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    <title>El Heraldo</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-09-04T21:53:07+00:00</updated>
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            Sergio Urribarri pidió cumplir en su casa de calle Néstor Garat de concordia la condena a 8 años de prisión
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/I107m36kcmYjfC52aAz-cluehNI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/sergio_urribarri_pidio_cumplir_en_su_casa_de_calle_nestor_garat_de_concordia_la_condena_a_8_anos_de_prision_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El futuro inmediato de Sergio Urribarri está en manos de la Justicia de Entre Ríos. Su abogado, Leopoldo Cappa, solicitó suspender la ejecución de la pena en una unidad carcelaria y pidió que los ocho años de prisión sean cumplidos en su domicilio de Concordia.</p><p>La presentación fue realizada durante la mañana de este viernes, antes de que el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná recibiera formalmente las actuaciones provenientes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.</p><p>Como fundamento para obtener la prisión domiciliaria, la defensa alegó que el exmandatario padece un trastorno de estrés postraumático con síntomas disociativos y que se encuentra bajo tratamiento psiquiátrico y farmacológico. El domicilio ofrecido para cumplir la pena está ubicado en calle Néstor Garat de Concordia.</p><p>Sergio Daniel Urribarri tiene 67, por lo que todavía no estaria comprendido en los años que comtempla la ley para solicitar la domiciliaria por edad. En consecuencia, su planteo se sostiene en estrés postraumático que, según la defensa, sería incompatible con el encierro carcelario.</p><p>La Fiscalía, por su parte, ya solicitó su detención y traslado a una unidad penal.</p><p>La expectativa está puesta ahora en la resolución del tribunal entrerriano, que deberá decidir si Urribarri regresa a prisión o si acepta que cumpla la condena en su casa de Concordia.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/I107m36kcmYjfC52aAz-cluehNI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/sergio_urribarri_pidio_cumplir_en_su_casa_de_calle_nestor_garat_de_concordia_la_condena_a_8_anos_de_prision_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La defensa del exgobernador presentó el pedido este viernes por la mañana, antes de que el Tribunal de Paraná recibiera formalmente el expediente de la Corte Suprema. Ahora existe expectativa por la decisión de la Justicia entrerriana: cárcel común o prisión domiciliaria.]]>
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                                <updated>2026-09-04T21:53:07+00:00</updated>
                <published>2026-09-04T21:53:05+00:00</published>
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            La Región Centro de JUFEJUS fortalece el trabajo conjunto entre los poderes judiciales
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/la-region-centro-de-jufejus-fortalece-el-trabajo-conjunto-entre-los-poderes-judiciales" type="text/html" title="La Región Centro de JUFEJUS fortalece el trabajo conjunto entre los poderes judiciales" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WGDgdegQirb6YOXq7xxfO3fSOi4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/region_centro.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER), vocal Germán Carlomagno; el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Rafael Gutiérrez; y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, Domingo Sesin, mantuvieron hoy en Paraná una reunión de trabajo en el marco de la Región Centro de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (JUFEJUS).</p><p>Del encuentro también participaron el vicepresidente del STJ, vocal Carlos Federico Tepsich; los vocales Daniel Carubia, Miguel Ángel Giorgio; las vocales Gisela Schumacher, Laura Mariana Soage; el vocal Leonardo Portela y el ministro de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Rubén Luis Weder.</p><p>La jornada comenzó con el recibimiento del STJ al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, Domingo Sesin, quien fue distinguido con el Diploma al Mérito en Derecho Administrativo en los Premios Konex 2026, una de las principales distinciones del ámbito cultural argentino.</p><p>Posteriormente, fue recibido el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Rafael Gutiérrez y se desarrolló la reunión que tuvo como eje el intercambio de experiencias y el análisis de distintos aspectos relacionados con la administración y gestión de los poderes judiciales. En ese marco, se compartieron perspectivas sobre los desafíos que actualmente atraviesa el servicio de Justicia y las herramientas que permiten optimizar su funcionamiento.La reunión constituyó también una instancia para profundizar la articulación institucional entre Entre Ríos, Santa Fe y Córdoba, tres jurisdicciones que integran la Región Centro y que comparten desafíos vinculados con la gestión, la innovación y el fortalecimiento de los sistemas judiciales.</p><p>La iniciativa se inscribe en una perspectiva federal de trabajo, orientada a fortalecer los vínculos entre los poderes judiciales provinciales y generar ámbitos permanentes para abordar de manera conjunta los desafíos que plantea la administración de Justicia.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WGDgdegQirb6YOXq7xxfO3fSOi4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/region_centro.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Autoridades judiciales de Entre Ríos, Santa Fe y Córdoba se reunieron en Paraná para intercambiar experiencias y analizar desafíos comunes de la gestión judicial.]]>
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                                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
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                <published>2026-09-04T08:00:00+00:00</published>
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            La Corte Suprema dejó firme la condena a Urribarri y deberá cumplir ocho años de prisión
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/la-corte-suprema-dejo-firme-la-condena-a-urribarri-y-debera-cumplir-ocho-anos-de-prision" type="text/html" title="La Corte Suprema dejó firme la condena a Urribarri y deberá cumplir ocho años de prisión" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZKtvvdBZrTctYvETT7tbXcUDCWU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/urribarri_condena.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó este jueves 3 de septiembre los recursos presentados por el exgobernador Sergio Urribarri y dejó firme la condena a ocho años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos, impuesta por delitos de corrupción durante su administración.La resolución también alcanzó al exministro de Cultura y Comunicación Pedro Báez y a Juan Pablo Aguilera, cuñado del exmandatario, ambos condenados a seis años y seis meses de prisión efectiva e inhabilitación perpetua.Según trascendió, el Ministerio Público Fiscal solicitó la detención inmediata de Urribarri, Báez y Aguilera al considerar que, una vez agotadas las instancias recursivas, existiría peligro de fuga. La decisión sobre el encarcelamiento deberá ser adoptada por la Justicia entrerriana encargada de ejecutar las penas.Los tres ya habían permanecido alojados en la Unidad Penal Nº1 de Paraná, pero recuperaron la libertad mientras se encontraban pendientes los recursos ante la Corte Suprema.</p><p>Un rechazo que cerró la última instanciaEl pronunciamiento fue dictado en el expediente CSJ 2226/2024 y contó con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.Mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, la Corte declaró inadmisibles los recursos sin ingresar al análisis de fondo. De esta manera, quedó concluido el recorrido judicial de la sentencia dictada originalmente el 7 de abril de 2022 y confirmada posteriormente por la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos.&nbsp;La resolución también rechazó los planteos de Gerardo Caruso, Corina Cargnel, Emiliano Giacopuzzi y Luciana Almada. Así, quedaron firmes las condenas correspondientes a la totalidad del Megajuicio.</p><p>Las nueve condenas de la MegacausaEl proceso terminó con nueve personas condenadas y penas diferentes según la responsabilidad atribuida a cada una:* Sergio Urribarri:&nbsp;ocho años de prisión efectiva, inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos y multa de $180.000.* Pedro Báez:&nbsp;seis años y seis meses de prisión efectiva, inhabilitación absoluta perpetua y multa de $90.000.* Juan Pablo Aguilera:&nbsp;seis años y seis meses de prisión efectiva, inhabilitación absoluta perpetua y multa de $180.000.* Corina Cargnel:&nbsp;tres años de prisión condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa de $90.000.* Gustavo Tamay:&nbsp;tres años de prisión condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa de $90.000.