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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-04-21T09:00:04+00:00</updated>
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            ARCA establece nuevos cambios en Ganancias. Alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/CfahhOq6pLTxWkPFWB8M5ev0JCE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La norma incorpora las previsiones necesarias para los sujetos que elijan el Régimen de Declaración Jurada Simplificada, según la Resolución General 5836/2026 publicada en el Boletín Oficial que procesó Agencia Noticias Argentinas.Este régimen opcional se basa en las condiciones dispuestas por la Ley N° 27.799 y apunta a consolidar el sistema de Inocencia Fiscal por el cual el Gobierno nacional pretende que circulen ahorros de los residentes en el país.Para ingresar a este mecanismo tributario, los contribuyentes deben realizar el trámite a través del servicio “Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado” en el sitio web del organismo. Para acceder al sistema es necesario contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o superior.Bajo este sistema, el organismo “pondrá a disposición la información obrante en sus sistemas, así como aquella suministrada por responsables y/o terceros”.Los responsables “podrán efectuar los ajustes, modificaciones, incorporaciones y/o eliminaciones que consideren pertinentes” y luego deberán confirmar la presentación. La normativa también aclara el procedimiento para corregir datos ya presentados.El texto establece que “la presentación de declaraciones juradas rectificativas deberá efectuarse a través del régimen general o del régimen simplificado, según corresponda”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/CfahhOq6pLTxWkPFWB8M5ev0JCE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó la normativa para la determinación anual e ingreso del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país.]]>
                </summary>
                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
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                <published>2026-04-21T09:00:00+00:00</published>
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            Desde abril el monotributo tendrá un incremento del 14,29% en todas las categorías
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5fGxLhcVaTtoTlVQ4GRA2jnZipQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/03/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La actualización semestral del Monotributo 2026 -que se encuentra en plena vigencia en abril 2026- se tradujo en incremento del 14,29% en los parámetros de categorización y en las cuotas mensuales, elevando los topes de ingresos y el costo fiscal del régimen simplificado respecto de los valores vigentes durante 2025.</p><p>La actualización del Monotributo correspondiente al primer semestre de 2026 rige desde el 1 de febrero pasado, conforme al mecanismo de ajuste por IPC acumulado del segundo semestre de 2025, que arroja un incremento del 14,29 por ciento.</p><p>Este porcentaje impacta de manera directa tanto en los parámetros de categorización como en los montos mensuales a ingresar en abril 2026, generando un aumento relevante en el costo fiscal del régimen simplificado respecto de los valores vigentes durante 2025.</p><p>Monotributo 2026: cuánto paga cada categoría en marzo abril</p><p>El pago mensual del Monotributo se compone del impuesto integrado, el aporte previsional (SIPA) y la obra social. Tras la actualización del 14,3% basada en la inflación del último semestre, los montos totales para servicios y venta de bienes quedaron definidos para abril 2026 de la siguiente manera:</p><p>Categoría A: $42.386,74 (tanto servicios como bienes).Categoría B: $48.250,78 (tanto servicios como bienes).Categoría C: $56.501,85 (servicios) / $55.227,06 (bienes).Categoría D: $72.414,10 (servicios) / $70.661,26 (bienes).Categoría E: $102.537,97 (servicios) / $92.658,35 (bienes).Categoría F: $129.045,32 (servicios) / $111.198,27 (bienes).Categoría G: $197.108,23 (servicios) / $135.918,34 (bienes).Categoría H: $447.346,93 (servicios) / $272.063,40 (bienes).Categoría I: $824.802,26 (servicios) / $406.512,05 (bienes).Categoría J: $999.007,65 (servicios) / $497.059,41 (bienes).Categoría K: $1.381.687,90 (servicios) / $600.879,51 (bienes).</p><p>Monotributo: topes de facturación anual para abril 2026</p><p>Junto con el aumento de la cuota, ARCA elevó los límites máximos de ingresos brutos permitidos para cada escalón del Monotributo. Estos valores son los que determinan si el contribuyente puede permanecer en el régimen simplificado o si debe pasar al Régimen General:</p><p>Categoría A: hasta $10.277.988,13.Categoría B: hasta $15.058.447,71.Categoría C: hasta $21.113.696,52.Categoría D: hasta $26.212.853,42.Categoría E: hasta $30.833.964,37.Categoría F: hasta $38.642.048,36.Categoría G: hasta $46.211.109,37.Categoría H: hasta $70.113.407,33.Categoría I: hasta $78.479.211,62.Categoría J: hasta $89.872.640,30.Categoría K: hasta $108.357.084,05.</p><p>Qué pasa con tu situación fiscal si no pagás el Monotributo</p><p>La deuda no solo impacta en el bolsillo. También queda registrada en el sistema de ARCA, lo que genera complicaciones administrativas inmediatas.</p><p>Los contribuyentes con deuda enfrentan dificultades en trámites fiscales. El acceso a beneficios del régimen también se ve afectado. Cualquier gestión ante el organismo puede trabarse por períodos impagos.