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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-04-17T19:20:32+00:00</updated>
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            Allanamientos, fueros y respuesta política: Bordet habla de “impacto mediático” en medio de la investigación
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XAKYk3MptYL1X0fZuiHXHXOAsRY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/bordet_habla_de_impacto_mediatico_en_medio_de_la_investigacion.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia llevó adelante este viernes una serie de medidas en el marco de una investigación por presunto enriquecimiento ilícito que involucra al exgobernador de Entre Ríos y actual diputado nacional Gustavo Bordet.</p><p>El operativo fue impulsado por el fiscal José Arias y autorizado por el juez de Garantías Ives Bastián, quien habilitó allanamientos en tres domicilios: una vivienda ubicada en calle Adolfo Alsina al 800 de Paraná, perteneciente a Florencia Gabriela Bordet, y otras dos propiedades vinculadas al exmandatario, una considerada residencia principal en la capital provincial y otra en el barrio privado Village Termal de Concordia.</p><p>Sin embargo, en esta etapa inicial solo se ejecutó el procedimiento en el domicilio de la hija, ya que no cuenta con fueros. El resto de las medidas quedó condicionado a la autorización de la Cámara de Diputados de la Nación y de la Legislatura provincial, debido a que Bordet es diputado nacional y su esposa integra la Cámara baja entrerriana.</p><p>El ingreso al inmueble de Paraná se concretó tras la llegada de la propietaria, luego de que inicialmente se evaluara la posibilidad de abrir la vivienda ante la ausencia de moradores. El procedimiento estuvo a cargo de efectivos de la Policía de Entre Ríos.</p><p>En relación a esa propiedad, trascendió que fue adquirida por la hija del exgobernador por un monto cercano a los 70 mil dólares. Según la explicación brindada por la familia, la operación se habría financiado con la venta previa de un departamento en Rosario, concretada en octubre de 2019 por unos 65 mil dólares, en una transacción realizada pocos meses antes de la compra en Paraná.</p><p>La causa, caratulada “D’Ambros, Héctor Daniel s/ denuncia por enriquecimiento ilícito”, se inició hace dos años luego de que se hicieran públicas declaraciones juradas del exfuncionario. La investigación se centra en analizar la evolución patrimonial entre 2007 y 2023 y contempla el secuestro de documentación, dispositivos electrónicos y cualquier elemento que permita avanzar en el análisis de bienes y movimientos económicos.</p><p>Mientras tanto, Bordet respondió a través de un comunicado en el que cuestionó el procedimiento. Allí consideró llamativa la difusión del operativo antes de su finalización y sostuvo que ello evidencia una intención de generar impacto mediático.</p><p>El exgobernador calificó la situación como “lamentable” y advirtió que se estaría avanzando sobre suposiciones sin sustento, con el objetivo de afectar su imagen y la de su familia. En ese marco, negó de manera categórica cualquier irregularidad vinculada a su patrimonio y aseguró que no posee bienes sin declarar ni cuentas en el exterior.</p><p>También expresó su preocupación por el desarrollo de la causa, al señalar que, tras más de dos años de investigación, percibe una actitud alejada de la objetividad. Afirmó además que no se prestará a maniobras ajenas a la verdad y recordó que siempre estuvo a disposición de la Justicia.</p><p>Finalmente, advirtió que la búsqueda de la verdad no debe transformarse en un espectáculo mediático, en un contexto donde la investigación continúa abierta y suma nuevos capítulos.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XAKYk3MptYL1X0fZuiHXHXOAsRY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/bordet_habla_de_impacto_mediatico_en_medio_de_la_investigacion.png" class="type:primaryImage" /></figure>La Justicia avanzó con procedimientos en una causa por presunto enriquecimiento ilícito. Solo se concretó uno de los allanamientos y el exgobernador salió a responder con un duro comunicado.]]>
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                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-04-17T19:20:32+00:00</updated>
                <published>2026-04-17T19:20:20+00:00</published>
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            Movimiento de causas judiciales en tribunales de Concordia
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K0GparBRO4kMl19FI29zfePYgj4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/12/tribunales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>🕢 07:30 hs</p>Pucheta, Leonardo Exequiel s/ desobedienciaAudiencia de Garantías – Prisión preventiva<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕗 08:00 hs</p>De la Madrid, Pedro Silvio s/ ejercicio ilegal de la profesiónLectura de sentenciaPérez, Francisco Exequiel s/ hurto de motovehículoAudiencia de Garantías – Remisión a juicioAranda, Bruno Ezequiel s/ tenencia simple de estupefacientesAudiencia de Garantías – Sobreseimiento y decomisoSchmit, Rodrigo y Acuña, Milagros s/ tenencia de estupefacientesJuicio abreviado (Sala 4)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕣 08:30 hs</p>Pereyra, Eduardo Fabián s/ homicidio simpleJuicio por jurados – Cesura (Sala 4)Leggio (causa sin detallar)Audiencia de Garantías – ConclusivaB., W. M. s/ abuso sexual agravado por el vínculoJuicio – Debate (Sala 1)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕘 08:45 hs</p>T. J. s/ abuso sexual con acceso carnalAudiencia de Garantías – Prórroga de prisión preventiva<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕘 09:00 hs</p>Cumba, Esteban Enrique s/ robo en grado de tentativaAudiencia de Garantías – Remisión a juicioLezcano Acosta, Marco Antonio s/ hurto en grado de tentativaAudiencia de Garantías – Remisión a juicio<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕤 09:30 hs</p>Narváez, Dante Nicolás s/ homicidio en grado de tentativaAudiencia de Garantías – Reanudación<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕙 10:00 hs</p>Taborda, Mario Alejandro s/ roboAudiencia de Garantías – Prisión preventivaAlvez, Maximiliano Jesús s/ administración fraudulentaAudiencia de Garantías – SobreseimientoCabaña, Sergio Augusto s/ desobedienciaJuicio abreviado (Sala 4)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕥 10:30 hs</p>Acuña, Delia Luisa y otros s/ tenencia de estupefacientes con fines de comercializaciónAudiencia de Garantías – Cambio de domicilioCardozo, Juan Pablo y otros s/ hurtoAudiencia de Garantías – Prisión preventiva<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕚 11:00 hs</p>Cabral, Raúl y Moretti, Noeli s/ abandono de persona agravado seguido de muerteJuicio – Lectura de resolución (Sala 1)Tito, Yamil Facundo s/ lesionesAudiencia de Garantías – Prisión preventivaDe Olivera, Gabriel Martín s/ hurto en grado de tentativaAudiencia de Garantías – Remisión a juicioMiño, Luis Alfredo s/ robo en grado de tentativaAudiencia de Garantías – Remisión a juicio<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕦 11:30 hs</p>Burghi, Cristian Ariel s/ desobedienciaAudiencia de Garantías – Prisión preventiva<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕛 12:00 hs</p>Pelayo, Yael Pedro Sebastián y otros s/ robo agravadoAudiencia de Garantías – Prisión preventivaPérez, Pedro Moisés y Buffet, Exequiel Emanuel s/ hurto en grado de tentativaAudiencia de Garantías – Probation<p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K0GparBRO4kMl19FI29zfePYgj4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/12/tribunales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>🕢 07:30 hsPucheta, Leonardo Exequiel s/ desobedienciaAudiencia de Garantías – Prisión preventiva🕗 08:00 hsDe la Madrid, Pedro Silvio s/ ejercicio il...]]>
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                <updated>2026-04-17T12:22:38+00:00</updated>
                <published>2026-04-17T12:22:18+00:00</published>
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            Un juez de Concordia fue propuesto por Milei como Defensor de Víctimas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kBexTP0S_Wo7ZZ7ArVFhN5AEw_Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/defensor_de_victimas.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Ley N° 27.372 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, sancionada en Argentina en 2017, creó un marco legal para proteger, asistir y asegurar el acceso a la justicia de las víctimas de delitos. En ese marco, la función del Defensor Público de la Víctima apunta a la asistencia técnica y patrocinio jurídico de las víctimas de delitos en procesos penales, en atención a la especial gravedad. Hasta el momento, esa figura no estaba cubierta en la Provincia.La novedad se conoció en el Boletín Oficial de Entre Ríos de este miércoles, que publica que la Secretaría Parlamentaria del Senado de la Nación comunicó el ingreso del mensaje del Poder Ejecutivo Nacional en el que solicita prestar acuerdo para la designación de Lazzáneo como Defensor Público de Víctimas en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa de la Nación.La audiencia pública se llevará a cabo el 14 de mayo, a las 11, en el Salón Arturo Illia del Senado de la Nación, y el plazo para presentar preguntas y formular observaciones a las calidades y méritos será desde el 17 hasta el 23 de abril.</p><p>En el marco del concurso N° 212 convocado por el Ministerio Público de la Defensa para cubrir el cargo de Defensor Público de la Víctima en Entre Ríos, el orden de mérito quedó así: 1) María de las Mercedes Esquivel; 2) Juan Ignacio Lazzáneo; 3) Walkyria Magalí Bértoli; y 4) Eugenio Nicolás Bolotner, indicó Entre Ríos Ahora.El Ministerio Público de la Defensa elevó en noviembre de 2025 al Poder Ejecutivo Nacional la terna conformada por María de las Mercedes Esquivel, quien lideró el orden de mérito, seguida por Juan Ignacio Lazaneo y Walkyria Magalí Bértoli.Lazzáneo había sido designado juez de Ejecución de Penas de Concordia en 2021, cuando Martín Cabonell -padre de su esposa, Mariana Carbonell, funcionaria judicial en el ámbito del Ministerio de la Defensa- presidía el Superior Tribunal de Justicia (STJ).La elección del nombre de Lazzaneo fue a propuesta de la Sala Penal del STJ. Al momento de su designación como juez contaba con 36 años, apuntó el sitio digital Entre Ríos Ahora. Obtuvo el título de abogado en 2012 en la Universidad Nacional del Litoral. Ingresó al Poder Judicial como escribiente en la Defensoría General desde 2010 a 2014; luego, fue designado como defensor público interino de Paraná, desde 2014 a 2018; más adelante, ocupó el mismo cargo de defensor público interino en Concordia, de 2018 a 2020. Ejerció la defensoría pública en materia de Ejecución Penal ante la Cámara de Casación de Concordia. El 17 de marzo de 2020 fue designado defensor en Gualeguaychú en materia de Ejecución de Penas.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kBexTP0S_Wo7ZZ7ArVFhN5AEw_Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/defensor_de_victimas.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Juan Ignacio Lazzáneo, actual juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Concordia, fue propuesto por el presidente Javier Milei como nuevo Defensor Público de las Víctimas en Entre Ríos.]]>
