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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
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            En la provincia se registraron más inscriptos a las residencias médicas
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/06/residencias_medicas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El total de inscriptos fue de 165 profesionales que cumplimentaron los requisitos solicitados.&nbsp;Se abrieron nuevas residencias públicas y privadas y habrá nuevos llamados para algunas especialidades.“El año pasado Entre Ríos tuvo 106 inscriptos, y este año hubo un aumento a 165”, informó la coordinadora de Residencias Médicas del Ministerio de Salud, Daniela Bello.&nbsp;Asimismo, un dato importante que remarcó la funcionaria es que se anotaron residentes en especialidades como Neonatología y Cirugía Pediátrica, ya que el año pasado no hubo inscriptos en estas especialidades.Bello destacó que en esta ocasión se abrieron nuevas residencias públicas (RISAM infanto juvenil, Hematología y Terapia Intensiva Adultos básica articulada) y privadas (Kinesiología en el Hospital de la Baxada). Además, se realizó la reapertura de la Residencia de Medicina General y Familiar en Villaguay.“También se está trabajando para la apertura en un segundo llamado de las Residencias de Odontopediatría y Endodoncia, y de Generalista”, indicó la coordinadora, como aspecto positivo en pos de seguir impulsando no sólo la formación, sino también posicionar las residencias médicas a nivel país.</p><p>Por otra parte, para fomentar el aprendizaje colaborativo y jerarquizar el trabajo de los residentes, se están realizando ateneos interresidencia y clases interdisciplinarias en toda la provincia. Incentivar y contagiar el interés por la formación Argentina es el único país del mundo en el que el Estado financia la capacitación de los profesionales de grado. Asimismo, del total de médicos que se reciben cada año, sólo la mitad realiza residencias.&nbsp;En relación a este tema Bello señaló que se está trabajando “en la reforma de la Ley de Residencias en Salud para que nuestra oferta sea más atractiva y beneficiosa, tanto para residentes como para instructores y así poder incluir más profesionales en el sistema”.Este sistema de aprendizaje se basa en la práctica supervisada y remunerada con responsabilidades crecientes, adecuadas para cada nivel e individuo, y orientado a una especialidad.En general, el proceso formativo se extiende por cuatro años, donde los tres primeros son de dedicación exclusiva. A partir del cuarto año se produce el desbloqueo de la matrícula, lo que permite a los residentes desenvolverse en el ámbito privado o fuera de la institución que los está formando.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/06/residencias_medicas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Este año se registró un 50 por ciento más de postulantes que en 2023 para este sistema de formación.]]>
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                                <category term="salud" label="Salud" />
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                <published>2024-06-24T03:30:00+00:00</published>
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            Condenaron a una empresa de asistencia médica 
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/11/21_condenasalud.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Una afiliada, en representación al grupo familiar, demandó a Swiss Medical S.A por daños y perjuicios por no haber brindado la requerida internación domiciliaria prescripta por el médico oncólogo a su esposo (quien luego falleció) y padres de sus hijos, quien se encontraba en estado agónico, dejándolo librado en su domicilio particular sin asistencia médica alguna a los dolores propios del cáncer de páncreas con metástasis en hígado, debiendo la familia presenciar tal circunstancia. Al responder la demanda, la empresa no produjo la prueba pericial necesaria que contraríe las presentadas por la demandante. 
</p><p>Desde marzo de 2014 la familia completa tenía un plan de medicina prepaga (Plan SMG 30-línea Premium) en beneficio de todo el grupo familiar  y en cuyo seno la accionada debía brindar la totalidad de las prestaciones contenidas en el PMO (Plan Médico Obligatorio), incluido el 100 % de las prestaciones y medicamentos que requiera el tratamiento del cáncer. 
</p><p>
</p><p>En noviembre de 2015 el padre del grupo familiar comenzó a padecer problemas de salud y la oncóloga tratante manifestó que ya no se podía hacer nada, prescribiéndole internación domiciliaria, bajo estricto cuidado y control médico. A partir de ese momento la demandante, su esposa relató los padecimientos vividos junto a su esposo quien agonizó en su propia casa y no recibió la atención adecuada por parte de la obra social en cuestión. 
</p><p>Entre otros fundamentos, el juez Mariano Morahan recuerda que tiene dicho calificada doctrina judicial nacional que: �SLa empresa de medicina prepaga debe poner en marcha todos los recursos necesarios para evitar que se ofrezca al enfermo una atención médica deficiente. 
</p><p>De ahí que, frente al hecho dañoso debe responder a menos que se invoque y acredite una causa de exoneración, ya que de lo contrario, la parte más débil -el asociado- se vería desamparada frente a la insolvencia del sanatorio, del médico o de ambos a la vez.0.000185185 || Nilssen, Carlos Alfredo vs. Vogt, Hans Dieter y otros. Daños y perjuicios /// CNCiv. Sala E; 06/11/2000; Base de Datos de la Secretaría de Jurisprudencia de la CNCiv.; RC J 7609/07. 
</p><p>
</p><p>Analizada la situación planteada, Morahan concluyó, �Sen la efectiva existencia del daño moral invocado por los actores  a partir de la concreta situación de desamparo a la que fueron sometidos por parte de la empresa contratante demandada, quien encontrándose debidamente impuesta de tal delicada situación omitió efectivizar los insoslayables y urgentes cuidados paliativos que el estado agónico del afiliado requería -cónyuge y padre de aquellos-,  exhibiéndose asimismo y en la especie la clara vulneración de derechos humanos fundamentales tutelados tanto por la Constitución Nacional como por tratados internacionales como resultan ser la vida y la salud, habiendo expuesto a todo el grupo familiar a vivenciar sin asistencia alguna el sufrimiento del extinto filiado, resta en definitiva abordar la labor de cuantificación del presente rubro⬝. 
</p><p>
</p><p>Asimismo, consideró sumamente valiosa la conclusión del dictamen pericial psicológico realizado en autos al grupo familiar accionante -el cual no mereciere impugnación alguna de las partes-, y que indica �Slas pruebas realizadas confirman daño psicológico en la Actora⬝ -cfr. Fs. 359-,  agregando que �Sse aconseja para todo el grupo familiar terapia psicológica  individual⬝. 
</p><p>
</p><p>Por otra parte, Morahan corrió vista al Ministerio Público Fiscal para que investigue si se ha consumado un delito por parte de la empresa condenada y se formó una causa penal cuya investigación penal preparatoria quedó a cargo del fiscal Juan Pablo Gile.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elheraldocdn.eleco.com.ar/noticias/2020/11/21_condenasalud.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El juez en la Civil y Comercial Nº 1 de Concepción del Uruguay, Mariano Morahan resolvió hacer lugar a la demanda presentada por una ciudadana por cumplimento contractual y accesoria de daños y perjuicios, así como la aplicación de una multa civil contra la empresa Swiss Medical S.A. La prestadora fue condenada a pagar la suma de 3.408.067 pesos a demandante. La sentencia está firme. ]]>
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                <updated>2020-11-21T08:36:00+00:00</updated>
                <published>2020-11-21T08:36:00+00:00</published>
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