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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
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            Caputo limita el recupero de IVA y beneficia a empresas de energía y transporte
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TtcvDTtr-oYocNnaeIUpxIrGQec=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/07/luis_caputo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>También incluye los créditos fiscales generados entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2023, que no fueron objeto de recupero bajo los límites máximos establecidos en años anteriores.El régimen de recupero de saldo es aplicable a sujetos que desarrollan actividades calificadas como servicios públicos. Procede cuando las tarifas percibidas por estos sujetos se ven reducidas por subsidios, compensaciones tarifarias o fondos de asistencia económica otorgados por el Estado Nacional.El recupero se permite para créditos fiscales facturados por la compra, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes (excluyendo automóviles), y por locaciones de obras y/o servicios. Estos bienes y servicios deben haberse destinado a operaciones perfeccionadas en el desarrollo de su actividad y por las que reciben las sumas de subsidios o asistencia.El tratamiento se aplica hasta el límite que resulta de restar al saldo a favor originado en dichas operaciones, el saldo a favor que se habría determinado si los subsidios, compensaciones o fondos hubieran estado alcanzados por la alícuota aplicable a la tarifa correspondiente.La resolución indica que la fijación de este límite se realiza considerando las condiciones generales de los ingresos presupuestarios.</p><p>El límite máximo anual, según la reglamentación de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, es fijado y asignado por el Ministerio de Economía a cada sector o rama de actividad económica.La asignación de los $ 26.500 se distribuye de la siguiente manera:• Sector energía: veinticuatro mil quinientos millones de pesos ($ 24.500.000.000).• Sector transporte: mil ochocientos millones de pesos ($ 1.800.000.000).• Otros sectores: doscientos millones de pesos ($ 200.000.000). NA.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TtcvDTtr-oYocNnaeIUpxIrGQec=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/07/luis_caputo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno nacional fijó un máximo de $ 26.500 millones anuales para las erogaciones destinadas al recupero de saldos fiscales acumulados con el objetivo de apuntalar el superávit fiscal.
De esta manera, decidió privilegiar a empresas energéticas y de transporte. Así quedó establecido en la Resolución 1353/2025 del Ministerio de Economía, que fue publicada en el Boletín Oficial. Este límite máximo aplica a saldos acumulados que se originan en créditos fiscales cuyo derecho a cómputo se generó durante el año 2024.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-09-16T08:00:00+00:00</published>
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        <title>
            Reducir beneficios fiscales &quot;permitiría robustecer los recursos del sector público&quot;
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tv33P6njTx1dPc7h_lgcZPoIbTk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/09/20_beneficios_fiscales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La advertencia de la cartera conducida por Sergio Massa fue formulada en el Mensaje que forma parte de la presentación del proyecto de ley de Presupuesto 2023, en un apartado en el que se detalla, tanto en valores absolutos como en porcentajes del Producto Bruto Interno (PBI), los recursos que teóricamente dejarían de recaudarse por esos beneficios, denominados genéricamente "gastos tributarios".</p><p>Al respecto, el proyecto de la denominada "ley de leyes" prevé para 2023 un déficit primario equivalente a 1,9% del Producto Bruto Interno (PBI) y en el Mensaje se pone de manifiesto que los beneficios fiscales para el mismo ejercicio serían de $ 3,664 billones, un 2,49% del PBI.
</p><p>Ese 2,49% se compone de 1,81% de normas impositivas ($ 2,669 billones) y 0,68% de regímenes de promoción económica ($ 995.057,3 millones).
</p><p>Dentro de los impuestos, el de mayor relevancia por su impacto fiscal es el IVA, que aporta 1,36% del PBI (1,18% en normas del impuesto y 0,18% en regímenes promocionales), seguido por Ganancias con el 0,51% (0,27% y 0,24%, respectivamente), Combustibles con el 0,29% (0,26% y 0,03%) y Contribuciones a la Seguridad Social con el 0,10% (0,07% y 0,03%).
</p><p>Si bien los beneficios abarcan un amplio espectro de actividades, Economía centró su atención en algunos aspectos que podrán ser objeto de análisis.
</p><p>En ese sentido, sostuvo que la exención de Ganancias de los ingresos de magistrados de los Poderes Judiciales nacional y provinciales "influye negativamente en la equidad, igualdad y progresividad del impuesto con relación al resto de los contribuyentes asalariados".
</p><p>Al respecto, ese ítem representará en 2023 un gasto tributario de $ 237.850,2 millones, equivalentes al 0,16% del PBI.
</p><p>En cuanto a las Ganancias de asociaciones civiles, fundaciones, mutuales y cooperativas ($ 107.282 millones, 0,07% del PBI), indicó que "parte del universo beneficiado comprende a instituciones bancarias y empresas aseguradoras".