</p><p>El sistema marca automáticamente la irregularidad, lo que puede impedir desde solicitar la recategorización hasta acceder a planes de facilidades de pago mientras la deuda esté vigente.</p><p>Además, si se suman deudas anteriores, la carga se vuelve imposible de sostener. Muchos monotributistas terminan arrastrando meses de atraso sin poder regularizar su situación.</p><p>Cuándo te pueden dar de baja del Monotributo por falta de pago</p><p>La sanción más severa que aplica ARCA es la exclusión automática del régimen. Esto ocurre cuando se acumulan 10 períodos impagos consecutivos.</p><p>Una vez alcanzado ese límite, el contribuyente es dado de baja sin necesidad de notificación previa. El sistema lo expulsa automáticamente.</p><p>Después de la baja, el contribuyente debe esperar al menos dos años para poder volver a inscribirse en el Monotributo, perdiendo todos los beneficios del régimen simplificado durante ese tiempo.</p><p>Durante esos dos años, la persona debe tributar como responsable inscripto en IVA y Ganancias, con todas las obligaciones formales que eso implica. La vuelta atrás es compleja y costosa.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5fGxLhcVaTtoTlVQ4GRA2jnZipQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/03/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La categoría A tendrá que abonar $42.386,74 tanto servicios como bienes mientras que la categoría K será de $1.381.687,90 (servicios) y $600.879,51(bienes). El tope de facturación en categoría A irá hasta $10.277.988,13 mientras que la Categoría K será hasta $108.357.084,05. Arca informó que en septiembre volverán a ser modificados.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-31T08:00:02+00:00</updated>
                <published>2026-03-31T08:00:00+00:00</published>
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            ARCA impulsa cambios con foco en el IVA automático
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/arca-impulsa-cambios-con-foco-en-el-iva-automatico" type="text/html" title="ARCA impulsa cambios con foco en el IVA automático" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HtaaA0FMJ75CZ-xzUNkkeXcic9k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/02/arca_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Uno de los ejes centrales es la reducción de excepciones en la obligación de emitir comprobantes. A partir de la nueva norma, determinadas operaciones que hasta ahora no se informaban —entre ellas algunos servicios financieros y seguros— deberán integrarse al sistema, fortaleciendo el cruce de datos para la determinación del IVA.La resolución también incorpora la figura de “liquidación electrónica mensual”, que permitirá a bancos, aseguradoras, emisoras de tarjetas, entidades educativas privadas y empresas de medicina prepaga emitir un único comprobante electrónico mensual por cliente. Estos documentos deberán generarse hasta el último día de cada mes y estar disponibles dentro de los diez días corridos siguientes.En cuanto a la identificación de los clientes, la norma dispone que cuando un consumidor final solicite el comprobante para computar una deducción en el Impuesto a las Ganancias, será obligatorio consignar su CUIT, sin importar el monto de la operación. Para transacciones iguales o superiores a $10.000.000, deberá informarse DNI, CUIL, CDI o documento equivalente.</p><p>Otro cambio relevante es la posibilidad de vincular actividades económicas a puntos de venta mediante el servicio digital “Administración de Puntos de Venta y Domicilios”, lo que busca reforzar la trazabilidad de las operaciones y mejorar los controles cruzados. Las disposiciones comenzarán a regir para operaciones realizadas desde el 1 de julio de 2026.Desde el Gobierno nacional, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, sostuvo que el objetivo final es que los contribuyentes puedan recibir sus declaraciones prácticamente confeccionadas por el organismo y sólo deban validarlas. Según explicó, al incorporar al sistema información que antes no se registraba —como consumos financieros o pólizas— se allana el camino hacia un IVA casi automático, en línea con el proceso de digitalización tributaria impulsado por la administración de Javier Milei.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HtaaA0FMJ75CZ-xzUNkkeXcic9k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/02/arca_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la Resolución General 5824/2026, que introduce cambios en el régimen de emisión de comprobantes regulado por la RG 1.415. La medida apunta a mejorar la calidad y cantidad de información fiscal disponible, facilitar la confección de declaraciones juradas de IVA y Ganancias y avanzar hacia un esquema de liquidación más automatizado, con menor carga administrativa para los contribuyentes.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-02-22T23:09:37+00:00</published>
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            Qué sectores tendrán la obligación de emitir comprobantes electrónicos, según una nueva norma de ARCA