* Gerardo Caruso:&nbsp;tres años de prisión condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa de $90.000.* Luciana Almada:&nbsp;dos años y seis meses de prisión condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa de $90.000.* Emiliano Giacopuzzi:&nbsp;dos años y seis meses de prisión condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa de $90.000.* Germán Buffa:&nbsp;un año y dos meses de prisión condicional e inhabilitación perpetua.&nbsp;Las penas condicionales no implican el ingreso en prisión, aunque mantienen las inhabilitaciones y demás obligaciones establecidas en la sentencia.</p><p>Cinco imputados fueron absueltosEl tribunal que realizó el juicio absolvió a Hugo Marsó, Gustavo Tórtul, Alejandro Almada y Maximiliano Sena. También fue sobreseído Hugo Céspedes, exfuncionario de la Unidad Operativa Mercosur, quien falleció durante el desarrollo del proceso.La Megacausa reunió cinco expedientes vinculados con el manejo de fondos públicos y contrataciones de publicidad oficial. Urribarri fue considerado responsable de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.Con la intervención de la Corte Suprema quedó firme la responsabilidad penal de los condenados. Ahora la atención se concentra en la orden de detención y en el regreso de Urribarri, Báez y Aguilera a la cárcel para comenzar a cumplir las penas efectivas.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZKtvvdBZrTctYvETT7tbXcUDCWU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/urribarri_condena.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El máximo tribunal rechazó los recursos del exgobernador, Pedro Báez, Juan Pablo Aguilera y otros cuatro condenados. Fiscalía pidió la detención inmediata de quienes recibieron penas efectivas. El fallo confirmó todas las condenas dictadas en la Megacausa.]]>
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                                <updated>2026-09-04T03:00:04+00:00</updated>
                <published>2026-09-04T03:00:00+00:00</published>
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            Autoridades judiciales de la Región Centro de JUFEJUS se reunirán en Paraná
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/autoridades-judiciales-de-la-region-centro-de-jufejus-se-reuniran-en-parana" type="text/html" title="Autoridades judiciales de la Región Centro de JUFEJUS se reunirán en Paraná" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-lZWfEf3SjB_hvliLAMthaKIyqo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/autoridades_judiciales.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Participarán integrantes de la Suprema Corte de Santa Fe y del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos se tratarán distintos temas vinculados con la administración y gestión de parte de los poderes judiciales que integran la Región Centro dentro de JUFEJUS.&nbsp;Se analizarán iniciativas destinadas a fortalecer la cooperación institucional y el intercambio de experiencias entre las jurisdicciones.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-lZWfEf3SjB_hvliLAMthaKIyqo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/autoridades_judiciales.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER), vocal Germán Carlomagno; el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Rafael Gutiérrez; y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, Domingo Sesin, integrantes de la Región Centro de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las provincias argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (JUFEJUS), se reunirán en Paraná.]]>
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                                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                                <updated>2026-09-03T07:30:03+00:00</updated>
                <published>2026-09-03T07:30:00+00:00</published>
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            Causa planta de combustible sintético en Paysandú: La Justicia Federal fijó fecha para la extracción 
de muestras del agua
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/causa-planta-de-combustible-sintetico-en-paysandu-la-justicia-federal-fijo-fecha-para-la-extraccion-de-muestras-del-agua" type="text/html" title="Causa planta de combustible sintético en Paysandú: La Justicia Federal fijó fecha para la extracción 
de muestras del agua" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/21c5uXUWxwf3UedM3JSfKAmwiHk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/combustible_sintetico.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Luego del reconocimiento judicial realizado el pasado 21 de agosto junto a la perito bióloga designada, Viviana Cousté, y los legisladores demandantes, a fin de constatar el área en cuestión, el magistrado dispuso avanzar con la toma de muestra para su posterior análisis fisicoquímico y microbiológico.&nbsp;Oportunamente, la justicia resolvió avanzar con la acción presentada por Michel, Bahl y marclay entendiendo que “la normativa que surge de la ley 25.675 de política ambiental nacional otorga la facultad al juez interviniente de disponer todas las medidas necesarias para ordenar, conducir o probar los hechos dañosos en el proceso”.A este respecto, Michel expresó: “Esta resolución adoptada por la justicia es fundamental para continuar con la defensa de las costas entrerrianas del río Uruguay. No solo queda claro que la justicia federal es competente, que la causa está más vigente que nunca, sino que además ya se avanzó en una prueba fundamental como es la extracción de muestras del agua”.“Lamentablemente la inacción del gobernador Frigerio y del intendente Walser va en desmedro de los intereses de los entrerrianos y es la justicia la que está ocupándose de abordar este conflicto con la responsabilidad y seriedad que supone”, afirmó.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/21c5uXUWxwf3UedM3JSfKAmwiHk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/combustible_sintetico.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El juzgado Federal ordenó este martes se efectuara el procedimiento de extracción de muestras del agua en el marco de la acción preventiva de daño ambiental que promueven los legisladores nacionales del peronismo Guillermo Michel, Adán Bahl y Marianela Marclay.]]>
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                                <updated>2026-09-02T10:30:04+00:00</updated>
                <published>2026-09-02T10:30:00+00:00</published>
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            Condenaron a prisión perpetua a “Ñoño” Benítez por el femicidio de Luisina Leoncino
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/condenaron-a-prision-perpetua-a-nono-benitez-por-el-femicidio-de-luisina-leoncino" type="text/html" title="Condenaron a prisión perpetua a “Ñoño” Benítez por el femicidio de Luisina Leoncino" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4bq6nEChO8LSus6Nx3cR1VJRx1Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/condena_femicidio.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La sentencia fue dada a conocer este lunes&nbsp;31 de agosto, luego de que un jurado popular declarara culpable a Benítez por el asesinato de la joven, de acuerdo a lo que pudo registrar Concordia Policiales presente en la audiencia.&nbsp;Asimismo, el magistrado declaró la&nbsp;inconstitucionalidad del artículo 14, inciso 1°, del Código Penal y del artículo 56 bis de la Ley 24.660, vinculados a las condiciones y restricciones para el acceso a determinados beneficios durante el cumplimiento de la pena.</p><p>La declaración de inconstitucionalidad había sido solicitada por la defensa de Benítez, a cargo del abogado&nbsp;Alejandro Giorgio, planteo al que finalmente hizo lugar el magistrado.De esta manera, “Ñoño” Benítez recibió la&nbsp;máxima pena prevista por el Código Penal Argentino&nbsp;por el femicidio de Luisina Leoncino.La investigación del crimen fue llevada adelante por la fiscal&nbsp;Julia Rivoira, quien tuvo a su cargo la acusación durante el proceso judicial que culminó con la condena a prisión perpetua para el acusado.Cabe recordar que Luisina Leoncino desapareció el 9 de julio de 2023, luego de que sus familiares perdieran contacto con ella y se activara un pedido de localización. A partir de las tareas investigativas, los efectivos policiales lograron reconstruir los últimos movimientos de la joven durante las horas previas a su desaparición y las sospechas comenzaron a centrarse sobre Benítez, quien mantenía un vínculo con la víctima.</p><p>El análisis de las cámaras de seguridad y el seguimiento de los movimientos de un Fiat Palio perteneciente a un familiar del acusado permitieron reconstruir parte del recorrido realizado, lo que derivó en un rastrillaje efectuado el 30 de julio de 2023 en la zona del asentamiento Pampa Soler, donde fueron encontrados los primeros restos del cuerpo de la joven.</p><p>Posteriormente, tras ese macabro hallazgo, Benítez brindó información que resultó clave para que los investigadores localizaran las restantes partes del cuerpo de Luisina. Finalmente, el 2 de agosto del 2023 fueron hallados los últimos restos en la zona de Castelli y la Defensa Sur. (Concordia Policiales)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4bq6nEChO8LSus6Nx3cR1VJRx1Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/09/condena_femicidio.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, Maximiliano Larocca Ress, declaró autor y penalmente responsable a Rafael Horacio Benítez, alias “Ñoño”, por el delito de homicidio agravado por mediar violencia de género —femicidio—, en perjuicio de Luisina Leoncino, crimen ocurrido en julio de 2023, y en consecuencia lo condenó a la pena de prisión perpetua.]]>
