos, el organismo multilateral&nbsp;le da prioridad de cobro a los inversores privados&nbsp;en los próximos cuatro años.“Consideramos que, de no ser rechazado,&nbsp;se trata de una buena noticia para los soberanos, donde todavía seguimos viendo valor. Un acuerdo con el FMI, sumado a una correcta estrategia del oficialismo y la eventual apertura del cepo cambiario, podría contribuir significativamente a la&nbsp;compresión del riesgo país”, coincidió un reporte de&nbsp;Inviú&nbsp;para sus clientes.Por su parte, las&nbsp;acciones&nbsp;de origen local que se negocian en Nueva York, conocidas como&nbsp;ADRs, tuvieron una jornada con idas y vueltas. Empezaron el día operando con mayoría de alzas, que se fueron revirtiendo con el paso de las horas, aunque sobre el final volvieron a subir. Al término de la rueda, la mayoría de los papeles reportaba&nbsp;ganancias&nbsp;y resaltaron las subas de Irsa (3,4%) y Tenaris (2,7%).A nivel local, en tanto, el índice&nbsp;S&amp;P Merval&nbsp;de la Bolsa avanzó 1% en pesos y 1,4% en dólares (medido al contado con liquidación). Entre los papeles del panel principal, se destacaron los subas de Irsa (3,8%), Transportadora de gas del sur (2,9%) y Loma Negra (2,6%). (TN)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oUjPZvz5788G-92afZoterOaHyo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/mercado.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno publicó este martes el decreto con el que buscó agilizar el tratamiento legislativo del nuevo programa con el organismo multilateral. Aunque todavía faltan detalles, los inversores celebraron el avance, pero el contexto internacional complicó el panorama.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-03-12T08:30:00+00:00</published>
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            CAME, SRA y CONINAGRO se presentaron como amicus curiae por modernización laboral contemplada en el DNU
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/came-sra-y-coninagro-se-presentaron-como-amicus-curiae-por-modernizacion-laboral-contemplada-en-el-dnu" type="text/html" title="CAME, SRA y CONINAGRO se presentaron como amicus curiae por modernización laboral contemplada en el DNU" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/J6DJnP2JIuIRihOHnNsfTa-DCKQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/02/29_corte-suprema.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>A partir de la declaración de inconstitucionalidad del Título IV (artículos 53 a 97) del DNU por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, y encontrándose en estudio por parte de la CSJN, las tres entidades empresarias expresan la necesidad de derogar todos los artículos que contemplan multas económicas y que son los principales generadores de la litigiosidad laboral en la República Argentina (artículos 8, 9, 10 y 15 de la Ley 24.013; 1 y 2 de la Ley 25.323; y 80 de la Ley 20.744, conforme el texto ordenado por la Ley 25.345).</p><p>Los artículos detallados dificultan la generación de empleo genuino, al enfrentar a las pymes con la contingencia de afrontar una erogación que el propio negocio es incapaz de generar. Las multas económicas aludidas provocan una afectación económica de enorme relevancia, comprometiendo seria, injusta y desproporcionadamente a las empresas y a la sociedad en su conjunto.</p><p>Medularmente se expuso que las multas de las leyes 24.013, 25.323 y 25.345 fueron el peor error de política legislativa en materia social y económica de la historia del derecho del trabajo en la Argentina, en tanto disuaden a los empleadores de contratar de un modo muy trascendente.</p><p>La opinión y la colaboración manifestadas por SRA, CAME y CONINAGRO es únicamente relativa a la parte del derecho individual del trabajo, excluyendo de forma expresa toda vinculación con el Derecho Colectivo del Trabajo. Cabe destacar que se anexaron informes en materia económica que justifican el escrito ante la CSJN.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/J6DJnP2JIuIRihOHnNsfTa-DCKQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/02/29_corte-suprema.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO) se presentaron “en tiempo y forma” ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) como amicus curiae en apoyo al Título IV Trabajo del DNU 70/2023 “Bases para la reconstrucción de la economía argentina”.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2024-02-29T02:39:54+00:00</updated>
                <published>2024-02-29T02:37:47+00:00</published>
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            Citan para mañana a la comisión bicameral que debe tratar el DNU del Gobierno
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/politica/citan-para-manana-a-la-comision-bicameral-que-debe-tratar-el-dnu-del-gobierno" type="text/html" title="Citan para mañana a la comisión bicameral que debe tratar el DNU del Gobierno" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Oi1dGJP4B95PiJGGYblyENSd0_U=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/02/20_congreso.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Comisión Bicameral de Tratamiento Legislativo, que debe tratar el DNU de desregulación económica, fue convocada para el próximo jueves a las 12 para elegir sus autoridades, informaron fuentes parlamentarias.</p><p>Voceros parlamentarios señalaron que la intención del oficialismo es elegir como presidente al senador de la Libertad Avanza, Juan Carlos Pagotto.</p><p>El presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem (La Libertad Avanza), definió este lunes los ocho integrantes de ese cuerpo que conformarán la comisión bicameral que analiza los DNU, asignándole tres espacios a Unión por la Patria, en lugar de los cuatro que solicitaba, y resolviendo así la cuestión que demoraba la conformación del cuerpo.</p><p>Con la designación formal de los ocho representantes por la Cámara baja, quedó finalmente conformada la comisión, ya que la presidenta del Senado, Victoria Villarruel, había hecho lo propio hace más de un mes.</p><p>Resuelta la cuestión, la conformación de la Bicameral de Trámite Legislativo será la siguiente: Unión por la Patria 6 (3 diputados y 3 senadores); La Libertad Avanza 3 (2 diputados y 1 senador); el PRO 2 (uno de cada cámara); la UCR 2 (uno de cada cámara); Hacemos Coalición Federal 1 diputado; Unidad Federal 1 senador y Cambio Federal 1 senador. La comisión bicameral deberá abocarse tras su constitución al estudio del DNU 70/23 presentado por el Poder Ejecutivo el 20 de diciembre y con vigencia desde el 29 de ese mes. Sin embargo, como el plazo reglamentario para que se expida la comisión se encuentra vencido, el bloque de Unión por la Patria solicitó tres reuniones del plenario del Senado para abordar el tratamiento.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Oi1dGJP4B95PiJGGYblyENSd0_U=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/02/20_congreso.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La convocatoria de la recientemente conformada Comisión Bicameral de Tratamiento Legislativo tendrá su primer encuentro para elegir sus autoridades. La intención del oficialismo es elegir como presidente al senador de la Libertad Avanza, Juan Carlos Pagotto.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2024-02-20T21:28:08+00:00</updated>