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                <updated>2026-04-17T11:00:05+00:00</updated>
                <published>2026-04-17T11:00:00+00:00</published>
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            La Cámara Federal declaró “abstracto” el amparo por discapacidad y crece la preocupación
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/la-camara-federal-declaro-abstracto-el-amparo-por-discapacidad-y-crece-la-preocupacion" type="text/html" title="La Cámara Federal declaró “abstracto” el amparo por discapacidad y crece la preocupación" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yyt7yq3GSkwlRgE4DWlTdGHgV04=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/discapacidad_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El amparo presentado solicitaba la declaración de inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 2 del Decreto 681/2025, que suspendía la ejecución de la Ley.Los jueces de la Cámara Federal de San Martín –Sala II– consideraron que esta cuestión ha devenido abstracta, en tanto el Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la norma mediante el Decreto N.º 84/2026.Desde el Foro consideramos, en primer lugar, que los jueces de la Cámara Federal de San Martín no debieron limitarse a declarar la cuestión abstracta, sino que también debieron advertir al Poder Ejecutivo Nacional que no puede suspender, mediante un decreto, una ley sancionada por el Congreso.En segundo lugar, aclaramos a la población que la emergencia en discapacidad no es una cuestión abstracta ni una situación ya resuelta a partir de la sanción de una ley, su reglamentación y las resoluciones dictadas en consecuencia. Por el contrario, la situación continúa siendo sumamente grave y se agrava día a día.Actualmente, el Gobierno Nacional adeuda pagos correspondientes al período comprendido entre octubre de 2025 y enero de 2026 a prestadores que han cumplido con la atención de las personas derivadas. Esta situación impide a las instituciones afrontar sus gastos ordinarios y afecta directamente a los trabajadores, quienes no perciben de manera adecuada los salarios que les corresponden, comprometiendo así sus condiciones de vida.Desde el Ministerio de Salud de la Nación se señala que el Ministerio de Economía no deriva los recursos necesarios. Sin embargo, esta no constituye una justificación válida: el incumplimiento es del Gobierno Nacional, que tiene la responsabilidad de disponer las partidas presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por ley.En tercer lugar, los aranceles de las prestaciones presentan un atraso cercano al 40%, por lo que los valores actuales no alcanzan a cubrir los costos mensuales.Este reclamo fue planteado a las autoridades en el mes de febrero, sin haber sido debidamente considerado. En este sentido, se exigió el cumplimiento de lo establecido por la Ley 27.793, en particular la realización del estudio de costos que debe llevarse a cabo anualmente y que no fue efectuado durante 2025.Esperábamos que el Gobierno Nacional cumpliera con sus obligaciones y con el compromiso asumido ante representantes de la Iglesia Católica de saldar las deudas durante el mes de abril, iniciando los pagos el lunes 13. Sin embargo, al momento, dicho compromiso no fue cumplido.Una vez más, el incumplimiento del Estado, materializado en la falta de respuesta de los funcionarios responsables, ha generado graves consecuencias: prestadores que han debido cerrar, trabajadores afectados y, fundamentalmente, personas con discapacidad que ven comprometida la atención que necesitan.Finalmente, reiteramos un reclamo que este Foro ha expresado en múltiples oportunidades y que también ha sido planteado por la Iglesia Católica al ministro Lugones: la falta de entrega regular de los medicamentos que muchas personas con discapacidad necesitan.Esta situación ya se registraba durante la gestión del presidente Alberto Fernández, pero se ha agravado a partir de las denuncias de irregularidades en la compra de medicamentos por parte de Incluir Salud durante la actual gestión del presidente Milei. Si bien se informó que esta problemática sería resuelta, hasta el momento no se han registrado avances concretos.Es fundamental que el Estado Nacional, y en particular los funcionarios responsables —ministros y secretarios—, reconozcan que las personas con discapacidad tienen pleno derecho al acceso a la educación y a la salud. Asimismo, son ellos quienes deben garantizar, ante la sociedad, el cumplimiento de la ley en el ejercicio de sus funciones.Esperamos que estos principios se traduzcan en acciones concretas y en el efectivo cumplimiento de sus obligaciones.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yyt7yq3GSkwlRgE4DWlTdGHgV04=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/discapacidad_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Los jueces de la Cámara Federal de San Martín –Sala II–, Dr. Alberto A. Lugones y Dr. Néstor Pablo Barral, se expidieron sobre la apelación presentada por el Estado Nacional (Presidencia de la Nación) contra la sentencia del 12 de diciembre de 2025 dictada por el Juez Federal de Primera Instancia de Campana, Dr. Adrián González Charvay, que había declarado la invalidez del artículo 2 del Decreto 681/2025 y ordenado la inmediata aplicación de la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad.]]>
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                <updated>2026-04-17T10:00:06+00:00</updated>
                <published>2026-04-17T10:00:00+00:00</published>
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            Empresario entrerriano dijo que mintió para evitar ir preso y reabrió el debate sobre la causa cuadernos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jxKIGptInyeWDJcw_D6Kh1kVKlg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/causa_cuadernos.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Pitón, de 60 años e integrante de la firma José Eleuterio Pitón SA, está imputado como coautor de presuntos pagos indebidos en el marco de contrataciones de obra pública. En su breve intervención —sin aceptar preguntas— desmintió lo que había dicho años atrás ante el entonces juez federal Claudio Bonadio.“Lo que no queríamos era quedar presos… lo que dije fue para no quedarme ahí”, afirmó.Además, negó de manera tajante haber entregado dinero: “A Clarens no le di ni un peso, ni a nadie”, sostuvo, en referencia al financista Ernesto Clarens, uno de los principales imputados colaboradores que durante la investigación aportó listados de empresarios que supuestamente habrían participado del circuito de pagos.Según relató, su vínculo con Clarens se limitó a contactos por cobros atrasados de obra, donde le ofrecieron servicios financieros que finalmente rechazó.</p><p>Una causa que nació de los “cuadernos”Para entender el alcance del caso, hay que remontarse a 2018, cuando el periodista Diego Cabot dio a conocer una serie de anotaciones realizadas por Oscar Centeno, chofer de un funcionario del Ministerio de Planificación.En esos cuadernos, Centeno describía presuntos recorridos en los que se habrían trasladado bolsos con dinero provenientes de empresarios hacia funcionarios durante los gobiernos kirchneristas.A partir de esa publicación periodística —que actuó como detonante de la investigación— el juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli impulsaron una causa que derivó en decenas de detenciones, indagatorias y la figura del “arrepentido”, utilizada por varios empresarios y exfuncionarios que declararon a cambio de beneficios procesales.Con el tiempo, el expediente se convirtió en uno de los procesos judiciales más grandes de la historia reciente, con más de 80 acusados, entre ellos la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.</p><p>Silencios, tensiones y cuestionamientosLa audiencia de este jueves tuvo un dato llamativo: Pitón fue el único que declaró. El resto de los convocados optó por el silencio o por manifestaciones mínimas de inocencia.Esa situación reavivó uno de los principales cuestionamientos de las defensas: la imposibilidad de contradecir en juicio los testimonios de quienes declararon como arrepentidos durante la instrucción.En ese sentido, abogados de imputados —entre ellos del ex ministro Julio De Vido— advirtieron que se estaría vulnerando el derecho a defensa, y dejaron planteada la posibilidad de recurrir a instancias superiores.También se registraron planteos puntuales, como el del ex secretario José María Olazagasti, cuya defensa pidió que se lo releve de obligaciones de secreto para poder defenderse, en función de su rol previo en organismos de inteligencia.</p><p>Un juicio que sigue abiertoCon audiencias breves, declaraciones parciales y tensiones jurídicas constantes, el juicio por los Cuadernos avanza en una etapa donde comienzan a aparecer contradicciones clave.Las palabras de Pitón, al admitir que su declaración inicial no fue verdadera, introducen un elemento sensible en el proceso: el peso y la credibilidad de los testimonios obtenidos durante la investigación.Mientras tanto, el expediente continúa su curso, atravesado por una pregunta que sigue abierta desde el inicio: cuánto de lo que se construyó en base a aquellos cuadernos podrá sostenerse en el tramo final del juicio.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jxKIGptInyeWDJcw_D6Kh1kVKlg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/causa_cuadernos.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El juicio oral por la causa conocida como “Cuadernos K” volvió a sumar un capítulo inesperado luego de que el empresario entrerriano Daniel Pitón asegurara ante el Tribunal que durante la investigación declaró algo que “no reflejaba la verdad” para evitar quedar detenido.E]]>