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                                <updated>2026-09-01T04:30:04+00:00</updated>
                <published>2026-09-01T04:30:00+00:00</published>
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        <title>
            El STJ recibió a las nuevas autoridades de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/el-stj-recibio-a-las-nuevas-autoridades-de-la-asociacion-de-la-magistratura-y-la-funcion-judicial" type="text/html" title="El STJ recibió a las nuevas autoridades de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7yDdWQoloXT3s9sfY5Wc2g46oyY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/magistratura_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El encuentro se desarrolló en el Salón de Acuerdos y tuvo como objetivo la presentación formal de las nuevas autoridades de la entidad ante el STJER, además de propiciar un espacio de diálogo sobre distintos aspectos vinculados con el funcionamiento del Poder Judicial.</p><p>Estuvieron presentes el presidente de AMFJER, Rafael Martín Cotorruelo; la vicepresidenta, María Gabriela López Arango; el tesorero, Mariano Ludueño; &nbsp;la vocal N°4, Noelia Ballhorst y el vocal Nº 6 Julio Pérez Ducasse.</p><p>Durante la reunión se abordaron cuestiones de interés para la magistratura y la función judicial, en un marco de intercambio institucional y de trabajo conjunto.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7yDdWQoloXT3s9sfY5Wc2g46oyY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/magistratura_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente del Superior Tribunal de Justicia, vocal Germán Carlomagno, junto al vocal Daniel Carubia; la vocal Claudia Mizawak; el vocal Miguel Ángel Giorgio y las vocales Gisela Schumacher y Laura Mariana Soage, recibió esta mañana a la Comisión Directiva de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos (AMFJER).]]>
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                                <updated>2026-08-29T09:30:03+00:00</updated>
                <published>2026-08-29T09:30:00+00:00</published>
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            Urribarri vuelve al centro de la escena judicial: fijaron para octubre una audiencia por enriquecimiento ilícito
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/urribarri-vuelve-al-centro-de-la-escena-judicial-fijaron-para-octubre-una-audiencia-por-enriquecimiento-ilicito" type="text/html" title="Urribarri vuelve al centro de la escena judicial: fijaron para octubre una audiencia por enriquecimiento ilícito" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nVST2CZukqXZexi7oZA8U5pc7GA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/sergio_urribarri.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Una investigación periodística de Revista Análisis, publicada el 9 de noviembre de 2017, bajo el título “El amigo paraguayo”, fue el punto de partida de una causa iniciada de oficio que, casi nueve años después, vuelve a colocar al exgobernador Sergio Daniel Urribarri frente a una instancia judicial. La investigación procura determinar la evolución de su patrimonio y las relaciones con contrataciones realizadas por el Estado entrerriano.El juez de Garantías Mariano Budasoff fijó para el 19 de octubre, a las 9, en el Salón de Audiencias Nº1 de los Tribunales de Paraná, la continuidad de la audiencia de apertura de causa a juicio en la que Urribarri está acusado de enriquecimiento ilícito. La Fiscalía había solicitado en 2023 la remisión del expediente a juicio oral y durante marzo y abril de este año se desarrolló una extensa sucesión de audiencias preliminares.&nbsp;La trayectoria de Urribarri resulta inseparable de una etapa extensa del peronismo entrerriano. Antes de llegar a la Gobernación fue intendente de General Campos, diputado provincial durante varios períodos, presidente de la Cámara de Diputados y jefe del bloque justicialista. Posteriormente ocupó un lugar central en el tercer gobierno de Jorge Pedro Busti, como ministro de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos y también estuvo vinculado a la conducción de Cafesg.Su llegada a la candidatura a gobernador en 2007 tuvo una característica política particular. Fue Busti quien lo eligió e impulsó como su sucesor, en un justicialismo que estaba dividido y en el que otros dirigentes también aspiraban a la Gobernación. Crónicas de aquel momento describían a Urribarri directamente como el “delfín” del entonces mandatario y daban cuenta de las fuertes diferencias internas provocadas por aquella decisión.La definición final, naturalmente, llegó en las urnas: Urribarri ganó las elecciones de marzo de 2007 con alrededor del 47% de los votos. Gobernó Entre Ríos entre el 10 de diciembre de 2007 y el 10 de diciembre de 2011, y fue reelegido para un segundo período, que se extendió hasta el 10 de diciembre de 2015.Después de dejar la Casa Gris volvió a la Legislatura provincial como diputado y presidente de la Cámara de Diputados entre 2015 y 2019. Más tarde, durante la administración nacional de Alberto Fernández, fue designado embajador argentino en Israel y Chipre, función que desempeñó entre 2020 y 2022.</p><p>La investigación que ahora avanzaLa causa que tendrá una nueva audiencia en octubre analiza hechos que se remontan a 2007, cuando Urribarri todavía integraba el gobierno de Busti, y continúa sobre contrataciones producidas durante sus posteriores administraciones.</p><p>Según la acusación fiscal, se habría desarrollado un esquema destinado a favorecer en diferentes contrataciones públicas a Relevamientos Catastrales, empresa vinculada a Juan Pablo Cardona Herreros. Los investigadores sostienen que existieron acuerdos y entrega anticipada de información para direccionar contrataciones relacionadas con sistemas informáticos utilizados por la Provincia.La hipótesis de la Fiscalía sostiene además que determinadas operaciones habrían incluido sobreprecios, parte de cuyo producido habría sido posteriormente utilizado para el pago de sobornos. Estas circunstancias forman parte de la acusación y deberán ser probadas y discutidas en el proceso judicial; no constituyen por sí mismas una declaración de culpabilidad en esta causa.El expediente por enriquecimiento mantiene, además, conexiones con otra investigación conocida como “causa Coimas”, dentro del conjunto de procesos judiciales que durante los últimos años involucraron al exmandatario.</p><p>Una vida muy diferente en ConcordiaLejos quedó aquella etapa en la que Urribarri concentraba una importante cuota de poder provincial, tenía proyección dentro del peronismo nacional e incluso llegó a impulsar una precandidatura presidencial en 2014.Actualmente reside en Concordia junto a su familia y mantiene un perfil extremadamente bajo. Se encuentra apartado de la actividad partidaria, sin participación conocida en la vida política local y prácticamente sin presencia social. Incluso resulta poco frecuente observar al exgobernador transitando públicamente por la ciudad.Es una imagen diametralmente distinta a la de quien durante ocho años consecutivos gobernó Entre Ríos, presidió posteriormente la Cámara de Diputados y terminó representando diplomáticamente al país.</p><p>El 19 de octubre volverá a concentrarse la atención en los Tribunales de Paraná. Allí continuará una causa cuyo origen estuvo en una investigación periodística de 2017 y que ahora deberá atravesar una instancia decisiva en el camino hacia un eventual juicio oral.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nVST2CZukqXZexi7oZA8U5pc7GA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/sergio_urribarri.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La investigación de esta causa nació a partir de una publicación periodística de noviembre de 2017. El exgobernador, que condujo Entre Ríos durante dos períodos consecutivos y posteriormente ocupó cargos provinciales y diplomáticos, permanece actualmente en Concordia, alejado de la actividad política y prácticamente sin exposición pública.]]>
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                                <updated>2026-08-29T09:00:04+00:00</updated>
                <published>2026-08-29T09:00:00+00:00</published>