                <published>2024-02-20T21:26:37+00:00</published>
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            Los Gobernadores de Juntos acordaron acompañar en general la Ley Ómnibus y votar en contra algunos artículos
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/politica/los-gobernadores-de-juntos-acordaron-acompanar-en-general-la-ley-omnibus-y-votar-en-contra-algunos-articulos" type="text/html" title="Los Gobernadores de Juntos acordaron acompañar en general la Ley Ómnibus y votar en contra algunos artículos" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HF3PG9GEspRyCooVxivLNioK6mI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/23_GOBERNADORES.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Pero los cambios al texto original no terminan de conformar a los bloques opositores dialoguistas.</p><p>Dentro de este espacio están los diputados que responden a los 10 gobernadores de Juntos. </p><p>El bloque se reunió con el ministro de Interior, Guillermo Francos, vía Zoom. Pidieron precisiones pero no las obtuvieron. </p><p>Eso motivó un encuentro de urgencia esta mañana en Buenos Aires. </p><p>El mandatario entrerriano, Rogelio Frigerio, suspendió el gabinete y la conferencia de prensa posterior y viajó a Capital.</p><p>El mandatario provincial fue a Casa Rosada como primus inter pares del grupo. </p><p>Llevó un pliego de seis puntos, entre ellos no avanzar sobre los derechos de exportación, la financiación de las cajas previsionales provinciales no transferidas con el fondo de garantías de la Anses y la anulación de la eliminación de fondos provinciales específicos.</p><p>El Ejecutivo aceptó incluir todos los ítems. Salvo retenciones. </p><p>Por eso habrá un dictamen de mayor del oficialismo, con disidencias  parciales de la UCR y de Hacemos Cambio Federal porque no votarán aumento de impuestos sobre las ventas al exterior.</p><p>Esto garantizaría que La Libertad Avanza pueda hacer votar su dictamen en el recinto en los próximos días. Y posterga a la oposición más dura a emitir un dictamen de minoría. </p><p>Se espera que entonces los legisladores de los gobernadores voten a favor en general. </p><p>Pero pondrán pulgares abajo para los artículos que se vinculan con los derechos de exportación.</p><p>El bloque de gobernadores de Juntos está integrado por Maximiliano Pullaro (Santa Fe), Rogelio Frigerio (Entre Ríos), Ignacio Torres (Chubut), Leandro Zdero (Chaco), Carlos Sadir (Jujuy), Claudio Poggi (San Luis), Alfredo Cornejo (Mendoza) y el jefe de Gobierno porteño Jorge Macri.</p><p>Los seis puntos</p><p>El Gobierno Nacional no accedió al pedido de los diez gobernadores de Juntos por el Cambio de anular el incremento a las retenciones a las exportaciones sin embargo, habría aceptado incorporar al proyecto de ley de “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” las otras sugerencias que se propusieron:</p><p>1) Cumplimiento Disposición CSJN CABA. Los mandatarios provinciales propusieron el cumplimiento estricto de la disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y en todos los casos donde la CSJN dirima cuestiones interjurisdiccionales.</p><p>En el comunicado se detalla que cumplir con la indicación de la CSJN no representa un costo fiscal adicional para la Nación.</p><p>2) Blanqueo sin Asignación Específica (coparticipable). Los gobernadores pidieron modificar el segundo párrafo del Artículo 164° del proyecto de ley “Bases”, con el objetivo de eliminar de la asignación específica lo producido del Impuesto Especial de Regularización destinada a la capitalización del Banco Central de la República Argentina (BCRA).</p><p>En el texto se destaca que las provincias atraviesan una desafiante situación fiscal y financiera, que se agravará por el recorte en las transferencias federales de carácter no automático (estimado en 0.5% del PBI), el impacto de la suba del tipo de cambio sobre los servicios de intereses en moneda extranjera y la pérdida de recursos coparticipables derivada de la implementación de la Ley 27.725, que implicará una pérdida anual para las 24 jurisdicciones de $1.69 billones en base a las estimaciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso.</p><p>3) Bloquear la eliminación del FFDP y del FFFIR. Los gobernadores solicitaron excluir del alcance del Artículo 4°inciso h) y del Artículo 6° inciso g) a los Fondos Fiduciarios creados mediante Ley N°24.855 y Decreto PEN N° 286/95.</p><p>En el comunicado se indica que el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional (FFFIR) tiene por objetivo asistir financieramente a las Provincias, el Estado Nacional y CABA, brindando financiamiento para obras de infraestructura económica y social, tendientes a la integración nacional, el desarrollo regional, el intercambio comercial y la generación de empleo para los argentinos y las argentinas; mientras que el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial (FFDP) asiste y financia programas de desarrollo, mejora de la eficiencia, incremento de la calidad de las prestaciones y fortalecimiento en general de los sectores de la economía real, educación, justicia, salud y seguridad y la consolidación de la situación fiscal y financiera. Dada la relevancia que tienen como fuente de financiamiento para las provincias y CABA, magnificada en el contexto actual de dificultades para el acceso al financiamiento voluntario de los mercados de crédito, se solicitó que sean excluidas del alcance del Artículo 4°.</p><p>4) Determinación del Salario Mínimo Docente. Los mandatarios exigieron sustituir el artículo 10 de la Ley N° 26.075, con el objetivo que sea el Consejo Federal de Educación -en consulta con los Ministerios de Economía nacional, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, y también con el asesoramiento de una comisión del Consejo Federal de Inversiones- quien acuerde el salario mínimo docente junto con la representación nacional de los gremios docentes y con las entidades representativas de las instituciones de educación pública de gestión privada.