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                <updated>2026-04-17T03:30:05+00:00</updated>
                <published>2026-04-17T03:30:00+00:00</published>
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            Presentaron el Protocolo para la Aplicación de la Mediación Penal Juvenil Restaurativa
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K9uK7XRq0oqUKbwJ2pIfVuwWr-g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/judiciales_protocolo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Acompañaron la presentación, que tuvo lugar en la Biblioteca de los Tribunales de Paraná, las vocales Claudia Mizawak; Gisela Schumacher y Laura Mariana Soage. Lo propio hicieron el defensor general de la provincia, Maximiliano Benítez y el presidente de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos, Alejandro Cánepa.</p><p>Participaron también en la presentación, la coordinadora de la OMA, Valeria Fornara y las mediadoras penales Andrea Bonifacino, Analía Ahibe, Alejandra Brest, Hilda E. Burgos, Silvana Bastos y Eliana Rodríguez. Y, del mismo modo, sus pares de diferentes jurisdicciones de la provincia.</p><p>Cichero, coordinadora del equipo de redacción del Protocolo, trazó un breve resumen de los cambios que se han registrado en el tiempo en los distintos sistemas de persecución penal y marcó que la herramienta presentada hoy “pone al Poder Judicial de Entre Ríos a la vanguardia y como pionero en la materia en Argentina y en el mundo”. Destacó que su instrumentación apunta al derecho humano a la restauración del niño, niña y del adolescente involucrado en un proceso penal y el derecho de la víctima a ser restaurado”. Tras enumerar su alcance, ponderó que “su uso estandarizado permitirá que los operadores judiciales trabajemos en un mismo sentido” y “una relación interinstitucional”.</p><p>A su turno, Amateis destacó la labor del equipo para alcanzar la redacción y conclusión del Protocolo y aseguró que su implementación “es importante porque viene a dar claridad, garantías y confianza en los operadores judiciales y en la sociedad” al tiempo que realzó que su aplicación “es transparencia” porque” da igualdad” ya que “todos los conflictos serán tratados con un mismo criterio de abordaje”. Y, marcó: “Buscamos que el conflicto no sea castigado, sino que se enmarque en un proceso sanador que va a permitir fortalecer el sistema de Justicia”.</p><p>En su intervención, Amateis mencionó especialmente a la mediadora Emiliana Cozzi quien atraviesa un delicado estado de salud.Cabe destacar que, en virtud de la Ley Provincial Nº 10.450 de Procedimiento Penal aplicable a las personas menores de 18 años de edad, desde el año 2016 Entre Ríos se ha consolidado como una de las primeras provincias del país en establecer la mediación como herramienta de justicia restaurativa para la resolución de conflictos penales en los que intervienen personas menores de edad.</p><p>En consonancia con este enfoque, el Poder Judicial de la provincia cuenta con un cuerpo estable de mediadores y mediadoras penales distribuidos en todo el territorio provincial, con formación específica y capacidades técnicas para intervenir en la gestión pacífica de conflictos penales juveniles.</p><p>El Protocolo para la Aplicación de la Mediación Penal Juvenil Restaurativa fue presentado el “II Congreso Argentino de Justicia y Prácticas Restaurativas – I Foro Iberoamericano de Justicia Juvenil Restaurativa”, que tuvo lugar desde el 16 al 18 de marzo, en las aulas de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K9uK7XRq0oqUKbwJ2pIfVuwWr-g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/judiciales_protocolo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El responsable de la Oficina de Medidas Alternativas (OMA) del Poder Judicial de Entre Ríos, Fabricio Amateis, presentó, junto a María los Ángeles Cichero, el Protocolo para la Aplicación de la Mediación Penal Juvenil Restaurativa, iniciativa que se destaca por imprimir un “carácter humano, gratuito, confidencial y voluntario” en el proceso penal de niños, niñas y adolescentes.]]>
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                <updated>2026-04-16T15:30:05+00:00</updated>
                <published>2026-04-16T15:30:00+00:00</published>
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            Movimiento de causas judiciales en tribunales de Concordia
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/movimiento-de-causas-judiciales-en-tribunales-de-concordia-30" type="text/html" title="Movimiento de causas judiciales en tribunales de Concordia" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/B6CEfgpJUgW4fcYAu0wIjZguRjo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/tribunales_de_concordia.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>🕗 08:00 hs</p>Giampaolo, Lola s/ estafa (audiencia de garantía – revocación de probation)Burgui, Silvia Itatí s/ lesiones leves (audiencia de garantía)Ritter, Hernán Ricardo s/ resistencia a la autoridad (audiencia de garantía – conclusiva)J.J.M. s/ abuso sexual gravemente ultrajante (juicio abreviado)Escobar, Walter José s/ violación de domicilio (juicio abreviado – Sala N°1)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕣 08:30 hs</p>Monzares, Roberto David s/ desobediencia (remisión a juicio)B., W. s/ abuso sexual agravado por el vínculo (debate – Sala N°1)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕘 09:00 hs</p>Russo, Leonel Néstor Ángel s/ tenencia de estupefacientes (juicio abreviado – Sala 4)Tavares, Nicolás Guillermo s/ desobediencia (remisión a juicio)Jones, Jorge Raúl; Ayala, Mariana; Pereyra, Estefanía s/ tenencia con fines de comercialización (remisión a juicio)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕤 09:30 hs</p>Espíndola, Antonio Martín s/ lesiones leves (juicio abreviado – Sala 4)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕙 10:00 hs</p>Cabral, Raúl y Moretti, Noelia s/ abandono de persona agravado seguido de muerte (apelación – Sala 4)G.S.R. s/ abuso sexual gravemente ultrajante (remisión a juicio)Rodríguez, Oscar y Grille, Gabriel s/ amenazas calificadas (remisión a juicio)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕥 10:30 hs</p>Duraez, Roxana y otros s/ tenencia de estupefacientes (lectura de sentencia – apelación)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕚 11:00 hs</p>S.M.S. s/ abuso sexual (apelación – Sala 4)Cáceres, Mariela Rosana s/ desobediencia (remisión a juicio)Aristimuño, Marcelo Rogelio s/ hurto con escalamiento (remisión a juicio)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕛 12:00 hs</p>Valdez, Lester Leonel s/ robo (prisión preventiva)Quiroga, Guillermo Julián s/ tenencia de arma de guerra (probation)González, Aarón Jesús s/ hurto (audiencia de garantía)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕧 12:30 hs</p>Pelayo, Yael Pedro y otros s/ robo agravado (prisión preventiva)Aita Schreyer, Marcos Alejandro s/ atentado a la autoridad (audiencia conclusiva)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕟 16:30 hs</p>Athan, Yamil y Miño, Griselda s/ tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (debate – Sala N°1)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕔 17:00 hs</p>Prette, Brisa Antonella y otros s/ homicidio simple (remisión a juicio)<p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/B6CEfgpJUgW4fcYAu0wIjZguRjo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/tribunales_de_concordia.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>🕗 08:00 hsGiampaolo, Lola s/ estafa (audiencia de garantía – revocación de probation)Burgui, Silvia Itatí s/ lesiones leves (audiencia de garantía)Ri...]]>
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                <updated>2026-04-16T11:46:37+00:00</updated>
                <published>2026-04-16T11:46:34+00:00</published>
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            La defensa del padre insiste en que el centro de vida está en Concordia y cuestiona el traslado a Misiones
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/iI-geniahLv8op6NCIUpY4EAlLE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/la_defensa_del_padre_insiste_en_que_el_centro_de_vida_esta_en_concordia_y_cuestiona_el_traslado_a_misiones.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Definición clave: la competencia y el “centro de vida”</p><p>Según explicó Gallo, actualmente “la medida cautelar está para elevarse a la sala”. En ese sentido, precisó que “en el foro de Concordia hay dos salas, la sala 1 y la sala 2, y estamos esperando el sorteo para que decidan sobre el tema de la competencia”.</p><p>La abogada indicó que el eje central del caso es determinar si la causa debe tramitarse en Concordia o en Misiones. “Nosotras sostenemos que la competencia es en la ciudad de Concordia por ser el centro de vida del niño acá”, afirmó.</p><p>En relación a la postura de la madre, quien sostiene que el niño ya se encuentra establecido en Misiones, Gallo respondió: “Ella sostiene que el niño ahora posee su centro de vida porque hace un mes, desde que nosotros iniciamos la medida cautelar, ya ha conseguido amigos, escuela y sus actividades, a lo que nosotros claramente nos estamos oponiendo”.</p><p>Además, remarcó que “el niño nació acá y toda su vida vivió acá, solamente iba de vacaciones a la provincia de Misiones por la familia de la madre”.</p><p>Traslado “unilateral” y dinámica familiar previa</p><p>Desde la representación del padre, el traslado del menor es interpretado como una decisión inconsulta. “Es un traslado no consentido, de forma unilateral de la madre, totalmente arbitrario y ocultado al padre”, sostuvo la letrada.</p><p>En ese marco, relató cómo se dieron los hechos: “Ella se fue con el niño el 26 de enero de vacaciones porque tiene familiares allá, se iba con la promesa de volver los últimos días de febrero antes del cumpleaños de nuestro cliente y nunca más volvió”.