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            En Federación fue declarado culpable un hombre imputado por abuso sexual gravemente ultrajante
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/en-federacion-fue-declarado-culpable-un-hombre-imputado-por-abuso-sexual-gravemente-ultrajante" type="text/html" title="En Federación fue declarado culpable un hombre imputado por abuso sexual gravemente ultrajante" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pVSM874oKTvt1wmUNBuEhL_RNRE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/jurados_culpable.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Conocido el veredicto en el “Salón de la Democracia”, ubicado en el 1er piso del Centro Cívico de Federación, el juez técnico y vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, German Dri anunció que la audiencia de cesura -durante la cual las partes expondrán sus argumentos sobre la pena que debería cumplir el imputado-, se realizará el 3 de septiembre en los tribunales de Concordia.</p><p>Además, el magistrado ordenó la prisión preventiva de G. E. H., hasta la audiencia de cesura.&nbsp;Durante el debate el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal Josefina Penon Busaniche, mientras que la defensa del imputado fue ejercida por el defensor oficial Joaquín Garaycoechea.</p><p>Se trató del juicio por jurado número 171 realizado desde la implementación de este sistema de juzgamiento penal en la provincia de Entre Ríos.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pVSM874oKTvt1wmUNBuEhL_RNRE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/jurados_culpable.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Luego de cuatro jornadas de debate, un jurado popular reunido en Federación declaró culpable a G. E. H. del delito de abuso sexual gravemente ultrajante.]]>
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                                <updated>2026-08-29T03:30:03+00:00</updated>
                <published>2026-08-29T03:30:00+00:00</published>
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        <title>
            Movimiento de causas judiciales en tribunales de Concordia
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/movimiento-de-causas-judiciales-en-tribunales-de-concordia-87" type="text/html" title="Movimiento de causas judiciales en tribunales de Concordia" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SMtTPW1q7yI4GEn7LAFF7kc8kDc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/06/tribunales_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>08:00 – Sala 1: D´Ambros, Héctor Daniel s/ denuncia enriquecimiento ilícito – Recurso de apelación.08:00 – Sala 4: M. N. M. s/ lesiones leves – Juicio abreviado.08:30 – Sala 1: C. G. A. s/ abuso sexual con acceso carnal – Debate.08:30 – Sala 1: Benítez, Bernardo Miguel s/ hurto en grado de tentativa – Lectura de sentencia.08:30 – Federación: G., E. H. s/ abuso sexual con acceso carnal y agravado por el vínculo – Juicio por jurados.09:00 – Sala 4: L. O. D. s/ lesiones leves – Juicio abreviado.09:00: C. R. A. s/ abuso sexual – Recurso de apelación, resolución por escrito.09:00 – Sala 4: G. R. A. s/ abuso sexual con acceso carnal – Recurso de apelación.09:00 – Sala de Garantías: N. M. O. s/ rapto agravado – Remisión a juicio. Resuelve la Dra. María Gabriela Seró.09:30 – Sala 1: M. C. M. s/ amenazas – Prórroga de prisión preventiva.10:00 – Sala 4: Sáenz, Julia Elena; Gómez, Carlos Alberto y Gómez, Juan s/ concusión – Sobreseimiento.10:00 – Sala de Garantías: L. M. E. s/ lesiones leves – Remisión a juicio. Resuelve el Dr. Mauricio Guerrero.10:30 – Sala 4: R. D. J. A. s/ abuso sexual sin acceso carnal – Recurso de apelación.11:00 – Sala de Garantías: R. E. R. s/ lesiones leves – Remisión de causa a juicio. Resuelve el Dr. Mauricio Guerrero.11:30 – Sala 4: Pérezlindo, Miguel Ángel; Pérezlindo, Dalma Magalí; Acevedo, Néstor Emanuel; Morilla, Carlos Italo; Piedrabuena, Noelia Leticia s/ tenencia simple de estupefacientes – Juicio abreviado.12:00 – Sala 4: Núñez, Huber Mauricio Anselmo s/ abigeato – Juicio abreviado.12:00 – Sala de Garantías: Morales, José Daniel s/ hurto – Probation. Resuelve la Dra. María Gabriela Seró.<p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SMtTPW1q7yI4GEn7LAFF7kc8kDc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/06/tribunales_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>08:00 – Sala 1: D´Ambros, Héctor Daniel s/ denuncia enriquecimiento ilícito – Recurso de apelación.08:00 – Sala 4: M. N. M. s/ lesiones leves – Juicio...]]>
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                                <updated>2026-08-28T12:56:09+00:00</updated>
                <published>2026-08-28T10:56:00+00:00</published>
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            Movimiento de causas judiciales en tribunales de Concordia
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/FlF8TjFEuYrYtnbje2_Xlt0sVQs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/06/tribunales.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>&nbsp;</p><p>· &nbsp;08:00 – Roulin, Johanna Gisele; Sánchez, Rodrigo Ismael; Salina, Miguel Antonio s/ Comercio de estupefacientes. Audiencia de juicio, Sala 4 – abreviado.</p><p>· &nbsp;08:00 – Ledesma, Pablo Eric Joaquín s/ Hurto con escalamiento. Lectura de sentencia, juicio abreviado.</p><p>· &nbsp;08:15 – Acevedo, Lucas Mariano s/ Hurto de vehículo dejado en la vía pública. Audiencia de garantías por libertad con medidas.</p><p>· &nbsp;08:15 – Carrizo, Juan Francisco s/ Robo en grado de tentativa. Audiencia de garantías por prórroga de prisión preventiva.</p><p>· &nbsp;08:15 – Martínez, Cristian Ramón s/ Homicidio simple. Lectura de sentencia, Sala 1.</p><p>· &nbsp;08:30 – G., E. H. s/ Abuso sexual con acceso carnal y agravado por el vínculo. Audiencia de juicio, Federación – Juicio por Jurados.</p><p>· &nbsp;08:30 – C. G. A. s/ Abuso sexual con acceso carnal. Audiencia de juicio, Sala 1 – debate.</p><p>· &nbsp;09:00 – G. N. G. y G. C. S. s/ Abuso sexual simple reiterado – Recurso de apelación. Sala 4 – apelación.</p><p>· &nbsp;09:00 – H. N. s/ Lesiones leves. Audiencia de garantías por remisión a juicio.</p><p>· &nbsp;09:00 – Albornoz, Sergio Andrés s/ Desobediencia judicial. Sala 4 – abreviado.</p><p>· &nbsp;09:00 – Castillo, Jesús Gabriel s/ Defraudación. Audiencia de garantías por incompetencia.</p><p>· &nbsp;09:00 – Herrera, Agustina Ayelén s/ Robo agravado. Audiencia de garantías por remisión de causa a juicio.</p><p>· &nbsp;10:00 – Romero, Alexis Jonatan s/ Ejecución de pena – Recurso de apelación. Sala 4 – apelación.</p><p>· &nbsp;10:00 – M. M. J. s/ Amenazas calificadas. Sala 4 – abreviado.</p><p>· &nbsp;10:00 – Arce, Rodrigo Ismael y Ojeda, Juan Alexis s/ Robo agravado. Audiencia de garantías por remisión a juicio.</p><p>· &nbsp;11:00 – Caprile, Adrián Eduardo s/ Tenencia simple de estupefacientes. Audiencia de garantías por prisión preventiva y remisión de causa a juicio.</p><p>· &nbsp;11:00 – F. J. C. s/ Abuso sexual simple. Audiencia de garantías por remisión a juicio.</p><p>· &nbsp;12:00 – González, Alan Gabriel y otros s/ Homicidio simple. Audiencia de garantías por revocación de prisión preventiva.</p><p>· &nbsp;12:00 – L. A. L. s/ Su denuncia. Audiencia de garantías por probation.</p><p>· &nbsp;12:30 – Bonazzola, Elías Abel; Reina, Matías Fernando; Acosta, Matías Daniel; Maciel, Juanita; Alanis, Luis s/ Actuaciones de oficio. Audiencia de garantías: cuarto intermedio por prórroga de prisión preventiva.</p><p>· &nbsp;12:30 – C. L. R. J. s/ Abuso sexual. Sala 1 – abreviado.</p><p>· &nbsp;12:30 – Escobar, José Carlos s/ Hurto. Audiencia de garantías por probation.</p><p>· &nbsp;13:00 – C. F. A. s/ Lesiones leves. Audiencia de garantías por remisión a juicio. La agenda indica suspensión por cambio de defensa.</p><p>· &nbsp;16:30 – C. L. R. J. s/ Abuso sexual. Sala 1 – debate.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/FlF8TjFEuYrYtnbje2_Xlt0sVQs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/06/tribunales.webp" class="type:primaryImage" /></figure>· 08:00 – Roulin, Johanna Gisele; Sánchez, Rodrigo Ismael; Salina, Miguel Antonio s/ Comercio de estupefacientes. Audiencia de juicio, Sala 4 – abrevi...]]>
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                                <updated>2026-08-27T12:54:52+00:00</updated>
                <published>2026-08-27T10:54:00+00:00</published>
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        <title>
            Fallo federal obliga a Jerárquicos Salud a cubrir el 100% del tratamiento de un niño con discapacidad