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/que-sectores-tendran-la-obligacion-de-emitir-comprobantes-electronicos-segun-una-nueva-norma-de-arca" type="text/html" title="Qué sectores tendrán la obligación de emitir comprobantes electrónicos, según una nueva norma de ARCA" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_Kom6DDOe-C-AGwlNNKUdGWuwKE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/02/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen de emisión de comprobantes con la Resolución General 5824, que actualiza la normativa vigente y alcanza a sectores que hasta ahora estaban exceptuados.A partir del 1° de julio de 2026, bancos, compañías de seguros, emisoras de tarjetas, instituciones educativas privadas y entidades de medicina prepaga deberán emitir comprobantes electrónicos que cumplan con todos los requisitos formales de ARCA.Hasta ahora, estas entidades generan documentos operativos o informativos, como resúmenes, liquidaciones, pólizas o extractos, que informan las operaciones pero no son comprobantes fiscales completos. La RG 5824 cambia esa dinámica y asegura que todas las transacciones queden registradas de manera oficial y digital.Uno de los cambios más importantes es la incorporación del Comprobante de Liquidación Electrónica Mensual. Este documento permite a los responsables emitir un único comprobante mensual por cliente o facturar operación por operación. La opción mensual resulta especialmente útil para bancos, tarjetas y seguros, donde el volumen de transacciones es muy alto y emitir un comprobante individual por cada movimiento sería complejo.Los comprobantes deben emitirse hasta el último día del mes y ponerse a disposición de los clientes en un plazo máximo de 10 días.Entidades financieras reguladas por la Ley N° 21.526.Compañías de seguros incluidas en la Ley N° 20.091, con excepción de ciertos seguros de caución.Emisoras y administradoras de tarjetas de crédito y prepagas, y operadores de pagos por transferencias según normativa del BCRA.Instituciones educativas privadas, confesionales y no confesionales, bajo la Ley N° 26.206.Entidades de medicina prepaga, constituidas como asociaciones, fundaciones o entidades civiles según la Ley N° 26.682Los responsables deberán informar a ARCA los puntos de emisión de estos comprobantes. Esto incluye sucursales, locales, agencias o cualquier punto de venta donde se realicen operaciones. La información se actualiza al iniciar actividades, habilitar un nuevo local o cerrar un punto de venta. Una vez dado de baja un punto, no puede reutilizarse.Los puntos de venta se registran en el Sistema Registral, dentro de la opción “F 420/D - Declaración de domicilios”. También se pueden vincular a la actividad económica que corresponda. Para habilitarlos se utiliza el servicio “Administración de Puntos de Venta y Domicilios” con Clave Fiscal Nivel 3 como mínimo.</p><p>Identificación de clientesLa RG 5824 establece que los comprobantes a consumidores finales deben incluir la identificación del cliente cuando el responsable lo solicite para poder computar deducciones en el impuesto a las ganancias. Para operaciones iguales o superiores a $10.000.000, se deben registrar datos como DNI, CUIL o CDI. Los extranjeros pueden usar pasaporte o documento de identidad de su país. Si el sistema de facturación no permite ingresar toda la información, se puede usar “NR” (“No Requerido”) o ceros. Además, se puede registrar el CUIT del cliente para efectos fiscales.Según Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, la norma representa un cambio importante para los sectores alcanzados, ya que obliga a emitir comprobantes electrónicos completos y elimina la posibilidad de usar documentos informativos que no cumplían con la normativa.Domínguez explicó que el comprobante de liquidación electrónica mensual facilita la gestión en empresas con mucho volumen de operaciones, permite consolidar todos los movimientos de un cliente en un solo documento y mantener el control fiscal de manera más ordenada.El especialista destacó que la norma forma parte de un proceso de digitalización y estandarización de la información fiscal. Amplía los datos disponibles para ARCA, facilita la presentación de declaraciones juradas y permite fortalecer los controles a partir de información directa de las operaciones.De acuerdo con Domínguez, 2026 será un año de adaptación tecnológica para los sectores alcanzados, y 2027 marcará el primer período en que ARCA contará con información completa de estas operaciones bajo comprobantes electrónicos.</p><p>Vigencia y plazosLa resolución entró en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial, pero la obligación de emitir comprobantes electrónicos comenzará con las operaciones realizadas desde el 1° de julio de 2026. Desde esa fecha también estará disponible la opción de vincular los puntos de venta con la actividad económica declarada en el Sistema Registral. Infobae.&nbsp;</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_Kom6DDOe-C-AGwlNNKUdGWuwKE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/02/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial introduce un nuevo comprobante mensual que simplifica la facturación y ordena la información fiscal de bancos, seguros, tarjetas, prepagas e instituciones educativas privadas.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-02-14T07:30:00+00:00</published>
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            La Justicia aceptó a ARCA como querellante en la causa contra la AFA por la apropiación de $19.300 millones