</p><p>Según explicó, ante la falta de respuestas, el padre comenzó a realizar averiguaciones: “Guillermo, ante la desesperación de que la madre le iba evadiendo las preguntas sobre cuándo volvían sin saber la fecha exacta, se acerca a la inmobiliaria y pide que le expliquen si ella se había mudado o no, y había sido que había rescindido el contrato y se había ido”.</p><p>Respecto a la organización familiar previa, Gallo detalló que existía un régimen de cuidado compartido: “Tenían un cuidado personal compartido y alternado respecto al niño. La madre estaba con el niño martes, jueves y fines de semana de por medio, y el padre lunes, miércoles, viernes y fines de semana de por medio”.</p><p>En ese contexto, explicó: “Cada uno se hacía cargo de lo que correspondía en cuanto a los alimentos del niño”. Además, agregó que “cuando había que compartir cosas de la escuela lo hacían entre los dos” y que el padre “se hacía cargo de las terapias psicológicas del niño, él estaba yendo a terapia antes de que se vaya de vacaciones”.</p><p>Consultada sobre el planteo de la madre respecto a la falta de cuota alimentaria, la abogada indicó que esa dinámica respondía al esquema de cuidado compartido previamente acordado.</p><p>Vínculo, exposición pública y próximos pasos</p><p>En cuanto al vínculo entre padre e hijo, Gallo señaló que la comunicación no sería diaria: “No es tan cierto porque hay días en que también lo evade, diciéndole que está durmiendo la siesta, que está jugando, que está ocupado o que está con los deberes”.</p><p>Respecto a la exposición mediática del caso, cuestionada por la madre, sostuvo que “nuestro cliente está en todo su derecho a exponer públicamente cuál es su situación y cuál es la problemática”, y agregó que como profesionales acompañan ese proceso “desde el nivel de profesionales que tenemos que estar a la altura de poder responder todo lo que nos pregunten”.</p><p>Sobre los pasos a seguir, indicó: “Lo primero que estamos esperando es que se resuelva la cuestión de competencia en la sala que vaya a intervenir y posteriormente que se resuelva la cuestión de fondo, que es la restitución del niño de la ciudad de Concordia a su centro de vida y seguramente modificar el cuidado personal del niño”.</p><p>En cuanto a la posibilidad de un acuerdo, afirmó: “Por el momento no ha habido intención de la contraparte en acercarnos a un acuerdo y con el tema de la excepción de incompetencia también entendemos que no hay voluntad de llegar a un acuerdo”.</p><p>Por último, Gallo destacó el trabajo conjunto con la doctora Daniela Maciel y señaló que el objetivo es que el caso “se resuelva de la manera más urgente y favorable posible”.</p><p>El conflicto continúa en instancia judicial, a la espera de definiciones clave, en un escenario atravesado por posiciones contrapuestas respecto a la situación del menor.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/iI-geniahLv8op6NCIUpY4EAlLE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/la_defensa_del_padre_insiste_en_que_el_centro_de_vida_esta_en_concordia_y_cuestiona_el_traslado_a_misiones.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>En el marco del conflicto judicial que tomó estado público en Concordia por la situación de un niño de 8 años cuya restitución es reclamada por su padre, Guillermo Paulino, la abogada Victoria Gallo, quien representa al progenitor junto a la doctora Daniela Maciel, dialogó con El Heraldo y brindó detalles sobre el estado de la causa y la postura de la parte actora. El caso se encuentra en trámite judicial y presenta versiones contrapuestas respecto al traslado del menor a Eldorado.]]>
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                <updated>2026-04-16T11:00:03+00:00</updated>
                <published>2026-04-16T11:00:00+00:00</published>
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            Disputa por un menor: la madre sostiene que la causa sigue abierta y defiende su decisión de radicarse en Misiones
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/D8foIjqPht_5XFt720fZu4-lEAY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/disputa_por_un_menor_la_madre_sostiene_que_la_causa_sigue_abierta_y_defiende_su_decision_de_radicarse_en_misiones.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>“No existe una restitución firme”, afirma</p><p>Según expresa la madre en su escrito, “no existe ninguna restitución firme” ni “una orden definitiva de entrega” del niño. En ese sentido, sostiene que la resolución judicial fue apelada y que “actualmente está siendo revisada por la Cámara de Apelaciones”, indicando además que el recurso fue concedido “con efecto suspensivo”, por lo que —según su versión— la cuestión continúa abierta.</p><p>“No apelamos para ganar tiempo, apelamos porque creemos que la decisión es injusta”, afirma Stumpf, quien plantea que un eventual traslado del niño implicaría “arrancarlo de su entorno en pleno ciclo lectivo” y someterlo a “un proceso traumático”. En esa línea, señala que el menor ya inició clases en Misiones, tiene su “rutina armada”, realiza actividades como básquet y cuenta con un entorno familiar, por lo que asegura que “está bien, feliz y contenido”.</p><p>Traslado, crianza y condiciones de vida</p><p>En relación a las acusaciones que trascendieron públicamente, la mujer rechaza haber incurrido en una sustracción del menor y sostiene: “Jamás sustraje a mi hijo. Jamás lo oculté. Jamás desaparecí”. Asimismo, afirma que el niño “vino conmigo, con su madre”, y que la decisión de radicarse en Misiones estuvo vinculada a su situación personal y económica.</p><p>Según detalla en su descargo, tras dejar la&nbsp;Prefectura Naval Argentina&nbsp;quedó “sin estabilidad económica, sin trabajo formal y sin ingresos suficientes”, atravesando un contexto de “enorme vulnerabilidad”. En ese marco, señala que decidió trasladarse para contar con el apoyo de su familia, especialmente por la situación de salud de su madre. “Soy una madre que reorganizó su vida para poder sostener a su hijo”, expresa.</p><p>Además, sostiene que desde la separación de la pareja, ocurrida en 2019, asumió “prácticamente sola” la crianza del niño durante siete años, en un contexto de dificultades económicas y laborales. En ese sentido, afirma que trabajó en distintos empleos informales para cubrir las necesidades cotidianas y cuestiona lo que describe como una participación limitada del padre en la vida diaria del menor, según lo expresado en el descargo remitido a este medio.</p><p>En esa misma línea, la madre también asegura que no ha recibido cuota alimentaria, pese a que —según indica— el padre cuenta con trabajo formal, situación que afirma continuar reclamando por las vías correspondientes. Asimismo, señala que durante años afrontó en soledad los gastos vinculados a la crianza, incluyendo alimentación, educación y cuidado diario.</p><p>Exposición pública, reclamos y advertencia legal</p><p>En otro tramo de su presentación, Stumpf manifiesta su preocupación por la exposición del niño en medios y redes sociales y sostiene que se difundieron “versiones falsas, incompletas y malintencionadas”. También niega versiones que sugerían una posible salida del país, indicando que no cuentan con autorización para ello.</p><p>En cuanto al vínculo con el padre, afirma que “en ningún momento” se le impidió el contacto y que el niño mantiene comunicación diaria mediante videollamadas. A su vez, enfatiza su rol en la crianza al señalar: “Yo lo crié, yo lo cuidé, yo me ocupé de cada necesidad diaria”.</p><p>En un tono más personal, la mujer también apela a otras madres que atraviesan situaciones similares, al expresar que quienes han criado solas “saben lo que significa sacar fuerzas de donde no quedan” y afrontar en soledad las responsabilidades cotidianas, en un contexto de dificultades económicas y emocionales.</p><p>Finalmente, advierte sobre la difusión de imputaciones que considera infundadas y remarca que “no pesa sobre mí condena alguna” ni existen causas penales que comprometan su situación. En ese sentido, sostiene que se reserva el derecho de iniciar acciones legales frente a agravios o afirmaciones que considere falsas, y concluye que “las diferencias judiciales deben resolverse en tribunales”.</p><p>El caso continúa en tratamiento judicial, donde deberá resolverse la cuestión de fondo respecto a la situación del menor, en un escenario atravesado por versiones contrapuestas.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/D8foIjqPht_5XFt720fZu4-lEAY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/disputa_por_un_menor_la_madre_sostiene_que_la_causa_sigue_abierta_y_defiende_su_decision_de_radicarse_en_misiones.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>En el marco del conflicto judicial que tomó estado público en Concordia por la situación de un niño cuyo padre reclama su restitución tras un viaje a Eldorado, la madre, María Florencia Stumpf, hizo llegar a El Heraldo un extenso descargo en el que expone su versión de los hechos. La presentación surge luego de que el caso fuera difundido inicialmente a partir del planteo del padre, por lo que la presente nota recoge los dichos de la mujer en el marco de un conflicto que continúa en instancia judicial.]]>
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                <updated>2026-04-16T10:30:05+00:00</updated>
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            Mediación comparada en los poderes judiciales de argentina
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yYpIWGsaSk1iZ8kvHYhgIAmCZFI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/poderes_juduciales.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Estará a cargo de directores, directoras e integrantes de los Centros Judiciales de Mediación de las Provincias Argentinas y CABA, y será coordinado por la secretaría del Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, Ana Bracco.</p><p>Este curso virtual asincrónico y con evaluación tiene como objetivo brindar herramientas vinculadas al funcionamiento de la mediación judicial como método RAD para garantizar la efectividad de las mediaciones interprovinciales a distancia.Está destinado a integrantes del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos y a Profesionales de la Abogacía y de la Mediación de la Provincia de Entre Ríos</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yYpIWGsaSk1iZ8kvHYhgIAmCZFI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/poderes_juduciales.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Desde el próximo 17 de abril, hasta el 19 de junio, estará disponible en el campus virtual del Instituto Alberdi la segunda cohorte del curso virtual sobre mediación comparada en los Poderes Judiciales de Argentina. Fue declarado de interés por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), Resolución N° 2407/2025, y de interés institucional por el Instituto de Capacitación Judicial de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (REFLEJAR), Resolución de Presidencia N° 1 / 2025.]]>