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/fallo-federal-obliga-a-jerarquicos-salud-a-cubrir-el-100-del-tratamiento-de-un-nino-con-discapacidad" type="text/html" title="Fallo federal obliga a Jerárquicos Salud a cubrir el 100% del tratamiento de un niño con discapacidad" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QiFbllOhMJvq6XTixzMcW2wREyA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/fallo_federal.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un importante pronunciamiento en materia de salud y discapacidad se conoció en Concordia. Con fecha 24 de agosto de 2026, el Juzgado Federal de esa ciudad resolvió favorablemente una acción de amparo iniciada en representación de un niño de cuatro años diagnosticado con Trastorno del Espectro Autista (TEA) y dificultades vinculadas al habla, el lenguaje y las habilidades escolares.La sentencia ordenó a Jerárquicos Salud brindar en forma urgente y con cobertura integral del 100% el esquema terapéutico y educativo prescripto por los profesionales que atienden al niño.La cobertura comprende una maestra de apoyo a la integración escolar durante el turno mañana, conforme a los valores establecidos en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad. También incluye un acompañante terapéutico durante seis horas diarias, de lunes a viernes, en horario extraescolar por la tarde, equivalente a unas 138/140 horas mensuales, de acuerdo con los valores profesionales correspondientes.Uno de los aspectos centrales de la resolución es que la Justicia consideró arbitraria e ilegal la reducción unilateral de las horas de tratamiento prescriptas. El criterio judicial sostiene que la entidad de salud no puede reemplazar la evaluación de los profesionales tratantes ni modificar por su cuenta la intensidad de una prestación indicada para el paciente.El fallo también establece una diferencia entre las dos prestaciones reclamadas. La maestra integradora tiene como finalidad acompañar la inclusión del niño dentro del ámbito educativo, mientras que el acompañante terapéutico desarrolla una función diferente fuera de la escuela, trabajando sobre aspectos como autonomía, rutinas, seguridad, contención y desenvolvimiento familiar y social. Por esa razón, la sentencia entiende que ambos tratamientos son complementarios y pueden resultar necesarios simultáneamente.Otro punto destacado es la interpretación del Programa Médico Obligatorio (PMO). La resolución sostiene que sus prestaciones constituyen un piso mínimo y no pueden utilizarse como un límite cuando se encuentran comprometidos derechos especialmente protegidos, como la salud, la discapacidad y el interés superior del niño.La decisión se apoya además en el régimen de protección integral previsto por la Ley 24.901 y en los derechos reconocidos a niños y personas con discapacidad, colocando como prioridad la continuidad y la integralidad de los tratamientos indicados.</p><p>Una advertencia que excede el caso particularEl pronunciamiento incorpora además una consideración institucional sobre la creciente judicialización de prestaciones de salud. El tribunal advierte sobre las consecuencias que provoca que familias deban recurrir sistemáticamente a la Justicia para obtener tratamientos previamente indicados por profesionales.En ese contexto, se dispuso notificar de oficio a la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación, con el objetivo de que el organismo tome conocimiento y evalúe las medidas de fiscalización y control que correspondan.La Justicia también impuso la totalidad de las costas del proceso a la demandada. Al momento de regular los honorarios profesionales, el tribunal valoró la extensión y calidad del trabajo realizado, la complejidad del planteo y el resultado obtenido.La representación de la familia estuvo a cargo del Dr. Horacio Marcelo Velazque Pens y asociados, cuyo planteo reunió evaluaciones de distintas especialidades, entre ellas neurología infantil, psicología, terapia ocupacional y fonoaudiología.</p><p>Más allá de la situación individual que originó el amparo, el fallo adquiere relevancia porque reafirma un principio fundamental: frente a una discapacidad infantil, las prestaciones médicas y terapéuticas necesarias no pueden quedar condicionadas por recortes administrativos cuando existe una indicación profesional que acredita su necesidad.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QiFbllOhMJvq6XTixzMcW2wREyA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/fallo_federal.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Juzgado Federal de Concordia hizo lugar a un amparo presentado en representación de un niño de cuatro años y ordenó a la obra social garantizar, de manera urgente e integral, las prestaciones de apoyo escolar y acompañamiento terapéutico indicadas por sus profesionales tratantes. El fallo cuestionó el recorte unilateral de las horas de atención y dispuso comunicar la situación a la Superintendencia de Servicios de Salud.]]>
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                                <updated>2026-08-27T09:00:03+00:00</updated>
                <published>2026-08-27T09:00:00+00:00</published>
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            Dos concordienses condenados en una millonaria maniobra que borraba deudas impositivas en ATER
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uTl1zzA4TLTXppX_0Fnfql8i4qg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/concordienses_condenados.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La investigación reconstruyó operaciones realizadas durante más de una década y terminó con seis condenados.Una extensa causa judicial que comenzó a investigarse hace más de doce años terminó con seis condenas por una maniobra que perjudicó al Estado entrerriano y que tiene una derivación especialmente significativa para Concordia: dos de las personas sentenciadas son de esta ciudad y, según quedó establecido en el juicio abreviado, intervenían desde fuera del organismo recaudador para conseguir que contribuyentes fueran beneficiados con cancelaciones de impuestos que, en realidad, nunca habían sido pagados.El fallo fue dictado el 21 de agosto por el vocal Alejandro Diego Grippo, del Tribunal de Juicios y Apelaciones Nº 6 de Paraná, en una causa que acumuló tres expedientes y reconstruyó irregularidades ocurridas entre 2004 y 2014 en la entonces Dirección General de Rentas, actualmente Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER).</p><p>La conexión ConcordiaEntre los condenados aparecen Julio Schmukler, contador de 81 años y con estudio contable en Concordia, y Carlos Raúl Castro, de 72 años, también de esta ciudad. Su participación resulta particularmente relevante porque representa la conexión externa de un mecanismo que se ejecutaba desde el interior de la administración tributaria.De acuerdo con los hechos admitidos en el juicio abreviado, ambos gestionaban ante funcionarios de ATER para que clientes —personas particulares y empresas— pudieran acceder a compensaciones tributarias fraudulentas. Es decir, deudas reales con el Estado terminaban figurando como canceladas mediante créditos inexistentes.Schmukler fue condenado como partícipe necesario de defraudación a la administración pública y autor de cohecho activo, figura que sanciona a quien ofrece o entrega una dádiva a un funcionario. Recibió tres años de prisión condicional, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y una multa de $10 millones. Además, durante los tres años de condena deberá donar $40.000 mensuales a una institución de bien público.Castro recibió una pena única de tres años de prisión condicional y una multa de $200.000. Esa pena unificó la actual con una condena anterior por estafa que había sido dictada en 2014 por un tribunal de Concordia.</p><p>Cómo se borraban las deudasLa mecánica descripta judicialmente era relativamente sencilla, aunque requería acceso y manejo del sistema informático tributario. En el Sistema de Administración Tributaria (SAT) se incorporaba información falsa haciendo aparecer a determinados contribuyentes como acreedores del Estado provincial. Se registraba que la Provincia les debía dinero cuando ese crédito, en realidad, no existía.A partir de esa información, el propio sistema generaba una compensación: el supuesto crédito contra el Estado se utilizaba para cancelar impuestos que el contribuyente sí adeudaba. De esa manera, la deuda desaparecía de la cuenta sin que el dinero correspondiente ingresara a las arcas provinciales.Según la sentencia, buena parte de esas operaciones se efectuó mediante un usuario habilitado a nombre de Abelardo Daniel Gaggión, entonces jefe de la División Mesa de Entradas. También quedó involucrada María Estrella Martínez de Yankelevich, exjefa del Departamento Despacho, señalada como quien había posibilitado las habilitaciones necesarias para operar.