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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2020-08-14T08:51:00+00:00</updated>
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            Preocupación por el fallo en  San Luis contra el periodista Diego Masci
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2R7Xs9mu-XGt1oAyzfyS_xaTLH4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/08/14_adepa.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El director del portal Zbol.com.ar fue considerado �Sautor material y penalmente responsable del delito de ��violación de intimidad�" (artículo 155 del Código Penal), por la publicación indebida de una comunicación electrónica, en perjuicio de la actual ministra de Medio Ambiente del Gobierno provincial, Natalia Spinuzza⬝.
</p><p>
</p><p>De acuerdo a lo establecido en el fallo, el periodista fue condenado a pagar una multa de 90 mil pesos, más costas y accesorias del proceso. Por otra parte, se dispuso que una vez que quede firme la sentencia, se libre oficio a Google para que proceda a remover de la plataforma de Youtube el video considerado �Sindebido⬝ y que motivó la condena de Masci, como así también se desindexe a Spinuzza respecto de los eventuales enlaces que puedan exhibir el mencionado video.
</p><p>
</p><p>Spinuzza había denunciado al periodista por la publicación de un video privado que ella misma había grabado para un grupo de amigos y familiares durante un viaje por Holanda en 2018.
</p><p>
</p><p>&nbsp;En esa época, la funcionaria estaba a cargo del Ministerio de Educación provincial.
</p><p>
</p><p>El fallo es un grave precedente para la libertad de expresión y para el libre ejercicio de la labor periodística, tarea amparada por la Constitución Nacional y protegida por varios fallos previos a nivel local e internacional, inclusive en hechos donde se consideró la intimidad de las figuras públicas.
</p><p>
</p><p>Por citar un antecedente en la materia, Adepa recuerda una sentencia de 2011 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a través de la cual  se dejó sin efecto la condena civil impuesta por la Justicia argentina a los periodistas Jorge Fontevecchia y Hector D�"Amico, de Editorial Perfil, debido a una publicación de 1995 que supuestamente había afectado la vida privada del entonces presidente Carlos Menem.
</p><p>
</p><p>Adepa considera que la sentencia del tribunal de San Luis debería ser revisada en otras instancias judiciales con base en los criterios y antecedentes nacionales e internacionales, ponderando adecuadamente el derecho a la libertad de expresión, clave para que el debate democrático sea lo más amplio, diverso y vibrante posible.
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2R7Xs9mu-XGt1oAyzfyS_xaTLH4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/08/14_adepa.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) manifiesta su preocupación por el fallo dictado  por el Juzgado de Sentencia en lo Penal, Correccional y Contravencional y de Ejecución Penal de San Luis contra el periodista Diego Masci.]]>
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                <updated>2020-08-14T08:51:00+00:00</updated>
                <published>2020-08-14T08:51:00+00:00</published>
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