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                <updated>2026-04-16T07:30:05+00:00</updated>
                <published>2026-04-16T07:30:00+00:00</published>
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            Movimiento de causas judiciales en tribunales de Concordia
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bB2gTUukfKbxvxTxn0WoRbbgRPc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/tribunales_de_concordia.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>🕖 07:30 hs</p>Juicio: Szysko, David Walter Maximiliano - Fernández, Luca MatíasTenencia de estupefacientes con fines de comercialización<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕗 08:00 hs</p>Garantías: S., S. A. – Abuso sexual con acceso carnal (Prisión preventiva)Garantías: Valdez, Lester Leonel – Robo (Prisión preventiva)Lectura de sentencia: González, Néstor Alejandro – HurtoGarantías: Altamirano, María Ramona – Denuncia (Sobreseimiento)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕗 08:15 hs</p>Lectura de sentencia: Monzón, Juan Carlos – Robo en grado de tentativa<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕣 08:30 hs</p>Garantías: Brassat, Dalma Nerea – Lesiones (Audiencia conclusiva)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕘 09:00 hs</p>Juicio: B., L. F. – Abuso sexual con acceso carnalJuicio abreviado: Guiffrey, Pablo Jesús – Robo con escalamientoGarantías: T. F. M. – Abuso sexual con acceso carnal (Remisión a juicio)Garantías: Polverigiani, Maximiliano Víctor Mario – Hurto con escalamiento (Remisión a juicio)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕤 09:30 hs</p>Garantías: Rojas, Paulo Jesús y Rojas, Laureano Ezequiel – Robo agravado (Remisión a juicio)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕙 10:00 hs</p>Garantías: Giles, María del Carmen – Hurto (Prórroga prisión preventiva)Garantías: Palma, Juan Sebastián – Amenazas calificadas (Remisión a juicio y PP)Garantías: Miranda, Matías Ricardo – Amenazas y lesiones agravadas (Remisión a juicio)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕚 11:00 hs</p>Garantías: Yedro, Luciano Iván – Amenazas (Prisión preventiva)Juicio por jurados: Pereyra, Eduardo Fabián – Homicidio simple (Cesura)Juicio abreviado: F. M. E. – Abuso sexual simpleGarantías: Sánchez, Ernesto Ramón – Robo simple (Remisión a juicio)Garantías: Pedroza, Gisela y Enríquez, Mauro Leonardo – Usurpación (Remisión a juicio)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕦 11:30 hs</p>Apelación: Duraez, Roxana Alejandra y otros – Tenencia de estupefacientesGarantías: Ferreyra, Luis Alberto y Franco, Ismael Luciano – Robo en tentativa (Remisión a juicio)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕛 12:00 hs</p>Garantías: Reguera, Leandro Alexis – Robo (Remisión a juicio)Garantías: Penayo, Fernando René – Robo agravado (Prórroga PP)Garantías: Piedrabuena, Exequiel Eduardo – Amenazas (Audiencia multipropósito)<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>🕧 12:30 hs</p>Garantías: Espíndola, Vanesa Itatí y Benítez, Martín GuillermoPrisión preventiva<p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bB2gTUukfKbxvxTxn0WoRbbgRPc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/tribunales_de_concordia.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>🕖 07:30 hsJuicio: Szysko, David Walter Maximiliano - Fernández, Luca MatíasTenencia de estupefacientes con fines de comercialización🕗 08:00 hsGarant...]]>
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                <updated>2026-04-15T15:32:33+00:00</updated>
                <published>2026-04-15T11:32:00+00:00</published>
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            Quince universidades apoyaron el nuevo proyecto de reglamento para los concursos de jueces aprobado por la Corte Suprema
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YdS_g5FJIzE_rydU94lzjXOTGfg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/jueces.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Quince universidades de diversas regiones del país manifestaron públicamente su respaldo al nuevo proyecto de reglamento para los concursos de jueces aprobado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través de la Acordada 4/2026. En un comunicado conjunto, los rectores y decanos de estas casas de estudios destacaron la importancia de la iniciativa, orientada a perfeccionar el sistema de selección de magistrados y fortalecer la transparencia de los concursos públicos, e instaron a las autoridades competentes a darle pronto tratamiento.El documento, firmado por representantes de universidades privadas, subraya que la calidad de la Justicia depende en gran medida de la calidad de quienes la integran. Por ello, valoraron que la propuesta de la Corte coloque en el centro del proceso la formación profesional, la excelencia académica y la capacitación continua como condiciones indispensables para el acceso a la magistratura. “La calidad de la Justicia depende, en gran medida, de la calidad de quienes la integran, lo que exige reglas claras, evaluaciones objetivas y procedimientos previsibles”, señala la declaración.Los firmantes señalaron que avanzar en esta dirección permitirá consolidar un sistema consistente y eficaz, evitando “soluciones fragmentarias que debiliten su alcance y comprometan sus objetivos”. Además, remarcaron que el nuevo reglamento refuerza la confianza pública y mejora la calidad institucional del Poder Judicial, en línea con el mandato fundacional de la Constitución Nacional de afianzar la justicia.El comunicado destaca especialmente la importancia de reglas claras y evaluaciones objetivas para garantizar procesos de selección previsibles y basados en el mérito. En este sentido, las universidades respaldaron la centralidad de la formación profesional y la capacitación continua de los aspirantes, recordando que la excelencia académica es un pilar para el fortalecimiento del sistema judicial. “Su aprobación en forma integral permitirá consolidar un sistema consistente y eficaz”, sostuvieron, y advirtieron que ello evitará soluciones parciales que puedan afectar la coherencia y los objetivos de la reforma.Las autoridades universitarias también invitaron a los poderes públicos a brindar un tratamiento rápido e integral a la propuesta de la Corte Suprema, entendiendo que su aprobación redundará en un avance concreto para el sistema de justicia. “Avanzar en esta dirección no solo mejora la calidad institucional del Poder Judicial y refuerza la confianza pública, sino que constituye un paso concreto en el camino de afianzar la justicia”, concluye el texto.La declaración lleva las firmas de los máximos responsables de quince instituciones académicas: Universidad de Belgrano, Universidad CAECE, Universidad del Salvador, Universidad Católica de Córdoba, Universidad Católica de Cuyo, Universidad Católica de La Plata, Universidad FASTA, Universidad de Morón, Universidad Museo Social Argentino, Universidad de Palermo, Universidad Ciencias Empresariales y Sociales, Universidad Santo Tomás de Aquino de Tucumán, Universidad Católica de Santa Fe, Universidad de Concepción del Uruguay y Universidad Blas Pascal.</p><p>Consejo de la MagistraturaEl Consejo de la Magistratura inició el debate sobre la reforma del sistema de selección de jueces impulsada por la Corte, con posiciones divididas entre aprobación inmediata y análisis profundo.La semana pasada, las comisiones de Reglamentación y Selección del Consejo de la Magistratura se reunieron de manera conjunta para iniciar el análisis de la acordada 4/2026 -firmada el 25 de marzo por los ministros de la Corte Suprema Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti-, que propone una reforma integral del reglamento de concursos para la selección de jueces federales. El debate dejó posturas encontradas: algunos consejeros impulsaron la aprobación inmediata del texto, otros reclamaron un análisis pausado que incorpore los proyectos que el propio Consejo tenía en trámite, y un tercer grupo introdujo advertencias sobre las condiciones políticas e institucionales en las que se desarrolla la discusión.La acordada 4/2026, en rigor, propone un plexo de 100 artículos con dos tipos de concursos para la selección de magistrados: los anticipados -como regla general, con un máximo de ocho cargos, desvinculados de la existencia de una vacante al momento del llamado- y los especiales, como excepción. Establece una prueba de oposición escrita dividida en dos etapas: una general de 120 preguntas de opción múltiple seleccionadas aleatoriamente de un banco de 2.000, con corrección automatizada; y una especial de resolución de casos prácticos y redacción de sentencias, de seis horas de duración, con anonimato garantizado mediante sistemas informáticos auditables.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YdS_g5FJIzE_rydU94lzjXOTGfg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/jueces.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Mediante un comunicado conjunto, destacaron la iniciativa propuesta a través de la Acordada 4/2026, orientada a perfeccionar el sistema de selección de magistrados y a fortalecer la transparencia de los concursos públicos.]]>
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                <updated>2026-04-15T07:00:05+00:00</updated>
                <published>2026-04-15T07:00:00+00:00</published>