</p><p>Decenas de contribuyentes beneficiadosUno de los aspectos que dimensiona el alcance de la causa es la cantidad de personas y empresas que aparecen beneficiadas por las compensaciones irregulares.La sentencia reconstruye numerosas operaciones durante los tres períodos investigados. Algunas correspondían a deudas relativamente pequeñas de impuestos inmobiliarios o automotores, mientras otras involucraban sociedades comerciales y montos considerablemente superiores.En uno de los casos acreditados, correspondiente a Insumos Entre Ríos S.A., se determinaron al menos 18 compensaciones falsas realizadas entre agosto de 2012 y mayo de 2014, con un perjuicio fiscal calculado entonces en $2.268.586,15. La investigación incluyó allanamientos en dependencias de ATER y también en el estudio contable y domicilios vinculados a los dos imputados concordienses, además del secuestro de computadoras y dispositivos, pericias sobre el SAT, documentación bancaria, informes tributarios y numerosos testimonios.</p><p>Una maniobra que funcionó durante añosLa causa se inició formalmente el 5 de junio de 2014, luego de una denuncia presentada por el entonces director ejecutivo de ATER, Marcelo Casaretto, a partir de información aportada por un empleado del organismo. La investigación posterior permitió retroceder en el tiempo y establecer que las irregularidades se remontaban a 2004.Así fueron reconstruidos tres períodos: 2004-2007, 2008-2011 y 2012-2014, posteriormente reunidos en un único expediente. Además de Schmukler y Castro, fueron condenados María Estrella Martínez de Yankelevich, Abelardo Daniel Gaggión, Gustavo Alejandro Gioria y Darío Fabián Barreto. Las responsabilidades fueron diferentes según la intervención atribuida a cada uno.Martínez de Yankelevich y Gaggión recibieron tres años de prisión condicional e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, además de multas de $30,6 millones y $20 millones, respectivamente. Barreto fue condenado también a tres años condicionales, inhabilitación perpetua y una multa de $30,6 millones.Gustavo Gioria, quien había sido Tesorero General de Entre Ríos, recibió dos años y seis meses de prisión condicional, inhabilitación especial perpetua y una multa de $10 millones.</p><p>El capítulo concordiense de una causa provincialPara Concordia, el fallo tiene una significación particular. No se trata solamente de una defraudación ejecutada desde oficinas públicas de Paraná: la investigación comprobó la existencia de intermediarios externos que gestionaban beneficios para contribuyentes, y dos de las personas condenadas por ese rol desarrollaban su actividad o residían en Concordia.También queda como interrogante de interés público la amplitud de la nómina de contribuyentes que obtuvieron cancelaciones mediante el sistema irregular y las circunstancias particulares en que cada uno accedió a esos beneficios.Las seis condenas fueron alcanzadas mediante juicio abreviado, lo que supone que los imputados aceptaron los hechos, las calificaciones legales y las penas acordadas entre las defensas, la Fiscalía y el Estado provincial como querellante. Además, renunciaron a los plazos para recurrir la sentencia.Después de una investigación que atravesó más de una década, el expediente termina así revelando un mecanismo en el que confluyeron funcionarios con acceso al sistema tributario e intermediarios externos, permitiendo que obligaciones fiscales reales desaparecieran de las cuentas mientras el dinero que debía recibir el Estado nunca ingresaba.(I:datos propios y de Análisis)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uTl1zzA4TLTXppX_0Fnfql8i4qg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/concordienses_condenados.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Un contador con estudio profesional en Concordia y otro hombre de la ciudad fueron condenados por su participación en un mecanismo que permitió cancelar deudas tributarias de particulares y empresas mediante compensaciones ficticias cargadas en el sistema de Rentas.]]>
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                                <updated>2026-08-27T00:55:28+00:00</updated>
                <published>2026-08-27T00:55:26+00:00</published>
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            Movimiento de causas judiciales en tribunales de Concordia
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SMtTPW1q7yI4GEn7LAFF7kc8kDc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/06/tribunales_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>08:00 – A. J. E. S/ Amenazas — Audiencia de juicio abreviado. Sala 1.08:00 – Pelayo, Jesús Hugo Ramón y Peralta, Elías Ezequiel S/ Robo en grado de tentativa — Lectura de sentencia.08:00 – Schmidt, Alberto Germán S/ Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización — Audiencia de juicio abreviado. Sala 4.08:30 – G. E. H. S/ Abuso sexual con acceso carnal y agravado por el vínculo — Juicio por jurados, Federación.09:00 – Z. F. A. S/ Violación de domicilio — Audiencia de garantías: remisión de causa a juicio.09:00 – M. E. M. S/ Desobediencia judicial — Audiencia de garantías: remisión a juicio.09:00 – A. G. D. S/ Abuso sexual con acceso carnal agravado — Audiencia de garantías: remisión a juicio.09:00 – Lacuadra, Facundo Ezequiel S/ Desobediencia — Audiencia de juicio abreviado. Sala 4.09:30 – Carlino, Luis Roberto Jesús S/ Abuso sexual — Debate, Sala 1.10:00 – Bonazzola, Elías Abel y otros S/ Actuaciones de oficio — Audiencia de garantías: cuarto intermedio por prisión preventiva.10:00 – Carlino, Luis Roberto Jesús S/ Abuso sexual — Juicio abreviado, Sala 1.10:00 – Escudero, Rodrigo Alfredo S/ Hurto — Audiencia de garantías: prórroga de prisión preventiva.10:15 – Brites, Sebastián Ángel Salvador y Arancibia, Daniel Alejandro S/ Robo agravado — Juicio abreviado, Sala 4.10:30 – Laura, Eugenia S/ Administrativo — Audiencia de garantías: ejecución de penas.11:00 – Marcone, Juan Bautista S/ Lesiones leves — Audiencia de garantías: prisión preventiva.11:00 – D'Ambros, Héctor Daniel S/ Su denuncia — Audiencia de garantías: nulidad y recusación.11:00 – C. A. S/ Abuso sexual con acceso carnal — Audiencia de garantías: remisión a juicio.11:00 – B. L. E. S/ Desobediencia — Audiencia de garantías: remisión a juicio.11:00 – Gilabert, Carlos Agustín S/ Amenazas — Juicio abreviado, Sala 4.12:00 – Pérez, Emanuel Eduardo y Vallejos, Jonathan Ramón S/ Amenazas calificadas — Audiencia de garantías: probation.12:00 – Cabral, Rocío Ayelén y otros S/ Lesiones — Audiencia de garantías: probation.12:00 – Blanco, Mauricio Damián S/ Robo — Audiencia de garantías: probation.12:30 – Alanis, Jonathan Eduardo y otros S/ Portación de arma de fuego de uso civil — Audiencia de garantías: probation.13:00 – C. J. L. S/ Lesiones leves — Audiencia de garantías: remisión a juicio.<p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SMtTPW1q7yI4GEn7LAFF7kc8kDc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/06/tribunales_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>08:00 – A. J. E. S/ Amenazas — Audiencia de juicio abreviado. Sala 1.08:00 – Pelayo, Jesús Hugo Ramón y Peralta, Elías Ezequiel S/ Robo en grado de te...]]>
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                                <updated>2026-08-26T12:11:23+00:00</updated>
                <published>2026-08-26T11:11:00+00:00</published>
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            Caso Rosatelli: la defensa niega pruebas y denuncia una causa “direccionada”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9tkyTQxpSMnZm8xFYsJIxbWNmbA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/caso_rosatelli.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La situación judicial de&nbsp;Daniel Rosatelli&nbsp;continúa rodeada de hermetismo debido al secreto de sumario dispuesto por el juez federal&nbsp;Leandro Ríos. El oficial fue detenido el 19 de agosto y quedó vinculado a la investigación originada por el hallazgo, el 13 de febrero, de&nbsp;1.345 kilos de marihuana transportados en una Citroën Jumper por un camino rural de San Gustavo, departamento La Paz. En el expediente existen otras seis personas investigadas.Rosatelli se encuentra alojado en un sector destinado a policías de la&nbsp;Unidad Penal N°1 de Paraná. Durante su primera presentación judicial se abstuvo de declarar y su defensa anticipó que lo hará posteriormente.Los abogados&nbsp;Miguel Ángel Cullen, Rubén Pagliotto y Damián Petenatti&nbsp;cuestionaron duramente la investigación. Sostienen que Rosatelli no conoce a quien aparece señalado como responsable del cargamento y aseguran que no existen escuchas relacionadas con drogas, comunicaciones con los investigados ni filmaciones que permitan vincularlo directamente con la operación.Uno de los puntos que deberá explicar la defensa es&nbsp;qué relación tuvo Rosatelli con la camioneta mencionada dentro de la investigación, vínculo que sus abogados califican como mínimo y sin conexión con el posterior transporte de estupefacientes.Pero la estrategia defensiva introduce además un elemento que promete profundizar la controversia: sostiene que&nbsp;la causa estaría direccionada como represalia por la denuncia sobre presuntas irregularidades en el funcionamiento del servicio 911 de la Policía entrerriana. Esa investigación alcanza a varios oficiales y contempla sospechas sobre el manejo de fondos provenientes de servicios adicionales.Los abogados calificaron como “ridículos” y poco serios algunos informes incorporados a la investigación y anticiparon que buscarán demostrar que la detención carece de sustento.