</p><p>Al respecto, cada provincia y CABA acordarán según corresponda las condiciones laborales, el calendario escolar, la escala salarial y la carrera docente.</p><p>5) Fondo de Garantía de Sustentabilidad. Los mandatarios propusieron la transferencia de los activos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) al Tesoro Nacional y facultar al Poder Ejecutivo Nacional a adoptar todas las medidas necesarias para la instrumentación de la misma. El traspaso se haría compensando las deudas de las provincias con el FGS y garantizando los flujos que permitan hacer frente a las compensaciones anuales por las cajas jubilatorias no transferidas de las provincias que aún no lo hicieron, entre las que se encuentran Entre Ríos, Córdoba y Santa Fe. 6) Eliminación de la desgravación de retenciones impositivas a los cobros electrónicos en pequeños contribuyentes. Los gobernadores pidieron la eliminación del Artículo 182°, que establecía que las tarjetas de débito y crédito pueden realizar retenciones impositivas a sus clientes cuando así lo dispongan las autoridades tributarias nacionales o locales competentes.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HF3PG9GEspRyCooVxivLNioK6mI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/23_GOBERNADORES.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La iniciativa de Milei, denominada “Bases y Puntos de Partida para la libertad de los argentinos”, sufrió modificaciones en los últimos días.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2024-01-23T23:34:49+00:00</updated>
                <published>2024-01-23T23:33:37+00:00</published>
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            Amparos contra el DNU: la Justicia ratificó al fuero laboral y rechazó dos presentaciones
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/politica/amparos-contra-el-dnu-la-justicia-ratifico-al-fuero-laboral-y-rechazo-dos-presentaciones" type="text/html" title="Amparos contra el DNU: la Justicia ratificó al fuero laboral y rechazó dos presentaciones" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dMZwbABMKa0_pqYJcZGTB6Ne8TQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/23_fuero_laboral.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La justicia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el pedido del Poder Ejecutivo para que el amparo concedido a la CGT contra el decreto de necesidad y urgencia del Gobierno salga de la órbita de los tribunales del Trabajo, en tanto el mismo fuero rechazó dos pedidos de cautelares contra la misma medida argumentando que el DNU se tramita normalmente en el Congreso de la Nación.</p><p>En un fallo firmado, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal definió que el problema de competencia planteado por el Poder Ejecutivo ya había sido resuelto en la causa de la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y que por tanto correspondía declarar la “inadmisibilidad formal”.</p><p>El Estado Nacional apeló la medida cautelar otorgada a la CGT en todo el capítulo laboral por la sala de feria y solicitó la nulidad, argumentando que la competencia debía ser del fuero Contencioso Administrativo Federal y no del fuero nacional del Trabajo.</p><p>Efectivamente, los abogados del Estado, encabezados por Procurador del Tesoro, el exministro de la Corte Suprema Rodolfo Barra, reclamaron que deben aplicarse en el proceso “normas de derecho público”, en tanto sostuvieron que el fuero nacional del Trabajo resulta “incompetente” ya que “la intervención del Estado Nacional implica necesariamente la competencia del Fuero Federal”.</p><p>Planteados los argumentos del Ejecutivo, y con la opinión del fiscal general Fabián Canda por el rechazo, los jueces Sergio Fernández y Carlos Grecco desestimaron la apelación y confirmaron la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo en el amparo concedido a la CGT.</p><p>Dos rechazos</p><p>En tanto, el juez en lo Contencioso Administrativo Federal de feria Enrique Lavié Pico desestimó dos acciones de amparo contra el DNU impulsadas por el extitular del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal Jorge Rizzo y por el exdiputado nacional y economista Claudio Lozano, entre otros firmantes.</p><p>Lavié Pico fundamentó su decisión en la falta de un “perjuicio” concreto para los demandantes, destacando que el DNU está siguiendo el procedimiento constitucional de revisión en el Congreso de la Nación.</p><p>En su decisión el juez subrayó que “no es competencia del Poder Judicial pronunciarse sobre alegatos de nulidad presentados de manera genérica y abstracta con respecto al decreto impugnado, ya que esto implicaría interferir en competencias legales asignadas a otro poder del Estado, especialmente cuando existe un mecanismo constitucional para su evaluación en el ámbito del Congreso Nacional”.</p><p>Del mismo modo, Lavié Pico señaló que “se desprende de la página web del Congreso de la Nación, y también fue señalado por la parte demandada en este caso, que después de la emisión del DNU por parte del Poder Ejecutivo Nacional se cumplió con el procedimiento constitucional y legal establecido para el ejercicio del control previsto al efecto”.</p><p>“En consecuencia, dada la estructura normativa aplicable al mencionado decreto y la falta de un perjuicio concreto para la parte actora en este caso, tampoco es posible considerar cuestiones que ya están sujetas a examen y control primario por parte de las autoridades competentes, como es el caso del Congreso de la Nación”, añadió.</p><p>Rizzo, ahora consejero de la Magistratura en la Ciudad de Buenos Aires, no tardó en reaccionar a la decisión del juez y sostuvo que “en una demostración de celeridad total el juez Lavié Pico nos rechazó el amparo”, tras lo cual prometió apelar y recurrir a la Corte Suprema nacional en “per saltum” (por salto de instancia).</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dMZwbABMKa0_pqYJcZGTB6Ne8TQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/23_fuero_laboral.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara Nacional de Apelaciones definió que el problema de competencia planteado por el Poder Ejecutivo por la medida a favor de la CGT se debe mantener en la órbita laboral. Además, el juez Lavié Pico desestimó dos acciones de amparo impulsadas por Jorge Rizzo y Claudio Lozano.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2024-01-23T21:22:59+00:00</updated>
                <published>2024-01-23T21:22:04+00:00</published>
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            El DNU que desregula la economía entró al Congreso y se abre un plazo de 10 días hábiles para su análisis