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            Preocupación de un padre concordiense por la restitución de su hijo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5JGdkU02WgDmOt4J4hgJCfYutcc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/preocupacion_de_un_padre_concordiense_por_la_restitucion_de_su_hijo_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>De acuerdo a su relato, el pasado 26 de enero de 2026 la madre de su hijo se trasladó junto al menor a la ciudad de Eldorado, en la provincia de Misiones, con el argumento de pasar unos días de vacaciones visitando familiares. El regreso, según lo previsto inicialmente, debía concretarse hacia fines de febrero.</p>        Ver esta publicación en Instagram            <p>Una publicación compartida de Guillermo Paulino (@gpaulino_222)</p>
<p>Sin embargo, con el correr de las semanas, Paulino asegura que comenzó a recibir respuestas evasivas cada vez que consultaba por la fecha de retorno. La situación se agravó cuando decidió acercarse al domicilio de la mujer en Concordia y constató que el departamento se encontraba desocupado.</p><p>Ante este escenario, el hombre radicó una denuncia en la Policía del Menor y dio intervención a sus representantes legales, iniciando una medida cautelar con el objetivo de lograr la restitución de su hijo.</p><p>Según detalló, el inicio del ciclo lectivo encontró al niño aún fuera de la ciudad, lo que incrementó su preocupación. En paralelo, indicó que la defensa de la madre habría presentado distintos planteos judiciales que, a su entender, dilatan el proceso. Entre ellos, mencionó un pedido de incompetencia de la Justicia de Concordia, argumentando que el “centro de vida” del menor se encuentra en Eldorado.</p><p>No obstante, la jueza de Primera Instancia de Concordia se declaró competente para intervenir en el caso, por lo que actualmente la resolución quedó en manos de una instancia superior que deberá definir la validez de ese planteo.</p><p>En su publicación, Paulino también hizo referencia a antecedentes de intervención del organismo de protección de la niñez (COPNAF) y expresó su preocupación por la integridad de su hijo, apelando a consignas vinculadas a casos resonantes de violencia infantil en el país.</p><p>El padre cerró su mensaje con un pedido urgente para poder reencontrarse con el menor y reclamó celeridad en la respuesta de la Justicia: “¿Hasta cuándo hay que esperar para tener una respuesta? ¿Cuándo van a escuchar a los padres?”, expresó.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5JGdkU02WgDmOt4J4hgJCfYutcc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/preocupacion_de_un_padre_concordiense_por_la_restitucion_de_su_hijo_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Guillermo Paulino hizo pública en sus redes sociales una delicada situación familiar que mantiene desde principios de este año y que, según afirma, aún no ha encontrado resolución judicial.]]>
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                <updated>2026-04-14T14:10:09+00:00</updated>
                <published>2026-04-14T13:41:48+00:00</published>
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            COIMAS EN ENTRE RÍOS: un exfuncionario admite los hechos y Whatsapp queda como prueba clave
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gH1siISCqrDXRfbOJXddQjv7J14=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/coimas_en_entre_rios.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Juan Malvasio, homologó este lunes el acuerdo de juicio abreviado presentado por la Fiscalía y la defensa del ex subsecretario de Presupuesto y Finanzas de Entre Ríos, Luis Erbes, en el marco de la conocida “Causa Coimas”.</p><p>La investigación, que también se vincula con la firma Relevamientos Catastrales SA y el empresario paraguayo Diego Cardona Herreros, forma parte de un expediente mayor que involucra a ex funcionarios de la gestión del ex gobernador Sergio Urribarri. El eje de la causa gira en torno a presuntas maniobras para direccionar licitaciones públicas a cambio de beneficios económicos.</p><p>En su resolución, el magistrado sostuvo que quedó acreditado que Erbes participó activamente en contrataciones con el objetivo de favorecer a la empresa investigada, en un esquema que buscaba obtener beneficios patrimoniales junto a otros funcionarios.</p><p>Reconocimiento de los hechos y condenaDurante una audiencia realizada a fines de marzo, el ex funcionario —contador de profesión— reconoció su participación en cuatro hechos, encuadrados en delitos como cohecho pasivo, negociaciones incompatibles con la función pública y fraude a la administración.</p><p>El acuerdo implicó una condena a tres años de prisión condicional, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y el cumplimiento de reglas de conducta, entre ellas tareas comunitarias. Además, se le impuso una multa económica, al considerarse probado el ánimo de lucro en su accionar.</p><p>Pruebas determinantesUno de los aspectos centrales del fallo fue el valor otorgado a la prueba digital. Mensajes de WhatsApp y correos electrónicos, obtenidos de dispositivos secuestrados, permitieron reconstruir cómo se habrían diseñado licitaciones “a medida” para garantizar la adjudicación a la empresa involucrada.</p><p>Para el juez, ese material constituye una evidencia contundente que confirma la existencia de retornos económicos a cambio de la intervención de los funcionarios en los procesos administrativos, generando perjuicios al Estado provincial.</p><p>Una causa con múltiples implicadosEl caso ya cuenta con otros condenados que también optaron por juicios abreviados, lo que refuerza la hipótesis de un esquema sistemático de irregularidades durante la gestión anterior. La investigación continúa en relación a otros implicados, entre ellos el propio empresario extranjero y ex funcionarios de mayor rango.</p><p>Además de la prueba documental, el fallo menciona vínculos personales entre los involucrados, respaldados por registros fotográficos, lo que aporta contexto a la relación entre funcionarios y empresarios.Con esta resolución, la Justicia considera acreditados los hechos y la responsabilidad penal de Erbes, cerrando un nuevo capítulo en una de las causas más resonantes vinculadas a la administración pública entrerriana en los últimos años.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gH1siISCqrDXRfbOJXddQjv7J14=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/coimas_en_entre_rios.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Justicia homologó un juicio abreviado en la causa que investiga pagos ilegales en licitaciones durante la gestión de Sergio Urribarri. Los mensajes confirmaron las dádivas.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-04-14T09:30:05+00:00</updated>
                <published>2026-04-14T09:30:00+00:00</published>
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            YPF: la justicia de EE.UU. frena las apelaciones y fortalece la posición argentina
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yZJ9WzgImRj_mZq2uVAasCACzPg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/ypf_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Segundo Circuito de Apelaciones de Nueva York resolvió suspender momentáneamente el avance del juicio por la expropiación de YPF, al dejar en pausa todas las apelaciones en trámite y cancelar la audiencia que estaba prevista para esta semana. La decisión también congela la orden de la jueza Loretta Preska, que obligaba al país a entregar acciones de la petrolera como garantía.</p><p>La medida apunta a reorganizar el proceso tras el fallo de marzo, que había significado un giro clave para Argentina al revertir la millonaria condena de 16.100 millones de dólares. Con esta nueva resolución, se evita avanzar en instancias que podrían quedar sin efecto si ese pronunciamiento se mantiene firme.</p><p>En aquella oportunidad, la noticia del fallo favorable generó un fuerte impacto tanto en el ámbito político como en el económico. El Gobierno celebró el resultado como un respaldo a su estrategia legal, mientras que en los mercados se reflejó rápidamente en la caída de las acciones de los fondos litigantes. Fue el primer gran indicio de que la posición argentina podía fortalecerse en una causa que llevaba años de incertidumbre.En su análisis, los jueces del tribunal de apelaciones consideraron que la magistrada de primera instancia aplicó de manera incorrecta el derecho argentino. Señalaron que los estatutos de la compañía no generan obligaciones que habiliten reclamos de daños en tribunales estadounidenses.</p><p>Si bien reconocieron que el Estado argentino no cumplió con ciertos aspectos formales en el proceso de expropiación, aclararon que los demandantes no tienen sustento legal para exigir la indemnización en el marco jurídico correspondiente. Este punto fue determinante para el revés que sufrió el fondo Burford Capital, que aspiraba a quedarse con la mayor parte de la compensación.</p><p>Lo que vieneA pesar de este escenario favorable, el litigio aún no está cerrado. Los demandantes cuentan con dos alternativas: solicitar una revisión ampliada dentro del mismo tribunal o recurrir a la Corte Suprema de Estados Unidos.No obstante, especialistas coinciden en que las posibilidades de revertir el fallo son limitadas. Mientras tanto, la suspensión de las apelaciones impide cualquier avance sobre los activos vinculados a YPF y le otorga a la Argentina un margen de tiempo clave para consolidar su estrategia judicia.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yZJ9WzgImRj_mZq2uVAasCACzPg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/ypf_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El tribunal neoyorquino canceló la instancia clave del proceso, generando un nuevo revés para el fondo Burford.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-04-14T06:30:04+00:00</updated>
                <published>2026-04-14T06:30:00+00:00</published>
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            Fiscalía volvió a argumentar que el jurado popular no está preparado para juzgar casos de abuso sexual