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/la-justicia-acepto-a-arca-como-querellante-en-la-causa-contra-la-afa-por-la-apropiacion-de-19300-millones" type="text/html" title="La Justicia aceptó a ARCA como querellante en la causa contra la AFA por la apropiación de $19.300 millones" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dHor520gP3yMzUN_8_2PFVrz2Fs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/afa_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por Camilo Cagnacci - La ofensiva del Gobierno nacional contra la conducción del fútbol argentino sumó un capítulo judicial clave. El juez en lo Penal Económico Diego Amarante aceptó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) como parte querellante en la causa que investiga a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por la presunta apropiación indebida de más de 19.000 millones de pesos.La decisión, tomada el viernes pasado, habilita a los abogados de la ex AFIP a tener acceso total al expediente, solicitar medidas de prueba y apelar resoluciones, convirtiéndose en un acusador privado directo contra la administración de Claudio “Chiqui” Tapia.Para comprender la magnitud del caso, es necesario desglosar cómo se gestó el expediente y su avance.La causa nació de una denuncia presentada por la propia ARCA el pasado 12 de diciembre. En esa presentación, el ente recaudador alertó a la Justicia que la AFA estaba reteniendo dinero de los clubes pero no lo giraba al Estado.Recibida la denuncia, el fiscal en lo Penal Económico Claudio Navas Rial requirió formalmente la apertura de la investigación e imputó a la cúpula de la AFA por el delito de evasión agravada.Ante la gravedad de los hechos y el peligro en la demora de la recolección de pruebas, el juez Amarante tomó la decisión de habilitar la feria judicial de enero. Esta medida implica levantar el receso de verano para que el juzgado siga operativo y tramite la causa con urgencia, permitiendo que se libren oficios y se tomen decisiones como la aceptación de la querella, que de otro modo hubieran esperado a febrero.Según el documento oficial presentado por los abogados de ARCA, Vanina Mariel Vidal y Matías Alejo Gentile Brezigar, el perjuicio fiscal denunciado asciende a la suma exacta de $19.353.546.843,85.El organismo detectó irregularidades en el ingreso de IVA, Impuesto a las Ganancias y Contribuciones a la Seguridad Social en un período que abarca desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025.El detalle de los números es contundente. Solo en concepto de retenciones de Ganancias no ingresadas, la deuda supera los $8.000 millones , mientras que por aportes de la Seguridad Social (lo que se les descuenta a los empleados de los clubes), la cifra escala a más de $8.600 millones.En su presentación judicial, ARCA fue tajante sobre la maniobra: “La Asociación del Fútbol Argentino conocía su obligación, había practicado las retenciones y se encontraba en condiciones de cumplir con el depósito, optando sin embargo por omitirlo”. Para el fisco, esto no es una simple deuda, sino una “indebida apropiación de caudales públicos”, ya que esos fondos “no constituyen fondos propios del contribuyente, sino recursos ajenos que pertenecen al Estado desde el momento mismo de la retención”.En tanto, el juez Amarante ya ordenó una batería de medidas de prueba para reconstruir la “ruta del dinero”: libró oficios al Banco Central (BCRA) y a todas las entidades bancarias que operan con la AFA para cotejar las fechas de los movimientos financieros y determinar si la entidad “bicicleteó” los fondos para obtener rendimientos financieros mientras postergaba sus obligaciones fiscales.La defensa de la AFA, encabezada por el abogado Norberto Frontini, ya se presentó en el expediente, aunque por el momento no solicitó medidas ni presentó descargos de fondo.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dHor520gP3yMzUN_8_2PFVrz2Fs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/afa_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El ente recaudador podrá impulsar la acusación contra Tapia por no depositar los impuestos retenidos a los clubes.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-01-19T23:42:05+00:00</published>
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            La recaudación tributaria de diciembre cerró el 2025 con un crecimiento del 27% interanual
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/la-recaudacion-tributaria-de-diciembre-cerro-el-2025-con-un-crecimiento-del-27-interanual" type="text/html" title="La recaudación tributaria de diciembre cerró el 2025 con un crecimiento del 27% interanual" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/FNIkaGeTc8KJ8Zv7cirFWAYXIF8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Entre los principales tributos, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) Neto registró ingresos por $5.436.360 millones, con una suba interanual del 21,5%. En este desempeño se destacó el IVA Impositivo, que creció un 25,1%, mientras que el IVA Aduanero mostró un aumento más moderado, del 11,7%.Por su parte, el Impuesto a las Ganancias evidenció una de las variaciones más significativas del mes, con un crecimiento interanual del 43,8%, alcanzando una recaudación de $3.680.713 millones.El balance anual: la recaudación tributaria de 2025 creció 39,4%En el acumulado del año, la recaudación de recursos tributarios durante 2025 totalizó $183.109.217 millones, lo que implicó una variación interanual del 39,4%.El crecimiento estuvo impulsado principalmente por mayores ingresos provenientes del IVA Impositivo y del Impuesto a los Débitos y Créditos, así como por el Impuesto a las Ganancias, explicado en gran medida por el aumento de las retenciones impositivas.También incidieron positivamente los recursos de la Seguridad Social, asociados al incremento de la remuneración bruta promedio, y la recaudación aduanera vinculada a las importaciones, favorecida tanto por un mayor volumen importado como por el impacto del tipo de cambio.Desde el organismo recaudador señalaron que, de no haberse registrado ingresos extraordinarios durante 2024, la variación interanual de la recaudación en 2025 habría sido cercana al 50%, lo que permite dimensionar con mayor precisión la evolución de los recursos fiscales a lo largo del último año.