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/politica/el-dnu-que-desregula-la-economia-entro-al-congreso-y-se-abre-un-plazo-de-10-dias-habiles-para-su-analisis" type="text/html" title="El DNU que desregula la economía entró al Congreso y se abre un plazo de 10 días hábiles para su análisis" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kALuSU-M-F3LiyuwD5WAWjYUWLc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/05_DNU_.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Sobre el filo del plazo máximo, el gobierno de&nbsp;Javier Milei&nbsp;envió esta tarde al&nbsp;Congreso Nacional&nbsp;el polémico&nbsp;Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación de la economía, en una señal de que está dispuesto a impulsar su tratamiento en medio de las versiones que indicaban que intentaría evitar que se trate.&nbsp;A partir de hoy, la Comisión Bicameral, que aún debe conformarse, tendrá diez días hábiles para emitir dictamen y enviarlo para su debate en el recinto de Diputados o el Senado.</p><p>El decreto fue girado por la Jefatura de Gabinete que conduce Nicolás Posse -como lo indica la Constitución-, a través de la Secretaría de Relaciones Institucionales con el Parlamento y la Sociedad Civil que conduce Omar de Marchi, ex diputado mendocino, recién llegado al Gobierno. Ingresó por la Cámara alta poco antes de las 15, aunque existía la posibilidad de que lo hiciera por cualquiera de las dos mesas de entrada. Según confirmaron cerca del ministro coordinador, fue presentado con todos los artículos originales con los que salió publicado en el Boletín Oficial el 20 de diciembre, incluido el capítulo laboral que la CGT logró suspender a partir de la cautelar de la Cámara del Trabajo a partir de su amparo. "Esto es una notificación al Congreso sobre el DNU publicado hace diez días. No era posible introducir cambios", aclararon en la Jefatura.</p><p>El paso administrativo toma mayor relevancia después del fallo adverso de la Justicia. El Gobierno decidió hacer el envío a tiempo a pesar de que la comisión, según dicta la ley de DNU, podía tratar "de oficio" el decreto. Fue un gesto de institucionalismo en medio de las acusaciones por intentar saltear al Congreso de parte de la oposición más radical, donde también los acusan de postergar, con ardides, la conformación de la Comisión Bicameral Permanente, donde debería tratarse el decreto.</p><p>A partir de hoy rige un plazo de diez días para que ese cuerpo se integre y empiece a debatir el documento para que luego, eventualmente, haya o no dictamen. Hasta ahora, todos los partidos enviaron sus listas con sus miembros designados, excepto el bloque de Unión por la Patria, que sólo presentó una nómina provisoria y exige cuatro puestos en lugar de los tres que quieren asignarle los libertarios (son ocho por Cámara, que deben reproducir las representaciones políticas de ambos cuerpos). En la discusión por la representación de cada fuerza talla el pedido del bloque Hacemos Coalición Federal, que nació hace pocas semanas a partir de un acuerdo parlamentario entre Cambio Federal, el espacio de Miguel Pichetto -aliado de Mauricio Macri-; la Coalición Cívica de Elisa Carrió; y Hacemos un país, de Juan Schiaretti y Florencio Randazzo; e Innovación Federal. La nueva bancada, que tiene 32 legisladores, exigió un lugar en la bicameral y, según aseguran, el titular de la Cámara, Martín Menem, se los había prometido. Ese cuarto puesto es justamente el que pide el kirchnerismo. "Ese tema es el que traba todo y Martín está haciendo malabares", confiaron fuentes legislativas. Mientras especula sobre cómo avanzará la Justicia -que también hizo lugar a un pedido de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA)- en Balcarce, 50 confían en que saldrán airosos del debate legislativo y confían en que hicieron todos los deberes. Entre ellos, incluir el tratamiento del DNU en el articulado de la ley Ómnibus, para asegurarse otra instancia de debate en caso de que la Bicameral rechace el mega decreto. </p><p>De todas formas, insisten en que&nbsp;no hay antecedentes de una desestimación en la historia,&nbsp;porque las condiciones requeridas para darlo de baja -el rechazo de las dos Cámaras- son muy difíciles de alcanzar. El Gobierno oscila entre dos estrategias para que la medida sobreviva. Al Presidente algunos asesores le recomiendan&nbsp;postergar al máximo el tratamiento, para que venza el plazo, como ocurrió con la mayoría de los decretos. Otros le indican que convendría acelerar para obtener un dictamen que eventualmente funcione como argumento simbólico para que la&nbsp;Corte Suprema, reacia a inmiscuirse en las discusiones de los otros poderes,&nbsp;pueda apoyarlos en caso de que las presentaciones judiciales escalen hasta la última instancia.</p><p>Milei aún no dio señales sobre cuál de los dos caminos elegirá. Por lo pronto, viajó a la Base Marambio. El domingo descansará antes de una semana clave, durante la cual empezará el debate en comisiones de la ley ómnibus. </p><p>Mientras tanto, se conocerá si el Gobierno promueve la creación de la Bicameral o no, y demostrará así si quiere o no acelerar el tratamiento del controversial decreto o procurará que quede vigente por omisión.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kALuSU-M-F3LiyuwD5WAWjYUWLc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/05_DNU_.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Jefatura de Gabinete envió el Decreto de Necesidad y Urgencia al Senado. A la medianoche vencía el plazo. La comisión que debería debatirlo todavía no está conformada por diferencias con el kirchnerismo sobre la representación de cada partido.]]>
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                <updated>2024-01-05T23:46:37+00:00</updated>
                <published>2024-01-06T01:45:15+00:00</published>
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            Habilitada para amparos contra el DNU de Javier Milei