</p><p>Las alícuotas reducidas del IVA representarán en 2023 un gasto tributario de $ 960.964 millones, un 0,65% del PBI e incluyen varias actividades y contribuyentes.
</p><p>Para Economía, "aumenta la regresividad del impuesto que se aplique alícuota reducida tanto a las obras de arte, medicina prepaga como a los productos de panadería y construcción de viviendas".
</p><p>Al analizar el régimen de Promoción Económica de Tierra del Fuego ($ 519.720 millones, 0,35% del PBI), el Palacio de Hacienda planteó una "revisión de política pública actual asociada y posible reducción gradual del beneficio".
</p><p>Con el concepto de "gastos tributarios" se denomina al "monto de ingresos que el fisco deja de percibir al otorgar un tratamiento impositivo que se aparta del establecido con carácter general en la legislación tributaria", indicó Economía en la presentación del proyecto de Presupuesto 2023.</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tv33P6njTx1dPc7h_lgcZPoIbTk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2022/09/20_beneficios_fiscales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Ministerio de Economía señaló que los beneficios fiscales consistentes en exenciones impositivas, alícuotas diferenciadas y regímenes de promoción económica, representarán el año próximo un "gasto tributario" superior al déficit primario proyectado para el mismo período, por lo que su reducción "permitiría robustecer los recursos del sector público".]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2022-09-20T08:24:00+00:00</updated>
                <published>2022-09-20T08:24:00+00:00</published>
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            Precisan las medidas de alivio  y los beneficios fiscales que  estableció la provincia
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5moAW1tE3Q-AUZMO8u2AN3e72zg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/04/11_beneficiocfiscales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El titular de ATER, Germán Grané, enumeró las medidas de alivio fiscal establecidas debido a los efectos negativos que viene generando el coronavirus. Lo hizo durante la conferencia de prensa virtual habitual que diariamente se emite desde la Sala de Periodistas de la Casa de Gobierno y difunden los medios de comunicación. En este marco, dio cuenta tanto de las medidas que alcanzan a toda la población, como la condonación de multas e intereses y la prórroga de vencimientos en impuestos, como las de carácter específicos que se tomaron teniendo en cuenta a sectores más perjudicados por la cuarentena. Por otro lado, dijo que se mantienen en contacto permanente con las entidades que representan a cada actividad, y que los equipos de ATER, junto a los de los Ministerios de Economía y de Producción, analizan a diario la situación.
</p><p>
</p><p>Grané, comentó que, sin perjuicio de la caída de la recaudación por la menor actividad económica debido al coronavirus, �Sel gobernador ha instruido a los ministros de Economía y de Producción la adopción de medidas de índole de alivio fiscal o beneficio fiscal⬝.
</p><p>
</p><p>Y apuntó: �SFue así que nos pusimos a trabajar activamente con distintos equipos técnicos para poder llegar con medidas que signifiquen realmente un alivio en un contexto complejo y a pesar de las dificultades que significa la merma en la recaudación⬝.
</p><p>
</p><p>Detalló que se dispusieron importantes medidas, la mayoría de alcance general para todos los contribuyentes y algunas específicas y particulares.
</p><p>
</p><p>INGRESOS BRUTOS
</p><p>
</p><p>Destacó en primer término que para el Impuesto a los Ingresos Brutos se ha dispuesto en el régimen simplificado dos aspectos importantes. �SPor un lado, se dispuso que para abril las categorías A y B de régimen simplificado de Ingresos Brutos, por decisión del gobernador, van a tributar a importe cero. 
</p><p>
</p><p>Y para el resto de los contribuyentes de régimen simplificado, que alcanza a los contribuyentes de Ingresos Brutos de régimen general, se mantienen los valores que venían tributando desde el año 2019. Se dispuso la no entrada en vigencia del decreto 266 y 267 que estaban previstos para este año, por lo que siguen tributando con los valores fijados en 2018 y que pagaron durante todo 2019. Eso comprende a todo el régimen simplificado y todas las categorías⬝, detalló Grané.
</p><p>
</p><p>Precisó que �Sesa entrada en vigencia se pospuso por 60 días, es decir que a partir de junio van a estar vigentes los valores previstos para el año 2020, y lo mismo sucedió con las tasas administrativas retributivas de servicios porque el incremento que estaba previsto para este año se pospuso también por 60 días y entonces a partir de junio va a sucederse ese incremento⬝.
</p><p>
</p><p>CONDONACI�N
</p><p>
</p><p>Por otro lado comentó que también se dispuso que a todas las obligaciones tributarias que vencían entre el 17 y el 31 de marzo se les va a condonar las deudas por multas e intereses, por lo que se van a considerar cumplidas en tiempo y forma hasta el día 30 de junio.