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/FNIkaGeTc8KJ8Zv7cirFWAYXIF8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/01/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La recaudación de recursos tributarios correspondiente a diciembre de 2025 alcanzó los $16.527.268 millones, lo que representó un incremento interanual del 27,0%, según datos oficiales.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2026-01-04T12:00:00+00:00</published>
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            Quiénes mantienen el monotributo en 2026 y cuáles son los montos
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/quienes-mantienen-el-monotributo-en-2026-y-cuales-son-los-montos" type="text/html" title="Quiénes mantienen el monotributo en 2026 y cuáles son los montos" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UIAjA-v66d7OODOgxKvELWzHf2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) definió los nuevos montos para el monotributo en 2026. Los contribuyentes deben ajustar sus categorías según los ingresos obtenidos durante 2025 para evitar sanciones y garantizar el acceso a beneficios previsionales. El proceso de recategorización será obligatorio en enero y tendrá vencimiento en febrero.El incumplimiento del trámite genera multas equivalentes al 50% del impuesto integrado y acumula intereses mensuales. Además, los atrasos pueden derivar en la exclusión del régimen y afectar la cobertura de obra social.El monotributo está disponible para contribuyentes que desarrollen actividades independientes o comerciales con ingresos anuales dentro de los límites establecidos. Los requisitos incluyen:Trabajadores autónomos con facturación acorde a las categorías vigentes.Empresas unipersonales o pequeños comercios que no superen los topes de ingresos.Contribuyentes que mantengan al menos 12 meses completos en el régimen.</p><p>Los monotributistas que excedan los límites de su categoría deben recategorizarse o migrar al régimen general. La verificación de ingresos es clave para evitar multas y asegurar la continuidad en el sistema.Montos vigentes del monotributo</p><p>Las categorías del monotributo para diciembre de 2025 se actualizaron según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Los límites de facturación anual por categoría son:Categoría A: $8.992.597,87Categoría B: $13.175.201,52Categoría C: $18.473.166,15Categoría D: $22.934.610,05Categoría E: $26.977.793,60Ctegoría F: $33.809.379,57Categoría G: $40.431.835,35Categoría H: $61.344.853,64Categoría I: $68.664.410,05Categoría J: $78.632.948,76Categoría K: $94.805.682,90</p><p>Los montos a abonar en diciembre de 2025 varían según la categoría y el tipo de actividad (servicios o comercio). Cada cuota incluye el impuesto integrado, el aporte previsional y el componente de obra social:Categoría A: $37.085,74Categoría B: $42.216,41Categoría C: $49.435,58 (servicios) / $48.320,22 (comercio)Categoría D: $63.357,80 (servicios) / $61.824,18 (comercio)Categoría E: $89.714,31 (servicios) / $81.070,26 (comercio)Categoría F: $112.906,59 (servicios) / $97.291,54 (comercio)Categoría G: $172.457,38 (servicios) / $118.920,05 (comercio)Categoría H: $391.400,62 (servicios) / $238.038,48 (comercio)Categoría I: $721.650,46 (servicios) / $355.672,64 (comercio)Categoría J: $874.069,29 (servicios) / $434.895,92 (comercio)Categoría K: $1.208.890,60 (servicios) / $525.732,01 (comercio)Los contribuyentes deben abonar el total de su obligación tributaria antes del vencimiento para evitar recargos. Estos valores se mantendrán vigentes hasta febrero de 2026.Arca: Qui&amp;eacute;nes mantienen el monotributo en 2026 y cu&amp;aacute;les son los montosArca: Quiénes mantienen el monotributo en 2026 y cuáles son los montos</p><p>Cómo será la recategorizaciónEl proceso de recategorización se realiza a través del portal web de ARCA. Los pasos son:Ingresar al sitio oficial con CUIT y clave fiscal.Seleccionar la opción "Recategorizarme".Confirmar los datos registrados.Actualizar los parámetros de ingresos, superficie afectada y consumo de energía.Generar el comprobante F.184 y la nueva credencial de pago.ARCA implementó un sistema simplificado para quienes superen los montos de su categoría actual. El sistema muestra automáticamente la facturación anual al iniciar el trámite. Si los datos son correctos, el contribuyente puede confirmar la nueva categoría. En caso de requerir modificaciones, se permite editar la información de manera manual.El vencimiento para completar la recategorización es el 20 de febrero de 2026. Los contribuyentes deben preparar la documentación necesaria para evitar multas y garantizar la continuidad en el régimen.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UIAjA-v66d7OODOgxKvELWzHf2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/monotributo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero actualizó los topes de facturación y las cuotas del monotributo para 2026. La recategorización será obligatoria en enero y vencerá el 20 de febrero, con sanciones para quienes no cumplan.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-12-26T00:00:00+00:00</published>