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/politica/habilitada-para-amparos-contra-el-dnu-de-javier-milei" type="text/html" title="Habilitada para amparos contra el DNU de Javier Milei" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3aMpnlhzPyc-_nn3lv484WAgE6g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/04_milei.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juez Enrique Lavié Pico ha tomado la decisión de habilitar la feria judicial de verano para tramitar los amparos que cuestionan la constitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 emitido por Javier Milei.</p><p>Esta medida representa un revés para el Gobierno, ya que el magistrado también ha desechado el amparo colectivo presentado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad, que engloba diversas demandas contra el decreto. Esta decisión abre nuevas posibilidades para que el DNU sea declarado inconstitucional.</p><p>El juez ha ordenado que los casos vinculados a este proceso colectivo sean remitidos a las jurisdicciones correspondientes, permitiendo que jueces federales de diferentes áreas puedan tramitar y resolver casos relacionados con el DNU 70/23.</p><p>En este contexto, el juez consideró innecesario el pedido del Estado Nacional de acumular los casos en el fuero laboral al fuero contencioso-administrativo federal. Ahora, el Gobierno podría apelar esta decisión para que sea revisada por la Cámara de Apelaciones del Fuero Contencioso Administrativo Federal.</p><p>El abogado Jorge Rizzo, promotor de uno de los recursos contra el DNU, celebró la decisión del juez Lavié Pico y anunció que buscarán una medida cautelar. Además, destacó que esta decisión representa un golpe para los equipos jurídicos del Poder Ejecutivo.</p><p>El propio magistrado explicó su decisión, argumentando que el DNU afecta a leyes que regulan materias diversas, por lo que cada materia puede ser examinada de manera independiente ante diferentes tribunales, ya que las decisiones sobre su aplicación y validez pueden variar en cada caso y jurisdicción.</p><p>Por otro lado, la Cámara Nacional del Trabajo emitió una medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del DNU 70/2023 del gobierno de Milei. Esta es la segunda medida cautelar concedida por el tribunal en relación al DNU, lo que refleja la creciente controversia en torno a esta normativa.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3aMpnlhzPyc-_nn3lv484WAgE6g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/04_milei.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Un juez desarma el amparo colectivo que agrupa diversas demandas contra el decreto, abriendo nuevas posibilidades para su declaración de inconstitucionalidad.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2024-01-04T23:29:04+00:00</updated>
                <published>2024-01-04T23:27:20+00:00</published>
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            El Gobierno apelará la cautelar que suspende la reforma laboral del DNU
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pzOXVmSw91lC3i9Hvnqixx70VFc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/03_rodolfo_barra.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p> El Gobierno nacional apelará en las próximas horas el fallo de la Cámara del Trabajo que suspende el capítulo laboral del DNU del presidente Javier Milei. La presentación, según pudo saber Infobae, ya está siendo elaborada por la Procuración del Tesoro, a cargo de Rodolfo Barra.</p><p>Los abogados del Estado apelarán la medida cautelar y pedirán que la causa se siga tramitando en el fuero Contencioso Administrativo Federal, tal como dictaminó el fiscal general Juan Manuel Domínguez. Tienen tres días para hacer la presentación, una vez que sean notificados.</p><p>"Están desoyendo el criterio que adoptaron todos los otros tribunales del país, tanto en la Ciudad como en el interior, que enviaron la causa al juez natural y universal que conoce en todos los asuntos. </p><p>El fiscal (Domínguez) y una jueza del mismo tribunal dijeron lo contrario", le dijo a este medio una fuente del Ministerio de Justicia, a cargo de Mariano Cúneo Libarona.</p><p>La camarista aludida se trata de Dora González, que opinó que el caso debía pasar a la Cámara Contencioso Administrativo Federal. </p><p>Pero quedó en minoría ante los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, que hicieron lugar a la medida cautelar pedida por la CGT.</p><p> "Es un hecho público y notorio que el de los trabajadores es un sector socialmente vulnerable y que se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, no tengo dudas de que se encuentran configuradas las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican el dictado de una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados (art. art. 5° segundo párrafo de la ley 26854)", dice el fallo firmado por la mayoría.</p><p>En su voto, Sudera afirmó que "aún en la hipótesis" de que el fuero laboral no fuera el competente, la ley 26.854 establece que tribunales incompetentes pueden dictar medidas cautelares contra el Estado Nacional sólo cuando "se trate de sectores socialmente vulnerables".</p><p>La semana pasada, la CGT había reclamado ante el fuero laboral que se dicte una medida cautelar para impedir la entrada en vigencia del DNU, pero el juez José Ignacio Ramonet rechazó dictar una precautelar. Sin embargo, se declaró competente para intervenir en el reclamo de la CGT.</p><p>En paralelo, la Procuración del Tesoro pidió la habilitación de feria y que la causa pase al fuero Contencioso Administrativo Federal, donde tramita un amparo colectivo contra el DNU. "Resulta imperioso que el Estado Nacional ejerza debidamente y con plenitud su derecho de defensa en juicio, a fin de resguardar en lo inmediato los intereses públicos que se tutelan", dice esa presentación. Y agrega: "Se corre riesgo que se suspendan las políticas públicas trazadas por el Poder Ejecutivo Nacional".</p><p>La Cámara Laboral habilitó finalmente la feria para tratar la presentación de la CGT y le corrió vista al fiscal general, Juan Manuel Domínguez, quien dictaminó que el conflicto lo debe resolver la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. Sin embargo, dos de los jueces de la Sala de Feria decidieron suspender el capítulo laboral del DNU 70/2023.</p><p>Los jueces que votaron por la mayoría, José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, integran la Cámara Laboral desde mediados de 2021, cuando el Senado aprobó un total de 33 pliegos de jueces y fiscales propuestos por el Poder Ejecutivo. Ambos fueron elegidos para la Sala II, que en ese momento tenía tres vacantes.</p><p>Sudera fue juez de primera instancia durante quince años y pertenece a la lista Bordó, que conduce actualmente la Asociación de Magistrados. En 2010, cuando era titular del juzgado 56, fue candidato para integrar el Consejo de la Magistratura.</p><p>En cambio, García Vior se había desempeñado en varios cargos de la Cámara del Trabajo y fue jueza de primera instancia antes de ser designada camarista.</p><p>Su carrera comenzó en 1987, en la Sala II, luego tuvo un breve paso por un juzgado de primera instancia, y terminó siendo secretaria de esa misma Sala durante diez años. En 2014 ganó un concurso y regresó como jueza de primera instancia, según ella misma contó en su audiencia pública para ser camarista.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pzOXVmSw91lC3i9Hvnqixx70VFc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/03_rodolfo_barra.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La presentación ya está siendo elaborada por la Procuración del Tesoro, a cargo de Rodolfo Barra. "Contradice todos los fallos anteriores", dijo una fuente del Ministerio de Justicia.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2024-01-03T22:13:08+00:00</updated>