</p><p>Por ahora existen&nbsp;dos posiciones completamente enfrentadas. La Justicia Federal mantiene detenido a Rosatelli dentro de una causa de narcotráfico de considerable magnitud, mientras su defensa afirma que no existe prueba que lo relacione con la droga y denuncia motivaciones ajenas al expediente.Con buena parte de las actuaciones todavía bajo reserva,&nbsp;serán las pruebas que finalmente se incorporen y conozcan las que permitan determinar hasta dónde llega la vinculación del oficial con el caso o si, como sostienen sus abogados, la acusación no puede sostenerse.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9tkyTQxpSMnZm8xFYsJIxbWNmbA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/caso_rosatelli.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El comisario y abogado Daniel Rosatelli permanece detenido en la Unidad Penal N°1 de Paraná en el marco de la investigación federal iniciada tras el secuestro de 1.345 kilos de marihuana en La Paz. Sus abogados aseguran que no existen comunicaciones, filmaciones ni contactos que lo vinculen con el cargamento y sostienen que la detención sería una represalia relacionada con la causa por presuntas irregularidades en el 911.]]>
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                                <updated>2026-08-26T03:30:03+00:00</updated>
                <published>2026-08-26T03:30:00+00:00</published>
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        <title>
            Movimiento de causas judiciales en tribunales de Concordia
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/movimiento-de-causas-judiciales-en-tribunales-de-concordia-84" type="text/html" title="Movimiento de causas judiciales en tribunales de Concordia" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K0GparBRO4kMl19FI29zfePYgj4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/12/tribunales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Agenda judicial de este viernes en Concordia08:00 – Hernández, Néstor Ramón: lectura de sentencia en la causa por tenencia simple de estupefacientes.08:00 – Olivetti, Víctor Hugo: audiencia de juicio, modalidad abreviado, por privación ilegítima de la libertad.08:15 – Marsilli, Luciano Exequiel: audiencia de Garantías por desobediencia, con pedido de prisión preventiva.08:15 – Iglesias, Leandro Javier y otros: audiencia de Garantías por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, con pedido de prisión preventiva.08:30 – López, Sergio Gustavo: audiencia de Garantías por robo agravado, con reanudación de cuarto intermedio y tratamiento de la remisión de la causa a juicio.08:30 – Córdoba, Andrea Rafaela y García Cañete, Héctor Ramón: lectura de sentencia por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.08:30 – Ruiz Galarza, Carlos Adrián: lectura de sentencia en una causa por amenazas.09:00 – Benítez, Axel Valentín: audiencia de Garantías por amenazas, con tratamiento de la remisión a juicio.09:00 – Quevedo, Ignacio Ismael y González, Carolina Elizabeth: audiencia de Garantías por robo, con remisión a juicio.09:00 – Ojeda, Brian Ezequiel: audiencia de juicio, modalidad abreviado, por lesiones leves.09:30 – C., A. R.; C., F. M.; C., O. A.; C., D. G. y C., S. L.: audiencia de juicio para admisión de evidencia en una causa por abuso sexual.10:00 – Valdez, Darío Nicolás y Paiz, Alexis Emanuel: audiencia de Garantías por robo agravado, con remisión a juicio.10:00 – Torres Hernández, Lucas Leandro: audiencia de juicio, modalidad abreviado, por amenazas calificadas.11:00 – C. R. A.: audiencia de juicio por abuso sexual, en el marco de un recurso de apelación.11:00 – Chiesa, Cristina Solead y otros: audiencia de juicio por robo, también por recurso de apelación.11:00 – Z. S. R.: audiencia de Garantías por abuso sexual, con remisión a juicio.11:00 – M., J. A.: audiencia de Garantías por abuso sexual, con remisión a juicio.11:30 – Domínguez, Abraham y Romero, Alexander Nahuel: audiencia de juicio, modalidad abreviado, por hurto con escalamiento.12:00 – Saldinava, Armando Gabriel: audiencia de Garantías por lesiones, para tratar una probation.12:00 – Barreto, Camilo Damián: audiencia de Garantías por robo en grado de tentativa, en la que se tratará la revocación de probation.12:30 – Monzares, Juan Marcelo: audiencia de Garantías por lesiones leves, para tratar una probation.12:30 – Garate, Hugo Alfredo: audiencia de Garantías por lesiones, para tratar una probation.]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K0GparBRO4kMl19FI29zfePYgj4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2025/12/tribunales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Agenda judicial de este viernes en Concordia08:00 – Hernández, Néstor Ramón: lectura de sentencia en la causa por tenencia simple de estupefacientes.0...]]>
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                                <updated>2026-08-21T11:57:06+00:00</updated>
                <published>2026-08-21T10:57:00+00:00</published>
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        <title>
            Pidieron prisión perpetua para “Ñoño” Benítez por el femicidio de Luisina Leoncino
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/pidieron-prision-perpetua-para-nono-benitez-por-el-femicidio-de-luisina-leoncino" type="text/html" title="Pidieron prisión perpetua para “Ñoño” Benítez por el femicidio de Luisina Leoncino" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/h4PwJR4cyGZuIWbGsigsWhGeeBs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/nono_benitez_leoncino.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El pedido se realizó durante la audiencia de cesura, instancia en la que se determina la pena que deberá cumplir una persona luego de haber sido declarada culpable. La audiencia estuvo encabezada por el juez técnico Maximiliano Larocca Rees.Benítez fue declarado culpable el pasado 6 de agosto por un jurado popular, que consideró acreditada su responsabilidad en el delito de homicidio agravado por mediar violencia de género (femicidio).Durante la audiencia, la defensa, representada por el abogado Alejandro Giorgio, planteó la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua y cuestionó las condiciones previstas por la legislación para el acceso a determinados beneficios durante el cumplimiento de la condena.Tras escuchar los planteos de las partes, el juez técnico deberá resolver la pena correspondiente. Según se informó, la sentencia será dada a conocer el lunes 31 de agosto a las 8, momento en el que se conocerá formalmente la pena que deberá cumplir Benítez por el femicidio de Luisina Leoncino.El caso generó una fuerte conmoción en Concordia y tuvo un proceso judicial que incluyó la intervención de un jurado popular, que finalmente determinó la culpabilidad del acusado.&nbsp;(Concordia Policiales)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/h4PwJR4cyGZuIWbGsigsWhGeeBs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/nono_benitez_leoncino.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Fiscalía solicitó la pena de prisión perpetua para Rafael Horacio “Ñoño” Benítez, declarado culpable por un jurado popular por el femicidio de Luisina Leoncino, ocurrido en Concordia.]]>
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                                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                                <updated>2026-08-15T12:30:04+00:00</updated>
                <published>2026-08-15T12:30:00+00:00</published>
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        <title>
            Declaran las inconstitucionalidades de dos decisiones administrativas del Ejecutivo y del Senado provincial