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        <title>
            CAME recibió al titular de ARCA y le planteó la necesidad de un sistema tributario que fomente la formalidad
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/interes-general/came-recibio-al-titular-de-arca-y-le-planteo-la-necesidad-de-un-sistema-tributario-que-fomente-la-formalidad" type="text/html" title="CAME recibió al titular de ARCA y le planteó la necesidad de un sistema tributario que fomente la formalidad" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4ouaGqTYgwT9G2Q5M09HJHSzG9I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/11/came_arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Al respecto, Pazo destacó que “están dadas las condiciones para ser un país que pueda competir en forma pareja con el resto de la región”. Resaltó, también, que “la Argentina viene de una matriz de suba de impuestos de los últimos 30 años” y añadió que “desde 2024 cayó 2,4 puntos la presión tributaria nacional sobre las pymes”. “La competitividad tiene que venir por la baja de impuestos y la apertura de mercados”, concluyó.Por otra parte, ante el inminente tratamiento de la reforma tributaria, CAME plantea la necesidad de un nuevo consenso fiscal y de un padrón único con reglas de contraprestación para las tasas municipales.Los puntos más relevantes de la propuesta de CAME en materia fiscal buscan incentivar la formalidad; bajar distorsiones y costos de cumplimiento, manteniendo la sostenibilidad fiscal; reequilibrar la estructura hacia más progresividad (más peso de impuestos directos, menos de indirectos y distorsivos); impulsar inversión, exportaciones y empleo formal, reduciendo saldos a favor y acumulaciones financieras; simplificar y coordinar los impuestos nacionales, provinciales y municipales.En ese sentido, CAME propone un nuevo consenso fiscal, basado en la creación de un IVA provincial que sustituya y complemente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos; la generalización del IVA nacional, disminuyendo alícuotas y derogando exenciones y regímenes especiales ineficientes que erosionan la base y reducen la recaudación hacia una tasa general más baja que permita la incorporación de un IVA provincial.Además, plantea un nuevo esquema de Impuesto a las Ganancias para Personas Humanas y Jurídicas que permita reducir la carga formal y la creación de la Cuenta Corriente Tributaria Nacional que facilite la compensación entre impuestos a pagar con saldos a favor tanto de la administración nacional como de las provinciales y municipales.Por último, CAME sugiere desarrollar un sistema de transparencia financiera por el cual el comerciante pueda vender “por cuenta y orden” del agente financiero. De esa forma, se simplificaría los procesos de fiscalización y de recaudación de los tributos correspondientes.</p><p>Del encuentro participaron el subdirector general de Fiscalización de ARCA, Sergio Rufail; el subdirector general Institucional de la Agencia, Agustín Rojo; y el comité de presidencia de CAME.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4ouaGqTYgwT9G2Q5M09HJHSzG9I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/11/came_arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) recibió al director ejecutivo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Juan Pazo, en el marco de su reunión de Consejo Directivo. “Se necesita la baja o adecuación de impuestos con una nueva matriz impositiva más lógica, que haga más competitivas a las pequeñas y medianas empresas”, señaló el presidente de CAME, Ricardo Diab.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-11-12T23:00:00+00:00</published>
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        <title>
            La recaudación tributaria creció 30,6% en agosto, impulsada por Ganancias y combustibles
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/economia/la-recaudacion-tributaria-crecio-306-en-agosto-impulsada-por-ganancias-y-combustibles" type="text/html" title="La recaudación tributaria creció 30,6% en agosto, impulsada por Ganancias y combustibles" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8sLT8VNl7-QN6uVrkonr6ro8wYo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/agencia_recaudacion_arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En el acumulado de los primeros ocho meses del año, los ingresos sumaron $119,3 billones, con una suba del 49,8% respecto de igual período de 2024. El resultado marcó el retroceso interanual en el ingreso de Bienes Personales y Derechos de Exportación. .</p><p>Entre los tributos de mayor dinamismo se destacaron:-Impuesto a los Combustibles: $481.968 millones, con un salto interanual del 96,9%.-Derechos de Importación: $575.978 millones, con una variación del 84,9%, impulsada por el aumento de las importaciones y el tipo de cambio.-Ganancias: $3,19 billones, con una mejora del 49,2%.-IVA neto: $5,32 billones, con un crecimiento del 36,9%.-Créditos y Débitos Bancarios: $1,25 billones, con una suba del 36,2%.-Seguridad Social: $3,66 billones, que representó un alza del 42,4%, traccionada por el incremento de las remuneraciones.