                <published>2024-01-03T22:11:57+00:00</published>
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            La CGT local pide que los legisladores voten contra el DNU
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/g4u_PuIvm6EXx3SviTu8n8JVKd0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/02_CGT_p15.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Las 7 regionales de la seccional Entre Ríos de la Confederación General del Trabajo (CGT) se reunieron en Concepción del Uruguay, en el marco del plan de lucha contra el mega DNU y la Ley Ómnibus impulsados por el presidente Javier Milei. La central obrera ya se manifestó en contra de ambas iniciativas.</p><p>"La gran mayoría del DNU y de la ley afecta de manera directa a todos, trabajadores y a vecinos en general", destacó el representante del gremio de la Carne. Por su lado, desde Camioneros afirmaron que, con el DNU, ya vigente, y con la Ley Ómnibus que se discutirá, la clase trabajadora "está en un total desamparo".</p><p>La CGT local les pide posicionamiento a los legisladores</p><p>De acuerdo a lo consignado por&nbsp;Babel Digital, el plenario decidió avanzar con encuentros con cada uno y una de las diputadas y senadoras nacionales de Entre Ríos, sean del PJ como también del resto de las fuerzas políticas que tienen representación en el Congreso Nacional. Exigen conocer qué posicionamiento tienen ante el DNU y la Ley Ómnibus.</p><p>"Vamos a hacerles llegar a cada uno el pedido y exigirles que voten en contra del DNU, como de la Ley Ómnibus, con lo que lo único que se pretenden es empobrecer al trabajador y a la sociedad", expresó el representante de Camioneros.</p><p>En el plan de "encuentros", inclusive, anunciaron que buscarán una reunión con el diputado libertario, Beltrán Benedit. "Vamos a reunirnos para que se exprese y que diga si va a firmar los ajustes que van a hacer sufrir el pueblo entrerriano", dijeron.</p><p>Finalmente reiteraron que desde la CGT interpelarán a todos los legisladores nacionales. "Del PJ y a los otros. Necesitamos que se expresen sobre qué van a hacer. Si van a acompañar el DNU o si no lo van a hacer", remataron.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/g4u_PuIvm6EXx3SviTu8n8JVKd0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2024/01/02_CGT_p15.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La CGT de Entre Ríos se reunió en Concepción del Uruguay. Desde la central obrera piden que los legisladores sienten posición sobre el mega DNU de Milei.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2024-01-02T23:26:17+00:00</updated>
                <published>2024-01-03T03:00:43+00:00</published>
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            Entró en vigencia el DNU, sin que la Justicia  haya aceptado suspenderlo
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/entro-en-vigencia-el-dnu-sin-que-la-justicia-haya-aceptado-suspenderlo" type="text/html" title="Entró en vigencia el DNU, sin que la Justicia  haya aceptado suspenderlo" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-GlwAYexWqRr513lA_SpG89KhM8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/12/29_Entra_en_vigencia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 de desregulación económica, dictado por el Gobierno de Javier Milei, entrará en vigencia este viernes sin que la Justicia haya aún dado curso de manera favorable a reclamos de medidas cautelares que lo suspendan, en el marco de una treintena de amparos presentados por organizaciones sociales y sindicales, abogados constitucionalistas y ciudadanos particulares.</p><p>En el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal de la ciudad de Buenos Aires había hasta el mediodía del jueves al menos 25 amparos y otros dos de la CGT y la CTA ante la justicia del Trabajo, según un relevamiento hecho por Télam.</p><p>El DNU 70 fue firmado por el presidente Javier Milei e integrantes del Gabinete nacional y publicado en el Boletín Oficial el 21 de diciembre último y por Ley entrará en vigencia ocho días más tarde, es decir, desde este viernes 29, salvo medida cautelar judicial que lo suspenda.</p><p>El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Esteban Furnari rechazó disponer una precautelar de suspensión de los efectos del DNU en el proceso colectivo iniciado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad porque “al día de la fecha, las disposiciones del DNU 70/2023 no han entrado en vigencia (cfr. arts. 5º y 6º CCyCN)”, según la resolución a la que tuvo acceso Télam.</p><p>Por su parte, la CGT apeló este jueves la decisión del juez nacional del Trabajo Ignacio Ramonet que desestimó el dictado de una medida cautelar “interina” que suspenda el capítulo IV del Decreto vinculado a la reforma laboral porque aún no entró en vigencia.</p><p>El magistrado concedió la apelación, habilitó días y horas inhábiles del 28 y 29 de diciembre y ya giró el expediente a la sala ocho de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.</p><p>En el escrito de apelación, firmado por Héctor Daer, Pablo Moyano y Carlos Acuña como secretarios generales de la CGT, se advirtió que “se trata de conjurar un acto de autoridad que impone una reforma laboral peyorativa sin recurrir al Congreso y que los afecta en los aspectos individuales y colectivos”, según el texto al que tuvo acceso Télam.</p><p>Con esta presentación intervendrá por primera vez un Tribunal de Apelaciones en relación al DNU, aunque sólo en lo referido a las normas de índole laboral.</p><p>“Debe tenerse en cuenta, asimismo, que el DNU 70/23, pretende introducir modificaciones permanentes y no de coyuntura o de emergencia temporal (en derecho individual del trabajo y derecho colectivo) y esta circunstancia es relevante porque no se trata de implementar remedios temporales para una alegada crisis, lo que constituye otro motivo de invalidez ostensible”, argumentaron los sindicalistas al reclamar una medida cautelar de “no innovar” y la suspensión de la puesta en vigencia del Título IV del DNU 70.