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/declaran-las-inconstitucionalidades-de-dos-decisiones-administrativas-del-ejecutivo-y-del-senado-provincial" type="text/html" title="Declaran las inconstitucionalidades de dos decisiones administrativas del Ejecutivo y del Senado provincial" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BQEChpHOqi1JdcttFe7aAuoG2C0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/inconstitucionalidades.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>En los expedientes N° 3201, N°3142 y N°3150 el Tribunal entendió que los decretos N°537/26 GOB y N°017/26 HCS, al asignar a los trabajadores estatales beneficiarios de tales medidas una cifra que denominaron “no remunerativa” sin efectuar aportes y contribuciones al sistema de seguridad social -caja jubilatoria y obra social-, violaron el mandato expreso previsto en el artículo 82 inciso d) de la Constitución de Entre Ríos que ordena que “Todo incremento salarial otorgado a partir de la presente constitución deberá estar sujeto a aportes y contribuciones”.</p><p>La Cámara explicó que la calidad remunerativa de un rubro en los haberes no depende de la denominación que le asigne quien dispone a tal fin del presupuesto público, sino de su naturaleza jurídica objetiva, en la medida en que el trabajo no se presume gratuito y el salario retribuye la prestación de servicios por los dependientes.</p><p>Concluyó entonces que la calificación de “no remunerativo” atribuida por los decretos no corresponde a la naturaleza jurídica del concepto, y en consecuencia la definió como remuneración sujeta a aportes conforme el artículo 82 inciso d) de la Constitución provincial.Asimismo, el Tribunal entendió que la ausencia de transferencias al sistema jubilatorio afectó gravemente los principios de proporcionalidad y movilidad que estructuran el régimen previsional entrerriano y, al no haberse realizado los aportes y las contribuciones disminuyeron los haberes jubilatorios que les hubiese correspondido cobrar a los actores en porcentuales que violaron el derecho de propiedad y son prohibidos por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.</p><p>Finalmente, ordenó a la administración provincial proyectar y transferir a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, en el plazo de treinta días hábiles, los importes correspondientes a los aportes y contribuciones generados por la aplicación del Decreto N° 537/26 y el Decreto N°017/26 y dispuso que la Caja de Jubilaciones y Pensiones traslade a los actores el faltante para alcanzar el 82% y/o 75% -según se trate de jubilados o pensionados- del incremento percibido por el personal en actividad.</p><p>Autos: “Suárez Rodolfo Rafael y otros c/ Estado Provincial s/ acción de inconstitucionalidad”, Expte. N° 3201, “Uzin María Verónica, Leone Silvia Teresita, Gaillard Eva Beatriz, Benítez Nélida Ester y Otros c/ Estado Provincial por actos emanados de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia s/ acción de inconstitucionalidad”, Expte. N°3142 y “Mierez Horacio Marcos y Otros c/ Estado Provincial s/ acción de inconstitucionalidad (con medida cautelar), Expte. N°3150.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BQEChpHOqi1JdcttFe7aAuoG2C0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/inconstitucionalidades.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Paraná declaró las inconstitucionalidades de dos decisiones administrativas por las cuales el Poder Ejecutivo y el Senado de la Provincia de Entre Ríos otorgaron a sus dependientes un aumento salarial que calificaron de “no remunerativo.”]]>
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                                <updated>2026-08-15T09:00:04+00:00</updated>
                <published>2026-08-15T09:00:00+00:00</published>
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            La Justicia puso un límite a los aumentos “no remunerativos” del Estado provincial
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/la-justicia-puso-un-limite-a-los-aumentos-no-remunerativos-del-estado-provincial" type="text/html" title="La Justicia puso un límite a los aumentos “no remunerativos” del Estado provincial" />
        <id>https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/la-justicia-puso-un-limite-a-los-aumentos-no-remunerativos-del-estado-provincial</id>
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lotHaiDHxomHd8O7Rfc7XyB3WbU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/justicia.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La decisión judicial establece un criterio concreto: un aumento otorgado a los empleados públicos como consecuencia de su trabajo es salario, independientemente del nombre que le coloque la administración. Por lo tanto, no puede ser considerado “no remunerativo” para evitar aportes y contribuciones.</p><p>La Cámara consideró que los decretos 537/26 del Poder Ejecutivo y 017/26 del Senado contradicen el artículo 82 de la Constitución de Entre Ríos, que dispone expresamente que todo incremento salarial debe estar sujeto a aportes y contribuciones.</p><p>La falta de esos aportes no solamente repercutió sobre el sistema previsional provincial, sino también sobre los ingresos de jubilados y pensionados, ya que el aumento otorgado a los trabajadores activos no se reflejó íntegramente en sus haberes.</p><p>Por ese motivo, el Tribunal ordenó a la Provincia calcular y transferir a la Caja de Jubilaciones, dentro de los 30 días hábiles, los aportes y contribuciones correspondientes. También dispuso que la Caja abone a los demandantes las diferencias necesarias para alcanzar el 82% o el 75% del incremento, según se trate de jubilados o pensionados.</p><p>El fallo representa así un límite judicial a la utilización de sumas “no remunerativas” dentro del Estado provincial: para la Justicia, cambiarle el nombre a un aumento no modifica su naturaleza salarial ni permite excluirlo de los aportes establecidos por la Constitución entrerriana.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lotHaiDHxomHd8O7Rfc7XyB3WbU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/justicia.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara Contencioso Administrativa N.º 1 de Paraná declaró inconstitucionales decisiones del Poder Ejecutivo y del Senado entrerriano que otorgaron incrementos salariales sin realizar los correspondientes aportes a la Caja de Jubilaciones y a la obra social. El fallo también ordena recomponer las diferencias que afectaron a jubilados y pensionados que iniciaron las demandas.]]>
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                                <updated>2026-08-15T03:00:07+00:00</updated>
                <published>2026-08-15T03:00:00+00:00</published>
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            La Provincia pidió apartar al juez que frenó el cambio en el sistema de alimentación escolar
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        <link rel="alternate" href="https://www.elheraldo.com.ar/noticias/judiciales/la-provincia-pidio-apartar-al-juez-que-freno-el-cambio-en-el-sistema-de-alimentacion-escolar" type="text/html" title="La Provincia pidió apartar al juez que frenó el cambio en el sistema de alimentación escolar" />
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                <![CDATA[El Heraldo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_gAp7NFB8JujDg37tJ0DEOWCm6Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/alimentacion_escolar_signes.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El conflicto judicial por la implementación del nuevo sistema de provisión de alimentos para los comedores escolares de Entre Ríos sumó un nuevo capítulo. La Fiscalía de Estado presentó una recusación contra el juez Juan Francisco Malvasio, quien lleva adelante el amparo colectivo que mantiene suspendida la puesta en marcha del programa.</p><p>La acción judicial fue promovida por un grupo de padres, Agmer y la Fundación Cauce, quienes cuestionan el sistema de compra centralizada adjudicado a la empresa Teknofood S.A. y lograron una medida cautelar que frenó su aplicación.Desde el Gobierno sostienen que el magistrado perdió la imparcialidad al dictar una resolución en la que definió el objeto del proceso haciendo referencia a alimentos que podrían causar perjuicios a la salud de los alumnos. Para la Provincia, esa afirmación implica dar por probado un aspecto que justamente debe ser debatido y resuelto durante el juicio.</p><p>La Fiscalía argumentó que la calidad nutricional de los productos y su eventual impacto sanitario forman parte del fondo de la discusión y deberán determinarse con las pruebas que se produzcan durante el proceso, por lo que consideran que el juez incurrió en un adelantamiento de criterio.Además, cuestionó que el magistrado haya convocado a potenciales afectados a incorporarse al proceso colectivo antes de resolver aspectos vinculados con la legitimación de quienes iniciaron la demanda.</p><p>Tras recibir la recusación, el juez Malvasio rechazó apartarse voluntariamente de la causa. En consecuencia, será ahora el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos el que deberá decidir si continúa al frente del expediente o si corresponde designar otro magistrado para seguir tramitando el amparo.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_gAp7NFB8JujDg37tJ0DEOWCm6Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elheraldocdn.eleco.com.ar/media/2026/08/alimentacion_escolar_signes.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno de Entre Ríos cuestionó la actuación del magistrado por entender que emitió consideraciones anticipadas sobre el fondo del conflicto. El STJ deberá resolver si mantiene al juez o designa otro para continuar el proceso.]]>
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                                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                                <updated>2026-08-15T01:17:43+00:00</updated>
                <published>2026-08-15T01:00:00+00:00</published>
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