</p><p>
</p><p>�SEsto significa una comprensión como decíamos de lo que fueron las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio que impactó en que muchos contribuyentes se vieron sorprendidos en esa situación, razón por la cual el gobernador interpretó la importancia de poder llegar con una medida de alivio y por esa razón es que ha condonado todas las multas e intereses que se generaron en los vencimiento de todos los tributos, ya sea de ingresos brutos, de automotor, de ley 4035, agente de retención de percepción, todos los tributos que vencían entre el 17 y el 31 de marzo han sido condonadas sus multas e intereses⬝, sostuvo Grané.
</p><p>
</p><p>VENCIMIENTOS Y PR�RROGAS
</p><p>
</p><p>Manifestó que se han tomado decisiones importantes que tienen impacto en el plano material como en el formal. Explicó que el plano material refiere al pago de los tributos y en lo formal a muchos de los procedimientos que hay que hacer ante la Administradora Tributaria. 
</p><p>
</p><p>&nbsp;En ese sentido, señaló: �SHemos postergado el vencimiento del impuesto inmobiliario rural, estamos hablando de 130 mil partidas, cuyo vencimiento estaba previsto para esta primer semana de abril y por decisión del gobernador se ha resuelto posponerlo, por ende ese tributo que vencía en este tiempo ha sido diferido para próximo tiempo, seguramente para después de mayo⬝.
</p><p>
</p><p>Con respecto a otras definiciones de alcance particular y alcance general, el titular de ATER sostuvo que también se han prorrogado la vigencia de los certificados de exención, tanto para el impuesto inmobiliario como para el impuesto automotor. Dijo que eso significa un beneficio y un alivio en términos económicos y esos contribuyentes van a seguir beneficiados por la exención sin necesidad de hacer el trámite.
</p><p>
</p><p>Especificó que en el caso del impuesto automotor la prórroga es hasta el 31 de julio y en el caso del impuesto inmobiliario la prórroga es hasta el 31 de agosto. �SAcá se ven comprendidos muchos jubilados que tienen una exención prevista y la decisión ha sido no solo no afectarlos en lo económico, sino también que no tengan que salir de sus casas a hacer trámites en búsqueda de un beneficio. Así que esa es una medida que llega a un sector particularizado, como también hay otras que son de alcance más general⬝.
</p><p>
</p><p>CERTIFICADOS
</p><p>
</p><p>En el marco de las actividades particularizadas, explicó que se ha extendido la vigencia de la presentación de los certificados de industria en la Administradora Tributaria. �SSe trata de un beneficio de alícuotas reducidas o exenciones que están previstos en el código tributario y que una de las exigencias es la presentación del certificado de industria. Muchos de esos certificados vencían en mayo, y nosotros hemos prorrogado hasta el 31 de julio la posibilidad de cumplir con esa obligación de manera tal que los sectores industriales que hoy están gozando de ese beneficio no se vean afectados en la exención o la alícuota reducida y por eso se pospuso la vigencia de esa exención y la no obligatoriedad de presentar el trámite⬝, explicó.
</p><p>
</p><p>
</p><p>R�0GIMEN SIMPLIFICADO
</p><p>
</p><p>Grané agregó también que como medida de alcance general, se suspendieron hasta el 30 de abril todas las recategorizaciones y exclusiones de oficio del Régimen Simplificado. �SEsta es una medida que abarca a muchos contribuyentes y que cotidianamente dentro de los procesos que corre la Administradora en concomitancia con la AFIP, se producen recategorizaciones de oficio y exclusiones del régimen. En un marco de comprensión de esta situación, hemos suspendido por 30 días dichos procesos⬝, expresó el titular de ATER y mencionó también la suspensión por 90 días el inicio de nuevas ejecuciones fiscales y la prosecución por 60 días de los juicios de ejecución.
</p><p>
</p><p>CONTACTOS Y MONITOREO
</p><p>
</p><p>Destacó el contacto permanente con los colegios de profesionales, las cámaras empresariales y todos los actores vinculados a la actividad económica, �Sde manera tal de poder interpretar cuáles son sus necesidades. De la misma manera que los hacen los ministros de Economía y Producción y el propio gobernador. Así, venimos monitoreando de manera permanente cuáles con las principales dificultades y tratar, en lo posible, desde la ATER llegar con beneficios y alivios a los vecinos, a pesar del impacto que esto tiene en la recaudación⬝, concluyó Grané.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5moAW1tE3Q-AUZMO8u2AN3e72zg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/04/11_beneficiocfiscales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Desde la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) se informó sobre las decisiones tomadas por el gobierno provincial para aliviar las cargas impositivas tanto de manera general destinadas a la población como las puntuales para sectores más afectados por la pandemia.]]>
                </summary>
                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2020-04-11T08:14:00+00:00</updated>
                <published>2020-04-11T08:14:00+00:00</published>
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