</p><p>Ramonet concedió la apelación ante “la innegable trascendencia de la presente causa” y también a raíz de fallas del sistema judicial LEX registradas que “no permiten que la causa sea despachada con la premura que requiere” por lo cual habilitó “días y horas inhábiles para la tramitación de la misma los días 28 y 29 de diciembre del corriente año, debiendo estarse a lo ya dispuesto en cuanto a la posibilidad de habilitar la feria judicial”, si alguna de las partes lo requiere.</p><p>En tanto, en el fuero Contencioso Administrativo Federal, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez reclamó el dictado de una medida precautelar para suspender el DNU en su totalidad, mientras tramita su amparo contra esa norma.</p><p>Como hecho novedoso, explicó ante el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 7 que al presentar el miércoles el proyecto de Ley para sesiones extraordinarias, el Gobierno incluyó “una cláusula de ratificación” del DNU, algo que implica el “reconocimiento” por parte del Poder Ejecutivo de que no hay motivos para que las reformas propuestas no se traten en el Congreso Nacional.</p><p>En ese mismo fuero ingresaron durante la jornada otras dos demandas contra el DNU, uno del CELS y otro de la Confederación Argentina de Deportes, que resultaron sorteados en diferentes juzgados.</p><p>El Centro de Estudios Legales y Sociales reclamó la inconstitucionalidad del DNU porque “se aparta del principio de división de poderes, así como suprime y restringe derechos, garantías individuales y colectivas de amplios sectores sociales”.</p><p>En otro de los amparos iniciados esta semana, la demandante Betina Stein presentó un recurso de revocatoria ante el rechazo por parte del juzgado interviniente, el Contencioso Administrativo Federal 8, a dictar la medida cautelar de suspensión a la espera de un informe “sobre la existencia de otro proceso colectivo”. El proceso colectivo en cuestión es el iniciado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad junto a Hugo Godoy, Claudio Lozano y Rodolfo Aguiar, aceptado por el juez Furnari e inscripto así en el Registro de Procesos Colectivos.</p><p>Finalmente, en La Plata, el juez federal Alberto Recondo rechazó una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el DNU al argumentar que “solo el carácter de ciudadano no otorga legitimación activa”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-GlwAYexWqRr513lA_SpG89KhM8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/12/29_Entra_en_vigencia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Organizaciones sociales y sindicales, abogados constitucionalistas y ciudadanos particulares se presentaron ante distintos fueros judiciales para reclamar que se impida la puesta en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 de desregulación económica presentado por el Gobierno de Javier Milei.
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                <updated>2023-12-29T00:01:49+00:00</updated>
                <published>2023-12-29T00:00:50+00:00</published>
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            Ya se presentaron al menos diez amparos judiciales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ehcX1baA8JE6EmLKaTpKIxhyMWE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/12/26_DNU_pag_6.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El fuero en lo Contencioso Administrativo Federal recibió al menos amparos contra el decreto de necesidad y urgencia 70, de desregulación económica, con pedidos de medidas suspensivas hasta que se dicte sentencia de fondo en relación a planteos de presunta inconstitucionalidad de la norma del gobierno de Javier Milei.</p><p>La primera fue la radicada por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, en la cual el viernes último el juez Esteban Furnari admitió la acción como un "amparo colectivo" y dio vista a la fiscalía para que se determine si la causa es competencia de ese juzgado. La acción judicial fue presentada por esa asociación civil y organizaciones como ATE y CTA contra el decreto de desregulación económica. También ingresó una acción de amparo de la Asociación Civil por un Hogar en Argentina, que quedó radicada ante el Juzgado 12 de ese fuero. Durante este martes presentaron amparos el extitular del Colegio Público de Abogados de la ciudad de Buenos Aires, Jorge Rizzo y otros seis firmados por Betina Stein, Laura Golcman, Nancy Beatriz Mateos, María Reston, Mariana Fernández y Norma Castro.</p><p>La radicada por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez quedó designado este martes el nuevo juzgado, el Contencioso Administrativo Federal 7 luego que el letrado recusó al magistrado sorteado inicialmente, Juan Pablo Cayssials, informaron fuentes judiciales. En su demanda, el abogado Gil Domínguez sostuvo que el DNU es "contrario a los artículos 1, 29, 30, 77 a 84 y 99 inciso 3 de la Constitución argentina" Gil Domínguez pidió que "oportunamente dicte sentencia declarando la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023". Además, reclamó el dictado de una medida cautelar que suspenda sus efectos hasta que haya sentencia definitiva. "Vengo a solicitar en los términos previstos por el artículo 195 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial y los artículos 13 y 15 de ley 26.854 el dictado de una medida cautelar de no innovar mediante la cual se suspendan los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa",  consignó. El abogado reclamó que se declare la "inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023". "El Poder Ejecutivo Nacional mediante el dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 utiliza un mecanismo de legislación excepcional previsto por el art. 99.3 de la Constitución argentina -de interpretación y aplicación restrictiva- para sustituir integralmente la función legislativa a través del abuso de derecho público y el desvío de poder", denunció el constitucionalista.</p><p>También "con el objeto de realizar una reforma constitucional indirecta o encubierta por fuera del mecanismo previsto por la Constitución argentina", advirtió.</p><p>"De esta manera, se verifica la existencia de una norma que pretende vulnerar el principio republicano, la división de poderes", sostiene la demanda presentada.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ehcX1baA8JE6EmLKaTpKIxhyMWE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/12/26_DNU_pag_6.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Una de ellas, la radicada por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez quedó designado este martes el nuevo juzgado, el Contencioso Administrativo Federal 7 luego que el letrado recusó al magistrado sorteado inicialmente, Juan Pablo Cayssials, informaron fuentes judiciales.