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/h1WHmJd5wNeG0oR1CRYIf0qF6rY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/jurados_abuso_sexual.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara de Casación de la provincia resolvió –por mayoría- “declarar la inconstitucionalidad de la Ley N° 11.222 (de Juicio por Jurados)” y en consecuencia no hizo lugar “al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, contra la resolución del 28 de noviembre de 2025 dictada por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay”. El Ministerio Pupilar, no compareció así como tampoco intervino mediante presentación alguna, a pesar de estar “debidamente notificado”.La sentencia de la Sala II de la Cámara de Casación de la Provincia, integrada por María del Luján Giorgio, María Evangelina Bruzzo, voto disidente, y Darío Gustavo Perroud, se conoció el viernes 10 y se emitió en el contexto de la sentencia del 28 de noviembre de 2025 del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay, integrado por Fernando Martínez Uncal, que resolvió “ no hacer lugar a la solicitud efectuada por el Agente Fiscal, Eduardo Santo, de remisión de los presentes obrados al Juzgado de Garantías, en función de lo expuesto en los considerandos precedentes”.&nbsp; &nbsp; &nbsp; El casoLa causa investiga a un padre acusado de abusar de su hija de seis años durante varios años hasta que la supuesta víctima cumplió 16 años. Fiscalía impugnó la sentencia de Martínez Uncal, cuestionando que se negó “a aplicar las modificaciones introducidas por la Ley Nº 11.222 a la Ley de Juicio por Jurados (Ley Nº 10.476)” y reclamó “la debida aplicación inmediata de la Ley Procesal en función de lo cual los acusadores entendieron que la reforma introducida en la normativa preceptuada -N° 11.222- estableció su consideración para todas las causas, excepto aquellas donde ya se hubiera ‘celebrado’ la audiencia &nbsp;prevista en el artículo 25 de la Ley 10.476, contraviniendo que existiera una suerte de derecho adquirido al régimen procesal específico”.</p><p>Regresión intolerableEl primer voto, de Giorgio, sostuvo que “… tanto los agravios discurridos a lo largo del memorial y la audiencia protocolar en que interviniera el Fiscal Coordinador, cuanto la respuesta que merecieran los gravámenes desde la Defensoría de Casación, habrán de tornarse abstractos en función de que -a mi criterio- la modificación legislativa importa una regresión constitucionalmente intolerable, conforme de seguido habré de explicitar, más allá de algunas puntuales consideraciones de las que entiendo no correspondería prescindir”.Giorgio sostuvo que “no está en discusión -más allá de que el sistema no fuere de &nbsp;unánime aceptación, de opinión adversa entre los que me incluyo tal como lo he expuesto en varios pronunciamientos asumiendo que la metodología no era inicialmente de mi predilección- si el jurado estaría o no preparado en virtud de una alegada carencia de especialización, para elucidar los hechos motivo de juzgamiento; tampoco la reforma se pronunció sobre la incompatibilidad entre la intervención de los ciudadanos y los ilícitos de contenido sexual, sino que en realidad el umbral para su procedencia, importa la exigencia de superar una cifra de conminación penal como baremo para determinar el protagonismo de uno u otro tribunal decisor”.Giorgio, tras contextualizar “el escenario descripto, a efectos de motivar mi previamente anticipada opinión sobre la invalidez de la reforma legislativa reseñada, habré de acudir en primer lugar, a los argumentos por los que estoy convencida de que aquella alteración de la primigenia norma, entraña una severa afectación a los principios de progresividad y no regresión” y sostuvo que “… el derecho a un juicio por jurados es -a mi criterio- equiparable a un derecho humano en tanto constituye una garantía fundamental del debido proceso”.</p><p>No es un derecho absolutoPor su parte, Bruzzo argumentó su voto en contra en que “el juicio por jurados constituye un modelo de enjuiciamiento que goza de indudable jerarquía constitucional…, aunque no constituye un derecho absoluto y de aplicación irrestricta, por lo que resultan admisibles algunas restricciones derivadas de las vicisitudes de su implementación, conveniencia legislativa y política criminal que se mantengan en el margen de razonabilidad contemplado en el artículo 28 de la CN, como acaeció en la especie”.</p><p>El voto del puebloPerroud, que votó en consonancia con la posición de Gorgio, argumentó, citando jurisprudencia, que “…el juicio por jurados representa algo así como el voto del pueblo en la justicia y en mi opinión, el legislador no puede re-estatizar el juicio de los hechos una vez que el pueblo ha reasumido su soberanía en dicho ámbito”. Añadió que “la Ley 11.222, al intentar devolver a los jueces técnicos una facultad que le pertenece al soberano, incurre en un acto intrusivo intolerable que quiebra la división de poderes y la seguridad jurídica”.Perroud sostuvo que “el federalismo existe para vigorizar la participación ciudadana y asegurar los derechos, no para que el Estado provincial expropie facultades al soberano bajo el ropaje de una reforma de competencias” y respondió “tajante” a los argumentos del &nbsp;Ministerio Público Fiscal que alegó “razones de colapso de agenda, celeridad y la supuesta necesidad de especialización técnica por la Ley Micaela para justificar el apartamiento del jurado”, que “ninguna crisis justifica debilitar derechos. Como ya expresé, el jurado es un estándar superior de protección -unanimidad e irrecurribilidad- que integra el estatuto del juez natural del imputado”.También sostuvo que “las dificultades operativas o presupuestarias del Estado no pueden ser nunca una justificación constitucional estricta para cercenar una garantía de libertad ya conquistada”. Finalmente remarcó su “coincidencia con la Doctora Giorgio en tanto la aplicación del principio de progresividad implica que una vez reconocida por el Estado una garantía procesal reforzada, el legislador tiene prohibido retroceder hacia estándares inferiores. La Ley 11.222 choca frontalmente con el artículo 118 de la CN y, en virtud del artículo 31, la Constitución debe prevalecer sobre cualquier ley que intente reformarla, encubiertamente, por vía legislativa”.Otro de sus fundamentosEn la resolución por mayoría de la Cámara, se señaló que “otro más de sus fundamentos, gravitó en orden a c.- la disposición del legislador en cuanto al juzgamiento por jueces técnicos de los ilícitos contra la integridad sexual para garantizar celeridad y especialización según infirieron de la vigencia de la denominada ‘Ley Micaela’”.Asimismo se consideró que Fiscalía se pronunció “además sobre el colapso del sistema juradista en la provincia, lo que importa que las damnificadas deban esperar incluso hasta el 2030 para la elucidación de su denuncia, lo que les pareció discriminatorio y lesivo al acceso a la justicia” y que los acusadores “consideraron también que los jueces profesionales garantizan de mejor manera el interés superior del niño y la perspectiva de género que un jurado lego, sin formación específica en la materia”.</p><p>Contradicciones fiscalesRespecto de la defensa, la Cámara advirtió que aquella cuestionó que “el recurrente había partido de una premisa errónea, inexacta e infundada respecto a la mutación de la competencia de los juicios por jurados en función de la exclusión de delitos contra la integridad sexual, asegurando que el punto de contacto tomado por el legislador consistió en utilizar como factor de atribución el monto de la pena”.Advirtió que la defensa expuso “contradicciones en el discurso casatorio, señalando que por un lado se hacía alusión a la necesidad de pronta resolución de los conflictos para dar respuesta a la víctimas mientras que la propia actividad recursiva relantizó el trámite que sin ella, habría superado la audiencia de admisión de evidencia; más aún fustigó tal fundamento, a partir de la invocación del Fiscal asegurando llevaría la controversia hasta el tribunal jerárquico a los efectos de lograr su cometido de no llevar adelante el juicio por jurados”.</p><p>¿Cuál sería el perjuicio?La Cámara consideró que la defensa “ante las preguntas de tipo reflexivo efectuadas por la Fiscalía, respecto de cuál sería el perjuicio para el imputado transitar la etapa del juicio mediante un juez técnico, invirtió la premisa cuestionando cuál sería el perjuicio para la Fiscalía de transitar un proceso importante con el mecanismo que la Constitución Nacional ordena, habiéndose saldado con la adopción del sistema una deuda centenaria de nuestro país y, por lo que —afirmó— el criterio de interpretación debía ser restrictivo y acorde con la manda constitucional de llevar adelante juicios criminales mediante la ley de juicios por jurados y no el dispositivo provincial de excepción”. (APFDigital)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/h1WHmJd5wNeG0oR1CRYIf0qF6rY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/jurados_abuso_sexual.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Fiscalía reiteró argumentos ya rechazados para avalar la reforma de la Ley de Juicio por Jurados que limitó su intervención para casos que conlleven una pena superior a 20 años. El nuevo fallo que dictó la inconstitucionalidad de la reforma sostuvo que “el derecho a un juicio por jurados es equiparable a un derecho humano en tanto constituye una garantía fundamental del debido proceso”.]]>
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                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-04-14T04:00:04+00:00</updated>
                <published>2026-04-14T04:00:00+00:00</published>
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            Movimiento de causas judiciales en tribunales de Concordia
