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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2020-07-27T09:36:00+00:00</updated>
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            La provincia implementó beneficios impositivos para el sector cultural
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7sEI9OhgvW6mpETtywCBmbaLrTM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/07/27_beneficiosimpositivos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Las actividades culturales en la provincia de Entre Ríos están exentas del pago de Ingresos Brutos. La nueva medida del gobierno provincial beneficia a los trabajadores culturales en relación al Impuesto Inmobiliario y la Ley 4035. A partir de la aplicación de la norma, serán diferidos hasta el 31 de diciembre los vencimientos del tributo provincial a actividades de museos, cines; teatro, espectáculos, recitales, enseñanza artística y actividades culturales varias.
</p><p>Se trata de una herramienta que pretende apuntalar a los sectores de la economía imposibilitados de ejercer sus actividades económicas dado el contexto de Emergencia Sanitaria Nacional.
</p><p>
</p><p>Alcance
</p><p>
</p><p>La norma comprende impuestos que recauda ATER: impuesto inmobiliario y la ley 4035. Se trata de un diferimiento de los vencimientos que abarca todo el segundo semestre del 2020.
</p><p>Para el Impuesto Inmobiliario aplicará diferimiento al 3°, 4° y 5° anticipo del año 2020 del impuesto inmobiliario urbano de aquellos propietarios (y/o quienes acrediten tener a su cargo el pago del tributo) de inmuebles afectados a las actividades económicas culturales.
</p><p>Se aplica diferimiento también en el Fondo de Integración de Asistencia Social Ley N°4035, al pago de los aportes patronales del fondo de integración de asistencia social Ley 4035 de los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2020, por lo que impactará, en los aportes en relación de dependencia de las actividades culturales.
</p><p>
</p><p></p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7sEI9OhgvW6mpETtywCBmbaLrTM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/07/27_beneficiosimpositivos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Mediante el decreto 1128, el gobierno de Entre Ríos dispuso el diferimiento hasta el 31 de diciembre de los vencimientos de pago de impuestos a diferentes actividades económico productivas, entre ellas las culturales.]]>
                </summary>
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                <updated>2020-07-27T09:36:00+00:00</updated>
                <published>2020-07-27T09:36:00+00:00</published>
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