</p><p>En contraste, otros tributos mostraron caídas significativas. Bienes Personales recaudó $110.408 millones, con una variación negativa del -62,2%, mientras que los Derechos de Exportación sumaron $398.147 millones, con una merma interanual del -8,6% debido al adelantamiento de pagos en meses previos y a la baja transitoria de retenciones hasta junio.Pese al crecimiento general, el informe señala que la recaudación se vio atenuada por la eliminación del Impuesto PAIS, que en agosto de 2024 había aportado más de $659.000 millones, y por la derogación de la suspensión de certificados de exclusión, que redujo ingresos en IVA y Ganancias aduaneras.&nbsp;</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8sLT8VNl7-QN6uVrkonr6ro8wYo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/agencia_recaudacion_arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El desempeño del mes estuvo marcado por el ingreso del primer anticipo de Ganancias de personas humanas del período fiscal 2025, según informó el informe oficial de Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La recaudación tributaria de agosto alcanzó los $15,3 billones.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-09-02T08:30:00+00:00</published>
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            Regreso de Chile con heladeras y cocinas en el portaequipajes: el permiso de ARCA que debuta este fin de semana largo
        </title>
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/85DQxUbcqUFvZP1l18MHibnrafo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/08/linea_blanca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Este fin de semana se develará la incógnita de cuántos vehículos cruzarán de regreso desde&nbsp;Chile&nbsp;con&nbsp;heladeras, lavarropas o termotantes visibles&nbsp;en los&nbsp;portaequipajes&nbsp;o las cajas de carga descubiertas de las camionetas.</p><p>Si se confirma el pronóstico meteorológico en la cordillera a partir de este viernes y, pese a las lluvias, el paso a Chile por el Sistema Integrado Cristo Redentor estará habilitado en ambas manos entre las 9 y las 21. De modo que los turistas que hagan una escapada de compras tendrán por primera vez la opción de traer línea blanca.</p><p>Desde fines de julio, el gobierno de Javier Milei permite que estos grandes electrodomésticos ingresen al país como equipaje, pagando la carga impositiva de una importación y sin la franquicia fiscal para eximirlos, como rige para celulares y notebooks.</p><p>Si bien la&nbsp;Dirección General de Aduanas (ARCA)&nbsp;eliminó la prohibición vigente sobre la importación de electrodomésticos de línea blanca para uso personal, esta modificación habilita a los viajeros argentinos mayores de 16 años a ingresar hasta una unidad nueva por categoría (por ejemplo, una heladera, un lavarropas, un aire acondicionado, etc.), por año calendario, siempre que sea uso propio y sin fines comerciales.</p><p>Como antes de decidir habrá que empezar por consultar nomenclatura Mercosur, según cada posición arancelaria, de difícil acceso para el común de la gente, seguramente los que viajen y estén interesados averiguarán in situ y harán cuentas.</p><p>Por ejemplo, aquellos que quieran comprar una heladera, deberán considerar el valor base que le da Aduana y a partir de ese número calcular un 14% de arancel, 21% de IVA, 11% de Ganancias (por ser bien de uso personal) y 2,5% de Ingresos Brutos, precisó la agencia Noticias Argentinas.</p><p>Un caso práctico para tomar sería una heladera nueva facturada en USD400, cuya franquicia terrestre es de USD 300, se excede USD 100, con lo que pagaría USD 50 más (50% del exceso). Si bien se usa el nuevo régimen, el cálculo del arancel se hace de acuerdo al exceso sobre la franquicia terrestre, ya que el régimen general aplica fuera del equipaje tradicional.</p><p>Caso concreto</p><p>Si se tratara específicamente de una heladera Bosch, que en los retailers argentinos se vende a 2,5 millones de pesos, el precio de lista en cualquiera de las cadenas chilenas ronda el equivalente a 650 mil pesos chilenos, que equivalen a cerca de 900.000 pesos argentinos.</p><p>Al añadirle ese componente fiscal para nacionalizarlo, el valor neto saltaría a $1,4 millones. Y a partir de ahí cargarle los costos de acarreo, si se contrarara un servicio para hacerlo.</p><p>La ponderación es muy diferente a la de traer una notebook o un smartphone, que tienen 0% de arancel porque están dentro de la franquicia de USD 300 como máximo por vía terrestre (o USD 500 en avión), y un 50% del valor si se excede ese tope.</p><p>El nuevo régimen de línea blanca no se puede superponer con la franquicia de equipaje tradicional: tributa en base al Régimen General de Importación, fuera de equipaje.</p><p>Todas estas salvedades fiscales que pesan sobre la línea blanca relativizan la conveniencia de comprar uno de esos electrodomésticos y cargarlo en el auto o camioneta.</p><p>Como sería cuestión de ver cada caso, es una incógnita prever cuántos se aventurarán a esta importación de equipaje.</p><p>Feriados y atención a turistas</p><p>En el vecino país también es finde largo, porque el 15 de agosto es el festivo por la Asunción de la Virgen María.</p><p>Entre el viernes y domingo se prevé una intensa movilización vial en la región central de Chile, con la llegada de unos 300.000 turistas, lo que concentra un 25% del total de viajeros que circularán en estas fechas.</p><p>Y con motivo del feriado del viernes 15 de agosto, algunos supermercados y malls de Chile ajustarán sus horarios de atención, mientras que otros operarán con normalidad.