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/movimiento-de-causas-judiciales-en-tribunales-de-concordia-28" type="text/html" title="Movimiento de causas judiciales en tribunales de Concordia" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/u1Gkshp_e_6DckIvW9fNMylLO7E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/tribunales_de_concordia_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>🕗 08:00 hs</p>Zabala, Exequiel Daniel Isaac s/ Robo (Audiencia de Garantía – preventiva)Alegre, Lourdes Beatriz y otros s/ Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (remisión a juicio)<p>🕣 08:30 hs</p>D.J.H s/ Abuso sexual gravemente ultrajante agravado (lectura de resolución)Núñez, Enzo Sebastián s/ Robo (juicio abreviado)<p>🕘 09:00 hs</p>S.E.G s/ Desobediencia (garantía – preventiva)Gómez, Américo Faustino s/ Portación de arma de fuego (remisión a juicio)B.L.F s/ Abuso sexual con acceso carnal (debate)Soto, Emanuel A. y Valdez, Mariana I. s/ Tenencia simple de estupefacientes (remisión a juicio)<p>🕤 09:30 hs</p>B.H.M s/ Amenazas (preventiva)Vallejos, Enzo Ramón Antonio s/ Lesiones graves (preventiva)<p>🕙 10:00 hs</p>Oribe, Marina Elizabeth s/ Hurto (preventiva)Pérez, Gianfranco Agustín s/ Homicidio culposo (petición de parte)Germano, Marcelo Damián s/ Desobediencia (remisión a juicio)Santa Cruz, Nahuel Jair s/ Violación de domicilio (remisión a juicio)<p>🕥 10:30 hs</p>López, Gustavo Enrique s/ Hurto en grado de tentativa (preventiva)<p>🕚 11:00 hs</p>González, Telesforo Santiago Ariel s/ Robo (preventiva)A.E.A s/ Abuso sexual sin acceso carnal (juicio abreviado)López, Leonardo Fabián s/ Hurto en grado de tentativa (remisión a juicio)C.C.E.E s/ Desobediencia (remisión a juicio)<p>🕦 11:30 hs</p>Ramírez, Ramona Isabel s/ Robo de vehículo (juicio abreviado)<p>🕛 12:00 hs</p>Palazzotti, Maximiliano Daniel s/ Homicidio en grado de tentativa (remisión a juicio)F.H.A s/ Lesiones leves (audiencia multipropósito)Díaz, Ángel Ariel s/ Robo (juicio abreviado)<p>🕧 12:30 hs</p>López, Manuel Domingo s/ Amenazas calificadas (probation)<p>🕟 16:30 hs</p>Athan, Yamil Leandro Nicolás y Miño, Griselda Macarena s/ Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (debate)]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/u1Gkshp_e_6DckIvW9fNMylLO7E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/tribunales_de_concordia_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>]]>
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                <updated>2026-04-13T13:22:19+00:00</updated>
                <published>2026-04-13T11:22:00+00:00</published>
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            Magistrados entrerrianos marcan objeciones a la reforma previsional
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vm7Yye_Zz3DzWAyijGqc6QQV_wI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/magistrattura.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Sin un proyecto definitivo del Ejecutivo, el análisis se basa en los “vectores” difundidos por el Gobierno:</p><p>Los principales puntos en síntesis:</p><p>Haber inicialRespaldan mantener el 82% del salario bruto como base de cálculo, al considerarlo acorde a principios de proporcionalidad y no regresividad. Señalan que este criterio es común en varias cajas provinciales.</p><p>Historia laboralRechazan que se tomen 30 años de aportes para el cálculo.&nbsp;Proponen mantener el criterio de los últimos 10 años (120 sueldos), como en otras provincias y en ANSES, por considerarlo más equitativo.</p><p>Regímenes especialesAdvierten que obligar a seguir aportando hasta la edad jubilatoria general podría reducir los haberes y romper la proporcionalidad con los salarios activos.</p><p>MovilidadCuestionan la fórmula propuesta por considerarla perjudicial para el poder adquisitivo.</p><p>Alertan que podría derivar en reclamos judiciales, ya que modelos similares fueron declarados inconstitucionales.</p><p>Edad jubilatoriaPlantean que cualquier modificación debe ser gradual y en línea con otros sistemas, evitando cambios abruptos.</p><p>Años de aportesRechazan la suba de 30 a 35 años, al señalar que no tiene antecedentes y afecta especialmente a regímenes especiales.</p><p>PensionesCritican la reducción del haber del 75% al 70%, al considerarla una medida regresiva.</p><p>Otros puntos clave* Reclaman incorporar al sistema todos los conceptos salariales no remunerativos para mejorar la recaudación.* Proponen ampliar la responsabilidad del Estado en el financiamiento, incluyendo municipios.</p><p>* Plantean limitar beneficios salariales que no aporten al sistema.</p><p>* Exigen avanzar en el reclamo a ANSES por la deuda histórica con la Caja.</p><p>En conjunto, la entidad advierte que varias de las medidas en análisis podrían afectar derechos adquiridos y generar conflictos judiciales, por lo que reclama una revisión integral con mayor consenso.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vm7Yye_Zz3DzWAyijGqc6QQV_wI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/magistrattura.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos (Amfjer) presentaron observaciones formales al gobernador Rogelio Frigerio y al titular de la Caja de Jubilaciones, Gastón Bagnat.]]>
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                <updated>2026-04-13T11:00:02+00:00</updated>
                <published>2026-04-13T11:00:00+00:00</published>
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            El abogado Pedro De La Madrid reconoció los delitos que se le atribuían y será condenado
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/el-abogado-pedro-de-la-madrid-reconocio-los-delitos-que-se-le-atribuian-y-sera-condenado" type="text/html" title="El abogado Pedro De La Madrid reconoció los delitos que se le atribuían y será condenado" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/w14nRDhelDfm0yOcoD2B5aETbR4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/abogado_condenado.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Durante la audiencia, De La Madrid reconoció los hechos que se le atribuían y admitió su responsabilidad penal en una serie de delitos que se le imputaban en la investigación.</p><p>En concreto, aceptó ser autor material y penalmente responsable de los delitos de ejercicio ilegal de la profesión y quebrantamiento de inhabilitación judicial (tres hechos), en concurso real con lesiones leves, falsificación de instrumento público y uso de documento público falsificado, estafa procesal (dos hechos), además de hurto y sustracción y ocultamiento de documentos. También se le atribuyó falsificación de documento público en concurso ideal con administración fraudulenta.</p><p>En el marco del acuerdo abreviado, el imputado aceptó una pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, la cual fue acordada entre la fiscal Montangie y sus defensores.De homologarse el acuerdo, el vocal Germán Dri procederá a dictar la correspondiente sentencia, que según se informó a Concordia Policiales sería la próxima semana.</p><p>Posteriormente, De La Madrid será trasladado a una unidad penal donde deberá cumplir la pena establecida.</p><p>(Concordia Policiales)</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/w14nRDhelDfm0yOcoD2B5aETbR4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/abogado_condenado.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Se llevó a cabo en los tribunales de Concordia, la audiencia de juicio abreviado contra el abogado Pedro De La Madrid, imputado en el marco de una causa investigada por la fiscal Daniela Montangie.]]>
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                <updated>2026-04-11T12:30:02+00:00</updated>
                <published>2026-04-11T12:30:00+00:00</published>
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            El Poder Judicial de Entre Ríos impulsa la modernización digital con nuevas mejoras en el sistema automatizado
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RH1Qs0sh719A-8v38suZRNp1aP8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/poder_judicial.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En la reunión, realizada en los Tribunales de Paraná, participaron los y las integrantes de la Sala Civil N° 2 del STJER, Leonardo Portela, Gisela Schumacher y Carlos Federico Tepsich; los miembros de la Comisión de Automatización de Procesos Sucesorios, María del Pilar Villa, Mariano Ludueño, Martín Furman, Julio César Marcogiuseppe, Sonia Rondoni, Juan Marcelo Micheloud , Francisco Unamunzaga y Vanesa Selenscig Pimentel; el director del Área de Informática del STJ, Omar Pagliotto; los integrantes de ese organismo, Juan Rossi y Federico Caballaro; el presidente del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, Santiago Esquivel y el vicepresidente segundo, Pablo Tanger. También estuvieron presentes, de manera virtual, las autoridades de las seccionales del CAER y los miembros de la Comisión de las jurisdicciones Gualeguaychú, Concepción del Uruguay y Concordia.En esta oportunidad, el objetivo del encuentro fue compartir la actualización realizada de la plataforma, dialogar sobre esto con los representantes del CAER y planificar los pasos a seguir. Desde el STJER se comprometieron, además, a en un plan de capacitaciones previo a la implementación definitiva de este sistema en toda la provincia.Desde el inicio de la prueba piloto del sistema automatizado, el 3 de noviembre de 2025, se han registrado 369 demandas, consolidando un avance significativo hacia una gestión judicial más ágil, eficiente y accesible.</p><p>Durante esta etapa de evaluación, la Comisión de Automatización de Procesos Sucesorios del STJ analizó el funcionamiento del sistema tanto a través de la observación interna como mediante la recepción de comentarios y consultas formuladas por profesionales de la abogacía al área de soporte. Este trabajo permitió identificar oportunidades de mejora que fueron incorporadas por el Área de Informática, dando lugar a un diseño más ordenado, coordinado e intuitivo, que optimiza la experiencia de uso y facilita la labor de las y los profesionales.</p><p>Las actualizaciones introducidas no sólo perfeccionan las funcionalidades generales de la plataforma, sino que también constituyen la base para futuros desarrollos propios orientados a la automatización de otros procesos estandarizables, reforzando la previsibilidad y reduciendo los tiempos de tramitación.Con estas mejoras, el Poder Judicial de Entre Ríos reafirma su compromiso con la innovación tecnológica y la mejora continua, destacando que la construcción de herramientas digitales propias representa un verdadero cambio de paradigma en la gestión judicial.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RH1Qs0sh719A-8v38suZRNp1aP8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/04/poder_judicial.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Integrantes del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos y del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER) trabajaron sobre las actualizaciones y nuevas funcionalidades en la plataforma impulsada por STJER, a través de la Sala Civil, destinada a la tramitación de procesos sucesorios sin testamentar.]]>
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                <updated>2026-04-11T08:30:03+00:00</updated>
                <published>2026-04-11T08:30:00+00:00</published>
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