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2023-12-26T23:33:38+00:00</updated>
                <published>2023-12-26T23:32:06+00:00</published>
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            Los ítems que no podrán ser descontados por el empleador en el recibo de sueldo
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/los-items-que-no-podran-ser-descontados-por-el-empleador-en-el-recibo-de-sueldo" type="text/html" title="Los ítems que no podrán ser descontados por el empleador en el recibo de sueldo" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/szHGvFd63LMyHCoCci4e9e_wX4I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/12/23_recibo_de_haberes.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El DNU de desregulación de la economía de Javier Milei contempla que los empleadores no podrán descontar del recibo de sueldo del empleado cuotas, aportes periódicos o contribuciones que estuvieran obligados los trabajadores, como en el caso de los aportes sindicales. Además, en el recibo de pago deberán consignarse el total de contribuciones que abona la parte empleadora por sostener la relación laboral.</p><p>El artículo 73 del Decreto 70/2023 sustituye el inciso c) del artículo 132 de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744), por el siguiente: "Pago de cuotas, aportes periódicos o contribuciones a que estuviesen obligados los trabajadores en virtud de normas legales o provenientes de las convenciones colectivas de trabajo o que resulte de su carácter de afiliados a asociaciones profesionales de trabajadores con personería gremial o de miembros de sociedades mutuales o cooperativas así como por servicios sociales y demás prestaciones que otorguen dichas entidades, solo si existe un consentimiento explícito del empleado autorizando el mismo".</p><p>Al respecto, el contador especialista en impuestos, Sebastián Domínguez, explicó a Infobae que el cambio implica que si no hay una nota por escrito del empleado autorizando a hacer el descuento, el empleador no podrá realizarlo.</p><p>Milei reiteró que hay riesgo de hiperinflación y dijo que busca "congelar" la cantidad de dinero en la economía.</p><p>"Hay sindicatos como Comercio que establece un 2 % del sueldo que va al Sindicato de Empleados de Comercio (SEC) y otro 0,5 % que va a la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys); por el convenio colectivo hay que descontar ambas cosas. Ahora esa plata va a quedar en el bolsillo del trabajador", sostuvo Domínguez.</p><p>El que se refirió a este punto fue el expresidente del BCRA y actual asesor de Milei, Federico Sturzenegger, uno de los ideólogos del decreto de 366 artículos que desregula la economía dado a conocer en cadena nacional y quien continúa trabajando en el proyecto que irá al Congreso.</p><p>"Ahora un descuento que a vos te hacían, vas a tener que decir si querés que te lo hagan o no, por ejemplo el aporte al sindicato. La gente contribuye 3 % del salario para la salud; el empleador, 6 %. Ahí hay 9 % del salario para la salud. Ahora yo vuelvo a ser dueño pleno de eso. Los recibos ahora van a consignar también lo que paga el empleador para que el empleado entienda", dijo Sturzenegger en Radio Mitre.</p><p>El contador especialista en impuestos, Sebastián Domínguez, explicó a Infobae que a partir de que entre en vigencia el DNU, si no hay una nota por escrito del empleado autorizando a hacer el descuento por contribuciones, el empleador no podrá realizarlo.</p><p>Así, ese recurso de recaudación adicional y obligatorio para los sindicatos, justificado en el principio de solidaridad debido a que los trabajadores no afiliados también se benefician de los logros gestionados por la organización gremial, correrá peligro porque deberá tener el aval "explícito" de los empleados. Por lo tanto, eso representará un desfinanciamiento para las cajas sindicales si es que se pone en marcha la medida.</p><p>Por otro lado, el artículo 140 del decreto de Milei también contempla que en el recibo de sueldo de los trabajadores deberá necesariamente figurar el detalle del costo laboral que asumen los empleadores. “ARTÍCULO 140.- Contenido necesario. El recibo de pago deberá necesariamente contener, como mínimo, las siguientes enunciaciones”, reza la norma. El punto clave se encuentra en el inciso j): “Total de contribuciones abonadas por el empleador por disposición legal”.</p><p>Domínguez calificó la medida como un camino de mayor transparencia y conocimiento del costo laboral por parte de los empleados. “A partir de ahora, se deberá indicar en el recibo de sueldo el total de contribuciones abonadas por el empleador por disposición legal”, explicó.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/szHGvFd63LMyHCoCci4e9e_wX4I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2023/12/23_recibo_de_haberes.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La normativa que lanzó el Gobierno también contempla que los recibos de pago deberán detallar el costo laboral que asume la parte empleadora.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2023-12-23T01:47:13+00:00</updated>
                <published>2023-12-23T01:45:55+00:00</published>
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