</p><p>La&nbsp;cadena Unimarc&nbsp;abrirá en su horario habitual, hasta las 21.30.</p><p>Jumbo&nbsp;atenderá normalmente en todas sus sucursales, hasta las 21.00. Respecto a Santa Isabel también funcionará con normalidad hasta las 21 en todas sus sucursales.</p><p>Líder&nbsp;abrirá de 8 a 21, sin cambios.</p><p>Los supermercados&nbsp;Tottus&nbsp;confirmaron que mantendrán su horario regular.</p><p>En cuanto a los centros comerciales, aquellos de las cadenas Cenco Malls, Parque Arauco y Mall Plaza mantendrán su funcionamiento habitual</p><p>Trámite de entrada de línea blanca</p><p>Completar el formulario OM2153A online en el micrositio “Viajeros” del sitio de ARCA (parte de AFIP).</p><p>Declarar el artefacto como uso personal (declaración jurada).</p><p>Se genera una liquidación de arancel(es), la cual debe ser pagada para que el producto sea liberado por aduana.</p><p>Es indispensable llevar impreso o digital el comprobante de pago/documentación generada por el sistema para ingresar el electrodoméstico.</p><p>Franquicias e impuestos</p><p>La medida no modifica las franquicias de equipaje: USD 300 por persona vía terrestre/fluvial, USD 500 por vía aérea, que pueden acumularse entre familiares.</p><p>Si el valor de compra supera la franquicia, se cobra un arancel del 50% sobre el exceso. (Infobae)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/85DQxUbcqUFvZP1l18MHibnrafo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/08/linea_blanca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Luego de la reciente norma publicada por la agencia recaudatoria, los turistas que hagan una escapada de compras al vecino país tendrán por primera vez la opción de traer línea blanca.]]>
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                                <category term="interes-general" label="Interés General" />
                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-08-16T02:30:00+00:00</published>
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            ARCA anunció el comienzo de la recategorización y los nuevos valores para monotributistas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/IXQTYWK4kRdcvn9LvNMSxIku5hg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/07/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el trámite la recategorización para el Monotributo y oficializó los nuevos valores. El trámite deberá realizarse desde este martes 15 de julio al martes 5 de agosto.</p><p>La recategorización es una evaluación de parámetros que deben realizar los monotributistas para saber si se encuadran en la misma categoría en la que están o deben modificarla. Si los parámetros superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.</p><p>Los nuevos valores de cuotas y de límites de facturación</p><p>Los nuevos valores de la cuota del Monotributo ARCA:</p><p>Categoría A: $37.085,74 servicios y venta de bienes mueblesCategoría B: $42.216,41 servicios y venta de bienes mueblesCategoría C: $49.435,58 servicios y $48.320,22 venta de bienes mueblesCategoría D: $63.357,80 servicios y $61.824,18 venta de bienes mueblesCategoría E: $89.714,31 servicios y $81.070,26 venta de bienes mueblesCategoría F: $112.906,59 servicios y $97.291,54 venta de bienes mueblesCategoría G: $172.457,38 servicios y $118.920,05 venta de bienes mueblesCategoría H: $391.400,62 servicios y $238.038,48 venta de bienes mueblesCategoría I: $721.650,46 servicios y $355.672,64 venta de bienes mueblesCategoría J: $874.069,29 servicios y $434.895,92 venta de bienes mueblesCategoría K: $1.208.890,60 servicios y $525.732,01 venta de bienes muebles</p><p>Los nuevos topes de facturación&nbsp;</p><p>Categoría A:$8.992.597,87Categoría B: $13.175.201,52Categoría C: $18.473.166,15Categoría D: $22.934.610,05Categoría E: $26.977.793,60Categoría F: $33.809.379,57Categoría G: $40.431.835,35Categoría H: $61.344.853,64Categoría I: $68.664.410,05Categoría J: $78.632.948,76Categoría K: $94.805.682,90</p><p>No deben recategorizarse quienes permanecen en la misma categoría o inician actividad sin haber cumplido un semestre calendario completo.Cabe recordar que desde enero ARCA también puso en marcha la Recategorización simplificada, diseñada para agilizar y facilitar el proceso a los contribuyentes.</p><p>El sistema, disponible en el portal Monotributo y en la app ARCA Móvil, mostrará de manera automática la facturación anual. Si el monto es correcto, puede confirmarse directamente; de lo contrario, es posible editarlo manualmente. Este nuevo sistema está destinado a monotributistas con 12 meses completos en el régimen y que usen exclusivamente puntos de venta electrónicos.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/IXQTYWK4kRdcvn9LvNMSxIku5hg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/07/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El trámite deberá realizarse desde la página web o la aplicación móvil. La categoría A tendrá una cuota mensual de $37.085,74 mientras que la K, que es la más alta, K$1.208.890,60 servicios y $525.732,01 venta de bienes muebles. En cuanto a los límites de facturación, en la A será de $8.992.597,87 y en la K de $94.805.682,90.]]>
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                <updated>2026-03-26T12:40:16+00:00</updated>
                <published>2025-07-17T07:30:00+00:00</published>
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